¿Qué es la portabilidad numérica?
La portabilidad numérica es el derecho que tienes como usuario de telefonía fija o móvil a conservar tu número telefónico cuando decides cambiar de operador.
¿La portabilidad es nueva en México?
No, la portabilidad se implementó en nuestro país desde el 2008. A la fecha se han portado más de 100 millones de usuarios. El IFT ha modificado las Reglas en los años 2014, 2015, 2018 y en el 2019 para reforzar acciones a tu favor.
¿Qué beneficios me dan las nuevas reglas?
¡Portación en 24 horas!
Tú tienes derecho a una portabilidad efectiva y que la misma se realice en un plazo no mayor a 24 horas contadas a partir de la solicitud realizada por el titular del número a su operador.
¡Más sencillo!
¡Es fácil! Sólo acude a la empresa con la que deseas contratar el nuevo servicio telefónico, llena la solicitud con tu firma autógrafa y presenta copia de tu identificación.
En caso de personas morales, el apoderado legal la podrá realizar acreditando su personalidad.
¡Es gratuito!
Recuerda, la portabilidad es un trámite completamente gratuito y a partir del 10 de febrero de 2015, deberá realizarse en 24 horas.
¡Utiliza medios electrónicos!
Ahora puedes solicitar la portabilidad por cualquier medio de recepción, con la única condición de que la información que se reciba (documentos de identificación y formato de solicitud de portabilidad) resulte legible.
¡Las comercializadoras también juegan!
Ahora las comercializadoras también participan con numeración asignada en el proceso de portabilidad ¡Amplia tus opciones y conoce las ofertas de otros operadores!
¡Se mantiene el NIP!
Las reglas mantienen el NIP (Número de Identificación Personal) de 4 dígitos, como el mecanismo de confirmación para validar la voluntad de los usuarios.
¿Cómo sé si me llegó el NIP?
En servicio móvil, el mensaje de texto que se enviará a tú número contendrá la siguiente leyenda: “ESTÁ INICIANDO SU CAMBIO DE EMPRESA DE TELEFONÍA MÓVIL. ENTREGUE LA CLAVE A LA NUEVA EMPRESA SOLO SI DESEA CAMBIARSE. SU NIP DE PORTABILIDAD ES XXXX”
¿Me puedo portar de móvil a fijo?
La portabilidad se aplica únicamente bajo la misma modalidad de contratación (del servicio fijo al servicio fijo, del servicio móvil al servicio móvil, de un servicio no geográfico al mismo servicio no geográfico, y del servicio de acceso de trunking a trunking).
¿Cómo se cuentan las 24 horas?
A fin de garantizar que todas las solicitudes estén en condiciones de ejecutarse en menos de 24 horas, la recepción de estas deberá permitirse solamente hasta las 17:00 horas de lunes a sábado y las que se ingresen en horario posterior o en día domingo, se considerarán como ingresadas a primera hora del día hábil siguiente.
¿Me pueden pedir requisitos adicionales?
No, ya no te pueden requerir la presentación de la factura, contrato o comprobante de número. Solo presenta tu identificación y llena la solicitud con tu firma autógrafa. En personas morales, acredita tu personalidad.
¿Me pueden portar sin consentimiento?
No, ya que la presentación de tu identificación y la solicitud con tu firma autógrafa son elementos indispensables para asegurar que estás dando tu consentimiento.
¡Me preocupa el manejo de mis datos personales!
En el proceso de portabilidad tienes derecho a la protección de tus datos personales. Cualquier parte dentro del proceso, deberá utilizarlos exclusivamente para la realización del trámite respectivo.
¿No tengo saldo, me puedo portar?
Para usuarios de prepago, la entrega del NIP no podrá condicionarse a un saldo mínimo. En usuarios de pospago, el NIP deberá darse aun cuando el usuario solo tenga contratado el servicio de recepción de llamadas.
¿Cómo sé el estatus de mi trámite de portabilidad?
Directamente ante tu operador o mediante correo electrónico enviado a la dirección de Internet que se te haya indicado en los formatos de solicitud de portabilidad de tu operador. También al número 800 2000 120, contactando directamente al Instituto.
¿Qué pasa si tengo adeudos?
A diferencia de lo que antes pasaba, el proceso de portación deberá continuar y no será restricción para que te puedas portar. Sin embargo, deberás cubrir tu adeudo por los medios respectivos.
¿Qué pasa con mi contrato anterior?
Los servicios contratados con el proveedor que te prestaba los servicios, se tendrán por cancelados a partir de que se ejecute efectivamente la portabilidad, con excepción de otros servicios adicionales.
¿Qué pasa con mi equipo de pospago?
La portabilidad no te exenta de cumplir con tus obligaciones contractuales, entre las que se incluyen, la devolución de equipos que no sean de tu propiedad.
¿Puede comunicarse conmigo mi antiguo operador?
Tu antiguo operador no podrá contactarte para solicitar tu aprobación para recibir llamadas de promoción de sus servicios o paquetes al menos 15 días naturales a partir de la ejecución de la portabilidad.
Recuerda, solo tú decidirás a partir de ese momento si quieres o no recibir llamadas posteriores de tu antiguo operador o de cualquier otro.
¿Qué es la portabilidad geográfica?
Es la posibilidad de que los usuarios del servicio fijo puedan cambiar de domicilio a cualquier parte del territorio nacional conservando su mismo número telefónico, esto siempre y cuando el nuevo operador cuente con cobertura y capacidad para garantizar la continuidad del servicio en el nuevo domicilio.
¿Tengo un límite de veces para portarme?
No existe un límite de veces para cambiarte de operador, puedes portar tu número telefónico cuantas veces lo desees. Tampoco es necesario permanecer un periodo mínimo con el nuevo operador.
¿Qué pasa si cancelo mi número y lo quiero recuperar?
Si decidiste cancelar tu número y lo quieres recuperar, las reglas prevén la posibilidad de recuperar tu número dentro de los 40 días naturales posteriores a la cancelación.
¿Si me porto… me puedo quedar sin servicio?
A partir de la ejecución de la portabilidad, los usuarios debidamente portados no pueden verse afectados por más de 30 minutos en el 95% de los casos, y en ningún caso, por más de 120 minutos.
¡No me portaron o me portaron fuera de tiempo!
Tienes derecho a cancelar sin el pago de penas convencionales los servicios de telecomunicaciones contratados y/o a exigir el pago de las penas convencionales establecidas en el contrato con independencia de las sanciones que pueda imponer el IFT, si la portación no se ejecutó en los plazos establecidos.
¿Con quién me quejo?
Presenta tu queja ante el IFT, en www.ift.org.mx, ahí encontrarás una sección de quejas en donde de manera específica podrás señalar los problemas en tu proceso de portación.
¿Cuándo entran en vigor las reglas?
Tomando en cuenta el desarrollo de diferentes soluciones técnicas que se tendrán que adoptar por los operadores y el ABD (Administrador de Base de Datos), las reglas entrarán en vigor en 90 días naturales a partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación. Durante ese lapso, las portaciones deberán realizarse en un plazo máximo de 3 (tres) días hábiles.
¿En dónde obtengo mayor información?
Toda la información del proceso, plazos y formatos estarán disponibles para su descarga en las páginas o sitios de Internet de los operadores, así como en sus centros de atención. Para mayor información consulta www.ift.org.mx
¿Y todo esto… para qué?
La portabilidad ha contribuido a una mejora sustancial en la calidad de los servicios, una mayor oferta de productos y una reducción en las tarifas, debido a que la competencia se ha fortalecido y los prestadores de servicios han tenido que esforzarse por conservar y atraer usuarios.