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Instituto Federal de Telecomunicaciones


Comunicados

El Pleno del IFT resuelve diversos asuntos en materia de telecomunicaciones y radiodifusión

 

  • Determina las condiciones de interconexión no convenidas entre NII Digital y empresas de Grupo Iusacell
  • Acordó declarar la pérdida de bienes en beneficio de la Nación, derivado del aseguramiento de los equipos destinados al uso del espectro radioeléctrico sin contar con concesión, permiso, autorización o asignación de frecuencias en tres localidades del país
  • Aprobó expedir tres títulos de concesión con motivo del otorgamiento del refrendo de la concesión para usar, aprovechar y explotar a tres estaciones de radio
  • Resolvió negar la prórroga solicitada para la vigencia de la concesión de dos operadores del servicio de televisión restringida

 

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió, en sesión ordinaria el día de ayer, tres desacuerdos de interconexión entre NII Digital, S. de R.L. de C.V. y las empresas Comunicaciones Celulares de Occidente, S.A. de C.V., Sistemas Telefónicos Portátiles Celulares, S.A. de C.V., Telecomunicaciones del Golfo, S.A. de C.V.. SOS Telecomunicaciones, S.A. de C.V., Portatel del Sureste, S.A. de C.V., Iusacell PCS, S.A. de C.V., Iusacell PCS de México, S.A. de C.V. y Operadora Unefon.

Se trata de tres resoluciones en las que se determinó la tarifa de interconexión que NII Digital así como Grupo Iusacell y Unefon deberán pagarse recíprocamente por servicios de terminación conmutada bajo la modalidad “El que llama paga” en los siguientes términos:

  • Durante 2013, será de $0.3144 pesos por minuto de interconexión.
  • Durante 2014, será de $0.3199 pesos por minuto de interconexión.
  • Para 2015, del 18 de febrero al 31 de diciembre de 2015, será de $0.2505 pesos M.N. por minuto de interconexión. Para el periodo del 1° de enero de 2015 al 17 de febrero de 2015 deberá hacerse extensiva la tarifa determinada por el Instituto para 2014.

Las contraprestaciones que deberán pagarse se calcularán con base en la duración real de las llamadas, sin redondear al minuto siguiente.

En la sesión de hoy, el Pleno también resolvió declarar la pérdida de bienes en beneficio de la Nación, derivado del aseguramiento de los equipos destinados al uso del espectro radioeléctrico sin contar con concesión, permiso, autorización o asignación de frecuencias en tres localidades del país: 1870 MHz a 1875 MHz, en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; 154.000-159.550 MHz y 161.925-156.925 MHz en Zacatecas, Zacatecas y 152.1170 MHz, en el municipio de Huixquilucan, Estado de México.

Asimismo, se acordó expedir tres títulos de concesión con motivo del otorgamiento del refrendo de la concesión para usar, aprovechar y explotar a las siguientes estaciones de radio:

1) 107.1 MHz, con distintivo de llamada XHACN-FM, en León Guanajuato, a favor de cadena regional Radio Fórmula, S.A. de C.V.

2) 91.3 MHz, con distintivo de llamada XHEOB-FM, en Pichucalco, Chiapas, a favor de XEOB Promotora de Radio, S.A. de C.V.

3) 90.1 MHz, con distintivo de llamada XHSMR-FM, en Villa de Pozos, San Luis Potosí, a favor de Fórmula Radiofónica, S.A. de C.V.

El Pleno acordó negar la prórroga de dos títulos de concesión para instalar, operar y explotar una red pública de telecomunicaciones para prestar el servicio de televisión restringida por cable, debido a que los concesionarios no cumplieron con los requisitos establecidos en la Ley para obtener la renovación solicitada. La primera negativa de prórroga se relaciona con un concesionario que presta servicios en diversas localidades del estado de Veracruz y la segunda corresponde a un concesionario que presta sus servicios en una localidad del estado de Jalisco.

Con la finalidad de salvaguardar los derechos de los usuarios que reciben los servicios públicos de telecomunicaciones, el Pleno del Instituto determinó, entre otras, las siguientes acciones:

a) Permitir la continuidad de los servicios por un plazo no mayor a 60 días naturales.

b) Dentro de los primeros 15 días naturales de este plazo, dichos concesionarios deberán informar a sus usuarios de la suspensión de los servicios que prestan y comunicar la posibilidad que tienen para contratar el servicio de televisión restringida con otros concesionarios que prestan el servicio en su localidad, si así lo deciden, y

c) Deberán reembolsar a sus suscriptores, en los casos que procedan, las cantidades que éstos hubieran pagado por concepto de anticipo y que no fueren compensables con otros adeudos a cargo de los propios suscriptores.

 

El Pleno del IFT cumple con los mandatos legales dentro del plazo de 180 días que planteó la entrada en vigor de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión

 

  • Emite Lineamientos de Multiprogramación, Estudios Sobre Oferta y Consumo de Programación para Público Infantil en Radio, Televisión Radiodifundida y Restringida, Definición de Puntos de Interconexión y Sistema de Servicio Profesional del Instituto
  • Estas resoluciones se suman a las ya aprobadas en fechas previas, por las cuales se expidió, por un lado, el Programa de Trabajo para Reorganizar el Espectro Radioeléctrico a Estaciones de Radio y Televisión, y por otro, se nombró e instaló al Consejo Consultivo
  • Con la emisión de los seis acuerdos, el órgano regulador da cumplimiento a lo ordenado en tiempo y forma

 

Este 9 de febrero se cumplió el plazo de 180 días naturales establecido en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a partir de su entrada en vigor, para que el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobara medidas regulatorias específicas que se traducirán en beneficios para los usuarios de los servicios tanto de la radiodifusión como de las telecomunicaciones en el país.

De esta manera, el Pleno del Instituto aprobó en sesión extraordinaria celebrada este lunes los Estudios Sobre Oferta y Consumo de Programación para Público Infantil en Radio, Televisión Abierta y Restringida, los Lineamientos generales para el acceso a la multiprogramación, la definición de los puntos de interconexión a la red pública de telecomunicaciones del Agente Económico Preponderante (AEP) y las disposiciones por las que se establece el Sistema de Servicio Profesional del IFT.

Estudios Sobre Oferta y Consumo de Programación para Público Infantil en Radio, Televisión Radiodifundida y Restringida

El artículo Trigésimo Sexto Transitorio de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión señala que el Instituto realizará en los 180 días posteriores a su entrada en vigor, los estudios correspondientes para analizar si resulta necesario establecer mecanismos que promuevan e incentiven a los concesionarios a incluir una barra programática dirigida al público infantil en la que se promueva la cultura, el deporte, la conservación del medio ambiente, el respeto a los derechos humanos, el interés superior de la niñez, la igualdad de género y la no discriminación.

