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Instituto Federal de Telecomunicaciones


Comunicados

EL IFT RECIBIÓ UN TOTAL DE 421 MANIFESTACIONES DE INTERÉS DURANTE EL PRIMER PASO DEL PROCESO DE LICITACIÓN DE FRECUENCIAS DE AM Y FM

• El proceso de manifestación de interés se inició el 27 de junio y culminó el pasado viernes 29 a las 15:00 hrs.
• A partir del 1 de agosto y hasta el día 5 del mismo mes, el IFT recibirá preguntas y dudas de los interesados respecto a las bases de licitación y los apéndices y anexos de las mismas
• Esta es la primera vez en México que se realiza un proceso licitatorio de frecuencias de radio, de acuerdo con la legislación aplicable

El pasado viernes 29, a las 15:00 horas concluyó el primer paso de la etapa de la licitación Pública para concesionar el uso, aprovechamiento y explotación comercial de 257 frecuencias de radio: 191 en la banda de FM y 66 en la de AM (Licitación IFT-4) por un plazo de 20 años, cada una de ellas. El proceso inició el 27 de junio pasado.

Como resultado, se recibieron 421 manifestaciones de interés para participar en la licitación, para lo cual los interesados presentaron, a través del Sistema Electrónico de Registro y Presentación de Ofertas (SERPO), la información básica requerida para acreditarse como Interesados en el proceso, debiendo utilizar su firma electrónica (FIEL o e-Firma), y recibieron por parte del Instituto el nombre de usuario, contraseña y folio único para que cada Interesado pueda continuar con el proceso.

Estos resultados representan una evidencia clara del amplio interés del mercado por contar con nuevas estaciones y generar mayor competencia. Los Interesados incluyen a 189 personas físicas y 232 personas morales.

El siguiente paso de esta primera etapa del proceso correrá del 1 al 5 de agosto y consiste en la recepción, por parte del Instituto, de todas las dudas y cuestionamientos sobre las bases de licitación y sus apéndices y anexos que los interesados harán llegar a través del mismo SERPO. Las respuestas se publicarán en el portal de Internet del Instituto el viernes 26 de agosto. Los interesados deberán presentar al Instituto toda la información y documentación correspondiente a los Apéndices A y E y Anexos correspondientes a través del SERPO entre el lunes 29 de agosto y el viernes 9 de septiembre del año en curso.

Las frecuencias a licitar corresponden a lo previsto en el Programa Anual de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias 2015 del IFT (PABF-2015).  Las 191 frecuencias de FM se encuentran en el segmento de 88 a 106 MHz de la banda de frecuencia modulada, en tanto que las 66 restantes están en el segmento de 535 a 1605 kHz de la banda de amplitud modulada.

Es importante señalar que esta licitación se realizará esencialmente en forma electrónica mediante el Procedimiento de Presentación de Ofertas vía Internet, y que sólo podrán presentarse ofertas por las frecuencias señaladas en la constancia de participación de cada interesado. Dichas constancias se entregarán entre el 25 y el 27 de enero de 2017a quienes hayan cumplido con todos los requisitos de participación.

Asimismo, conviene recordar que durante la consulta pública sobre el proyecto de bases de licitación se recibieron 28 participaciones tanto de interesados como de integrantes de la industria, cuyos comentarios, propuestas y opiniones técnicamente viables fueron considerados.

Con esta licitación, el IFT da cumplimiento a la Ley al propiciar el uso eficiente del espectro radioeléctrico, procurar el beneficio al público usuario, introducir nuevos servicios de radiodifusión, promover la libertad de expresión y el acceso a la información, y desarrollar la competencia en el sector.

Ciudad de México a 21 de julio de 2016

 

 

EL IFT OTORGA CUATRO CONCESIONES DE USO SOCIAL COMUNITARIO PARA PRESTAR EL SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN SONORA

 

  • Una de ellas es para De Corazón Purépecha, A.C., cuya solicitud fue presentada al amparo del Programa Anual de Bandas de Frecuencias 2015 del IFT
  • Las tres restantes corresponden a la transición de permisos de radiodifusión al régimen de concesión que establece la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR)

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió otorgar cuatro concesiones para usar y aprovechar bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico, así como su respectiva concesión única, para la prestación del servicio público de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM) para uso social comunitario.

Una de ellas se otorgó a De Corazón Purépecha, A.C., que prestará el servicio en la localidades de Ario de Rosales, Nuevo Urecho, Huacana y Turicato en el Estado de Michoacán. Su solicitud fue presentada al amparo del Programa Anual de Bandas de Frecuencias 2015 emitido por el IFT.

Las otras tres corresponden a la transición de permisos de radiodifusión al régimen de concesión que establece la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR).

