Postura del Instituto Federal de Telecomunicaciones sobre la decisión del Senado de interponer una Controversia Constitucional en contra del acuerdo por el que se emite las Reglas de Portabilidad Numérica
Postura del Instituto Federal de Telecomunicaciones sobre la decisión del Senado de interponer una Controversia Constitucional en contra del acuerdo por el que se emite las Reglas de Portabilidad Numérica
Las 10 de la eliminación al cobro de Larga Distancia Nacional
Conoce que son, cuáles son sus beneficios y tips de uso de tus diferentes servicios de telecomunicaciones: telefonía móvil, telefonía fija, televisión restringida e Internet.
Las 10 de la eliminación al cobro de Larga Distancia Nacional
1. ¿Por qué se eliminó el cobro de las llamadas de larga distancia nacional en México a partir del 1 de enero de 2015?
La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión establece que a partir del 1 de enero de 2015 los operadores que prestan el servicio de telefonía, ya sea móvil, fijo o ambos, no pueden realizar cargos de larga distancia nacional a sus usuarios por las llamadas que realicen a cualquier destino del país.
2. ¿Aplica solamente para teléfonos fijos?
No, aplica para teléfonos fijos y móviles (celulares)
3. ¿No se pagará nada por las llamadas de larga distancia?
Los proveedores de servicios de telefonía fija y móvil no deben cobrarte a partir del 1 de enero de 2015 las llamadas de larga distancia nacional que hagas. Te cobrarán por esas llamadas como si fueran de servicio local. Las tarifas con prefijo 045 serán las mismas tarifas que para las llamadas con prefijo 044. Del mismo modo, las tarifas al usuario para las llamadas con prefijo 01 y 02 deben ser las mismas que aquellas para llamadas que se marquen con 7, 8 o en su caso 10 dígitos directamente.
4. ¿Cómo debo marcar a partir del primero de enero de 2015?
Con el fin de asegurar la continuidad de los servicios, se mantendrá de manera transitoria la misma marcación y los mensajes de señalización que intercambian las redes públicas de telecomunicaciones en la interconexión. Por ejemplo, si quieres hacer una llamada de Guadalajara, Jalisco, a Ojocaliente, Zacatecas, en las llamadas de larga distancia nacional deberás continuar marcando el prefijo “01” para comunicaciones hacia líneas fijas y “045” para llamadas a teléfonos móviles y serán cobradas como llamadas locales. De conformidad con el marco legal, en su oportunidad se determinará el mecanismo para migrar a una marcación uniforme de 10 dígitos.
5. ¿Cómo sabré que mi proveedor de servicio telefónico no me cobrará la larga distancia nacional a partir del primero de enero de 2015?
Es recomendable que verifiques tu recibo telefónico para que sepas cuánto te cobraban por las llamadas de larga distancia antes del 1 de enero de 2015. A manera de ejemplo, en tu recibo del mes de febrero de 2015, deberás observar que no haya ningún cobro por larga distancia nacional.
Las llamadas de larga distancia que realizaste hasta el último día de diciembre de 2014 te serán facturadas en enero de 2015.
6. ¿Qué pasa si mi proveedor de telefonía de larga distancia es distinto al de llamadas locales?
A fin de preservar el derecho consagrado a los usuarios a través del artículo 191 fracción IV de la Ley respecto a elegir libremente a su proveedor de servicios y respetar la voluntad de las partes en los contratos vigentes, las disposiciones aprobadas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones mantienen el servicio de selección por presuscripción sólo para los usuarios que ya estén presuscritos con algún operador distinto de su operador local y exclusivamente para el servicio de larga distancia internacional.
Tratándose de los usuarios que actualmente no tienen la opción de seleccionar a un operador mediante el servicio de selección por presuscripción o que reciben el servicio de larga distancia a través de enlaces directos, el concesionario que les ofrece el servicio seguirá siendo el responsable de completar las llamadas telefónicas o entregarlas a una red o combinación de redes que sean capaces de completarlas, independientemente de cuál sea el destino de las comunicaciones.
