Banda de frecuencias 698-806 MHz (banda de 700 MHz)
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Anexo 6. Coexistencia de los esquemas de segmentación A4 y A5 para la banda 698-806 MHz en la frontera entre México y los Estados Unidos de América (Versión Pública) Industria Metas Constitucionales Trámites y servicios a la industria Su
DICTAMEN
Es técnica y económicamente viable la coexistencia entre el esquema de segmentación A5
(también conocido como APT) para la banda 698-806 MHz, en caso de su adopción en territorio
mexicano, y el esquema de segmentación A4, mismo que actualmente se encuentra en operación
en territorio estadounidense.
1. Existen mecanismos de compartición del espectro ampliamente aceptados a nivel
internacional que proporcionan una base sólida para la coordinación bilateral de frecuencias.
2. Existe un protocolo vigente entre México y los EUA que rige el uso compartido de la banda
698-806 MHz con base en un principio de equidad para ambas partes.
3. En un esquema tradicional de compartición de frecuencias en la frontera, las segmentaciones
se encuentran normalmente alineadas en sus sentidos de transmisión.
4. En el caso de segmentaciones con sentidos de transmisión invertidos a cada lado de la
frontera, se requiere de un diseño especial de los mecanismos de compartición.
5. En un escenario de cooperación y mutuo acuerdo entre las partes es posible la
implementación de mecanismos equitativos de compartición de espectro.
6. Aún frente a una situación bilateral adversa, existen mecanismos técnica y económicamente
viables que permiten la coexistencia de las segmentaciones A4 y A5 en la frontera común.
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Anexo 5. Viabilidad del despliegue de una red de seguridad pública en la banda 698-806 MHz.
DICTAMEN
1. El despliegue de una red dedicada para seguridad pública en la banda de 698-806 MHz, conforme al plan de segmentación A4 no es acorde a la realidad económica de nuestro país.
2. El mejor esquema en costo-beneficio para proveer de conectividad nacional a los cuerpos de seguridad, de ser el caso, es mediante el uso de redes privadas virtuales.
3. Actualmente, las agencias de seguridad pública en nuestro país cuentan con suficiente espectro dedicado para el soporte de sus labores.
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Anexo 4. Evaluación del esquema de segmentación A4 para la banda 698-806 MHz.
DICTAMEN
No se recomienda la adopción en el territorio nacional del esquema de segmentación A4 para la banda de frecuencias 698-806 MHz, dadas las ineficiencias técnicas de este plan de segmentación y el desequilibrio observado en los desarrollos tecnológicos y en los mercados actuales.
1. El esquema A4 otorga poca flexibilidad para el dimensionamiento del ancho de los canales de espectro.
2. La eficiencia espectral que otorgan las tecnologías de banda ancha sólo podrían aprovechar canales pareados de hasta 10 MHz, pero no mayores.
3. No existe estandarización para sistemas de banda ancha móviles en algunas partes de la banda (bloques D y E).
4. El desarrollo de economías de escala locales sólo se presenta en las bandas 3GPP 13 y 17, sin desarrollo en banda 12. Por esta razón, el mercado de servicios comerciales móviles sólo se ha desarrollado de forma importante en 44 MHz de los 108 MHz de la banda (bandas 13 y 17).
5. Alto riesgo de interferencias perjudiciales entre servicios dentro de la misma banda y con servicios en bandas adyacentes.
6. No existe interoperabilidad entre las diferentes clases de bandas definidas por 3GPP por limitaciones de las tecnologías actualmente disponibles.
8. Adopción limitada a nivel internacional, con una baja expectativa de desarrollo de economías de escala globales.
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Anexo 3. Evaluación del esquema de segmentación A5 para la banda 698-806 MHz.
DICTAMEN
Se recomienda la adopción del esquema de segmentación A5 para la banda de frecuencias 698-806 MHz en México, en virtud de las amplias ventajas técnicas de este plan de segmentación y el potencial desarrollo de economías de escala a nivel mundial.
1. La capacidad tráfico que demandarán los futuros despliegues de aplicaciones de banda ancha
móvil, sólo podrán ser satisfechos con el uso de bloques de frecuencia lo suficientemente
anchos.
2. El esquema A5 otorga una gran flexibilidad para la disposición de los bloques de frecuencias,
cuyos anchos pueden ir desde 5 hasta 20 MHz.
3. La estandarización de este esquema se encuentra en una etapa avanzada de definición y es
soportada ampliamente por los miembros más relevantes del ecosistema.
4. El desarrollo previsto de economías de escala cuenta con un gran potencial en todas las
regiones del mundo, incluso en la región latinoamericana.
5. El diseño del esquema APT garantiza una operación libre de interferencias perjudiciales entre
servicios dentro de la misma banda y con servicios en bandas adyacentes.
6. El diseño operativo del esquema APT, basado en dos duplexores superpuestos, permite plena
interoperabilidad y una armonización global incluso en regiones donde ya se implementó un
primer dividendo digital.
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Anexo 2. Geopolítica de la banda 698-806 MHz y la adopción del esquema APT.
DICTAMEN
La decisión de que México adopte el plan APT para la banda 698-806 MHz en una etapa temprana del proceso de gestación del ecosistema tecnológico, tiene un impacto positivo no sólo en el entorno doméstico, sino incluso en el ámbito regional e internacional.
