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Instituto Federal de Telecomunicaciones


Comunicados

Ciudad de México, a 7 de febrero de 2020

  

INTERCAMBIAN EXPERIENCIAS Y RECOMENDACIONES SOBRE INCLUSIÓN FINANCIERA DIGITAL

 

  • El IFT y la UIT organizaron esta semana el Taller "Regulación Colaborativa - Inclusión Financiera Digital", en el marco de la Iniciativa Mundial de Integración Financiera.
  • Permitió a los participantes dialogar sobre alternativas para sortear las principales barreras para el desarrollo de los servicios financieros digitales.
  • Con la realización de este tipo de talleres el IFT genera un espacio de colaboración entre autoridades responsables de la regulación y el diseño de políticas públicas, con los sectores social, empresarial y académico interesados en promover la inclusión financiera digital en México.

 

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), en coordinación con la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), organizó esta semana el Taller “Regulación Colaborativa – Inclusión Financiera Digital”, en el marco de la Iniciativa Mundial de Integración Financiera (FIGI por sus siglas en inglés).

El encuentro de dos días posibilitó el intercambio de experiencias e información sobre políticas públicas y regulación colaborativa para fomentar la inclusión financiera digital, lo que permitió dialogar sobre alternativas para sortear las principales barreras para el desarrollo de los servicios financieros digitales; la creación de capacidades para aprovechar los diferentes servicios y productos financieros; la seguridad y confianza en los servicios financieros digitales y la transformación del mercado financiero por las tecnologías emergentes.

Durante los dos días de taller se intercambió información estadística sobre el uso de los servicios de internet para finanzas en México y se refirió a la importancia de que todas las instancias involucradas colaboren para promover la inclusión financiera digital encaminada a reducir la brecha digital que aun cuando es menor existe en nuestro país.

En las diversas sesiones del taller participaron los Comisionados Javier Juárez Mojica, Sostenes Díaz González, Ramiro Camacho Castillo, Adolfo Cuevas Teja y Arturo Robles Rovalo; servidores públicos del IFT, de las Secretarías de Comunicaciones y Transportes (SCT) y de Hacienda y Crédito Público (SHCP), del Banco de México (Banxico), la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), el Organismo Promotor de Inversiones en Telecomunicaciones (PROMTEL) y Telecomunicaciones de México (TELECOMM), así como académicos y expertos en materia financiera y de telecomunicaciones provenientes de organizaciones de la sociedad civil y el sector empresarial.

México fue uno de los países seleccionados, junto con China y Egipto, para el desarrollo de este proyecto por su potencial para ejecutar programas de inclusión financiera en el país, el nivel de compromiso del gobierno y del sector privado en materia de integración a estos sistemas, el número de personas que pueden beneficiarse de los servicios financieros digitales y las posibilidades de promover la innovación y la utilización de tecnologías digitales.

Se estima que, con la iniciativa FIGI, que inició en 2017 por el Grupo del Banco Mundial y el Comité de Pagos e Infraestructuras de Mercado (CPMI), se logrará impactar positivamente, a nivel mundial, a 35 millones de adultos con vida financiera informal; 6.1 millones de adultos sin acceso a servicios bancarios e integrar a 20 millones de adultos adicionales para este año.

Con la realización de este tipo de talleres el IFT genera un espacio de colaboración y diálogo entre autoridades responsables de la regulación y el diseño de políticas públicas, con los sectores social, empresarial y académico interesados en promover la inclusión financiera digital en nuestro país.

Ciudad de México, a 5 de febrero de 2020.

  

EL IFT PUBLICA LOS Lineamientos PARA ALERTAS EN CASOS DE EMERGENCIA O RIESGO

 

  • Se establece un protocolo de alerta común, así como los mecanismos para que los concesionarios y, en su caso, autorizados de servicios móviles, de televisión abierta, radio y TV de paga, colaboren oportuna y efectivamente con las autoridades competentes ante riesgo o situaciones de emergencia.
  • Los Lineamientos permitirán informar a la mayor parte de la población sobre fenómenos como sismos o ciclones, entre otros, previendo con ello reducir los daños producidos por riesgo o situaciones de emergencia.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) publicó los Lineamientos que establecen el Protocolo de Alerta Común conforme al lineamiento cuadragésimo noveno de los Lineamientos de Colaboración en Materia de Seguridad y Justicia, así como los mecanismos para que los concesionarios y, en su caso, autorizados del servicio móvil y de radiodifusión colaboren, oportuna y efectivamente, con las autoridades competentes en la implementación y operación de dicho protocolo en México.

Entre otros aspectos, los Lineamientos prevén que los mensajes de alerta ante posibles riesgos o situaciones de emergencia se difundan de manera oportuna, precisa, gratuita, e irrestricta a los usuarios y a las audiencias.

Para el servicio móvil, inicialmente se hará mediante una aplicación, considerando que dichos usuarios deben recibir los mensajes de alerta, independientemente de su esquema de contratación, saldo mínimo determinado, o de que su línea telefónica no cuente con saldo o datos disponibles; mientras que para las audiencias de televisión abierta y de paga, se deberán desplegar los mensajes de alerta en pantalla, con un fondo de color rojo, texto en blanco de forma en que pueda ser visto en cualquier televisor.

Para la elaboración de estos Lineamientos, el Instituto realizó una consulta pública que permitió recabar comentarios de la industria, de especialistas en la materia y del público en general, mismos que enriquecieron el proyecto. Asimismo, a efecto de escuchar a las autoridades, realizó una serie de reuniones de trabajo e intercambio de información con diversas instituciones, entre ellas la Coordinación Nacional de Protección Civil, el Centro Nacional de Prevención de Desastres y la Dirección General de Protección Civil.