7. ¿Qué pasa si tengo contratado un paquete que incluye llamadas o minutos de larga distancia nacional?
El IFT estableció que los operadores en 2015 ya no podrán aplicar tarifas que hagan referencia a larga distancia nacional. Para ello, el Instituto habilitó días inhábiles como hábiles con la finalidad de que los operadores pudieran actualizar sus tarifas antes del 1 de enero de 2015.
8. ¿Qué acciones ha tomado el Instituto para asegurar que no se realicen cobros por llamadas de larga distancia nacional?
A fin de garantizar indubitablemente que los usuarios se beneficien con la eliminación de los cobros de la larga distancia nacional a partir del 1 de enero de 2015, el Instituto emitió disposiciones administrativas que, entre otros, establecen de manera expresa que a partir de dicha fecha todo el territorio nacional será considerado como una sola área de servicio local, medida también ordenada por el artículo Vigésimo Quinto Transitorio del Decreto de Ley.
Adicionalmente, los operadores que modifiquen las condiciones originalmente contratadas con motivo de la eliminación de los cobros por llamadas de larga distancia nacional, deberán informar a sus usuarios de dichos cambios de acuerdo con la Ley.
9. ¿Qué ventajas tendrá la eliminación de las llamadas de larga distancia nacional?
El valor del mercado de larga distancia nacional en 2013 se calculó en 22.6 mil millones de pesos. Ante un escenario conservador, la medida impuesta por la Ley representará para los usuarios, en cálculos simples, ahorros netos por aproximadamente 14% respecto del año 2013.
Al aplicarse las tarifas locales en todas las llamadas en el país, se espera que mejoren los servicios y la oferta de los proveedores actuales y en general que se genere una mayor competencia, en beneficio del usuario.
10. ¿Qué pasa si las llamadas realizadas a partir del primero de enero de 2015 las sigue cobrando mi operador como larga distancia nacional?
Puedes presentar una queja a través del portal de Internet: www.ift.org.mx. El IFT podría iniciar un procedimiento administrativo contra los operadores que presuntamente hubieran violado esa medida y de ser el caso aplicar sanciones que podrían alcanzar hasta 3% de sus ingresos anuales.
Adicionalmente, la Procuraduría Federal del Consumidor en el ámbito de su competencia podría iniciar los procedimientos respectivos.
¿Sabías qué...?
Lo que debes saber de tu celular
Conoce que son, cuáles son sus beneficios y tips de uso de tus diferentes servicios de telecomunicaciones: telefonía móvil, telefonía fija, televisión restringida e Internet.
La telefonía móvil es conocida también como Servicio Móvil o Telefonía Celular.
La telefonía móvil es un servicio de conexión a la red telefónica pública mediante una red inalámbrica, en la cual los usuarios tienen la posibilidad de originar y recibir llamadas telefónicas.
Además de originar y recibir llamadas telefónicas, con el servicio móvil también pueden enviar o recibir mensajes de texto (SMS) y tener acceso a Internet (transferencia de datos).
La telefonía móvil tiene 2 modalidades para su servicio: Prepago, que funciona por medio de recargas periódicas y Pos-pago, en la que se fijan montos y productos incluidos en el servicio.
La telefonía móvil convierte todo el tráfico que utilizas diariamente para comunicarte (voz, datos, texto, mensajes multimedia etc.) en señales de radiofrecuencia (RF), las cuales viajan a través del aire (espectro radioeléctrico) hasta llegar a su destino.
Los teléfonos móviles (celulares) tienen la capacidad de ser portátiles debido a que cuentan con una antena y una fuente de poder de baja potencia que permiten el envío de señales dentro de un rango reducido.
La telefonía celular es un medio de comunicación personal con características de inmediatez, efectividad, interactividad, confidencialidad y seguridad que han revolucionado la vida social, la tecnología y la economía a nivel mundial.
Las bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico utilizadas para el servicio móvil en México son la banda de 800 MHz (814-849 MHz / 859-894 MHz); banda PCS (1850-1910 MHz / 1930-1990 MHz) y banda AWS (1710-1780 MHz / 2110-2180 MHz).