De la misma forma, el Pleno del IFT resolvió autorizar la transición de 23 permisos de radiodifusión al nuevo régimen de concesiones, según lo dispuesto en la propia LFTR.

Por lo que corresponde al servicio de televisión radiodifundida digital, se autorizó la transición de 12 permisos al régimen de concesión para uso público y dos permisos al régimen de uso social.

 

Respecto al servicio de radiodifusión sonora se autorizó a tres permisionarios en onda corta transitar al nuevo régimen de concesión de uso público y, de igual forma, se aprobó la transición de seis permisos al régimen de concesión de uso social.

En todos los casos se aprobó, respectivamente, el otorgamiento de igual número de concesiones para usar y aprovechar bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio público de radiodifusión y, en su caso, una concesión única.

Los permisionarios solicitantes son el Gobierno del Estado de México, el Gobierno del estado de Aguascalientes, el Gobierno del Estado de San Luis Potosí, el Gobierno del Estado de Tlaxcala, el Gobierno del Estado de Querétaro, la Universidad Autónoma de Nuevo León y la Universidad Juárez del Estado de Durango, así como la Secretaría de Educación Pública, la Universidad Nacional Autónoma de México y la Universidad Autónoma de San Luis Potosí.

 

Cabe señalar que queda pendiente la formal notificación a los interesados de las resoluciones aprobadas en los términos de la legislación aplicable.

EL PLENO DEL IFT RESUELVE LOS PARÁMETROS DE LOS SISTEMAS DE PRECIOS TOPE PREVISTOS EN EL TÍTULO DE CONCESIÓN DE TELMEX/TELNOR Y EN PREPONDERANCIA

 

  • El Pleno del IFT resolvió el sistema de precios de Telmex y Telnor derivado de sus Títulos de Concesión, correspondiente al periodo 2015-2018
  • También resolvió el sistema de precios tope derivado de la Medida Cuadragésima de las Medidas de Preponderancia de los servicios de telecomunicaciones fijos, correspondiente al periodo 2015-2016
  • La regulación tarifaria mediante el sistema de precios tope del Título de Concesión de Telmex y Telnor tendrá implicaciones en los precios de los servicios públicos de telefonía básica, y mediante el control tarifario previsto en Preponderancia; además se observarán efectos sobre otros servicios de telecomunicaciones, como el servicio de acceso a Internet de banda ancha fija

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió la regulación tarifaria aplicable a Teléfonos de México, S.A.B. de C.V. y Teléfonos del Noroeste, S.A. de C.V. (Telnor), de conformidad con la condición 6 de sus respectivos Títulos de Concesión.

Este control tarifario vigente para el periodo 2015-2018, se aplica a los servicios públicos de telefonía básica: servicio local residencial y comercial (que incluye cargo de instalación de línea, renta básica y tarifas por servicio medido), así como el servicio de larga distancia internacional (que incluye la tarifa por servicio residencial o comercial a Estados Unidos de América, Canadá, y demás países).

El Factor de Ajuste por Productividad “X” de 0.35% trimestral, equivalente a 1.39% anual, fomentará la eficiencia operativa del agente regulado y promoverá una reducción de precios al usuario final.

Por otro lado, el Pleno también resolvió establecer los parámetros del sistema de precios tope que deberá aplicar el Agente Económico Preponderante (AEP) en el sector de telecomunicaciones para el periodo 2015-2016, de conformidad con la medida Cuadragésima del anexo de servicios fijos de las Medidas de Preponderancia, que resulta aplicable a los siguientes servicios de telecomunicaciones fijos:

  • Servicio local fijo. Compuesto por el cargo de instalación por línea, la renta básica por línea, las tarifas por servicio local medido y las tarifas por llamadas locales realizadas desde teléfonos fijos que terminan en teléfonos móviles bajo la modalidad “El que llama paga”.
  • Servicio de acceso a Internet de banda ancha fija desagregado por velocidades ofertadas.
  • Servicios de larga distancia.

Este otro control tarifario establece que las tarifas aplicables por el AEP estarán sujetas a un control de precios autorizado por el IFT, en el cual se aplicará un límite máximo a la tarifa promedio ponderada de la canasta de servicios de telecomunicaciones. El Factor de Ajuste por Productividad "X" para establecer el límite máximo a la tarifa promedio ponderada de la canasta de servicios de telecomunicaciones fijos será de 2.58% anual y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2016.

Con esta regulación tarifaria se promoverá que los precios de la empresa regulada experimenten una tendencia a disminuir conforme a las mejoras en eficiencia e innovación tecnológicas implementadas, todo ello en beneficio de los usuarios finales.