Por un lado, la adopción por parte de México del plan APT tendrá un efecto acumulativo con los demás países que ya se han manifestado al respecto, lo cual generará una señal cada vez más clara para los fabricantes de equipos quienes podrán tomar las previsiones necesarias en sus procesos de investigación y desarrollo, lo que a la postre se verá reflejado en las economías de escala que nos permitan contar con equipos lo suficientemente asequibles para romper la brecha de conectividad.
Por otro lado, tal decisión generará certeza para los actores de nuestro propio ecosistema, quienes eventualmente se verán beneficiados por la armonización global en el uso de la banda y por las consecuentes economías de escala.
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Anexo 1. Viabilidad para el despliegue de redes comerciales en México conforme a los esquemas de segmentación A4 y A5 para la banda 698-806 MHz.
Conforme a la atribución establecida en el Artículo 23, sección A, fracción I del Reglamento Interno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, la Unidad de Prospectiva y Regulación realizó diversos estudios e investigaciones relacionados con el tema:
VIABILIDAD PARA EL DESPLIEGUE DE REDES COMERCIALES EN MÉXICO CONFORME A LOS ESQUEMAS DE SEGMENTACIÓN A4 Y A5 PARA LA BANDA 698-806 MHz.
Con base en dichos estudios e investigaciones, mismos que se describen en la siguiente sección del presente documento, la Unidad de Prospectiva y Regulación emite el siguiente
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ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DE LA COMISIÓN FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES RECOMIENDA QUE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS ADOPTE LA OPCIÓN DE SEGMENTACIÓN A5 PARA LA BANDA DE FRECUENCIAS 698-806 MHz (BANDA 700), INCLUIDA EN LA RECOMENDACIÓN UIT-R M.1036,
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DE LA COMISIÓN FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES RECOMIENDA QUE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS ADOPTE LA OPCIÓN DE SEGMENTACIÓN A5 PARA LA BANDA DE FRECUENCIAS 698-806 MHZ (BANDA 700), INCLUIDA EN LA RECOMENDACIÓN UIT-R M.1036, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES RESPECTO A LOS USOS FUTUROS DE LA BANDA.
ANTECEDENTES
I. Atribución de la Banda 698-806 MHz al Servicio Móvil. En la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, celebrada en el año 2007 (la CMR-07), se modificó la atribución de la banda 698-806 MHz a efecto de incluir el servicio móvil a categoría primaria, antes atribuido a categoría secundaria.
II. Identificación de la Banda 698-806 MHz como IMT. En la misma CMR-07 se incluyó la banda 698-806 MHz en la nota 5.317A del Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (en lo sucesivo “RR”), con lo que dicha banda quedó identificada para el despliegue de las Telecomunicaciones Móviles Internacionales (IMT por sus siglas en inglés).
III. Inclusión de la Segmentación A5 en la Región Américas. Durante la XVIII Reunión del Comité Consultivo Permanente II, de la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (en lo sucesivo “CITEL”) celebrada en noviembre de 2011, se adoptó la nueva Recomendación CCP.II/REC. 30 (XVIII-11), denominada “Disposiciones de Frecuencias de la Banda 698 – 806 MHz en las Américas para Servicios Móviles de Banda Ancha”, en la que se incluye la disposición de frecuencias A5 (también conocida como segmentación APT) como una alternativa de segmentación para la banda 698-806 MHz.
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ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DE LA COMISIÓN FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES RECOMIENDA QUE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS ADOPTE LA OPCIÓN DE SEGMENTACIÓN A5 PARA LA BANDA DE FRECUENCIAS 698-806 MHz (BANDA 700), INCLUIDA EN LA RECOMENDACIÓN UIT-R M.1036,
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DE LA COMISiÓN FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES RECOMIENDA QUE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS ADOPTE LA OPCiÓN DE SEGMENTACiÓN A5 PARA LA BANDA DE FRECUENCIAS 698-806 MHZ (BANDA 700), INCLUIDA EN LA RECOMENDACiÓN UIT-R M.1036, EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES RESPECTO A LOS USOS FUTUROS DE LA BANDA.
l. Atribución de la Banda 698-806 MHz al Servicio Móvil. En la Conferencia. Mundial de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, celebrada en el año 2007 (la CMR-07), se modificó la atribución de la banda 698-806 MHz a efecto de incluir el servicio móvil a categoria primaria, antes atribuido a categoría secundaria.
II. Identificación de la Banda 698-806 MHz como IMT. En la misma CMR-07 se incluyó la banda 698-806 MHz en la nota 5.317A del Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (en lo sucesivo "RR"), con lo que dicha banda quedó identificada para el despliegue de las Telecomunicaciones Móviles Internacionales (lMT por sus siglas en inglés).
III. Inclusión de la Segmentación A5 en la Región Américas. Durante la XVIII Reunión del Comité Consultivo Permanente 11, de la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (en lo sucesivo "CITEL") celebrada en noviembre de 2011, se adoptó la nueva Recomendación CCP.II/REC. 30 (XVIII-11). denominada "Disposiciones de Frecuencias de la Banda 698 - 806 MHz en las Américas para Servicios Móviles de Banda Ancha", en la que se incluye la disposición de frecuencias A5 (también conocida como segmentación APT) como una alternativa de segmentación para la banda 698-806 MHz.