En la realización de los Estudios Sobre Oferta y Consumo de Programación para Público Infantil en Radio, Televisión Radiodifundida y Restringida, se utilizaron fuentes de información cualitativa y cuantitativa, de origen público y privado, seleccionadas a partir de sus características de levantamiento, periodicidad en su realización y publicación en México.

Los estudios aportan elementos para identificar las variables que intervienen en el consumo de medios por parte de las niñas y los niños en México. Se dividen en cinco capítulos:

  • Perfil sociodemográfico y psicográfico del universo de niñas y niños en México para comprender, en primera instancia, la dimensión de la que se deben ocupar medios de comunicación y el Estado.
  • Panorama de la oferta y consumo de televisión abierta de la población infantil en México.
  • Oferta y consumo de televisión restringida por parte de niños y niñas en México.
  • Oferta y consumo de programas radiofónicos por parte de niñas y niños.
  • Revisión de los incentivos a la producción de contenidos infantiles en diversos países, con el objetivo de conocer distintos esquemas que podrían enriquecer la toma de decisiones.

Entre los datos analizados destaca que en 2014 las niñas y niños en México pasaron frente al televisor un promedio de 4 horas con 34 minutos al día. Esta cifra registró un ligero descenso, en contraste con la tendencia observada en los siete años previos de crecimiento.

Asimismo, del análisis sobre consumo de contenidos por parte de los niños de 4 a 12 años, se desprende que la mayoría de los programas que están viendo, no son contenidos diseñados para ellos.

Destaca que de la oferta programática para público infantil, 74% corresponde a caricaturas ocupando éste el séptimo lugar con respecto a los géneros transmitidos en televisión abierta, después de magazines, noticiarios, películas, mercadeo, culturales y deportes.

Por otro lado niñas y niños de todos los niveles socioeconómicos han incrementado su presencia en la televisión restringida a lo largo de los años. Siendo que esta ofrece hasta 10 canales de contenido exclusivo para ellos.

Cabe señalar que en radio tanto la oferta como la demanda de contenidos dirigidos al público infantil es escasa, sólo del 3%, en comparación con 15% que se registra en televisión.

Derivado del análisis de los datos arrojados por dichos estudios, el Pleno del IFT determinó que es necesario que se prevean mecanismos que incentiven a los concesionarios a incluir barras programáticas dirigidas al público infantil, cuyos contenidos promuevan en su conjunto la cultura, el deporte, la conservación del medio ambiente, el respeto a los derechos humanos, el interés superior  de la niñez, la igualdad de género y la no discriminación. Que dichas barras incorporen más producción nacional para que otorguen a los contenidos radiodifundidos identidad y valores nacionales propios.

El Pleno acordó remitir una copia del documento a las autoridades competentes en materia de regulación de contenidos e instruyeron a la Unidad de Medios y Contenidos Audiovisuales para lograr un trabajo coordinado con otras instancias del gobierno y del ámbito académico para determinar los mecanismos a los que hace referencia la Ley.

Lineamientos para la Multiprogramación

Por otra parte, en cumplimiento del artículo 158, fracción III y del artículo Trigésimo Tercer Transitorio de la LFTR, el Pleno del Instituto aprobó la emisión de los Lineamientos Generales para el Acceso a la Multiprogramación, los cuales entrarán en vigor un día después de su publicación en el DOF.

La multiprogramación es la distribución de más de un canal de programación en el mismo canal de transmisión de radiodifusión, lo que representa la posibilidad de transmitir un mayor número de contenidos programáticos a través del mismo recurso espectral concesionado. El documento aprobado por el Pleno tuvo como antecedente un proceso de consulta pública, realizado del 23 de diciembre de 2014 al 14 de enero del presente año, en el cual se recibieron ocho comentarios y opiniones que contribuyeron a robustecerlo.

Los lineamientos aprobados por el Pleno contemplan los requisitos para obtener la autorización para el acceso a la multiprogramación y sus condiciones integrales de funcionamiento, conforme a los  principios de competencia y calidad técnica, garantizando el derecho a la información y atendiendo de manera particular la concentración nacional y regional de frecuencias.

El acceso a la multiprogramación es voluntario por parte de los concesionarios de radiodifusión por lo que, al solicitarla y obtenerla, se obligan a cumplir todas las disposiciones aplicables en la materia.

La resolución del Pleno establece la obligación a los concesionarios que soliciten la multiprogramación de transmitir por lo menos un canal de programación en calidad Alta definición (HD) y no se prevé el pago de una contraprestación para tal efecto.

Los concesionarios de radiodifusión podrán celebrar contratos libremente para el acceso a los canales de programación en multiprogramación en condiciones de mercado con terceros que podrán tener el carácter, entre otros, de Programadores Nacionales Independientes, Programadores Nacionales, Programadores Extranjeros o Concesionarios de Radiodifusión.

En los casos de concesionarios que pertenezcan a un Agente Económico Preponderante o con poder sustancial, el Instituto no autorizará la transmisión de un número de canales de programación en multiprogramación superior al 50% del total de los canales de programación autorizados a otros concesionarios que se radiodifunden en la región de cobertura, de conformidad con lo establecido en el artículo 158, fracción II de la Ley.

El Instituto resolverá la solicitud de acceso a la multiprogramación en un plazo máximo de 60 días hábiles contados a partir del día siguiente a aquél en que se presente la solicitud.

Puntos de interconexión de la red pública

Por otra parte, el Pleno del Instituto definió los puntos de interconexión a la red pública de telecomunicaciones del AEP, de conformidad con el artículo Vigésimo Quinto Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. También aprobó adicionar y derogar diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.

La definición de los puntos de interconexión a la red pública del AEP permitirá que los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones realicen el intercambio de tráfico en los puntos de interconexión en que sea técnicamente factible, ofreciendo con ello igualdad de condiciones. Los puntos de interconexión estarán disponibles para todos los concesionarios, que podrán seleccionar los puntos en los cuales, de acuerdo a su arquitectura de red, volumen de tráfico, y presencia, realizarán dicho intercambio.

El anteproyecto de este tema fue sometido a consulta pública del 20 de enero al 3 de febrero de 2015, recibiéndose 12 participaciones.

Para interconexión mediante el protocolo TDM, se definen 198 puntos de interconexión correspondiente a servicios de telecomunicaciones fijos, así como 46 puntos de interconexión correspondiente a servicios de telecomunicaciones móviles.

Asimismo, se definen 11 puntos de interconexión IP a la red del Agente Económico Preponderante correspondiente a servicios de telecomunicaciones móviles y fijos; de los cuales 3 (México, Guadalajara y Monterrey) deberán entrar en operación a los 180 días y el resto a los 360 días.