Los Lineamientos sientan las bases para que los concesionarios y autorizados colaboren de forma oportuna y efectiva con las autoridades competentes en la implementación y operación del Protocolo de Alerta Común por riesgo o situaciones de emergencia, para lo cual deberán realizar y, en su caso, permitir las adecuaciones necesarias de su infraestructura, sistemas o instalación de interfaces, para la correcta recepción y difusión de los mensajes de alerta.

Con esta disposición se permite homologar la información contenida en los mensajes de alerta que serán difundidos a la población, así como dar prioridad a éstos, conforme a lo establecido por la Coordinación Nacional de Protección Civil, sin que otras señales, protocolos, códigos, contenidos o cualquier otro aspecto ajeno a los mismos afecte su difusión.

Estas medidas aprobadas por el IFT coadyuvarán en la labor de alertar ante fenómenos a los que México puede enfrentarse en cualquier momento, como ciclones, sismos o tsunamis, con el objetivo de realizar las acciones necesarias para salvaguardar la vida, integridad y salud de la población.

Ciudad de México, a 4 de febrero de 2020.

  

EL IFT ELIMINA DIVERSOS TRÁMITES para HACER MÁS EFICIENTE el entorno regulatorio

Y PUBLICA los lineamientos para la entrega de información estadística

 

  • Como parte de su Programa de Mejora Administrativa, el Instituto expidió una disposición de carácter general que permite la extinción o modificación de diversas disposiciones relacionadas con trámites que por diversas circunstancias perdieron utilidad o eran obsoletas.
  • La eliminación de estas obligaciones permite un mejor aprovechamiento de los recursos y hará más eficientes los procesos al disminuir la carga regulatoria y administrativa.
  • Los lineamientos del acervo estadístico establecen la metodología, la periodicidad, el catálogo de claves de información y los formatos electrónicos con los que los operadores del sector de telecomunicaciones entregarán información al IFT.

 

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) publicó el “Acuerdo mediante el cual deroga, extingue, abroga, deja sin efectos y modifica diversas disposiciones relacionadas con los trámites a su cargo y que por diversas circunstancias han perdido su utilidad”, con el cual elimina obligaciones que implicaban entregas de información que, en el contexto del marco legal vigente, resultan innecesarias u obsoletas, en virtud de que el Instituto ya recibe dicha información por otras vías.

La tarea de mejorar y simplificar trámites es una actividad que, dentro de la estrategia de política de mejora regulatoria y como parte del Programa de Mejora Administrativa implementado por el IFT, busca que la forma en la que dichas obligaciones se diseñan, implementan y hacen cumplir, tenga una incidencia directa en la efectividad de la regulación y, por tanto, en su capacidad para cumplir con su objetivo primario de política pública. Por ello, la reducción de la carga administrativa coadyuva en el objetivo de mejorar el desempeño económico y la productividad de los sectores de las telecomunicaciones y la radiodifusión.

El Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) es resultado de una consulta pública realizada por el Instituto del 23 de agosto al 23 de septiembre de 2019, en la cual se sugirió un proyecto para derogar, extinguir, abrogar, dejar sin efectos y modificar algunos trámites relativos a la entrega de información que, con el marco legal vigente y con la entrega de información que realizan ahora los regulados por otras vías, ya no resultaban necesarios. En este sentido, el Acuerdo publicado por el IFT:

  • Deroga las Reglas 3, 5, 38 y 39 de las “Reglas del Servicio de Larga Distancia”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 21 de junio de 1996. Asimismo, modifica la Regla 9, deroga la Regla 23 y el Anexo 1 de las “Reglas de Telecomunicaciones Internacionales”, publicadas en el DOF el 11 de agosto de 2004.
  • Deroga el Lineamiento Décimo Sexto y el Anexo 1 de los “Lineamientos que fijan los términos bajo los cuales el agente económico preponderante en el sector de las telecomunicaciones o con poder sustancial deberá tener presencia física en los puntos de intercambio de tráfico de internet en el territorio nacional y celebrar los convenios que permitan a los proveedores de servicios de internet el intercambio interno de tráfico de manera más eficiente y menos costosa”, publicados en el DOF el 24 de julio de 2017.
  • Deroga las Reglas Quinta y Cuadragésima Segunda de las “Reglas del Servicio Local”, publicadas en el DOF el 23 de octubre de 1997, y extingue la Condición establecida en las Constancias de Registro de Servicio de Valor Agregado para prestar servicios de provisión de Acceso a Internet, emitidas al amparo de la abrogada Ley Federal de Telecomunicaciones, referente a la obligación de proporcionar aquella información estadística que sea requerida para conocer la operación y explotación de los servicios de telecomunicaciones, en el entendido de que le serán aplicables las demás disposiciones que, en su caso, sean aplicables a dicho servicio.
  • Abroga las “Disposiciones Generales relativas a la información estadística de tráfico que deberán entregar los concesionarios del servicio público de telefonía básica de larga distancia", emitidas por el Pleno de la extinta Comisión Federal de Telecomunicaciones, mediante la Resolución número P/090797/0128, del 9 de junio de 1997. Dejando sin efectos los formatos contenidos en circulares, oficios, criterios, instructivos y directivas que como medios de presentación para la entrega de diversa información se exigía a los concesionarios, autorizados, permisionarios y prestadores de servicios de valor agregado.

