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Instituto Federal de Telecomunicaciones


Licitación No. IFT-2 para otorgar concesiones para ocupar las Posiciones Orbitales Geoestacionarias 113° Oeste y 116.8° Oeste y las bandas de frecuencias asociadas C y Ku extendidas.

2014 - 2   


   

Resolución mediante la cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones declara desierto el procedimiento de licitación para otorgar concesiones para ocupar las posiciones orbitales geoestacionarias 113° oeste y 116.8° oeste y explotar las bandas de frecuencias asociadas C y Ku extendiadas, así como los derechos de emisión y recepción de señales para la provisión de capacidad satelital para el servicio fijo por satélite (Licitación No. IFT-2)

 

En cumplimiento con el Programa sobre Posiciones Orbitales Geoestacionarias publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2013, el Pleno de este Instituto aprobó la Convocatoria y Bases de Licitación Pública para Otorgar Concesiones para Ocupar las Posiciones Orbitales Geoestacionarias 113º Oeste y 116.8° Oeste y Explotar las Bandas de Frecuencias Asociadas C y Ku Extendidas, así como los Derechos de Emisión y Recepción de Señales para la Provisión de Capacidad Satelital para el Servicio Fijo por Satélite (Licitación No. IFT-2).

El objeto de la Licitación No. IFT-2 consiste en el otorgamiento de concesiones para ocupar las posiciones orbitales geoestacionarias, sujeto a lo establecido en las Bases, Apéndices y sus Anexos (que se pueden consultar en esta sección), a efecto de hacer disponible la provisión de capacidad satelital para el Servicio Fijo por Satélite, a personas que cuenten con concesión de red pública de telecomunicaciones, o permisos para instalar, operar o explotar estaciones terrenas transmisoras.

Asimismo, de conformidad con el párrafo primero del artículo Quinto Transitorio del Decreto de Reforma Constitucional, se permitirá la inversión extranjera directa hasta el cien por ciento en comunicación vía satélite.

En la Convocatoria de esta licitación se señala que para participar en la licitación, los interesados deberán obtener previamente opinión favorable en materia de competencia económica por parte del Instituto en términos de lo dispuesto al efecto por la Ley Federal de Competencia Económica; y en las Bases se establecen todos los requisitos y el procedimiento que deberán cumplir los interesados en la licitación.

 

 



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