Los principios considerados para la definición de dichos puntos de interconexión son: factibilidad técnica, presencia de los concesionarios en dichos puntos, distribución geográfica y despliegue de infraestructura en dichos puntos; cabe mencionar que los puntos de interconexión definidos permitirán el intercambio de tráfico de cualquier origen o destino dentro del territorio nacional.

El acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sistema de Servicio Profesional

De acuerdo con lo previsto en el Artículo Décimo Cuarto Transitorio de la Ley, el Pleno aprobó las Disposiciones por las que se establece el Sistema de Servicio Profesional, que contiene los elementos necesarios para que el Instituto cuente con un sistema propio de gestión de personal, construido con visión de futuro y con base en los tres principios relevantes en la materia: atraer, retener y desarrollar el talento, acorde con las mejores prácticas de administración y desarrollo de personal que estimulen la creación de un ambiente organizacional y laboral de alto rendimiento, profesionalización, orientación a resultados y vocación de servicio público.

Lo anterior, con el fin de llevar a cabo de manera eficiente las funciones del IFT como órgano regulador en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, así como autoridad en materia de competencia económica en dichos sectores.

De esta forma, se contemplan los siguientes procesos interrelacionados: planeación de personal; ingreso; formación y desarrollo; administración y evaluación del desempeño; derechos, obligaciones, remuneraciones y esquema de prestaciones; así como medidas disciplinarias laborales.

Los principios rectores del Sistema de Servicio Profesional son: la legalidad, eficiencia, productividad, objetividad, calidad, imparcialidad, competencia por mérito, no discriminación, equidad de género e igualdad de oportunidades.

Asimismo, como se informó oportunamente, este lunes se instaló el Consejo Consultivo, integrado por 15 miembros honorarios, expertos en telecomunicaciones, el cual se eligió en la sesión de Pleno del pasado 3 de febrero y el cual fungirá como órgano asesor respecto de los principios establecidos en los artículos 2o., 6o. y 7o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conforme a lo establecido en el artículo Décimo Quinto Transitorio de la Ley.

Con las acciones regulatorias mencionadas, junto con el acuerdo para expedir el Programa de Trabajo para Reorganizar el Espectro Radioeléctrico a Estaciones de Radio y Televisión, que se aprobó en sesión de pleno del 17 de diciembre de 2014, el IFT cumple en tiempo y forma con el mandato legal de emitirlas dentro del plazo de 180 días, a partir de la entrada en vigor de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

 

Se instala el primer Consejo Consultivo del IFT (Comunicado 7/2015)

Se instala el primer Consejo Consultivo del IFT

 

  • Es un órgano asesor formado por 15 especialistas de reconocido prestigio y con amplia experiencia
  • El Pleno del IFT aprobó el nombramiento de los integrantes, de acuerdo con lo previsto en la Ley
  • Es un grupo plural e interdisciplinario de mujeres y hombres que se han desempeñado en el ámbito público y privado, así como en la academia y en organizaciones de la sociedad civil
  • Durarán en su encargo un año, con posibilidad de prórroga por periodos similares, indefinidamente

 

El día de hoy se instaló el Consejo Consultivo del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), el cual está conformado por 15 especialistas de reconocido prestigio en materia de telecomunicaciones, radiodifusión, competencia económica, libertad de expresión y políticas públicas.

Los integrantes de este órgano asesor fueron nombrados por el Pleno del IFT en sesión extraordinaria, celebrada el pasado 3 de febrero, luego de realizar el análisis de diversos perfiles, considerando su amplia experiencia y acreditada capacidad en los temas que son competencia del Instituto, de conformidad con lo previsto en el artículo 34 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Los miembros del Consejo Consultivo forman un grupo plural e interdisciplinario de mujeres y hombres que se han desempeñado en el ámbito público y privado, así como en la academia y en organizaciones de la sociedad civil, por lo que sus aportaciones contribuirán a que el IFT cumpla con su función de promover un desarrollo eficiente de las telecomunicaciones y la radiodifusión en el país.

De esta forma, el Consejo Consultivo del IFT está integrado por los siguientes expertos:

 

 

NOMBRE

ESPECIALIDAD

Álvarez González de Castilla Clara Luz

Doctora en Derecho con mención honorífica (Universidad Panamericana), maestra en Derecho Comparado (New York University), maestra en Ciencias Jurídicas (Universidad Panamericana) y licenciada en Derecho donde obtuvo mención honorífica y el promedio más alto de la Escuela de Ciencias Sociales (Universidad de las Américas-Puebla). Es miembro del Sistema Nacional de Investigadores (nivel 2) e investigadora de la Universidad Panamericana. Recibió el Premio Nacional de Periodismo por divulgación de la cultura democrática por la conducción del programa Código Democracia del Canal del Congreso (2014). Fue relatora de la Unión Internacional de Telecomunicaciones de accesibilidad a las Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) por personas con discapacidad (2006-2011), Comisionada de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (2003-2006) y titular del Área General de Asuntos Jurídicos de dicha Comisión (2003-2005).

Ávila Pietrasanta Irma

Comunicadora Social, por la Universidad Iberoamericana y Maestra en Comunicación y Tecnologías Educativas del Instituto Latinoamericano de la Comunicación Educativa (ILCE-SEP). Ha trabajado durante tres décadas en la televisión pública y privada en México y otros países de Latinoamérica. Trabaja en la Coordinación de Difusión Cultural y Extensión Universitaria de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México y es socia fundadora de la Asociación Mexicana de Derecho a la  Información AMEDI y miembro de la Red por los Derechos de la Infancia REDIM.

Bello Hernández Carlos Arturo

Licenciado en Derecho por la Universidad Iberoamericana. Obtuvo su Maestría en Derecho de las Telecomunicaciones en la Universidad Pontificia de Comillas. Es socio del despacho Bello, Gallardo, Bonequi y García, S.C., y está encargado del Área de Telecomunicaciones, Medios y Tecnologías de la firma, brindando asesoría legal y regulatoria a empresas nacionales e internacionales en asuntos regulatorios en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, así como encargándose de las relaciones de gobierno para varias empresas desde satelitales hasta fabricantes de dispositivos móviles.

Calleja Gutiérrez Aleida Elsi

Licenciada en Comunicación por la Universidad

Iberoamericana. Directora - fundadora de la radio indigenista en la Sierra Norte de Puebla. Fue Vicepresidenta Internacional de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC) y Directora del Programa de Legislaciones y Derecho a la Comunicación para AMARC América Latina y el Caribe. Fue Presidenta de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (AMEDI). Ha trabajado con medios comunitarios desde hace 20 años en México, América Latina, Estados Unidos, Europa, Asia y África.