También en materia de telecomunicaciones, el Pleno del Instituto determinó las condiciones no convenidas del servicio mayorista de arrendamiento de enlaces dedicados entre Mega Cable, S.A. de C.V. y las empresas Teléfonos de México, S.A.B. de C.V. y Teléfonos del Noroeste, S.A. de C.V., aplicables del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016, la resolución correspondiente incluye las tarifas por gastos de instalación y renta mensual en enlaces locales y dedicados en localidades y de larga distancia internacional, respectivamente.

Por otra parte, el Pleno aprobó las especificaciones mediante las cuales el AEP en el sector telecomunicaciones desarrollará el módulo del Sistema Electrónico de Gestión (SEG) correspondiente a la Desagregación Efectiva de la Red Local.

Con ello los concesionarios interesados en los servicios de desagregación contarán con una herramienta con lo que podrán contratar servicios, reportar fallas, llevar a cabo actividades de seguimiento y generar reportes, entre otras actividades, así como consultar y descargar la información actualizada de la red pública de telecomunicaciones del AEP.

De manera específica, el SEG permitirá la carga de solicitudes de servicio y reporte de fallas de manera puntual y masiva. Cabe señalar que el Instituto tendrá acceso al SEG con el objeto de monitorear y dar seguimiento a la atención de las diversas solicitudes de los concesionarios. Para el desarrollo del módulo, el AEP contará con seis meses a partir de su notificación.

 

Por otra parte, en estricto cumplimiento a lo ordenado por el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones,  el Pleno del Instituto dejó insubsistente una resolución adoptada en agosto de 2015 y en su lugar se emitió otra en la que se determinó imponer una sanción y declarar la pérdida de bienes en beneficio de la Nación, contra una persona física que operaba una frecuencia de radiodifusión sin contar con la respectiva concesión o permiso para ello en Palenque, Chiapas.

EL IFT HABILITA MICROSITIO PARA FOMENTAR Y FORTALECER EL DESPLIEGUE DE INFRAESTRUCTURA EN EL PAÍS

 

  • Su objetivo será establecer un vínculo institucional entre las autoridades de los diferentes niveles de gobierno y los concesionarios y autorizados interesados en desplegar infraestructura de telecomunicaciones y radiodifusión, facilitando información técnica y disposiciones regulatorias
  • La plataforma se desarrollará en diferentes etapas y permitirá a estados y municipios incorporar información acerca del despliegue de infraestructura y proyectos en materia de desarrollo de las telecomunicaciones, así como la normatividad aplicable para el desarrollo de infraestructura en su localidad

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) habilitó un micrositio de Despliegue de Infraestructura, cuyo objetivo será establecer un vínculo institucional entre las autoridades de los diferentes niveles de gobierno y los concesionarios y autorizados interesados en invertir en el despliegue de infraestructura en las diferentes regiones del país.

La plataforma estará abierta a todo el público interesado y se desarrollará en tres etapas. La primera, actualmente ya disponible en la página de Internet del IFT, permite el acceso público a la normatividad asociada al desarrollo de las telecomunicaciones y radiodifusión en el país.

En esta primea etapa pueden encontrarse las leyes, disposiciones técnicas y reglamentos, aplicables a las distintas instancias del gobierno federal para el despliegue de infraestructura en el país. También pone a disposición del público un directorio con información de contacto de los Ayuntamientos.

En las etapas subsecuentes, podrán consultarse indicadores que brinden información sobre los niveles de desarrollo de infraestructura de telecomunicaciones y radiodifusión con los que cuentan los estados y municipios, así como sus proyectos de desarrollo digital que se encuentren en planeación e implementación.

El objetivo en las etapas subsecuentes es que los distintos niveles de gobierno puedan dar a conocer el estado que guarda el desarrollo de infraestructura y los proyectos con los que cuentan, así como la normatividad municipal, estatal y federal existente relacionada al despliegue de más infraestructura de telecomunicaciones y radiodifusión.

Con todo ello, tanto los gobiernos de las entidades municipales y estatales, así como los concesionarios y autorizados, podrán contar con los recursos de información que faciliten la correcta planificación y el óptimo desarrollo de las telecomunicaciones y la radiodifusión en todas las regiones del país.

Cabe señalar que el micrositio recopilará y pondrá a disposición de todos los interesados las mejores prácticas en materia de despliegue de infraestructura de telecomunicaciones y radiodifusión, además de información internacional relevante asociada a estos temas.