El IFT también publicó los Lineamientos que establecen la metodología, la periodicidad, el catálogo de claves de información y los formatos electrónicos con los que los operadores del sector de telecomunicaciones entregarán información para integrar el acervo estadístico del Instituto.

Con el acervo estadístico, tanto el Instituto, como los distintos órdenes de gobierno, regulados, analistas, investigadores, inversionistas y la ciudadanía en general, contarán con información veraz y oportuna sobre el desempeño del sector de telecomunicaciones y los servicios que lo integran, la cual podrán integrar en la toma de decisiones regulatorias, de política pública, inversión y de negocios, según corresponda. Dicha información estará disponible en el Banco de Información de Telecomunicaciones (BIT) en formato abierto.

Cabe mencionar que, con el objetivo de apoyar a los operadores de telecomunicaciones para el cumplimiento de los Lineamientos, que entrarán en vigor a los 180 días naturales siguientes de su publicación en el DOF, el IFT realizará talleres de capacitación y atención a dudas sobre la información solicitada presenciales y en línea. Lo anterior, con el objetivo de que los operadores lleven a cabo las acciones necesarias para generar la información requerida.

Con la finalidad de agilizar el tratamiento y la validación de la información, los Lineamientos establecen que la entrega de la información se realizará en formato electrónico en archivos CSV. Este trámite también podrá realizarse en la Ventanilla Electrónica del IFT, que está en operación desde el pasado viernes 31 de enero.

Cada vez es más frecuente que un mismo operador de telecomunicaciones ofrezca distintos servicios usando la misma infraestructura. A fin de que el Instituto esté al día de los servicios ofrecidos por los operadores y pueda analizar los efectos que esto tenga en la competencia, los Lineamentos también contemplan un registro de dichos servicios y una actualización periódica.

Asimismo, para dar certidumbre a los operadores del sector de telecomunicaciones sobre el manejo de la información, los Lineamientos establecen lo referente sobre cómo se publicará la información entregada al Instituto. Con la finalidad de efectuar un ejercicio de máxima apertura y publicidad, la publicación de información se efectuará con el máximo nivel de desagregación posible, teniendo en cuenta el contenido de aquella información cuya divulgación pudiera, por su naturaleza, causar una afectación a los bienes jurídicos tutelados y alineado a la normativa en la materia.

Con estas disposiciones, el IFT refrenda su compromiso con una mayor eficiencia, transparencia y simplificación administrativa en favor de una regulación que permita mayor competencia en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, en favor de los usuarios y audiencias.

Ciudad de México, a 3 de febrero de 2020.

  

USUARIOS CONTARÁN CON INFORMACIÓN MÁS CLARA Y DETALLADA
SOBRE SUS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES

 

  • El IFT aprobó la emisión de lineamientos que establecen condiciones para que los usuarios puedan conocer de forma más fácil y accesible las características de sus servicios.
  • Los usuarios podrán consultar información de forma estandarizada de todos los operadores de servicios de telefonía e internet móviles o fijos, así como de televisión de paga, para elegir la opción que más se adapte a sus gustos, necesidades y presupuesto.

 

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó los Lineamientos Generales para la Publicación de Información Transparente, Comparable, Adecuada y Actualizada, Relacionada con los Servicios de Telecomunicaciones, los cuales establecen condiciones que permiten que los usuarios puedan conocer de forma más fácil, clara y accesible las características de sus servicios, como la velocidad de su internet o cobertura de su servicio de telefonía, los días y horas hábiles para llevar a cabo la instalación o desinstalación de equipos de televisión de paga; o las penalidades por cancelar un plan de manera anticipada.

Con estos Lineamientos, los usuarios podrán consultar información de forma estandarizada de todos los operadores de servicios de telefonía e internet móviles o fijos, así como de televisión de paga, lo cual les permitirá comparar de manera más sencilla las ofertas que hay en el mercado y, con ello, elegir la opción que más se adapte a sus gustos, necesidades y presupuesto.

Esta disposición permite dar claridad a los concesionarios y autorizados sobre cómo deberán dar a conocer la información a la que se refiere la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en su artículo 195, que establece las condiciones para que los concesionarios y los autorizados publiquen información transparente, comparable, adecuada y actualizada sobre los precios y tarifas de los servicios que ofertan, sobre los gastos eventuales relacionados con la terminación del contrato, así como información sobre el acceso y la utilización de los servicios que prestan a los usuarios o suscriptores.

Con estos Lineamientos, los concesionarios y autorizados quedan obligados a publicar en sus respectivas páginas de internet, un apartado específico de detalles para que el usuario pueda consultar y descargar –por para cada plan o paquete tarifario que comercialicen- los Formatos Simplificados de Información, mismos que contienen, entre otros, la información básica sobre la tarifa, consumos incluidos, costos adicionales, descuentos y equipo terminal.

A través de dichos formatos, los usuarios podrán conocer y acceder a la Carta de Derechos Mínimos de los Usuarios, el Comparador de Servicios de Telecomunicaciones del IFT y la plataforma Soy Usuario, lo que permitirá que comparen las principales características de los planes tarifarios que ofrecen las empresas que dan el o los servicios que están buscando.

Adicionalmente, los concesionarios y autorizados deberán publicar y transparentar en un apartado de sus respectivas páginas de Internet, información relacionada con la utilización de los servicios y terminación de contrato, tal como: penalidades, garantías contractuales, intereses, contratación y cancelación de servicios, trámites, instalación, políticas de uso, velocidades, cobertura, entre otros.

