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Instituto Federal de Telecomunicaciones


Licitaciones de Espectro

Una Licitación Pública de Bandas de Frecuencia del Espectro Radioeléctrico es el procedimiento administrativo mediante el cual, el Instituto Federal de Telecomunicaciones otorga concesiones para el uso, aprovechamiento y explotación de bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico, para uso comercial o privado, este último con propósitos de comunicación privada.

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Contraprestaciones de Espectro

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Reubicación de los canales de televisión, localizados en la zona de coordinación, por debajo del canal 37

Actualmente se encuentran vigentes diversos Acuerdos bilaterales suscritos entre las administraciones de los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América, relativos al uso de canales de televisión analógica a lo largo de la frontera común entre ambos países. Asimismo, existe un Memorándum de entendimiento (MoU), relativo al uso de las bandas de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión de televisión, para el servicio de radiodifusión de televisión digital a lo largo de la frontera común.

La transición a la Televisión Digital Terrestre (TDT) culminó el 31 de diciembre de 2015, de conformidad con lo establecido en el Artículo Décimo Noveno transitorio de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Dado que la tecnología digital permite la optimización de la banda, en el Programa de Trabajo para Reorganizar del Espectro Radioeléctrico a Estaciones de Radio y Televisión se incorporó una acción encaminada a la evaluación del eventual reordenamiento de la banda de 600 MHz, para destinarla a servicios de telecomunicaciones como el de banda ancha móvil.

Por otra parte, la administración de los Estados Unidos de América culminó su proceso de transición a la TDT para estaciones de alta potencia en junio de 2009 y actualmente se encuentra realizando esfuerzos encaminados a la liberación de espectro atribuido al servicio de radiodifusión y facilitar el acceso al mismo para servicios y aplicaciones de banda ancha, particularmente en la banda de 600 MHz (canales de televisión del 36 al 51), a través de esquemas de licitaciones con incentivos (incentive auctions) mediante los cuales pretenden recuperar canales de televisión y posteriormente reubicar a las estaciones para que queden por debajo del canal 37, con el propósito de despejar la banda de 600 MHz.

Los procesos de ambos países persiguen objetivos distintos, pero comparten un eje común, relacionado principalmente con la planificación y optimización del uso de la banda de 600 MHz y sus potenciales usos futuros para aplicaciones de banda ancha móvil.

En los últimos años se trabajó intensamente con la FCC en el intercambio de información técnica para establecer el Plan de adjudicaciones para cada país (tablas 1 y 6), los cuales quedaron aceptados con los documentos que aquí se indican.

Es oportuno señalar que después de la aceptación por ambas administraciones del Plan de adjudicaciones antes mencionado, se han llevado a cabo cambios en los parámetros de operación de algunas estaciones listadas en el mismo, sin embargo, las modificaciones realizadas no han implicado un cambio en los canales previamente acordados.

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Estudios de los Recursos Orbitales

El estudio de los Recursos orbitales, busca establecer un marco de referencia en materia satelital, a efecto de conocer las áreas de oportunidad que permitan promover un desarrollo eficiente de las comunicaciones satelitales en el país, en aras de fomentar una sana competencia entre los prestadores de estos servicios, para que dichos servicios se presten con mejores precios, diversidad y calidad en beneficio de los usuarios y de una adecuada cobertura social.

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Recursos Orbitales

Los recursos orbitales son posiciones orbitales geoestacionarias u órbitas satelitales con sus respectivas bandas de frecuencias asociadas y constituyen el principal activo utilizado para las comunicaciones vía satélite. Permiten conectar regiones y localidades aisladas o de difícil acceso en donde los sistemas de comunicaciones terrestres no ofrecen cobertura o que su despliegue resulta económicamente inviable para proveer servicios de telecomunicaciones.

A través de las comunicaciones vía satélite se provén diversos servicios como televisión abierta y restringida, telefonía fija y móvil, redes de datos, conectividad de banda ancha, aplicaciones como la observación de la Tierra, la educación y la medicina a distancia, la prevención de desastres, la meteorología, la vigilancia y localización de bienes, el desarrollo de ciencia y experimentación espacial, y contribuyen al mismo tiempo al desarrollo económico, social y cultural de la sociedad en general.

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Normatividad

La administración del espectro radioeléctrico es una función del Instituto, lo cual incluye la elaboración y aprobación de planes y programas de uso y el establecimiento de las condiciones para la atribución de una banda de frecuencias, por mencionar algunas.

Dichas funciones perseguirán como objetivo, la seguridad de la vida humana, el uso eficaz del espectro y su protección, el fomento a la neutralidad tecnológica, entre otras.

En tal virtud, el Instituto elaboró los Acuerdos relacionados con la administración del espectro que a continuación se presentan.

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Generalidades de Espectro y Recursos Orbitales

El espectro radioeléctrico es un recurso natural limitado y de alta demanda, fundamental en materia de telecomunicaciones inalámbricas. Se trata de un bien intangible, por lo que su descripción resulta un tanto compleja; puede ser entendido como parte del espacio aéreo que a través del mismo, sirve como el medio en el que viajan las ondas electromagnéticas empleadas para transmitir información y así proveer diferentes servicios de telecomunicaciones y radiodifusión.

El Número 1.5 del Artículo 1 del Reglamento de Radiocomunicaciones (RR) de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), define a las ondas radioeléctricas u ondas hertzianas como las ondas electromagnéticas cuya frecuencia se fija convencionalmente por debajo de los 3,000 giga Hertz y que se propagan por el espacio sin guía artificial.

Por su parte, el Artículo 3, fracción XXI, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión define al espectro radioeléctrico como el espacio que permite la propagación sin guía artificial de ondas electromagnéticas cuyas bandas de frecuencia se fijan convencionalmente por debajo de los 3,000 Giga Hertz.

Como podemos apreciar, el espectro radioeléctrico es un concepto en el que se puede profundizar hacia diversas ramas, en esta sección es posible consultar términos, definiciones, eventos, comunicados y más información relacionada con el Espectro Radioeléctrico y los Recursos Orbitales.  

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Bienvenido a la Unidad de Espectro Radioeléctrico

El Instituto tiene a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, los recursos orbitales, los servicios satelitales, las redes de telecomunicaciones, incluyendo las redes públicas de telecomunicaciones, y la prestación de los servicios públicos de interés general de radiodifusión y de telecomunicaciones.

En este sentido, la Unidad de Espectro Radioeléctrico del Instituto Federal de Telecomunicaciones promueve, conduce, coordina y orienta la planeación, ingeniería, economía y regulación del Espectro Radioeléctrico y la Comunicación Vía Satélite.

La información relevante acerca de este valioso recurso natural, así como las acciones que la Unidad de Espectro Radioeléctrico realiza para que sea utilizado de la forma más racional y eficiente posible, se podrá consultar en este micro sitio de la Unidad.

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Estudios

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