EL IFT INICIA DOS NUEVAS CONSULTAS PÚBLICAS

EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES

 

  • La Disposición Técnica IFT-011-2016 que se somete a consideración de los interesados establece que todos los teléfonos celulares tengan un IMEI válido y único; también  prohíbe que se bloquee o restrinja la funcionalidad de recepción de FM en los equipos terminales móviles
  • El anteproyecto deCondiciones Técnicas Mínimas para la Interconexión entre Concesionarios de Redes Públicas de Telecomunicaciones y las Tarifas que resulten de las Metodologías de Costos que estarán vigentes para el año 2017 también está ya en consulta pública

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) puso a disposición de los interesados dos consultas públicas aprobadas por su Pleno la semana pasada. Una de ellas se refiere a una Disposición Técnica, y la otra a condiciones mínimas técnicas de interconexiónentre concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones.

El propósito de ambas consultas, de diferente duración, es obtener la retroalimentación de la industria y otros interesados bajo los principios de transparencia y participación ciudadana sobre estos proyectos, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 51 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) para la emisión y modificación de reglas, lineamientos o disposiciones administrativas de carácter general.

Ambas consultas iniciaron el 15 de julio pasado y son las siguientes:

  1. “Anteproyecto de Disposición Técnica IFT-011-2016: Especificaciones de los equipos terminales móviles que pueden hacer uso del Espectro Radioeléctrico y que pueden ser conectados a Redes Públicas de Telecomunicaciones”.

Esta consulta tendrá una duración de 20 días hábiles y concluirá el 25 de agosto próximo. Está disponible a través de la siguiente liga: https://www.ift.org.mx/industria/consultas-publicas/consulta-publica-sobre-el-anteproyecto-de-disposicion-tecnica-ift-011-2016-especificaciones-de-los 

Este anteproyecto coadyuvará a establecer las especificaciones técnicas y requerimientos de configuración de origen (desde su fabricación) de los equipos terminales móviles que hacen uso del espectro radioeléctrico y que se conectan a una red pública de telecomunicaciones, así como los métodos de prueba para comprobar el cumplimiento de dichas especificaciones y requerimientos, de conformidad con lo dispuesto en la LFTR y demás normatividad aplicable.

El anteproyecto cubre dos aspectos fundamentales: el primero es establecer que todos los teléfonos celulares cuenten con un IMEI válido y único a efectos de coadyuvar con el bloqueo exitoso de teléfonos móviles cuyo Identificador (el propio IMEI) haya sido reportado como robado, sea inválido o esté duplicado.

El segundo aspecto fundamental es evitar que exista algún tipo de bloqueo o restricción para el funcionamiento de los equipos terminales móviles que cuenten con la funcionalidad de receptor de Frecuencia Modulada (FM) instalada desde su fabricación. Esta funcionalidad deberá estar habilitada y activa para el usuario al momento de la comercialización, con lo cual se le garantizará el no bloqueo de la funcionalidad de radio FM.

  1.  “Anteproyecto de Condiciones Técnicas Mínimas para la Interconexión entre Concesionarios de Redes Públicas de Telecomunicaciones y las Tarifas que resulten de las Metodologías de Costos que estarán vigentes para el año 2017”.

Esta consulta tendrá una duración de 30 días naturales, por lo cual concluirá el 13 de agosto próximo. El anteproyecto está disponible en la siguiente liga: https://www.ift.org.mx/industria/consultas-publicas/consulta-publica-del-anteproyecto-de-condiciones-tecnicas-minimas-para-la-interconexion-entre

Con ello, el Instituto establecerá las condiciones técnicas mínimas necesarias para la interconexión y las tarifas que hayan resultado de las metodologías de costos que, en caso de desacuerdo, serán aplicables a los concesionarios que operen las redes públicas de telecomunicaciones interesados en interconectarse con otras redes mediante la suscripción del convenio respectivo.

El artículo 137 de la LFTR determina que esas condiciones técnicas mínimas y las tarifas que estarán vigentes en el año calendario inmediato siguiente deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación en el último trimestre del año.

EL IFT APRUEBA LAS PRIMERAS DOS CONCESIONES DE USO SOCIAL INDÍGENA
PARA PRESTAR EL SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN SONORA

 

  • Servirán a comunidades indígenas de Tlaxcalancingo y Santa María Zacatepec, en Puebla y Santa María Tlahuitoltepec, Mixe, Oaxaca  
  • Se autoriza también la transición 22 permisos de radiodifusión al régimen de concesión de la LFTR mediante el otorgamiento de una concesión de uso público
  • Se aprueba el Modelo de Costos para la prestación del Servicio Mayorista de Arrendamiento de Enlaces Dedicados Locales, entre Localidades y de Larga Distancia Internacional que prestarán Telmex y Telnor

 

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió, en sesión ordinaria, otorgar las dos primeras concesiones de uso social indígena en el país para prestar el servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM).