Para la construcción de los Lineamientos, el IFT analizó y consideró las mejores prácticas adoptadas por órganos reguladores del sector de las telecomunicaciones en países como Alemania, China, Estados Unidos de América, Portugal, entre otros; y sometió a consulta pública un anteproyecto de lineamientos.

Con la emisión de estos Lineamientos, el IFT refuerza su compromiso con los usuarios al promover que cuenten con acceso efectivo a información que les permita conocer, comparar y elegir los servicios de telecomunicaciones que mejor se adapten a su consumo, necesidades y presupuesto.

Ciudad de México, a 31 de enero de 2020.

 

ENTRA EN OPERACIÓN LA VENTANILLA ELECTRÓNICA DEL IFT

  • El portal facilitará las gestiones y reducirá la carga administrativa de los regulados en el cumplimiento de sus obligaciones, pues servirá como punto de contacto para realizar trámites y servicios a cualquier hora, desde cualquier lugar, a través de medios electrónicos.
  • Con esta herramienta, se avanza en el objetivo establecido en el Programa de Mejora Administrativa de facilitar y hacer más eficientes los trámites que se realizan ante el Instituto.

 

Con la finalidad de hacer más eficientes y facilitar la gestión de trámites, así como de incorporar el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en los procesos realizados por los regulados, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) pone hoy en operación la Ventanilla Electrónica.

Como resultado de su Programa de Mejora Administrativa, iniciado en 2018, el cual incluyó la realización de una consulta pública para enriquecer la visión del IFT con los comentarios de los interesados, se determinó la creación de la Ventanilla Electrónica para la realización, recepción y gestión de trámites y servicios a su cargo.

De acuerdo con el Banco Interamericano de Desarrollo, los trámites digitales se demoran 74% menos que los presenciales y cuestan menos. Por ello, la importancia de eficientar y facilitar la gestión de los trámites y servicios a cargo de este órgano, mediante el uso e incorporación de las TIC en los procesos que realizan sus regulados.

En ese sentido, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó en 2019 los “Lineamientos para la sustanciación de los trámites y servicios que se realicen ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones, a través de la Ventanilla Electrónica”, que contemplan el uso y las características de los formatos electrónicos que serán empleados para la presentación de los trámites y servicios que puedan sustanciarse a través de medios remotos, el uso de la firma electrónica en sustitución de la firma autógrafa, el empleo de las notificaciones electrónicas, así como el establecimiento de un único proceso de autenticación de la personalidad para concesionarios y autorizados en materia de telecomunicaciones y radiodifusión ante el Instituto, válido para todos los trámites y servicios que se sustancien a través de dichos medios.

Esta disposición prevé que la Ventanilla Electrónica funcione los 365 días del año, las 24 horas, mediante la cual los trámites y servicios a cargo de este órgano constitucional autónomo puedan ser sustanciados a través de medios en línea.

La Ventanilla Electrónica está alojada en el propio portal de Internet del Instituto y permitirá sustanciar los siguientes trámites:

  • Registro de tarifas de los servicios de telecomunicaciones;
  • Contrato de adhesión;
  • Acreditación Representante Legal;
  • Tarifas de servicios y espacios de publicidad;
  • Domicilio notificaciones;
  • Domicilios centros de atención usuarios o audiencias;
  • Nombre comercial;
  • Código de ética;
  • Defensor de audiencias, y
  • Puntos de interconexión

Durante los siguientes meses, el Instituto habilitará de forma gradual otros trámites y servicios en la Ventanilla Electrónica, a efecto de otorgarle a esta herramienta una mayor cobertura y utilidad.

La ventanilla electrónica se puede consultar en el portal https://ventanilla.ift.org.mx/VentanillaElectronica/index.php/Login

Con lo anterior, el Instituto avanza de manera importante en el fortalecimiento de su política de mejora regulatoria y de gobierno digital, lo que le permitirá generar ahorros y eficiencias así mismo y a la industria que regula, para el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones y la radiodifusión.

Ciudad de México a 27 de enero de 2020

  

EL PLENO DEL IFT IMPONE MULTA A TELNOR POR INCUMPLIR
CON UNA MEDIDA RELATIVA A LA COMPARTICIÓN DE SU INFRAESTRUCTURA

 

  • Se determinó que, al 30 de septiembre de 2017, Telnor no puso a disposición del IFT y concesionarios 60% de la información que debía reportar en el Sistema Electrónico de Gestión, relativa a la infraestructura de postes y pozos.
  • Dicho sistema permite a los interesados en acceder a la infraestructura del preponderante, conocer la disponibilidad y características técnicas de dichos insumos, lo cual permite que puedan utilizar esa capacidad para llegar a más usuarios en todo el país y generar mayor competencia.
  • Por ello, el Instituto determinó imponer una sanción por $1,311,877,712 pesos, de acuerdo con lo previsto en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió imponer a Teléfonos del Noroeste S.A. de C.V. (Telnor) una sanción por no poner a disposición del regulador y de concesionarios solicitantes parte de la información relativa a postes y pozos que forma parte de la infraestructura que está obligado a compartir al ser parte del Agente Económico Preponderante (AEP) en Telecomunicaciones.

El Pleno determinó que, al 30 de septiembre de 2017, Telnor no puso a disposición del IFT y concesionarios 60% de la información que debía reportar en el Sistema Electrónico de Gestión, relativa a la infraestructura de postes y pozos, una obligación que está prevista en la Resolución Bienal aprobada en 2017.