Actualmente en México existen 314 MHz asignados para la provisión de servicios de banda ancha móvil en México, esta cantidad espectral está distribuida entre los operadores: Telcel, AT&T, Movistar y Servicios de Acceso Inalámbricos (SAI).
Las generaciones de tecnología de telefonía móvil que se utilizan actualmente en México son GSM (2G), GPRS (2.5G), EDGE (2.75G), UMTS (3G), HSDPA (3.5G), HSUPA (3.75G), HSPA+ (3.9G) y LTE (4G).
GSM significa Sistema Global para las Comunicaciones Móviles. Por sus siglas en inglés: Global System for Mobile Communications.
La tecnología (2G) presta los servicios de llamadas de voz; intercambio de mensajes de texto de hasta 140 caracteres; funciones de llamada como llamada en espera y llamadas en conferencia; baja transferencia de datos móviles para aplicaciones de mensajería como Whatsapp y correo electrónico, entre otras.
La tecnología (3G) presta todos los servicios incluidos en las redes 2G con mejora en la velocidad de transferencia de datos móviles, además de la introducción de nuevos servicios de localización, multimedia e internet, entre sus principales aplicaciones se encuentran: Sistemas de posicionamiento Global (GPS), navegación fluida en Internet, video conferencias, transacciones financieras, video a demanda, etc.
¿Qué es el buzón de voz?
Es un servicio complementario de telecomunicaciones que te permite dejar un mensaje cuando realizas una llamada a otro usuario y este no te contesta o tiene apagado su equipo.
¿Es un servicio gratuito?
El servicio de buzón de voz tiene un costo para los usuarios que dejan el mensaje y para los usuarios que deciden consultarlo.
¿Qué puedo hacer para no ocupar este servicio?
Los operadores que prestan el servicio de telefonía, tienen la obligación de informarte que tu llamada está siendo desviada al buzón de voz, y debe permitirte interrumpir la llamada antes de generar un cargo por el servicio.
¿Qué pasa si no me avisan?
Si detectas que tu operador no te avisa antes de mandar tu llamada al buzón de voz, ¡quéjate!
Servicios complementarios
¿Qué son los servicios complementarios?
Son aquellos servicios prestados por los operadores o por un tercero, distintos a los que se contemplan en tu contrato, a través de los cuales puedes consultar información o descargar contenidos almacenados.
Por ejemplo: conocer tu horóscopo, una dieta, descargar ringtones, canciones o imágenes.
¿Por qué aparece el cargo de estos servicios en mi factura?
Estos servicios no son gratuitos, y en la mayoría de los casos, las empresas que prestan servicios complementarios o de valor agregado, celebran acuerdos comerciales o contratos con los operadores para que les facturen los costos de sus servicios.
¿Por qué realizan cargos frecuentes por estos servicios si no los he utilizado?
En algunas ocasiones los prestadores de estos servicios (dentro de sus políticas de comercialización), consideran que al recibir tu mensaje de texto, diste tu consentimiento para recibir el servicio de manera frecuente, o bien te suscribiste a un “club”.
¿Qué debo saber antes de solicitar estos servicios?
Antes de mandar mensajes para solicitar el servicio debes tomar en cuenta lo siguiente:
El cobro que te generará enviar el mensaje. Al enviarles un mensaje te suscribes a un club y das tu consentimiento para que se te haga un cargo semanal o mensual por el servicio. Que estos servicios consumen tu crédito o te generan cargos periódicos en tu factura.
¿Qué es el buzón de voz?
Es un servicio complementario de telecomunicaciones que te permite dejar un mensaje cuando realizas una llamada a otro usuario y este no te contesta o tiene apagado su equipo.
¿Es un servicio gratuito?
El servicio de buzón de voz tiene un costo para los usuarios que dejan el mensaje y para los usuarios que deciden consultarlo.
¿Qué puedo hacer para no ocupar este servicio?
Los operadores que prestan el servicio de telefonía, tienen la obligación de informarte que tu llamada está siendo desviada al buzón de voz, y debe permitirte interrumpir la llamada antes de generar un cargo por el servicio.