Actualmente es Coordinadora de advocacy del

Observatorio Latinoamericano de Regulación Medios y Convergencia (OBSERVACOM).

Flores-Roux Ernesto M.

Estudió matemáticas en la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), realizó estudios parciales de economía en el ITAM y obtuvo su doctorado en estadística en la Universidad de Chicago en 1993. Ha trabajado en el sector privado, en firmas como McKinsey & Company Inc y Telefónica , así como en el sector público, en la

Subsecretaría de Comunicaciones de la SCT. En 2009 comenzó a colaborar como investigador asociado en  la División de Administración Pública del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE). Fue miembro del Consejo Consultivo de la Comisión Federal de Telecomunicaciones. Se ha enfocado en asuntos económicos relacionados al espectro (beneficios económicos y sociales del dividendo digital, redes mayoristas) y a la competencia, así como a cuestiones de inclusión social y agendas digitales. En 2014 fue el líder de los trabajos en telecomunicaciones del Consejo Consultivo de Ciencias de la Presidencia de la República. Ha realizado trabajos especializados para varias instituciones internacionales (la GSMA, el BID, la OCDE y la CAF) y ha asesorado en diversas ocasiones a la SCT, a la extinta CFT y al IFT.

González Abarca Gerardo Francisco

Ha trabajado durante los últimos 44 años en peritajes, consultoría, regulación, diseño, operaciones, manufactura, servicio, mercadotecnia y aspectos de ventas en Telecomunicaciones en los Estados Unidos, Canadá, América Latina, Corea, Europa y Hong Kong. Desde Junio del 2006 a Septiembre del 2008 fue Comisionado en la Comisión Federal de Telecomunicaciones. Fue Vicepresidente de la Región Centro de la FECIME (Federación Nacional de Colegios de Ingenieros Mecánicos y Electricistas). Actualmente es miembro del Consejo de Honor del CIME y miembro activo del IDET (Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones).

Gutiérrez Fernández Santiago

Obtuvo el grado de MBA de The Wharton School de la Universidad de Pennsylvania en 1976. La mayor parte de su carrera ha estado relacionada con la industria de las telecomunicaciones y tecnología durante los últimos 30 años. Fue Presidente Nacional de CANIETI del 2010 al 2013 y ha sido presidente y director general de empresas de telecomunicaciones. Dirigió proyectos para compañías de Telecomunicaciones, Medios y Energía en México, Brasil, Argentina, Panamá, Colombia, Chile y Perú. Fue miembro del  Consejo Consultivo de la extinta Cofetel. Actualmente ocupa la Presidencia del Consejo de WITSA, organismo global que agrupa a representantes de las TICs de 80 países.

Huerta Velázquez Erick

Licenciado en Derecho por la Universidad Iberoamericana con cursos de postgrado en la Escuela Libre de Derecho; Maestro en Administración Social con Especialidad en Desarrollo Comunitario por la Universidad de Queensland, Australia y doctorante en Desarrollo Rural en UAM Xochimilco. Experto de la UIT para temas de conectividad en zonas apartadas y pueblos indígenas. Es Coordinador General Adjunto de Redes por la Diversidad, Equidad y Sustentabilidad A.C., en la que ha acompañado a diversas organizaciones, como el Congreso Nacional de Comunicación Indígena en el reconocimiento de sus derechos a adquirir, administrar y operar medios de comunicación.

Jalife Villalón Salma Leticia

Ingeniera en Computación de la Facultad de Ingeniería de la UNAM. Maestría en Ciencias con Especialidad en Telecomunicaciones en la Universidad de Colorado at Boulder. De octubre de 2003 a abril de 2006, fue Comisionada de la Cofetel. Desde junio de 2006 a la fecha colabora como coordinadora en asuntos internacionales en la Corporación Universitaria para el Desarrollo de Internet, A.C. (CUDI), que administra la Red Nacional de

Investigación y Educación (RNIE). Participa en el desarrollo de políticas públicas en el ámbito multilateral y mundial, orientadas a fortalecer el establecimiento y sostenibilidad de redes de educación e investigación para acceder a la Sociedad de la Información.

Levy Mustri Irene

Abogada por la Escuela Libre de Derecho. Maestra en derecho por el Centro de Estudios de Posgrado en Derecho y cuenta con estudios de maestría de Administración Pública en el Instituto Nacional de Administración Pública de México (INAP).

Actualmente es Presidenta de Observatel A.C. “El Observatorio de las telecomunicaciones de México”.

Es miembro del Consejo Consultivo del Consumo de la Procuraduría Federal del Consumidor. Académica de la Universidad Iberoamericana desde el año 2001. Es investigadora honoraria de la Escuela Libre de

Derecho y consultora independiente en temas de radiodifusión y telecomunicaciones. Fue miembro del Consejo Consultivo de la Comisión Federal de Telecomunicaciones de abril de 2011 a abril de 2013.

Mariscal Medina Elisa V.

Doctora y maestra en economía por la Universidad de California, Los Ángeles (UCLA) y licenciada en economía por el ITAM.

Directora en Global Economics Group, empresa especializada en temas de competencia y regulación a nivel mundial. Fue funcionaria de la Comisión Federal de Competencia durante más de siete años, en donde encabezó la Dirección General de Investigaciones de Prácticas Monopólicas Relativas. En la práctica privada, tuvo a su cargo la oficina de LECG, LLC en México—que fuera una de las principales consultoras internacionales en análisis económico, regulatorio y financiero.

Ha sido profesora de asignatura en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y desde 2006, profesora de asignatura en el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE).

Martínez Cervantes Luis Miguel

Ingeniero en electrónica y de comunicaciones por la Universidad Iberoamericana, México. Cuenta con una maestría en ciencias en sistemas de medición industrial en Brunel University, Londres, Reino Unido y es Doctor en Ingeniería por la misma universidad.

Actualmente, su investigación está enfocada al estudio del impacto de la tecnología en la sociedad, a través de la educación y la comunicación. Coordina el Proyecto de Convergencia Digital de la Universidad Iberoamericana en la Ciudad de México. Desarrolló la ingeniería para consolidar la transmisión a 400KHz de separación en condiciones de una diferencia de potencia significativa entre estaciones adyacentes en frecuencia modulada. De igual forma, realizó la primera instalación de Radio HD en una institución educativa en Latino América. Ha colaborado en diversos proyectos para lograr la comunicación a través de radio en la Internet y en el desarrollo de estaciones de radio en condiciones rurales, particularmente en los estados de Chiapas, Guerrero y en la zona rural del Distrito Federal.