El Sistema Electrónico de Gestión constituye el medio de comunicación formal entre el AEP y concesionarios solicitantes o interesados para conocer la información relacionada con la compartición de la infraestructura pasiva del AEP, dentro de la que se encuentran, entre otras, características técnicas de la carga mecánica en postes y la capacidad excedente en pozos, datos con los que se puede solicitar el acceso a dichos insumos.

Conocer la información relacionada con la infraestructura pasiva del AEP permite reducir las asimetrías de información entre concesionarios interesados y solicitantes; así como promover el desarrollo de la competencia en el sector de las telecomunicaciones, al dar acceso a más competidores a infraestructura clave, lo cual se traduce en beneficios para los usuarios finales, que pueden contar con mayor oferta, mejores servicios y a menores precios.

De acuerdo con la Resolución Bienal aprobada en 2017, para los inventarios de infraestructura de postes y pozos, el AEP contaba con un plazo máximo al 30 de septiembre de 2017 para tener 60% de la información disponible en el SEG; y, posteriormente, en periodos de 6 meses, debía integrar al menos 15% de la infraestructura total, para lograr que, en un periodo no mayor a dos años desde la creación del SEG, estuviera completa la información.

Asimismo, el SEG permite al Instituto monitorear y verificar de manera efectiva la disponibilidad de la infraestructura que debe compartir el AEP, de acuerdo con lo previsto en las medidas de preponderancia que le fueron impuestas.

En este sentido, conforme a lo previsto en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), artículo 298 inciso E, el Pleno del IFT resolvió que la empresa fuera sancionada con una multa equivalente al 6.01% de sus ingresos.

Por ello, el Pleno impuso a Telnor una multa de mil 311 millones 877 mil 712 pesos por el incumplimiento en lo previsto en la medida vigésima sexta en relación con la tercera transitoria del Anexo 2 de la Resolución Bienal y el numeral III de la modificación a la Oferta de Referencia para Compartición de Infraestructura Pasiva (ORCI) aplicable del 1 de enero de 2016 al 31 de diciembre de 2017.

Como ha hecho desde su creación, el IFT seguirá supervisando y verificando el cumplimiento de medidas destinadas a impulsar la sana competencia entre los diferentes prestadores de servicios de telecomunicaciones, que se traduzcan en mejores precios, diversidad y calidad en beneficios de los usuarios.

Ciudad de México a 17 de enero de 2020

  

EL PLENO DEL IFT RESUELVE SOBRE EL ESQUEMA PARA LA TRANSFERENCIA
DE PERSONAL DE TELMEX-TELNOR A LAS EMPRESAS MAYORISTAS
EN EL MARCO DEL CUMPLIMIENTO DE LA SEPARACIÓN FUNCIONAL

 

  • Aprueba la propuesta de Telmex-Telnor que va en línea con lo establecido en el Plan final de implementación para la transferencia de personal, previsto a realizarse a más tardar el 31 de enero de este año.
  • Para los trabajadores sindicalizados que en su momento lleven a cabo funciones asociadas a los servicios que prestarán las Empresas Mayoristas surgidas de la separación, se podrá emplear el esquema de prestación de servicios; mientras que para los trabajadores no sindicalizados o de confianza, el esquema de sustitución patronal.
  • Con las acciones aprobadas y las realizadas anteriormente conforme al calendario mandatado por el IFT hace dos años, se avanza con paso firme en el cumplimiento del Plan Final de Separación Funcional para concretar la separación de las empresas en marzo de este año.

 

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó una propuesta hecha por Telmex-Telnor para el cumplimiento del hito referente a la transferencia de personal en el marco de la implementación de la separación funcional, una de las obligaciones establecidas para este proceso de separación de las empresas, el cual fue ordenado por el regulador con el objetivo de generar en el país mayor competencia en los servicios de telecomunicaciones, incluido el de banda ancha fija, en beneficio de la población.

La separación funcional de Telmex-Telnor es resultado de la revisión bienal de 2017 sobre las medidas impuestas por el Instituto al Agente Económico Preponderante en telecomunicaciones (AEP), en la cual se determinó la pertinencia de separar de ambas empresas la provisión de los servicios mayoristas, que son aquellos relacionados con la red local, infraestructura pasiva y enlaces dedicados asociados a dicha red, que son esenciales para que los operadores puedan ofrecer más servicios, en mejores condiciones de calidad y precio, al usuario final. Esto, con la finalidad de crear una nueva entidad para asegurar que otros operadores tengan acceso a dichos insumos, en los mismos términos y condiciones, como lo ordena la Constitución.

Dentro de las medidas impuestas por el IFT como parte del Plan Final de Separación Funcional se encuentran, entre otras, la obligación de presentar al Instituto un plan de transferencia de recursos (activos y pasivos), uno de migración de personal y otro de elementos de red e infraestructura, así como someter para aprobación del Instituto los estatutos sociales que regirán el funcionamiento de las nuevas empresas, los códigos de ética y los de actuación de su personal.

Como acompañamiento en el proceso de separación funcional de Telmex, desde la revisión bienal de 2017 se previó el establecimiento de un Grupo de Transición, que permite perfeccionar la implementación y realizar oportunamente los ajustes necesarios para evitar desviaciones operativas, administrativas o regulatorias, que pudieran comprometer la efectiva ejecución de la separación, lo cual va en línea con la práctica común a nivel internacional.

