Reporte de la Consulta Pública al documento “Regulación Satelital en México. Estudio y Acciones”
La Comisión Federal de Telecomunicaciones (en lo sucesivo la “Comisión”) presentó a consulta pública el documento “Regulación Satelital en México. Estudio y Acciones”, a efecto de recibir retroalimentación de la industria, especialistas en la materia y público en general, para fortalecer con sus opiniones y comentarios el contenido del referido documento.
El acceso a la consulta pública se realizó a través del portal de Internet de la Comisión, donde los interesados pudieron acceder al documento así como al formulario de respuestas a través del cual emitieron sus opiniones y comentarios. Este ejercicio dio inicio el 7 de marzo de 2013 y culminó el lunes 30 de abril del año en curso.
Se recibieron 13 formularios requisitados por los interesados y las respuestas fueron analizadas objetivamente e integradas en el presente reporte de manera agregada. Los comentarios y opiniones recabados en la consulta formarán parte de los insumos que permitirán fortalecer el documento para la elaboración de la versión final del mismo.
El formulario fue diseñado para medir un conjunto de aspectos relacionados con el contenido del documento, de tal forma que las respuestas ofrecidas puedan ser reflejadas de la manera más objetiva posible en este reporte.
La valuación se realiza mediante las figuras siguientes:
Evaluación cerrada.- Se solicitó contestar mediante la jerarquización de opciones, proporcionando como alternativa una escala de apreciación del 1 al 5, donde 5 es lo más alto y 1 es lo más bajo.
Este tipo de procesos de validación es conocido como escala tipo Likert, utilizada comúnmente para la medición de conocimientos y actitudes sobre algún tema en específico, la cual mide el grado positivo, neutral y negativo de un cuestionamiento. Analizar las respuestas sobre este tipo de escala permite altos niveles de confiabilidad y el acercamiento a la variabilidad afectiva de los participantes frente a los diferentes temas que abarca el documento de la consulta pública1.
En este sentido, la intención de las preguntas planteadas en el formulario es valorar las opiniones, satisfacción y conocimiento respecto de las secciones que comprenden el documento a través de los diferentes valores de la escala.
La escala ordinal presentada simula las categorías tipo Likert que permiten afirmaciones orientadas a obtener una respuesta fiable y evaluar diferentes áreas del documento motivo de la consulta pública, mediante el promedio de las respuestas recibidas para cada cuestionamiento. Como se observa, el nivel 3 es considerado como una respuesta neutral positiva, por lo que todo elemento con un resultado con este nivel se considera como una aprobación en la valoración de la sección, elemento o contenido.
Evaluación abierta.- Se refiere a los cuestionamientos que solicitan una respuesta libre por parte de los participantes. En muchas de las secciones se conecta la información proporcionada por las preguntas cerradas con la información extraída de las respuestas a preguntas abiertas.
Con la utilización de preguntas abiertas se pretende apoyar el proceso de depuración y validación de un cuestionamiento; es decir se busca presentar la riqueza informativa de cada recomendación/justificación/aportación en el marco de la identificación de conceptos que enriquezcan y mejoren el documento.
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Regulación Satelital en México. Estudio y Acciones
Estudio que realiza la Comisión Federal de Telecomunicaciones relativo a las condiciones técnico-regulatorias en materia satelital en México, con el objeto de establecer una estrategia que impulse el desarrollo de las comunicaciones satelitales en el país.
Resumen
Los sistemas satelitales representan una herramienta básica en las comunicaciones a distancia, ya que permiten entregar servicios de telecomunicaciones a regiones y localidades aisladas o de dificil acceso, regiones y localidades en donde los sistemas de comunicaciones terrestres no ofrecen cobrertura o su despliegue resulta económicamente intevitable.
La órbita geoestacionaria, principal activo utilizado para las comunicaciones comerciales vía satélite, se ha convertido en un recurso en extremo escaso, lo que ha generado una búsqueda incansable a nivel mundial para obtener posiciones orbitales geoestacionarias que les permitan a los países desarrollar su industria satelital y generar más y mejores comunicaciones satelitales. Es en este tenor que todos los países tienen el compromiso de optimizar las posiciones orbitales que pretenden o que han logrado obtener, para la ubicación de sus sistemas satelitales.
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Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias (CNAF)
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Gráfico del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias
El gráfico del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias que se presenta a continuación no refleja las modificaciones y actualizaciones que fueron aprobadas y publicadas en el DOF, el 28 de febrero de 2012
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Actualización, modificación y resolución del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias
SEGUNDA SECCION
COMISION FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
RESOLUCION mediante la cual el Pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones aprueba la publicación integra y actualizada del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencia.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Telecomunicaciones.