Merchán Escalante Carlos Alejandro

Ingeniero en Comunicaciones y Electrónica. Consultor en Radiocomunicaciones, Satélites y Asuntos Internacionales de Telecomunicaciones. Académico Titular de la Academia de Ingeniería. Especialidad Ingeniería en Comunicaciones y Electrónica (2008 - 2015). Ha coordinado sistemas satelitales mexicanos (Morelos, Solidaridad y Satmex). Ha participado en los procesos de coordinación, reconocimiento y registro internacional de las asignaciones de frecuencias y posiciones orbitales de los satélites mexicanos MEXSAT (1983 – 2014). Delegado Mexicano y en muchos casos Jefe de las Delegaciones Mexicanas en Conferencias, Asambleas y el Consejo de la UIT, en reuniones de la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL) y en múltiples reuniones bilaterales y multilaterales con diversos países.

Ponce Beltrán Carlos

Licenciado en Derecho por la Universidad de Monterrey y Maestro en Ciencias Penales y Criminalística por la Facultad de Derecho de la Barra Nacional de Abogados, obtuvo el Diplomado Superior en Seguridad Pública en el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) y realizó estudios sobre seguridad en la Asociación de Policías Latinos en Estados Unidos. Las áreas de especialidad que atiende

como empresario de la consultoría están relacionados con protección de datos personales, derechos de las tecnologías de la información y comunicación, análisis de aspectos jurídicos de las telecomunicaciones, Internet y radiodifusión, aunadas a ejercicio profesional vinculado al derecho constitucional parlamentario y de las nuevas tendencias del derecho penal y ciberdelitos. Es Presidente de la Asociación Mexicana de Internet, A.C (AMIPCI).

Urzúa Macías Carlos Manuel

Tiene licenciatura en Matemáticas por el Tecnológico de Monterrey, maestría en Matemáticas por el Centro de Investigación y de Estudios Avanzados (CINVESTAV) del Instituto Politécnico Nacional, y maestría y doctorado en Economía por la Universidad de Wisconsin-Madison.

Es investigador nacional nivel III en el Sistema Nacional de Investigadores desde 2004, así como miembro de la Academia Mexicana de Ciencias desde 2007. Ha publicado ocho libros de economía, tres como autor y cinco como editor o coordinador, así como dos obras literarias. Es autor de varias docenas de artículos que han aparecido en revistas de prestigio internacional.

Su prueba de normalidad multivariada es empleada de manera rutinaria en paquetes econométricos tales como E-Views. En su carácter de servidor público, fungió como Secretario de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal durante el periodo 2000-2003.

Actualmente es profesor-investigador en la Escuela de Gobierno y Transformación Pública del Tecnológico de Monterrey.

 

El Pleno del IFT designó a Juan José Crispín, como Secretario de dicho órgano consultivo.

Los nombramientos tendrán vigencia de un año, el cual podrá prorrogarse por periodos similares, indefinidamente. Corresponde a los miembros del Consejo Consultivo elegir a su presidente por mayoría de votos, quien durará en su encargo un año y podrá ser reelecto, según lo establecido en la Ley.

 

El Pleno del IFT aprueba el Programa Anual de Trabajo 2015 (Comunicado 5/2015)

El IFT informa sobre el proceso de licitación de dos cadenas de TV digital abierta

 

Con relación al proceso de Licitación Pública para concesionar el uso, aprovechamiento y explotación comercial de canales de transmisión para la prestación del servicio público de televisión radiodifundida digital, a efecto de formar dos cadenas con cobertura nacional, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) informa que el 30 de enero pasado recibió un escrito por parte del representante legal de Centro de Información Nacional de Estudios Tepeyac. S.A. de C.V., en el cual comunicó la decisión de la empresa de no continuar en dicho proceso licitatorio, por así convenir a sus intereses, por lo que presentó formalmente su desistimiento.

Mediante comparecencia personal en las oficinas del Instituto, el día de hoy, el representante legal de la empresa ratificó el contenido de su escrito.

El proceso de licitación continúa y actualmente se encuentra en la etapa de “Dictaminación y Constancias de Participación”, misma que concluirá, entre el 5 y 9 de marzo del presente año, con la notificación de las respectivas Constancias de Participación a los Interesados que hayan cumplido con todos los requisitos previstos en las bases de licitación.

La tercera etapa iniciará con la apertura de los sobres que contienen las Ofertas de Cobertura y Económica de los Participantes, lo cual se llevará a cabo el 11 de marzo próximo. La emisión del fallo será a más tardar el 19 de marzo.

El Pleno del IFT aprueba el Programa Anual de Trabajo 2015

 

  • La agenda regulatoria incluye 93 proyectos que forman parte de una estrategia integral que permite regular efectivamente y promover la competencia en los sectores de las telecomunicaciones y la radiodifusión, en beneficio de los usuarios y las audiencias
  • Destaca la realización de estudios e investigaciones para atender los cambios tecnológicos y de mercado, a través de una visión de prospectiva regulatoria
  • Se aprobó el Informe Trimestral de Actividades correspondiente a octubre-diciembre de 2014

 

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó en sesión extraordinaria el Programa Anual de Trabajo 2015, en el cual se incluyen las acciones y proyectos de política regulatoria que este órgano regulador considera desarrollar durante el presente año.

En este programa de trabajo se contempla el desarrollo de los proyectos que dan seguimiento a la política regulatoria implementada en 2014, el avance de los temas en proceso, así como nuevos proyectos y la realización de estudios e investigaciones en materia de telecomunicaciones, radiodifusión y competencia económica para atender los cambios tecnológicos y de mercado, a través de una visión de prospectiva regulatoria.

En total son 93 proyectos de la agenda regulatoria y 5 investigaciones. De esta forma, 48% corresponden a los proyectos que darán continuidad a la política regulatoria 2014, 46% son parte de los temas estratégicos 2015 y 5% son estudios e investigaciones para la prospectiva regulatoria.

Los proyectos y actividades que se describen en el documento, el cual ya está disponible para su consulta en la página del Instituto https://www.ift.org.mx/iftweb/wp-content/uploads/2015/01/PAT-2015-vF.pdf forman parte de una estrategia integral que permite regular efectivamente y promover  la competencia en los sectores de las telecomunicaciones y radiodifusión, en beneficio de los usuarios y las audiencias. A su vez, se implementarán medidas que consoliden internamente al IFT, lo que redundará en mejorar su actuación, para dar mayor certidumbre a los entes regulados y, con lo anterior, generar precios asequibles, mejor calidad de los servicios y mayores opciones para los usuarios y las audiencias.

El foco de la agenda del presente año será avanzar en fomentar la convergencia y modernización tecnológica de los sectores de las telecomunicaciones y la radiodifusión, así como proteger los derechos e intereses de los usuarios y las audiencias.