En este sentido, como parte del análisis en el seno del Grupo de Transición, Telmex-Telnor propusieron al Instituto que, para el cumplimiento del hito de transferencia de personal, previsto a realizarse a más tardar el 31 de enero, para aquellos trabajadores sindicalizados que en su momento lleven a cabo funciones asociadas a los servicios que prestarán las Empresas Mayoristas surgidas de la separación, se emplee el esquema de prestación de servicios; mientras que para los trabajadores no sindicalizados o de confianza, sea el esquema de sustitución patronal.

Con este esquema de prestación de servicios, Telmex-Telnor podrán proveer a las Empresas Mayoristas del personal independiente estrictamente necesario, a efecto de que estas estén en posibilidad de operar también de forma independiente y con ello de proveer los servicios mayoristas regulados que les fueron asignados, en términos y condiciones no discriminatorias.

Asimismo, con dicho esquema no se imponen a las Empresas Mayoristas cargas económicas o pasivos laborales adicionales a las que tendrían que hacer frente bajo el esquema, originalmente propuesto por el AEP, de sustitución patronal para el personal sindicalizado, por lo que esta figura por sí misma no compromete la viabilidad de las Empresas Mayoristas, ni la independencia del personal, y favorece la operación independiente, lo cual se alinea con el espíritu de la medida impuesta por el Instituto.

Telmex-Telnor también propusieron una serie de adecuaciones orientadas a fortalecer la independencia del personal y la operación de las Empresas Mayoristas, que se relacionan con: el establecimiento de criterios más estrictos para los miembros del Consejo de Administración y del Director General; la modificación al alcance del Comité de Auditoría; la presentación de una nueva propuesta de códigos de actuación y conducta, que se encuentre alineada a los cambios propuestos para la transferencia del personal; y la ruta para implementar esta transferencia de personal, mediante la adecuación de los estatutos sociales de las Empresas Mayoristas.

Con este esquema, Telmex-Telnor podrán transferir a las Empresas Mayorista el personal necesario para que cumplan con su objeto social, dando cumplimiento a lo ordenado por el IFT, y respetando en todo momento los derechos laborales de los trabajadores.

Actualmente, el Instituto se encuentra también en proceso de revisión de las Ofertas de Referencia de las Empresas Mayoristas, de los manuales de procedimientos para la provisión de servicios y de los manuales para la creación de red y nuevos servicios, lo cual permitirá dar certidumbre sobre los procesos de acceso a los servicios que brinden estas empresas.

Conforme al calendario establecido para la implementación del Plan Final de Separación Funcional, los avances reportados son los siguientes:

  • Aprobación de los Estatutos Sociales Constitutivos (junio 2018)
  • Constitución de las Empresas Mayoristas (junio 2018)
  • Presentación del Plan de Productividad (septiembre 2018)
  • Aprobación de los Estatutos Sociales Finales (octubre 2018)
  • Constitución del Consejo de Administración (diciembre 2018)
  • Implementación del Sistema Integrador para Operadores (septiembre 2019)
  • Presentación de los Planes de migración de personal, transferencia de recursos y de elementos de red e infraestructura (septiembre 2019)
  • Aprobación del Código de Ética (octubre 2019)

Con las acciones aprobadas hoy y las realizadas anteriormente conforme al calendario mandatado por el IFT hace dos años, se avanza con paso firme en el cumplimiento del Plan Final de Separación Funcional para implementar la separación de las empresas en marzo de este año.

Mediante la implementación de la separación funcional y la aplicación de diversas medidas impuestas al AEP, se realizan las acciones necesarias para promover una mayor competencia y libre concurrencia, en beneficio de los usuarios finales de servicios de telecomunicaciones.

Ciudad de México a 16 de enero de 2020

 

EDUCACIÓN E INGRESO: FACTORES CLAVE PARA EL USO DE LAS TIC EN MÉXICO

 

  • De acuerdo con un estudio realizado por el IFT, el nivel educativo y de ingreso son las características sociodemográficas con mayor impacto en la probabilidad de usar las TIC.
  • Pasar del nivel escolar de primaria a secundaria aumenta la probabilidad de capacitarse o educarse por internet 21.3 puntos porcentuales, al pasar de 24.2% a 45.5 por ciento. 
  • La probabilidad de usar un teléfono móvil inteligente para quienes viven en un hogar de ingreso bajo es de 42.8%, mientras que para quienes viven en un hogar de ingreso medio es de 65.3%, una diferencia de 22.5 puntos porcentuales.

 

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) presenta la actualización del estudio “Uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), y actividades por internet en México: Impacto de las características sociodemográficas de la población” en la edición 2019, basado en los resultados de la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de las Tecnologías de la Información en los Hogares (ENDUTIH), publicada en 2019, y que da continuidad a los estudios publicados en 2017 y 2018.

Al analizar el internet y el efecto que tiene el nivel educativo sobre su probabilidad de uso se observa que, a nivel nacional, la probabilidad promedio que una persona en México use el internet es de 65.8%; sin embargo, para la población que no cuenta con ningún nivel educativo terminado esta probabilidad es de 22.7%; mientras que los que tienen preparatoria es de 88.5%. Por tanto, un mayor nivel educativo incrementa la probabilidad de usar el internet.

Asimismo, se muestra que tan solo al pasar de nivel primaria a secundaria aumenta de 41.8% a 71.4% la probabilidad de usar el internet; de 34.7% a 70.3% de usar el teléfono móvil inteligente y de usar el internet para capacitación o educación de 24.2% a 45.5 por ciento.