RESOLUCION MEDIANTE LA CUAL EL PLENO DE LA COMISION FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES APRUEBA LA PUBLICACION INTEGRA Y ACTUALIZADA DEL CUADRO NACIONAL DE ATRIBUCION DE FRECUENCIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
ANTECEDENTES
I. De acuerdo con el artículo 13 de la Constitución de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (en lo sucesivo, UIT), de la cual nuestro país es Estado Miembro, las Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones podrán revisar parcialmente o, en casos excepcionales, totalmente el Reglamento de Radiocomunicaciones y tratar cualquier otra cuestión de carácter mundial que sea de su competencia y guarde relación con su orden del día. El Reglamento de Radiocomunicaciones es un instrumento Administrativo que complementa y regula el uso de las telecomunicaciones y tiene carácter vinculante para todos los Estados Miembros.
II. En 1999 se llevó a cabo la actualización del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias (en lo sucesivo, CNAF) tomando en cuenta las disposiciones del Reglamento de Radiocomunicaciones derivadas de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 1997.
III. En 2007 se llevó a cabo la actualización del CNAF, tomando en cuenta las disposiciones del Reglamento de Radiocomunicaciones aprobadas en la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 2003.
IV. El Pleno de la Comisión, en su X Sesión Ordinaria celebrada el 2 de mayo de 2007, mediante acuerdo P/020507/222, emitió la “Resolución mediante la cual el Pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones aprueba la versión actualizada del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias (en lo sucesivo, CNAF 2007).
V. Atento a lo anterior, previo Proceso de Mejora Regulatoria por parte de esta Comisión, el 28 de marzo de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el CNAF 2007.”
VI. Derivado de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de la UIT 2007, llevada a cabo en Ginebra, Suiza del 22 de octubre al 16 de noviembre de 2007, se acordó la modificación del Reglamento de Radiocomunicaciones incluida la atribución de diversas bandas de frecuencias.
VII. La última revisión oficial del Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT, entró en vigor a partir de enero de 2009.
VIII. La Resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (en lo sucesivo, la “SCJ”) respecto a la Controversia Constitucional 7/2009. El 25 de noviembre de 2009, notificó a la Comisión, el oficio SGA/MOMK/264/2009 de fecha 24 de noviembre de 2009, por medio del cual el Secretario General de Acuerdos de la SCJN, por instrucciones del Tribunal Pleno hace del conocimiento que la Controversia Constitucional 7/2009 ha sido resuelta, declarando “la invalidez para los efectos precisados en el último considerando de este fallo, de los artículos 5, fracciones XVIII, XIX, en la porción normativa que indica ‘el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias’ (…); y 25 fracciones (…), IV (…)”, en las que se establecía como facultad indelegable del Secretario aprobar el CNAF, y como atribución de la Dirección General de Política de Telecomunicaciones, publicar en el Diario Oficial de la Federación las actualizaciones del CNAF aprobadas por el Secretario (…)”, respectivamente y se confieren dichas facultades a la Comisión.
IX. El Pleno de la Comisión, en su III Sesión Ordinaria celebrada el 3 de marzo de 2010, mediante acuerdo P/030310/117, emitió la “Resolución mediante la cual el Pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones aprueba la modificación y actualización del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias y se instruye a la Unidad de Prospectiva y Regulación a llevar a cabo los trámites necesarios para lograr, previo procedimiento de mejora regulatoria, la publicación del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias 2009 en el Diario Oficial de la Federación.
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Licitación No. IFT-2 para otorgar concesiones para ocupar las Posiciones Orbitales Geoestacionarias 113° Oeste y 116.8° Oeste y las bandas de frecuencias asociadas C y Ku extendidas.
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En cumplimiento con el Programa sobre Posiciones Orbitales Geoestacionarias publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2013, el Pleno de este Instituto aprobó la Convocatoria y Bases de Licitación Pública para Otorgar Concesiones para Ocupar las Posiciones Orbitales Geoestacionarias 113º Oeste y 116.8° Oeste y Explotar las Bandas de Frecuencias Asociadas C y Ku Extendidas, así como los Derechos de Emisión y Recepción de Señales para la Provisión de Capacidad Satelital para el Servicio Fijo por Satélite (Licitación No. IFT-2).