Las estrategias que el IFT seguirá durante este año consistirán en:

  • Fortalecimiento Institucional
  • Políticas Regulatorias y de Competencia en los Sectores de las Telecomunicaciones y Radiodifusión
  • Política del Espectro
  • Despliegue y Modernización de la Infraestructura
  • Derechos e Intereses de los Usuarios y las Audiencias
  • Normatividad Específica de los Sectores Regulados

Asimismo, el Pleno del IFT aprobó su Informe Trimestral de Actividades correspondiente a octubre-diciembre de 2014.

Entre las acciones realizadas por este órgano regulador, durante el periodo referido, destaca la emisión de opinión favorable en materia de competencia económica respecto de las solicitudes  presentadas por ocho interesados en participar en la licitación de concesiones de frecuencias para formar dos nuevas cadenas de televisión radiodifundida digital con cobertura nacional.

Asimismo, en diciembre pasado el Pleno del IFT aprobó el Programa Anual de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias 2015, mediante el cual se determinan las Bandas de Frecuencias de Espectro que serán objeto de licitación o que podrán asignarse directamente; así como el Acuerdo que determinó la terminación de transmisiones analógicas en las áreas de cobertura de las 14 estaciones de televisión radiodifundida que prestan servicio en Nuevo Laredo, Reynosa y Matamoros, en Tamaulipas.

Por otra parte, con el fin de transparentar y promover la participación ciudadana, el Pleno del Instituto aprobó que se sometiera a consulta pública el Anteproyecto de los Lineamientos de Colaboración en Materia de Seguridad y Justicia que deberán acatar los concesionarios y, en su caso, los autorizados, para que la colaboración con las autoridades competentes sea efectiva y oportuna; así como el Anteproyecto de las condiciones técnicas y operativas para la desagregación efectiva de la red local del Agente Económico Preponderante. Se aprobaron también las Reglas de Portabilidad Numérica, con las cuales se permite a los usuarios de telefonía fija y móvil que deseen cambiarse de proveedor conservando su mismo número telefónico que puedan hacerlo de manera más ágil y sencilla.

Durante el último trimestre de 2014, el IFT publicó en el Diario Oficial de la Federación las disposiciones que deberán cumplir los concesionarios que presten servicios públicos de telecomunicaciones para garantizar que los usuarios se beneficiarán con la eliminación de los cobros de la larga distancia nacional a partir del 1° de enero de 2015, así como la metodología para el cálculo de costos de interconexión; el sistema electrónico de solicitudes de interconexión y las tarifas de  interconexión que estarán vigentes durante el presente año, además de las condiciones técnicas mínimas para la interconexión entre concesionarios que operen redes públicas de telecomunicaciones.

Por otra parte, el Pleno del Instituto resolvió en sesión extraordinaria cuatro desacuerdos de interconexión entre concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones y concesionarios pertenecientes al Agente Económico Preponderante (AEP) en ese sector.

Dos de estas resoluciones se refieren a las condiciones de interconexión no convenidas entre Teléfonos de México, S.A.B de C.V (Telmex), por una parte, y Teléfonos de Noroeste, S.A. de C.V. (Telnor), por otra, con Mega Cable, S.A. de C.V. (Megacable). En ambos casos, el IFT estableció que en las tarifas por Servicios de Terminación Conmutada, deberán observar lo dispuesto por el artículo 131 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Asimismo, las tarifas por terminación/originación de tráfico en tránsito hacia y desde una tercera red, serán las siguientes:

a) Para el 6 de abril de 2014 al 31 de diciembre de 2014, se deberá observar el Acuerdo de Tarifas asimétricas que cobrará el AEP.

b) Para el periodo comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre de 2015, se deberá estar a lo dispuesto en las tarifas de interconexión aplicables al año 2015 aprobadas por el IFT en diciembre pasado.

El IFT acordó también, entre otras medidas, que Telmex y Telnor deberán otorgar a Megacable intercambio de tráfico mediante el protocolo de señalización SIP. Deberán también permitirle uso de  un mismo enlace de interconexión para cursar distintos tipos de tráfico y entregarle elementos para la eficiente interconexión en plazos definidos.

Por otra parte, el Pleno del IFT resolvió las condiciones de interconexión no convenidas entre Radiomóvil Dipsa, S.A. de C.V. (Telcel) y Talktel, S.A. de C.V. Con base en ello, la primera deberá otorgar a la segunda intercambio de tráfico mediante el protocolo de señalización SIP y le permitirá el uso de un mismo enlace de interconexión para cursar distintos tipos de tráfico.

El Pleno del IFT aprueba modificaciones a los Lineamientos Generales para la retransmisión de señales de TV abierta en los sistemas de TV restringida

 

  • Los cambios obedecen a la necesidad de adecuar los lineamientos a las disposiciones previstas en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
  • Acordó someter a consulta pública el Anteproyecto de las Reglas para el otorgamiento de autorizaciones en materia de telecomunicaciones al amparo de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
  • Otorgó la primera concesión de uso público de su gestión al STC para brindar el servicio de radiocomunicación a sus áreas estratégicas de operación, mantenimiento y seguridad
  • Aprobó la Declaración de Principios del Instituto, a partir de los cuales los servidores públicos de este órgano regulador orientarán su quehacer, en consistencia con lo establecido en el marco legal que lo rige y el Código de Conducta de los Servidores Públicos del IFT

 

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió en sesión ordinaria, celebrada el día de ayer, aprobar las modificaciones a los Lineamientos Generales en relación con lo dispuesto por la fracción I del Artículo Octavo transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los Artículos 6°, 7°, 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2014.

Estas modificaciones a los Lineamientos relativos a la retransmisión de señales de televisión radiodifundidas en los sistemas de televisión restringida, obedecen a la necesidad de ajustarlos a las disposiciones contenidas en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Para ello, del 1 al 12 de diciembre de 2014, el IFT sometió a consulta pública el Anteproyecto de modificaciones a los Lineamientos Generales, en la que se recibieron 5 comentarios y opiniones, que se pueden consultar en la página de internet del Instituto.

En general, el Pleno modificó los artículos 1, 2, 3, 7, 11 y 12, párrafos segundo, cuarto, sexto y séptimo; 13, 14 y 16 y adicionó los artículos 5, párrafos segundo y tercero; 6, párrafos tercero y cuarto y 12; párrafos octavo y noveno.

Entre los principales cambios aprobados destacan: la modificación del artículo 11 para clarificar que las señales radiodifundidas deberán ser retransmitidas por los concesionarios de televisión restringida en todos y cada uno de sus paquetes y con la mayor calidad disponible. Es decir, si la señal radiodifundida está disponible en alta definición, el concesionario del servicio de TV restringida deberá ofrecerla en sus paquetes de Alta Definición (HD, por sus siglas en inglés) y en Definición Estándar (SD, por sus siglas en inglés) para quienes no tengan el paquete HD. En el caso de que la señal radiodifundida sólo esté disponible en definición estándar, entonces el concesionario del servicio de televisión restringida la incluirá únicamente en sus paquetes SD.