¿Qué pasa si no me avisan?
Si detectas que tu operador no te avisa antes de mandar tu llamada al buzón de voz, https://www.soyusuario.ift.org.mx/
Qué son los servicios complementarios?
Son aquellos servicios prestados por los operadores o por un tercero, distintos a los que se contemplan en tu contrato, a través de los cuales puedes consultar información o descargar contenidos almacenados.
Por ejemplo: conocer tu horóscopo, una dieta, descargar ringtones, canciones o imágenes.
¿Por qué aparece el cargo de estos servicios en mi factura?
Estos servicios no son gratuitos, y en la mayoría de los casos, las empresas que prestan servicios complementarios o de valor agregado, celebran acuerdos comerciales o contratos con los operadores para que les facturen los costos de sus servicios.
¿Por qué realizan cargos frecuentes por estos servicios si no los he utilizado?
En algunas ocasiones los prestadores de estos servicios (dentro de sus políticas de comercialización), consideran que al recibir tu mensaje de texto, diste tu consentimiento para recibir el servicio de manera frecuente, o bien te suscribiste a un “club”.
¿Qué debo saber antes de solicitar estos servicios?
Antes de mandar mensajes para solicitar el servicio debes tomar en cuenta lo siguiente:
1.- El cobro que te generará enviar el mensaje.
2.- Al enviarles un mensaje te suscribes a un club y das tu consentimiento para que se te haga un cargo semanal o mensual por el servicio.
Que estos servicios consumen tu crédito o te generan cargos periódicos en tu factura.
Temas relacionados
Todo lo que debes saber sobre la portabilidad numérica
¿Qué es la portabilidad numérica?
La portabilidad numérica es el derecho que tienes como usuario de telefonía fija o móvil a conservar tu número telefónico cuando decides cambiar de operador.
¿La portabilidad es nueva en México?
No, la portabilidad se implementó en nuestro país desde el 2008. A la fecha se han portado más de 100 millones de usuarios. El IFT ha modificado las Reglas en los años 2014, 2015, 2018 y en el 2019 para reforzar acciones a tu favor.
¿Qué beneficios me dan las nuevas reglas?
¡Portación en 24 horas!
Tú tienes derecho a una portabilidad efectiva y que la misma se realice en un plazo no mayor a 24 horas contadas a partir de la solicitud realizada por el titular del número a su operador.
¡Más sencillo!
¡Es fácil! Sólo acude a la empresa con la que deseas contratar el nuevo servicio telefónico, llena la solicitud con tu firma autógrafa y presenta copia de tu identificación.
En caso de personas morales, el apoderado legal la podrá realizar acreditando su personalidad.
¡Es gratuito!
Recuerda, la portabilidad es un trámite completamente gratuito y a partir del 10 de febrero de 2015, deberá realizarse en 24 horas.
¡Utiliza medios electrónicos!
Ahora puedes solicitar la portabilidad por cualquier medio de recepción, con la única condición de que la información que se reciba (documentos de identificación y formato de solicitud de portabilidad) resulte legible.
¡Las comercializadoras también juegan!
Ahora las comercializadoras también participan con numeración asignada en el proceso de portabilidad ¡Amplia tus opciones y conoce las ofertas de otros operadores!
¡Se mantiene el NIP!
Las reglas mantienen el NIP (Número de Identificación Personal) de 4 dígitos, como el mecanismo de confirmación para validar la voluntad de los usuarios.
¿Cómo sé si me llegó el NIP?
En servicio móvil, el mensaje de texto que se enviará a tú número contendrá la siguiente leyenda: “ESTÁ INICIANDO SU CAMBIO DE EMPRESA DE TELEFONÍA MÓVIL. ENTREGUE LA CLAVE A LA NUEVA EMPRESA SOLO SI DESEA CAMBIARSE. SU NIP DE PORTABILIDAD ES XXXX”
¿Me puedo portar de móvil a fijo?