Una de ellas se otorgó a favor de las comunidades indígenas de San Bernardino Tlaxcalancingo y Santa María Zacatepec, en el Estado de Puebla, las cuales recibirán una concesión para usar y aprovechar bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio público de radiodifusión sonora en FM, así como una concesión única, ambas de uso social indígena.

La localidad principal a servir será San Bernardino Tlaxcalancingo, perteneciente al pueblo náhuatl de la región centro-poniente del Estado de Puebla, ubicada en las faldas de los volcanes Popocatépetl e Iztaccíhuatl.

Ambas concesiones están consideradas dentro de la reserva para estaciones de radio FM comunitarias e indígenas establecida por el artículo 90 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) y en el Programa Anual 2015, para la instalación y operación de una estación de radiodifusión sonora en FM.

La segunda de las autorizaciones corresponde a la transición de un permiso de radiodifusión al régimen de concesión establecido en la LFTR, para lo cual se otorgó a favor de la Comunidad de Santa María Tlahuitoltepec, Mixe, Oaxaca, una concesión para usar y aprovechar bandas de frecuencias del espectro para prestación del servicio público de radiodifusión sonora en FM de uso social indígena.

El Instituto reconoce que la existencia de estaciones sociales indígenas representa un reflejo de la pluriculturalidad sustentada originalmente en los pueblos indígenas de nuestro país y su fomento o promoción, permite conservar sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.

Los medios de comunicación indígenas son esenciales para mantener la sobrevivencia de los pueblos originarios de nuestro país dado que se erigen como los medios por excelencia para fomentar la identidad cultural y sus valores; además de que fomentan la participación social, cultural y política de los pueblos y comunidades en el debate nacional. De acuerdo con el artículo dos apartado B fracción VI de la Constitución, las autoridades del Estado, para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, deben establecer las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades.

Por otra parte, el Pleno autorizó la transición de 22 permisos de radiodifusión al régimen de concesión de la LFTR otorgando, respectivamente, una concesión para usar y aprovechar bandas de frecuencia para el servicio de radiodifusión sonora en AM o FM de uso público. Los permisionarios que transitarán son los siguientes:

PERMISIONARIOS SOLICITANTES

Benemérita Universidad Autónoma de Puebla

Universidad Autónoma de Nuevo León

Gobierno del Estado de Aguascalientes

Universidad Autónoma de Querétaro

Gobierno del Estado de Hidalgo

Universidad Autónoma de San Luis Potosí

Gobierno del Estado de Sonora

Universidad Autónoma del Estado De Morelos

Gobierno del Estado de Zacatecas

Universidad de Sonora

Presidencia Municipal de Cancún

Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo

Secretaría de Educación Pública

Universidad Nacional Autónoma de México

Universidad Autónoma de Baja California

Universidad Tecnológica del Usumacinta

Universidad Autónoma de Campeche

Universidad Veracruzana

Finalmente, queda pendiente la formal notificación a los interesados de las resoluciones aprobadas en los términos de la legislación aplicable.

Por otra parte, en la misma sesión, el Pleno del Instituto aprobó el Modelo de Costos para la prestación del Servicio Mayorista de Arrendamiento de Enlaces Dedicados Locales, entre Localidades y de Larga Distancia Internacional que prestarán Teléfonos de México S.A.B. de C.V. y Teléfonos del Noroeste S.A. de C.V., como parte del Agente Económico Preponderante (AEP) en telecomunicaciones.

A través de este modelo de costos el Instituto resolverá los diferendos sobre las tarifas aplicables a los servicios señalados en caso de que las partes no lleguen a convenirlas, señalando los gastos de instalación y la renta mensual aplicable al periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016.

 

El Pleno también resolvió cuatro procedimientos iniciados en contra de los propietarios o poseedores de los equipos con los que se prestaba el servicio de radiodifusión en diversas poblaciones de los Estados de Veracruz y Tlaxcala sin contar con la concesión, permiso o autorización correspondientes, y en consecuencia se declaró la pérdida a favor de la Nación de los bienes y equipos empleados en la comisión de la infracción.

 

Dichas estaciones irregulares se localizaron en distintas localidades, una en el municipio de Altotonga, Estado de Veracruz, que transmitía a través de la frecuencia 96.3 MHz; una más operaba en el municipio de Contla de Juan Cuamatzín, Estado de Tlaxcala, en la frecuencia 91.1 MHz; la tercera en El Alto, Municipio de Chiautempan, Estado de Tlaxcala, que transmitía en la frecuencia 104.5 MHz; y la última se ubicaba en el Municipio de Yauhquemehcan, Estado de Tlaxcala, que operaba en la frecuencia 97.1 MHz.