Por otra parte, el Pleno aprobó someter a consulta pública el Anteproyecto de las Reglas para el otorgamiento de autorizaciones en materia de telecomunicaciones al amparo de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en cumplimiento a lo previsto en los artículos 170 y 171 de la Ley.

En el documento que estará a disposición de los interesados, en la página de internet del Instituto, para recibir sus comentarios y opiniones, se incluyen las reglas de carácter general que establecen los requisitos y plazos de las solicitudes de autorización que se presenten ante el IFT para realizar las siguientes actividades:

  • Establecer y operar o explotar una comercializadora de servicios de telecomunicaciones sin tener el carácter de concesionario;
  • Instalar, operar o explotar estaciones terrenas para transmitir señales satelitales;
  • Instalar equipos de telecomunicaciones y medios de transmisión que crucen las fronteras del país;
  • Explotar los derechos de emisión y recepción de señales y bandas de frecuencias asociados a sistemas satelitales extranjeros que cubran y puedan prestar servicios en el territorio nacional;
  • Utilizar temporalmente bandas del espectro para visitas diplomáticas.

 

Este ejercicio de transparencia y participación ciudadana estará abierto durante un plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente de su publicación en el portal de Internet del Instituto www.ift.org.mx

Con las disposiciones contenidas en el Anteproyecto se busca dotar a los interesados de la reglamentación que proporcione los requisitos de procedencia de las solicitudes que se promuevan, brindando certeza jurídica a los agentes regulados en dichos trámites y contribuyendo a mejorar la labor y gestión administrativa.

Cabe señalar que el Anteproyecto de Reglas de Autorizaciones no le es aplicable al Agente Económico Preponderante en el sector telecomunicaciones ni a los concesionarios que formen parte del grupo económico de éste, debido a que el artículo 174 de la Ley establece que ninguno de ellos puede participar de manera directa o indirecta en alguna empresa comercializadora de servicios.

Por otra parte, el Pleno aprobó la Declaración de Principios del Instituto, a partir de los cuales los servidores públicos de este órgano regulador orientarán su quehacer, en consistencia con lo establecido en el marco legal que lo rige. Los Principios bajo los cuales los funcionarios regirán su actuación son: Autonomía, Objetividad e Imparcialidad, Eficacia y Eficiencia, Transparencia, Legalidad y Certeza, Lealtad Institucional, Rendición de Cuentas, Profesionalismo, Honradez e Igualdad, buscando en todo momento el beneficio de la sociedad.

Dichos Principios regirán a todas las y los servidores públicos del Instituto, sin excepción de actividad, nivel o función. En este sentido, su cumplimiento depende del compromiso y buen juicio del personal del Instituto, por lo que no sustituye ni modifica la validez de la normatividad que les resulta aplicable en el ejercicio de sus funciones y fomentarán la vocación de servicio público y el sentido de pertenencia.

La Declaración de Principios entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Portal del Instituto.

Asimismo, el Pleno aprobó el Código de Conducta de los Servidores Públicos del Instituto, en el cual se definen las reglas de comportamiento que deben orientar la conducta de las y los servidores públicos del Instituto, en el desempeño de sus empleos, cargos y comisiones, ante situaciones concretas que se les presentan.

Con esta guía para el ejercicio de las atribuciones de las y los servidores públicos del Instituto se sientan bases sólidas para preservar la credibilidad del IFT como una autoridad reguladora y de competencia independiente, profesional, eficaz y transparente, que contribuye al desarrollo de las telecomunicaciones y la radiodifusión, al avance de la sociedad de la información y del conocimiento  en nuestro país, y con ello favorecer el mejoramiento de la calidad de vida y las oportunidades de desarrollo para todos los mexicanos.

Es por ello que las conductas definidas por este Código son de observancia obligatoria para todo el personal que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Instituto Federal de Telecomunicaciones.

Como parte de las Pautas de Conductas Básicas del Instituto, contenidas en el Código de Conducta, se instalará un Comité de Ética e Inclusión, que será el encargado de promover una cultura de integridad en el ámbito laboral, así como de prácticas de inclusión y no discriminación para conformar un clima laboral estimulante y participativo; sustentado en la confianza, el respeto a la dignidad, la diversidad y la equidad, que contribuya al cumplimiento de los objetivos y metas institucionales.

El Código de Conducta entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Portal del Instituto. Por otro lado, el Pleno determinó imponer sanciones y declarar la pérdida de bienes en beneficio de la Nación de equipos destinados al uso de espectro radioeléctrico sin contar con la concesión, permiso, autorización o asignación en las localidades de Naucalpan de Juárez, Estado de México (frecuencia 159.4875 MHz) y en Monterrey, Nuevo León (frecuencia 157.810 MHz).

El Pleno del IFT aprueba someter a consulta pública el Anteproyecto en el que se definen los puntos de interconexión a la red del Agente Económico Preponderante en telecomunicaciones

 

  • Este ejercicio de transparencia y participación ciudadana se realizará a partir de hoy y hasta el 3 de febrero
  • Se cumple con lo dispuesto en el artículo Vigésimo Quinto Transitorio de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
  • En el documento señala que cualquiera de los puntos de interconexión del AEP recibirá el tráfico proveniente de las redes públicas de telecomunicaciones de otros concesionarios que termine en cualquier punto de su red

 

En sesión extraordinaria, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió ayer someter a consulta pública el Anteproyecto en el que se definen los puntos de interconexión a la red pública de telecomunicaciones del Agente Económico Preponderante (AEP), en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo Vigésimo Quinto Transitorio del Decreto de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Con el fin de transparentar y promover la participación ciudadana en los procesos de emisión de disposiciones de carácter general que genera el Instituto, tal y como lo establece la Ley, dicho documento estará a consideración de cualquier interesado en la página de Internet de este órgano regulador, en el periodo comprendido entre el 20 de enero y el 3 de febrero de 2015, con el fin de recibir comentarios y opiniones de la industria y público en general.

En el Anteproyecto se definen los puntos de interconexión a la red pública de telecomunicaciones del AEP en el sector de telecomunicaciones, los cuales deberá poner a disposición de los concesionarios participantes de la industria, a efecto de intercambiar tráfico entre sus redes.

En este sentido, en estricto cumplimiento a la resolución emitida por el Instituto referente a la eliminación de larga distancia, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 24 de diciembre de 2014, en donde se definió a todo el territorio nacional como una sola Área de Servicio Local (ASL), en el Anteproyecto que se somete a consulta se señala que cualquiera de los puntos de interconexión del AEP recibirá el tráfico proveniente de las redes públicas de telecomunicaciones de otros concesionarios que termine en cualquier punto de su red.