La portabilidad se aplica únicamente bajo la misma modalidad de contratación (del servicio fijo al servicio fijo, del servicio móvil al servicio móvil, de un servicio no geográfico al mismo servicio no geográfico, y del servicio de acceso de trunking a trunking).
¿Cómo se cuentan las 24 horas?
A fin de garantizar que todas las solicitudes estén en condiciones de ejecutarse en menos de 24 horas, la recepción de estas deberá permitirse solamente hasta las 17:00 horas de lunes a sábado y las que se ingresen en horario posterior o en día domingo, se considerarán como ingresadas a primera hora del día hábil siguiente.
¿Me pueden pedir requisitos adicionales?
No, ya no te pueden requerir la presentación de la factura, contrato o comprobante de número. Solo presenta tu identificación y llena la solicitud con tu firma autógrafa. En personas morales, acredita tu personalidad.
¿Me pueden portar sin consentimiento?
No, ya que la presentación de tu identificación y la solicitud con tu firma autógrafa son elementos indispensables para asegurar que estás dando tu consentimiento.
¡Me preocupa el manejo de mis datos personales!
En el proceso de portabilidad tienes derecho a la protección de tus datos personales. Cualquier parte dentro del proceso, deberá utilizarlos exclusivamente para la realización del trámite respectivo.
¿No tengo saldo, me puedo portar?
Para usuarios de prepago, la entrega del NIP no podrá condicionarse a un saldo mínimo. En usuarios de pospago, el NIP deberá darse aun cuando el usuario solo tenga contratado el servicio de recepción de llamadas.
¿Cómo sé el estatus de mi trámite de portabilidad?
Directamente ante tu operador o mediante correo electrónico enviado a la dirección de Internet que se te haya indicado en los formatos de solicitud de portabilidad de tu operador. También al número 800 2000 120, contactando directamente al Instituto.
¿Qué pasa si tengo adeudos?
A diferencia de lo que antes pasaba, el proceso de portación deberá continuar y no será restricción para que te puedas portar. Sin embargo, deberás cubrir tu adeudo por los medios respectivos.
¿Qué pasa con mi contrato anterior?
Los servicios contratados con el proveedor que te prestaba los servicios, se tendrán por cancelados a partir de que se ejecute efectivamente la portabilidad, con excepción de otros servicios adicionales.
¿Qué pasa con mi equipo de pospago?
La portabilidad no te exenta de cumplir con tus obligaciones contractuales, entre las que se incluyen, la devolución de equipos que no sean de tu propiedad.
¿Puede comunicarse conmigo mi antiguo operador?
Tu antiguo operador no podrá contactarte para solicitar tu aprobación para recibir llamadas de promoción de sus servicios o paquetes al menos 15 días naturales a partir de la ejecución de la portabilidad.
Recuerda, solo tú decidirás a partir de ese momento si quieres o no recibir llamadas posteriores de tu antiguo operador o de cualquier otro.
¿Qué es la portabilidad geográfica?
Es la posibilidad de que los usuarios del servicio fijo puedan cambiar de domicilio a cualquier parte del territorio nacional conservando su mismo número telefónico, esto siempre y cuando el nuevo operador cuente con cobertura y capacidad para garantizar la continuidad del servicio en el nuevo domicilio.
¿Tengo un límite de veces para portarme?
No existe un límite de veces para cambiarte de operador, puedes portar tu número telefónico cuantas veces lo desees. Tampoco es necesario permanecer un periodo mínimo con el nuevo operador.
¿Qué pasa si cancelo mi número y lo quiero recuperar?
Si decidiste cancelar tu número y lo quieres recuperar, las reglas prevén la posibilidad de recuperar tu número dentro de los 40 días naturales posteriores a la cancelación.
¿Si me porto… me puedo quedar sin servicio?
A partir de la ejecución de la portabilidad, los usuarios debidamente portados no pueden verse afectados por más de 30 minutos en el 95% de los casos, y en ningún caso, por más de 120 minutos.
¡No me portaron o me portaron fuera de tiempo!
Tienes derecho a cancelar sin el pago de penas convencionales los servicios de telecomunicaciones contratados y/o a exigir el pago de las penas convencionales establecidas en el contrato con independencia de las sanciones que pueda imponer el IFT, si la portación no se ejecutó en los plazos establecidos.