En cuanto a nivel económico pasar de un hogar con un ingreso bajo, es decir, menor que $12 mil 283 pesos mensuales, a uno con ingreso medio entre 12 mil 883 y 27 mil 307 pesos mensuales, aumenta la probabilidad de usar el  internet y el teléfono móvil inteligente en más de 20 puntos porcentuales, es decir pasó de 43.7% a 69.9%, en el caso de  internet y de 42.8% a 65.3%, en telefonía móvil inteligente, lo cual es relevante puesto que este dispositivo es el principal medio para conectarse por encima de las computadoras y tabletas.

Sobre la ocupación el 13.8% de quienes trabajan tienen la mayor probabilidad de realizar operaciones bancarias; el 18.8% compras y ventas en línea el 8.9%. Para el caso de consumo de contenidos audiovisuales de paga, se destaca que quienes tienen la mayor probabilidad de consumir estos contenidos son los estudiantes con el 77.6 por ciento.

El estudio muestra que, en promedio, la población de entre 18 y 34 años de edad es la que tiene la mayor probabilidad de usar las TIC y de realizar actividades en  internet (excepto para el teléfono móvil convencional), y que la población mayor de 55 años es la que menos probabilidades tiene de hacerlo; en tanto que, vivir en una zona rural o urbana también es un factor determinante, puesto que, en el caso del  internet, la probabilidad de uso al vivir en una zona urbana es 32.5 puntos porcentuales más alta que la de vivir en una zona rural al pasar de 40.6%. a 73.1 por ciento.

El estudio incluye un análisis focalizado en la población de mujeres y niñas de seis años o más que viven en México. Entre los principales resultados se muestra que las mujeres sin educación o que únicamente cuentan con educación primaria tienen menores probabilidades de usar el internet, incluso para redes sociales o consumir contenidos audiovisuales gratuitos. Asimismo, destaca que sólo las mujeres con licenciatura o posgrado tienen probabilidad alta de realizar operaciones bancarias, compras y ventas en línea.

Asimismo, para cada TIC y actividad por internet analizadas se incluye el perfil con la mayor y menor probabilidad de uso. Es decir, se identifica la combinación de características que tiene la o el usuario con mayor y menor probabilidad. Para el caso del internet estos perfiles son los siguientes:

Las TIC analizadas en el estudio fueron el teléfono móvil convencional, teléfono móvil inteligente e internet. Mientras que las actividades en internet que se incluyen son: uso de redes sociales, consumo de contenidos audiovisuales de paga y gratuitos, compras, ventas, operaciones bancarias y uso del internet para capacitación o educación.

Finalmente es importante destacar que el estudio analiza la influencia que tienen las principales características sociodemográficas de la población: edad, sexo, ocupación, ingreso, nivel educativo y lugar de residencia, sobre la probabilidad de utilizar las TIC y realizar ciertas actividades por  internet, así como distintos niveles de desagregación geográfica, por entidad federativa, en las 49 ciudades incluidas en la ENDUTIH y por zona urbana y rural, lo que permite que los gobiernos federales, estatales e incluso los municipales, puedan utilizar los resultados presentados para desarrollar políticas públicas que impulsen el uso de las TIC y las actividades por  internet en México y realicen acciones focalizadas para los sectores más vulnerables de la población.

El estudio “Uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), y actividades por internet en México: Impacto de las características sociodemográficas de la población” puede consultarse en el BIT: https://bit.ift.org.mx

Ciudad de México, a 15 de enero de 2020

 

EL IFT PUBLICA LOS Lineamientos para el Despliegue, Acceso y Uso Compartido

de Infraestructura de Telecomunicaciones y Radiodifusión

 

  • Los Lineamientos tienen por objeto contribuir a un uso más eficiente de los recursos de infraestructura existente a través del fomento a la compartición de infraestructura entre concesionarios.
  • Se establecen condiciones y requisitos para resolver desacuerdos en el acceso y uso compartido de infraestructura entre concesionarios bajo los criterios previstos en la LFTR.
  • Se promueve el despliegue de infraestructura a través de incentivos para llevar a cabo obras civiles coordinadas, en especial en zonas de escasa o nula presencia de operadores.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) publica los Lineamientos para el Despliegue, Acceso y Uso Compartido de Infraestructura de Telecomunicaciones y Radiodifusión, los cuales representan una herramienta regulatoria que contribuirá a un uso más eficiente de los recursos existentes y a promover mayores despliegues de infraestructura, con el propósito de que se brinden servicios de telecomunicaciones y radiodifusión en mejores condiciones de competencia y libre concurrencia, y con ello, impulsar que los usuarios y audiencias en el país cuenten con más y mejores servicios de telecomunicaciones y radiodifusión.

En México, la Constitución establece como derecho el acceso a los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, y para poder brindarlos es fundamental que los concesionarios cuenten con infraestructura que les permita incrementar su capacidad y cobertura. Es por ello que para la elaboración de los Lineamientos el Instituto realizó un diagnóstico sobre la situación del país en la prestación de dichos servicios, así como un análisis de experiencia internacional, a través del cual se detectaron diversas disposiciones regulatorias que tienen en común el fomento del uso eficiente de la infraestructura a través de esquemas de compartición.

Al respecto, se identifican elevados costos de despliegue de infraestructura, así como la necesidad de cumplir con distintos requisitos y trámites ante diferentes órdenes de gobierno: federal, estatal y municipal; además existen zonas donde ya existe infraestructura desplegada que puede usarse por más concesionarios o donde técnica, económica y/o legalmente sólo sea factible desarrollar una red, con lo que se generan condiciones para mayor competencia a nivel regional o local.