En el Anteproyecto que se someterá a consulta pública también se definen los puntos de interconexión que permitan el intercambio de tráfico IP, con el fin de favorecer la migración gradual hacia las redes de nueva generación (NGN por sus siglas en inglés).

El Pleno del IFT resuelve que las relaciones contractuales entre Telmex y Dish México constituyen una concentración que debió ser notificada antes de su realización

 

  • Impuso multa por no notificar actos por los que Telmex adquirió control sobre Dish México
  • Esto constituye una concentración no notificada en términos de la Ley Federal de Competencia Económica
  • Imputa responsabilidad a una empresa del grupo económico de Dish México por presentar información falsa en el procedimiento
  • El Instituto realizó el análisis de los efectos de esta transacción y determinó que éstos no eran contrarios a la LFCE
  • La sanción no se impuso como consecuencia de una práctica dañina para el mercado, sino por el incumplimiento de la obligación de notificar una concentración antes de realizarla

 

El 4 de octubre de 2013, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) recibió de la ahora extinta Comisión Federal de Competencia el expediente de una investigación sobre la posible realización de conductas prohibidas por la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) en los mercados de provisión del servicio de televisión y audio restringido, de telefonía fija y del servicio de acceso a Internet de banda ancha.

La investigación derivó de la acumulación de tres denuncias presentadas en contra de Telmex, Dish México y empresas pertenecientes a sus respectivos grupos económicos por la probable realización de diversos actos que podrían ser violatorios de la LFCE. La investigación no se limita al contenido de las denuncias, sino que tiene por objeto verificar si los agentes económicos actúan en apego a la LFCE.

El 24 de febrero de 2014 concluyó la fase de investigación. Posteriormente, durante el mes de mayo de ese año, la Unidad de Supervisión y Verificación del IFT remitió a la UCE diversa documentación presentada por Telmex y Cofresa – una empresa perteneciente al grupo económico de Dish México que, por referirse a hechos coincidentes con los analizados, fue considerada por la Titular de la UCE para la emisión del Oficio de Probable Responsabilidad (OPR) del 20 de mayo de 2014.

El OPR imputó la probable responsabilidad a Telmex, Dish México y empresas de sus respectivos grupos económicos por haber realizado una concentración sin haberla notificado previamente a la autoridad, tal y como lo ordena la LFCE. Esta imputación se basó en hechos realizados que ya habían surtido efectos desde 2008. Una vez notificados del OPR, todos los agentes económicos con interés en el procedimiento tuvieron la oportunidad de presentar pruebas y alegatos ante el IFT.

Durante los meses de mayo a noviembre se desahogó la presentación de pruebas y alegatos. Además, el 24 de noviembre de 2014, en respuesta a las solicitudes presentadas por las partes, el Pleno del IFT otorgó una audiencia oral a los agentes económicos con interés jurídico dentro del procedimiento, a efecto de que presentaran sus manifestaciones directamente ante los Comisionados del IFT, lo que tuvo lugar el 3 de diciembre del mismo año.

Tras evaluar el OPR, las pruebas y las manifestaciones de las partes en el procedimiento, el pasado 7 de enero de 2015 el Pleno del IFT resolvió que:

  • Telmex, a través de su subsidiaria Teninver, adquirió control en la empresa Dish México, mediante diversos contratos, los cuales constituyen una concentración en términos de la LFCE.
  • Por el monto de estos actos, la concentración estaba sujeta a la obligación de ser notificada antes de su realización. Las partes incumplieron con esta obligación legal, por lo cual se les sancionó en los términos que establece la LFCE.
  • Cofresa, una empresa que pertenece al mismo grupo de interés económico de Dish México, fue declarada responsable de haber declarado falsamente a la autoridad durante este procedimiento.

Con base en esto y con fundamento en el artículo 35, fracción VII, de la LFCE, el Pleno del IFT resolvió imponer las siguientes multas:

1) A Teléfonos de México, S.A.B. de C.V. una multa por la cantidad de $10´518,000.00 (diez millones quinientos dieciocho mil pesos 00/100 M.N.).

2) A Teninver, S.A. de C.V. una multa por la cantidad de $3’895,600.00 (tres millones ochocientos noventa y cinco mil seiscientos pesos 00/100 M.N).

3) A Comercializadora de Frecuencias Satelitales, S. de R.L. de C.V. una multa por la cantidad de $3’098,249.30 (tres millones noventa y ocho mil doscientos cuarenta y nueve pesos 30/100 M.N).

4) A Corporativo Mexicano de Frecuencias Dish, S.A. de C.V. una cantidad de $8’553,789.20 (ocho millones quinientos cincuenta y tres mil setecientos ochenta y nueve pesos 20/100 M.N).

5) A Dish México Holdings, S. de R.L de C.V. una multa por la cantidad de $10´518,000.00 (diez millones quinientos dieciocho mil pesos 00/100 M.N.).

6) A Dish México, S. de R.L. de C.V. una multa por la cantidad de$10´518,000.00 (diez millones quinientos dieciocho mil pesos 00/100 M.N.).

7) A Grupo Frecuencia Modulada Televisión, S.A. de C.V. una multa por la cantidad de $10´518,000.00 (diez millones quinientos dieciocho mil pesos 00/100 M.N.)

8) A Echostar México Holdings Corporation una multa por la cantidad de $10´518,000.00 (diez millones quinientos dieciocho mil pesos 00/100 M.N.).

Si bien las partes fueron sancionadas por no realizar la notificación previa a la que estaban obligados, el Instituto realizó el análisis de los efectos de esta transacción y determinó que éstos no eran contrarios a la LFCE.

La sanción no se impuso como consecuencia de una práctica dañina para el mercado, sino por el incumplimiento de la obligación de notificar una concentración, lo que obstruyó la posibilidad de que la autoridad ejerciera sus facultades preventivas que tanto la Constitución, como la LFCE otorgan al IFT en materia de competencia económica.

Así, la resolución del 7 de enero de 2015 concluye un procedimiento sustanciado en términos de la LFCE, la cual no prejuzga sobre los efectos que estos actos tengan bajo la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión u otras disposiciones aplicables.

La resolución fue notificada a los agentes económicos sancionados, quienes tuvieron conocimiento de ésta los días 8 y 9 de enero de 2015, de conformidad con lo establecido en la LFCE. Por ende, en apego a las disposiciones legales aplicables a estos procedimientos, el Instituto informa al público de esta resolución hasta el día de hoy, una vez que han surtido efectos legales las notificaciones a los agentes económicos sancionados.

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