¿Con quién me quejo?
Presenta tu queja ante el IFT, en www.ift.org.mx, ahí encontrarás una sección de quejas en donde de manera específica podrás señalar los problemas en tu proceso de portación.
¿Cuándo entran en vigor las reglas?
Tomando en cuenta el desarrollo de diferentes soluciones técnicas que se tendrán que adoptar por los operadores y el ABD (Administrador de Base de Datos), las reglas entrarán en vigor en 90 días naturales a partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación. Durante ese lapso, las portaciones deberán realizarse en un plazo máximo de 3 (tres) días hábiles.
¿En dónde obtengo mayor información?
Toda la información del proceso, plazos y formatos estarán disponibles para su descarga en las páginas o sitios de Internet de los operadores, así como en sus centros de atención. Para mayor información consulta www.ift.org.mx
¿Y todo esto… para qué?
La portabilidad ha contribuido a una mejora sustancial en la calidad de los servicios, una mayor oferta de productos y una reducción en las tarifas, debido a que la competencia se ha fortalecido y los prestadores de servicios han tenido que esforzarse por conservar y atraer usuarios.
#SoyUsuario
La Coordinación General de Política del Usuario te proporciona
la información que necesitas para hacer valer tus derechos.
Cualquier duda o aclaración ¡llámanos! al 800 2000 120.
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Consulta pública del "Anteproyecto de las Reglas de Portabilidad Numérica"
Objetivo
Establecer los procesos para que los Usuarios puedan ejercer su derecho a elegir libremente al Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones conservando su número telefónico a fin de fomentar la sana competencia entre los Proveedores de Servicios de Telecomunicaciones.
Duración
Del 10 de Octubre de 2014 al 23 de Octubre de 2014Descripción de la mecánica
Atendiendo a lo establecido en el artículo 51 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que señala que para la emisión y modificación de reglas, lineamientos o disposiciones administrativas de carácter general, así como en cualquier caso que determine el Pleno, el Instituto deberá realizar consultas públicas bajo los principios de transparencia y participación ciudadana, resulta necesario someter a consulta pública el “Anteproyecto de Acuerdo mediante el cual se emiten las reglas de portabilidad numérica y se modifican el Plan Técnico Fundamental de Numeración y el Plan Técnico Fundamental de Señalización publicados en el Diario Oficial de la Federación el 21 de junio de 1996”.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones, considerando la importancia de transparentar los procesos para la emisión de disposiciones de carácter general y fomentar la participación ciudadana activa, recibirá por escrito comentarios, opiniones y propuestas concretas en relación con el contenido del “Anteproyecto de Acuerdo mediante el cual se emiten las reglas de portabilidad numérica y se modifican el Plan Técnico Fundamental de Numeración y el Plan Técnico Fundamental de Señalización publicados en el Diario Oficial de la Federación el 21 de junio de 1996”, el cual tiene como finalidad establecer reglas administrativas que eliminen requisitos que puedan retrasar o impedir la portabilidad numérica y promover que ésta se haga a través de medios electrónicos, garantizando una portabilidad efectiva y que se realice en un plazo no mayor a 24 horas contadas a partir de la solicitud realizada por el titular del número respectivo.
El Instituto recibirá comentarios, opiniones y propuestas concretas en relación con el contenido del “Anteproyecto de Acuerdo mediante el cual se emiten las reglas de portabilidad numérica y se modifican el Plan Técnico Fundamental de Numeración y el Plan Técnico Fundamental de Señalización publicados en el Diario Oficial de la Federación el 21 de junio de 1996”.
Los comentarios, opiniones y propuestas concretas podrán presentarse del 10 al 23 de octubre de 2014 vía correo electrónico en la cuenta portabilidad@ift.org.mx o bien, mediante escrito presentado en la oficialía de partes del Instituto Federal de Telecomunicaciones, ubicada en Insurgentes Sur 1143, colonia Nochebuena, delegación Benito Juárez, C.P. 03720, de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 hrs.