Para el caso de compartición de infraestructura, los Lineamientos publicados hoy por el IFT retoman los criterios previstos en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) bajo los cuales el Instituto podrá establecer las condiciones de uso, la compartición del espacio físico, así como la tarifa correspondiente, con lo cual se llena un vacío regulatorio en casos especiales en los que algunas condiciones legales, técnicas o económicas no permiten el despliegue de redes públicas de telecomunicaciones o en los que algunas barreras contractuales o de un tercero no permiten el acceso de concesionarios a inmuebles.

Con los lineamientos publicados hoy por el IFT, se establecen requisitos y condiciones que permiten el acceso de concesionarios a elementos de infraestructura de otros concesionarios instalada en edificios, centros comerciales, fraccionamientos o cualquier inmueble; así como las obligaciones, términos y condiciones que deberán observar los concesionarios para garantizar la no discriminación, la competencia y la libre concurrencia.

Se establecen condiciones y requisitos para resolver desacuerdos en el acceso y uso compartido de infraestructura, incluyendo para aquella desplegada en propiedad federal, con lo cual se fomenta el uso eficiente de la infraestructura de propiedad federal, fomentando competencia y reduciendo costos de entrada.

Entre las condiciones fijadas por el IFT están que las solicitudes de acceso o uso compartido deberán notificarse y especificar los elementos de infraestructura requerida, con la finalidad de que tanto concesionarios solicitantes como titulares de infraestructura, cuenten con la certeza jurídica de la realización de dicha solicitud.

Por otro lado, en cuanto al despliegue de infraestructura, los lineamientos establecen condiciones para propiciar la realización de obras civiles coordinadas con el fin de reducir duplicidad en inversiones y costos de entrada, sobre todo en zonas con escasa o nula infraestructura.

Estos lineamientos se suman a las diversas disposiciones emitidas por el Instituto en material de infraestructura previstas en el marco legal, como el Sistema Nacional de Información de Infraestructura, con lo que se busca generar condiciones de mayor competencia en favor de los usuarios de servicios de telecomunicaciones y audiencias de radiodifusión al contar con mayores opciones, en mejores condiciones y a mejores precios.

Ciudad de México, a 07 de enero de 2020

 

EN 2019 SE INCREMENTA LA OFERTA DE PLANES EN LA MODALIDAD TRIPLE PLAY

 

  • En el caso de del servicio de internet, telefonía fija y televisión de paga en la modalidad triple play, el 32% de los planes ofrecen una velocidad de bajada mayor a 50 Megabits; en contraste con el 9% que se reportó en 2018.
  • El objetivo del Reporte es brindar información útil a los usuarios que les permita comparar y tomar decisiones mejores informadas.
  • A través del “Comparador de Servicios de Telecomunicaciones” el usuario puede consultar la oferta vigente de planes y tarifas disponibles en el país.

 

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), presenta su Reporte de Información Comparable de Planes y Tarifas de Servicios de Telecomunicaciones Fijas 2019, relativo a los servicios fijos de uso residencial de internet y telefonía fijos y televisión de paga en las modalidades de contratación doble y triple play.

El reporte, cuyo objetivo es brindar información útil a los usuarios que les permita comparar y tomar decisiones mejores informadas, incluye los planes y tarifas ofertados en las páginas electrónicas de los concesionarios, mismas que cuentan con su debido registro y correspondencia ante lo inscrito en el Registro Público de Telecomunicaciones (RPT).

En el Reporte, destaca el incremento en el porcentaje de planes en la modalidad triple play, que pasó de 9% en el 2018 a 32% en este año en paquetes que tienen una velocidad de bajada mayor a los 50 megabits por segundo (Mbps), y cuyo precio oscila entre 754 y 2 mil 59 pesos; en cuanto a los planes de 10 a 50 Mbps tienen rentas mensuales de 426 a 994 pesos y los de velocidad de bajada menor a 10 Mbps oscilan entre 454 y 500 pesos. Asimismo, en esta modalidad el 62% de planes considerados se agrupan en el rango de 10 Mbps a 50 Mbps.

La oferta en internet fijo, telefonía fija y televisión de paga analizada comprende entre 45 y 265 canales. El 55% de los planes de televisión de paga ofertan más de 100 canales, el 38% de los planes de 50 a 100 canales y 7% se ofertan en el rango de hasta 49 canales.

En comparación con 2018, cuando el 48% de los planes de internet fijo y telefonía – doble play – incluían una velocidad de bajada mayor a 20 Mbps; en este año se da a conocer que el 50% de los planes alcanzan una velocidad de bajada de 10 a 50 Mbps y tienen una renta de 320 a 599 pesos; el 40% oferta una velocidad mayor a 50 Mbps cuyo precio oscilan entre 605 y mil 629 pesos y el 10% ofrece una bajada menor a 10 Mbps y su costo está entre 239 y 340 pesos.

Para planes de doble play - internet fijo y televisión de paga –, en 2019 se consideraron 4 ofertas, de las cuales, 50% dan hasta 49 canales y tiene un costo mensual de entre 470 y 520 pesos; el 25% ofrece 50 a 100 canales y su costo es de 570, y el otro 25% que brinda más de 100 canales y cuesta 519 pesos al mes.

Los datos contenidos en el Reporte de Información Comparable de Planes y Tarifas de Servicios de Telecomunicaciones Fijas (doble y triple play) 2019, así como el Comparador, tienen fines estrictamente informativos y pueden ser consultados en el sitio https://www.ift.org.mx/portalusuarios

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