El objeto de la Licitación No. IFT-2 consiste en el otorgamiento de concesiones para ocupar las posiciones orbitales geoestacionarias, sujeto a lo establecido en las Bases, Apéndices y sus Anexos (que se pueden consultar en esta sección), a efecto de hacer disponible la provisión de capacidad satelital para el Servicio Fijo por Satélite, a personas que cuenten con concesión de red pública de telecomunicaciones, o permisos para instalar, operar o explotar estaciones terrenas transmisoras.
Asimismo, de conformidad con el párrafo primero del artículo Quinto Transitorio del Decreto de Reforma Constitucional, se permitirá la inversión extranjera directa hasta el cien por ciento en comunicación vía satélite.
En la Convocatoria de esta licitación se señala que para participar en la licitación, los interesados deberán obtener previamente opinión favorable en materia de competencia económica por parte del Instituto en términos de lo dispuesto al efecto por la Ley Federal de Competencia Económica; y en las Bases se establecen todos los requisitos y el procedimiento que deberán cumplir los interesados en la licitación.
IFT-1 Digital Terrestrial Television Auctioning Program
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The English information contained in this section is for information purposes only. The Spanish version is the only one that should be considered as official.
The recent constitutional amendment in telecommunications states that broadcasting (free over the air radio and TV) is a general interest public service, and that the Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT or Federal Telecommunications Institute) is in charge of granting concessions over radio electric spectrum, which, in the case of commercial use, will be granted by public auctioning.
In this regard, the Constitution requires IFT to publish the Call for Bidding to auction new concessions of frequencies for television services that should be gathered to conform at least two new television networks with national coverage.
IFT-1 Licitación de dos cadenas de televisión radiodifundida digital
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Licitación Pública para concesionar el uso, aprovechamiento y explotación comercial de canales de transmisión para la prestación del Servicio Público de Televisión Radiodifundida Digital a efecto de formar dos cadenas nacionales en los Estados Unidos Mexicanos (Licitación No. IFT-1).
Con el Decreto de Reforma Constitucional en Telecomunicaciones se ha determinado que la radiodifusión es un servicio público de interés general y que corresponde al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) el otorgamiento de Concesiones del espectro radioeléctrico en dicha materia y que éstas, cuando su uso es comercial, serán otorgadas mediante licitación pública.
En ese tenor, la Constitución ha mandatado al IFT publicar las Bases y Convocatorias para licitar nuevas concesiones de frecuencias de televisión radiodifundida que deberán ser agrupadas a efecto de formar por lo menos dos nuevas cadenas de televisión con cobertura nacional.
Consulta aquí el Acuerdo de emisión de títulos de concesión en favor de Cadena Tres I, S.A. de C.V.
Respuesta a petición de Grupo Radiocentro, S.A.B. de C.V.
Petición de Grupo Radio Centro, S.A.B. de C.V.
Consulta aquí el Acta de Fallo de la Licitación No. IFT-1
Consulta aquí las constancias de participación.
Consulta aquí el Acuerdo de emisión de constancias de participación.
Consulta las Resoluciones mediante las cuales el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones emitió opinión en materia de competencie económica a la solicitud de opinión para participar en la Licitación No. IFT-1:
P/IFT/EXT/131114/2017, P/IFT/EXT/131114/218, P/IFT/EXT/131114/219, P/IFT/EXT/131114/220, P/IFT/EXT/131114/221, P/IFT/EXT/131114/222, P/IFT/EXT/131114/223, P/IFT/EXT/131114/224
Escritos de solicitud de confidencialidad:
Cadena Tres I, S.A. de C.V., Centro de Información Nacional de Estudios Tepeyac, S.A. de C.V. y Grupo Radio Centro, S.A.B de C.V.
Consulta aquí las Preguntas y Respuestas a las Bases, sus apéndices y Anexos.
Radiocomunicación móvil terrestre: servicio móvil de radiocomunicación especializada de flotillas en zona Centro-Sur.
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Licitación pública para el otorgamiento de concesiones para el uso, aprovechamiento y explotación de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio de radiocomunicación móvil terrestre: servicio móvil de radiocomunicación especializada de flotillas con cobertura en las áreas básicas de servicio que conforman la Zona Centro-Sur (Licitación No. 17).
Consulta aquí el informe del Testigo Social Transparencia Mexicana, A.C. en la Licitación No. 17.
Radiocomunicación móvil terrestre: servicio móvil de radiocomunicación especializada de flotillas en zona Norte-Dos.
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Licitación pública para el otorgamiento de concesiones para el uso, aprovechamiento y explotación de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio de radiocomunicación móvil terrestre: servicio móvil de radiocomunicación especializada de flotillas con cobertura en las áreas básicas de servicio que conforman la Zona Norte Dos (Licitación No. 16).