En caso de que los comentarios, opiniones y propuestas concretas sean realizados en representación de otra persona, sea moral o física, deberá adjuntarse, electrónica o físicamente, copia simple del documento con el que se acredite la personalidad del promovente, por lo que, en caso contrario, la petición será entendida a título personal de éste.
Una vez concluido el plazo señalado en el presente documento, no se recibirán comentarios, opiniones o propuestas y se considerará cerrada la consulta pública.
Una vez cerrada la consulta pública, la Unidad de Política Regulatoria, dentro del plazo de 9 (nueve) días hábiles, someterá a consideración del Pleno del Instituto, un proyecto que considere el resultado de la consulta de mérito, a efecto de que, en su caso, sea aprobado el “Acuerdo mediante el cual se emiten las reglas de portabilidad numérica y se modifican el Plan Técnico Fundamental de Numeración y el Plan Técnico Fundamental de Señalización publicados en el Diario Oficial de la Federación el 21 de junio de 1996”, para su posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El mismo día en que sea publicado en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo mediante el cual se emiten las reglas de portabilidad numérica y se modifican el Plan Técnico Fundamental de Numeración y el Plan Técnico Fundamental de Señalización publicados en el Diario Oficial de la Federación el 21 de junio de 1996” se publicará en el portal electrónico del Instituto un pronunciamiento formulado de manera general respecto de los comentarios, opiniones y propuestas concretas recibidas, especificando en su caso, cuáles de ellos resultaron en adecuaciones y especificaciones. En ningún caso, los comentarios, opiniones y propuestas serán vinculantes para el Instituto.
El Instituto agrupará los comentarios, opiniones y propuestas concretas que se encuentren relacionados entre sí.
Los comentarios, opiniones, propuestas concretas y documentos adjuntos presentados durante la consulta de mérito, serán publicados en el portal electrónico del Instituto y en ese sentido serán considerados invariablemente públicos, salvo por lo dispuesto al efecto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, así como en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
No se atenderán ni publicarán aquellos comentarios, opiniones y propuestas que no se encuentren relacionados con el objeto de la presente consulta.
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Comentarios, opiniones y respuestas recibidas
23/10/2014 - 00:00
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Aviso
Los comentarios, opiniones y aportaciones que reciba el Instituto con relación a la presente Consulta Pública, serán publicados íntegramente en su portal de internet y, en ese sentido, serán considerados invariablemente públicos salvo por lo dispuesto en la normatividad vigente en materia de transparencia y acceso a la información pública, protección de datos personales o cualquier otra.
Folio
2014-11-25-1223-SP-045Temas tratados
Escrito de la solicitud de modificación a las reglas de portabilidad
De los agentes económicos
Lic. Luis Alejandro Bustos Olivares
Vicepresidente Jurídico-Regulatorio Televisa Telecom
Lic. Gonzalo Martínez Pous
Representante área Regulatoria de Televisa
Ing. Miguel Calderón Lelo de Larrea
VP Estratégica y Regulación de Telefónica
Ing. Ermilo Vázquez Lizárraga
Director de Regulación e Interconexión de Axtel
Juan Antonio González
Director Jurídico Regulatorio de MCM
María Fernanda Ramo
Directora Jurídica y Regulatoria de Maxcom
Alejandro Nishimura
Director Regulatorio y Relaciones Externas de Alestra
Jorge Cuevas
Representante área Regulatoria de Megacable
Del Instituto Federal de Telecomunicaciones