 

En otros temas, el Pleno autorizó a Hispasat México, S.A. de C.V., la modificación al numeral A.11. del Anexo de su Título de Concesión otorgado el 12 de agosto de 2014, para explotar los derechos de emisión y recepción de señales de bandas de frecuencias asociadas a sistemas satelitales extranjeros, que cubren y pueden prestar servicios en el territorio nacional, a efecto de que Hispasat pueda explotar la red satelital B-SAT-1Q en la POG 61°O, con los rangos de frecuencia completos de la banda Ka,  tal y como se encuentran establecidos ante la Unión Internacional de Telecomunicaciones.

 

Dicha autorización establecerá condiciones que propician una mayor competencia en el mercado satelital, así como la oportunidad de brindar mayores servicios de banda ancha e internet en el país, permitiendo la conectividad a más mexicanos al cubrir  tanto zonas rurales como urbanas.

 

 

Asimismo, se autorizó a Televisión Metropolitana, S.A. de C.V., con distintivo de llamada XEIMT-TDT, en la Ciudad de México, el cambio de identidad en el canal de programación en multiprogramación 23.2.

Ciudad de México a 15 de julio de 2016

 

CONCLUYE EL PERIODO DE ACLARACIONES DEL CONCURSO

DE LA RED COMPARTIDA

 

  • Durante la etapa de Juntas de Aclaraciones del proceso de licitación de la Red Compartida la SCT y el IFT dieron respuesta a casi 900 preguntas
  • Interesados en la Red Compartida han reiterado su confianza en el proyecto y solicitan más tiempo para avanzar en los trámites necesarios para el cierre del financiamiento
  • Se han establecido nuevas fechas para las siguientes etapas del proyecto. El fallo será el 17 de noviembre próximo

El día de hoy concluyó la etapa de Juntas de Aclaraciones del concurso de la Red Compartida, plazo durante el cual la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) dieron respuesta a casi 900 preguntas de los concursantes, las cuales se encuentran disponibles en el portal Compranet.

En atención a las solicitudes realizadas en las juntas de aclaraciones y con el fin de permitir que los concursantes, quienes han reiterado su sólido interés en el proyecto, cuenten con más tiempo para avanzar en los trámites necesarios para el cierre del financiamiento, así como para que estructuren, propongan y negocien sus instrumentos de deuda, y corran los trámites necesarios para obtener las aprobaciones de los comités respectivos, se determinó modificar el calendario del concurso de la Red Compartida. 

La modificación ha motivado cambios en los plazos de algunas etapas del concurso. La presentación de la solicitud de opinión en materia de competencia económica e influencia, ante el IFT, se recorrió para el próximo 12 de septiembre y el plazo para la notificación de la resolución de ésta será el 17 de octubre de este año.

 

La presentación de propuestas ante la SCT, será el 20 de octubre de este mismo año y el fallo el próximo 17 de noviembre. La firma del contrato se realizará a más tardar el 27 de enero de 2017 o antes si el concursante ganador cumple con los requisitos establecidos en una fecha anterior.

Es importante señalar que estas modificaciones al calendario del concurso también fueron solicitadas por diversas instituciones financieras nacionales e internacionales interesadas en fondear la Red Compartida. Además, Bank of America Merrill Lynch, asesor financiero de la SCT en el proyecto, analizó dichas modificaciones, considerándolas positivas y en beneficio del concurso.

 

Estos cambios permitirán maximizar la concurrencia y la competencia en el concurso, lo cual es clave para obtener mejores ofertas, de manera que la Red Compartida cubra al mayor porcentaje posible de la población mexicana.

Ciudad de México a 14 de julio de 2016

 

 

EL IFT MULTÓ A MEGA CABLE CON 24.2 MDP POR INCUMPLIR LA RETRANSMISIÓN DE LA SEÑAL DEL CANAL 11.2 A LA QUE ESTABA OBLIGADO

 

 

  • La multa equivale al 1% de los ingresos de la concesionaria en 2014 y corresponde al incumplimiento observado respecto a la retransmisión de dicha señal en Torreón, Coahuila
  • El procedimiento administrativo inició en enero pasado, después de que personal de verificación observara que el concesionario no retransmitía la señal del Canal 11.2 denominado Once Niños

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió en su sesión del 6 de julio pasado imponer a Mega Cable S.A. de C.V., una multa por la cantidad de $24’235,981.61 (veinticuatro millones doscientos treinta y cinco mil novecientos ochenta y un pesos 61/100 M.N.), que corresponde al 1% de sus ingresos acumulables en el año 2014, por incumplir con la retransmisión del canal multiprogramado 11.2 Once Niños del Instituto Politécnico Nacional (IPN) en Torreón, Coahuila, a lo cual se encuentra obligado en términos de la ley de la materia y de los Lineamientos para la retransmisión de contenidos.

Tras realizar una visita de verificación en octubre de 2015, la Unidad de Cumplimiento del IFT inició en enero pasado un procedimiento administrativo en el cual corroboró que Mega Cable incumplió con el artículo 12 de los “Lineamientos generales en relación con lo dispuesto por la fracción I del artículo 8° transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6o., 7o., 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Telecomunicaciones” (Lineamientos para la retransmisión de contenidos ), así como la posterior actualización de éstos.

Al efecto, el artículo 12 de los Lineamientos establece que los concesionarios de televisión restringida deben retransmitir todas las señales radiodifundidas de instituciones públicas federales (entre las que se encuentra el IPN), de manera gratuita y no discriminatoria, en forma íntegra y sin modificaciones, simultánea, incluyendo, en su caso, la publicidad, y con la misma calidad de la señal radiodifundida, incluida la relativa a multiprogramación, y en caso de que la señal no se radiodifunda en la misma zona de cobertura, el IFT publicará las señales que se encuentran disponibles y el medio para su retransmisión. Esto último aconteció respecto del canal 11.2 Once Niños, el 21 de octubre de 2014, con la publicación de la “Actualización del Listado”.

En este sentido, las respectivas señales del canal 11.2 Once Niños se encontraban disponibles para su retransmisión y en consecuencia Mega Cable, en su carácter de concesionario de televisión restringida, se encontraba obligado a su retransmisión. No obstante lo anterior, se acreditó que dicha empresa no cumplió con esa obligación.

En tal sentido, el artículo 298 inciso B) fracción IV de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), establece que las infracciones a esta ley, así como a las disposiciones emitidas por el Instituto, se sancionarán con multa por el equivalente de 1% hasta 3% de los ingresos del concesionario, y en consecuencia se determinó imponer la multa mínima prevista en ley.

Cabe señalar que el procedimiento administrativo de imposición de sanción se sustanció conforme a los términos y principios procesales que establece tanto la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, consistentes en otorgar garantía de audiencia al presunto infractor; desahogar pruebas; recibir alegatos y emitir la resolución que en derecho corresponda, cumpliendo a cabalidad con las garantías de legalidad y debido proceso.

Ciudad de México a 11 de julio de 2016

 

 

EL IFT AUTORIZA A TELMEX UNA DISMINUCIÓN DEL 30% EN LAS TARIFAS
DEL SERVICIO EL QUE LLAMA PAGA A PARTIR DE 1 DE AGOSTO DE 2016

 

 

  • EL IFT autorizó a Telmex  una disminución de tarifas por el servicio “el que llama paga” (EQLLP) del 30% para el 1 de agosto del presente año, un 15% adicional para el 1 de enero de 2017 y 15% adicional para el 1 de enero de 2018
  • En 5 meses las tarifas caen en 27 centavos de peso por minuto o fracción. En 17 meses se tendrá una disminución de alrededor del 50% para las llamadas fijo a móvil

 

El Instituto Federal de Telecomunicaciones autorizó las tarifas a Teléfonos de México, S.A. de C.V. (Telmex) y Teléfonos del Noroeste, S.A. de C.V. (Telnor) para el servicio de llamadas originadas por sus usuarios de telefonía fija que tengan como destino usuarios del servicio móvil bajo la modalidad “el que llama paga” (EQLLP) durante el periodo del 1 de agosto de 2016 al 31 de diciembre de 2018.

Con la entrada en vigor de las tarifas autorizadas por el Instituto, los usuarios pagarán menos por las llamadas que hacen de líneas fijas a celular y podrán contar con mejores ofertas de servicios.

A partir del 1 de agosto del presente año, será aplicable una reducción del 30% a la tarifa vigente de $0.6763 pesos por cada minuto o fracción (sin impuestos) quedando en $0.4734 (sin impuestos).

Asimismo, vendrán nuevas reducciones: una para el 1 de enero de 2017 del 15%; y otra, para el 1 de enero de 2018 de la misma magnitud.

Lo anterior permitirá una disminución de alrededor de 27 centavos de peso por minuto o fracción en los próximos 5 meses; y de 33 centavos de peso por minuto o fracción en 17 meses, lo que representa una caída de alrededor del 50% respecto a la tarifa actual.

 

Tarifa por cada minuto o fracción (pesos)

Disminución

Periodo

Sin Impuestos

Con Impuestos

 

Del 1 de agosto al 31 de diciembre de 2016

$0.4734

$0.5656

30%

Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017

$0.4024

$0.4808

15%

Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018

$0.3420

$0.4086

15%

 

 

Los principales beneficiados de dicha reducción serán los más de 3 millones de usuarios del servicio fijo, residenciales y comerciales, que no cuentan con algún paquete de servicio de voz y acceso a Internet  los cuales incluyen una cantidad de minutos o minutos ilimitados para el servicio EQLLP.