Luis Felipe Lucatero Govea
Titular de Unidad de Política Regulatoria
Carlos Silva Ramírez
Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos
Rafael Eslava Herrada
Titular de la Unidad de Concesiones y Servicios
Luis Fernando Peláez Espinosa
Coordinador Ejecutivo
Juan José Crispín Borbolla
Secretario Técnico del Pleno
Felipe Alfonso Hernández Maya
Coordinador General de Política del Usuario
Elizabeth Cecilia Peña Jáuregui
Dir. Gral. de la oficina del Comisionado Luis Fernando Borjón Figueroa
José Guadalupe Rojas Ramírez
Dir. Gral. de la oficina del Comisionado Mario Germán Fromow Rangel
Rodrigo Guzmán Araujo
Dir. Gral. de la oficina del Comisionado Adolfo Cuevas Teja
Edgar Hernández Mendoza
Dir. de Área de la oficina del Comisionado Ernesto Estrada González
Nimbe Leonor Ewald Arostegui
Dir. Gral. de Regulación Técnica
Gerardo López Moctezuma
Dir. Gral. de Autorizaciones y Servicios
Christian James Aguilar Armenta
Dir. de Área de la oficina de la Comisionada Adriana Sofía Labardini Inzunza
Claudia Junco Gurza
Dir. de Área de la oficina de la Comisionada Adriana Sofía Labardini Inzunza
Rodolfo José Galván Saracho
Dir. de Análisis de Servicios, Códigos y Numeración de la Unidad de Concesiones y Servicios
Enrique Etzel Salinas Morales
Sub. de Área de la oficina de la Comisionada Adriana Sofía Labardini Inzunza
Melesio Eduardo Miranda Burgos
Sub. de Área de la oficina de la Comisionada María Elena Estavillo Flores
Alayn Alejandro González Martínez
Sub. de Área de la oficina del Comisionado Ernesto Estrada González
Erik Arreazola Pérez
Jefe de departamento de la oficina del Comisionado Ernesto Estrada González
Del Pleno
Folio
2014-10-02-1127-SP-024Temas tratados
Prácticas en la portabilidad numérica en el sector de telefonía celular.
De los agentes económicos
Peter Macnee
CEO Latinoamérica de Virgin Mobile
Cecilia Vega Islas
CEO de Virgin Mobile México
Sergio Legorreta González
Asesor Legal de Virgin Mobile
Gustavo Almaraz Petric
Asesor de Virgin Mobile
Fernando Pacheco Vences
Asesor de Virgin Mobile
Fernando Hadad Pérez
Asesor de Virgin Mobile
Del Instituto Federal de Telecomunicaciones
Georgina Kary Santiago Gatica
Titular de la Unidad de Competencia
Luis Felipe Lucatero Govea
Titular de la Unidad de Política Regulatoria
Gerardo Sánchez Henkel
Titular de la Unidad de Cumplimiento
Rafael Eslava Herrada
Titular de la Unidad de Concesiones y Servicios
Elizabeth Peña Jáuregui
Dir. Gral. de la Oficina del Comisionado Luis Fernando Borjón Figueroa
Jrisy Motis Espejel
Dir. Gral. de la Oficina de la Comisionada María Elena Estavillo Flores
José Guadalupe Rojas Ramírez
Dir. Gral. de la Oficina del Comisionado Mario Germán Fromow Rangel
Luis Fernando Peláez Espinosa
Coordinador Ejecutivo
Felipe Alfonso Hernández Maya
Coord. Gral. de Política del Usuario
Sóstenes Díaz González
Dir. Gral. de Regulación de Interconexión y Reventa de Servicios de Telecomunicaciones
Manuel Sánchez Salinas
Dir. de Área de la Oficina del Comisionado Luis Fernando Borjón Figueroa
Edgar Hernández Mendoza
Dir. de Área de la Oficina del Comisionado Ernesto Estrada González
Erik Arreazola Pérez
Jefe de Depto. de la Oficina del Comisionado Ernesto Estrada González
Jhonatan López Samperio
Subdir. de Área de la Oficina de la Comisionada María Elena Estavillo Flores
Ines Martínez Bustamante
Subdir. de Área de la Oficina del Comisionado Mario Germán Fromow Rangel
Martín Eduardo Fernández Torres
ubdir. de Área de la Oficina del Comisionado Mario Germán Fromow Rangel
Juan Pablo González Ramírez
Subdir. de Área de la Oficina del Comisionado Mario Germán Fromow Rangel
Diana Gómez Gallardo
Enlace de Alto Nivel de Responsabilidad de la Oficina del Comisionado Mario Germán Fromow Rangel
Del Pleno