MÁS DEL 85% DE LA OFERTA POSPAGO PERMITE LA UTILIZACIÓN DE MINUTOS DE VOZ, SMS Y DATOS EN MÉXICO, ESTADOS UNIDOS Y CANADÁ

 

·         El Reporte de Información Comparable de Planes y Tarifas de Telefonía Móvil 2016 del IFT, presenta 85 planes de la modalidad pospago y 13 esquemas de la modalidad prepago que hasta el 12 de mayo del 2016 estaban disponibles a los usuarios

·         En la modalidad pospago se analizó por renta mensual la canasta de servicios incluida de minutos de voz, mensajes cortos (SMS) y datos incluidos (Mb); para prepago se analizaron, por monto de recarga, los costos bajo demanda de minutos de voz, SMS y Mb

·         Los usuarios de telefonía móvil pueden acceder a una herramienta en línea que permite consultar de manera rápida y sencilla las principales características de cada plan que se ofrece en el mercado

 

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) presenta su Reporte de Información Comparable de Planes y Tarifas de Telefonía Móvil 2016, el cual contiene los planes y tarifas de telefonía móvil que ofrecen las páginas electrónicas de los concesionarios y los Operadores Móviles Virtuales (OMV) a los usuarios de servicios de telecomunicaciones. Todos estos planes cuentan con su correspondiente constancia ante el Registro Público de Telecomunicaciones.

El reporte puede descargarse de la siguiente liga: https://www.ift.org.mx/usuarios-telefonia-movil/reporte-de-informacion-comparable-de-planes-y-tarifas-de-telefonia-movil-2016

Este reporte incluye la información de los concesionarios distinguiendo las dos modalidades de contratación de telefonía móvil: pospago y prepago. En la primera se analizaron 85 planes, correspondientes al 98% de la oferta disponible al usuario, los cuales se clasificaron en cuatro perfiles de acuerdo con su renta mensual: Básico, Gama Media, Gama Media Alta y Alta Gama. La mayor cantidad de planes que se ofrecen (35%) se concentra en el perfil Básico, con una Renta mensual entre $189 y $399.

De la modalidad de prepago se analizaron los 13 esquemas de los concesionarios y OMV, correspondientes a la totalidad de la oferta disponible para el usuario, los cuales se clasificaron en dos tipos de tarifa de acuerdo al costo por minuto de voz: Tarifa Diferenciada y Tarifa Única.

Del análisis de este reporte, se observa que el 87% de la oferta pospago y el 46% de la oferta de prepago permiten la utilización de los Minutos de voz, SMS y datos (Mb) en México, Estados Unidos y Canadá.

En la modalidad de pospago, se observa que el 61% de los planes ofrecen minutos de voz y SMS ilimitados.

De la totalidad de la oferta bajo la modalidad pospago, los datos (Mb) incluidos se encuentran acotados y dependiendo de la renta mensual, la cantidad incluida oscila entre 250 Mb y 15,360 Mb.

 

Por su parte, en la modalidad de prepago el 31% de los esquemas disminuyen el costo de los servicios de minutos de voz conforme aumenta el monto de la recarga.

En los esquemas prepago de Tarifa Diferenciada, a partir de las recargas de $100, en todos los esquemas se incluyen minutos de voz y SMS ilimitados con una determinada vigencia. Asimismo, a partir de este monto de recarga, el usuario puede destinar su saldo a una determinada cantidad de datos (Mb).

Tres concesionarios y cinco OMV ofrecen esquemas prepago de Tarifa Única, y sin importar el monto de la recarga, mantienen un sólo costo por Minuto de voz.

Adicionalmente al Reporte, el IFT pone a disposición de los usuarios una herramienta en línea, que se actualiza periódicamente, en la cual pueden consultar y comparar de manera sencilla y detallada varias características: la renta mensual, minutos de voz incluidos, SMS, datos (Mb), restricciones, penas convencionales y opciones adicionales de los planes pospago y prepago.

Derivado de la integración del reporte y de acuerdo con el análisis realizado por el IFT, las instituciones que ponen a disposición de los usuarios información comparable de planes y tarifas, ayudan a que éstos puedan tomar decisiones mejor informadas, lo cual detona un ciclo virtuoso de información para los usuarios.

Los datos contenidos en el Reporte así como en la herramienta, tienen fines estrictamente informativos.

 

El IFT publicará diferentes reportes con información comparable que permitirán a los usuarios identificar información útil de manera oportuna y contribuirán a reconocer las principales características de los planes y tarifas disponibles en el transcurso del tiempo. 

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