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PLENO DEL IFT ACUERDA SOMETER A CONSULTA PÚBLICA EL ANTEPROYECTO DE LINEAMIENTOS PARA OPERADORES MÓVILES VIRTUALES
- Aprueba la realización de otras tres consultas públicas de los anteproyectos del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias, la Disposición Técnica IFT-007-2015 y la modificación al Acuerdo por el que se atribuyen frecuencias del espectro radioeléctrico para prestar servicios auxiliares a la radiodifusión
- También aprueba las Reglas para el otorgamiento de autorizaciones en materia de telecomunicaciones
- Se otorgan cuatro concesiones de radiodifusión para uso público y tres concesiones de uso social
- El Pleno recibe el Informe sobre el Plan de distribución para la banda 806-824/851-869 MHz, en el cual se presentan las acciones de reconfiguración de esta banda
El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) acordó someter a consulta pública cuatro anteproyectos sobre diversos temas regulatorios, a fin de obtener los comentarios y opiniones de la industria, académicos, expertos y la sociedad en general sobre cada uno de ellos y así contar con más elementos que, en su caso, permitan robustecer las respectivas disposiciones que se aprobarían, en su momento, para su entrada en vigor.
Los cuatro Anteproyectos que estarán a disposición de los interesados para realizar este ejercicio de participación ciudadana son:
- Lineamientos para la comercialización de servicios móviles por parte de operadores móviles virtuales.
En este documento se proponen las disposiciones necesarias que permitan fijar las condiciones para el desarrollo de los Operadores Móviles Virtuales y que con ello se permita que dichos agentes económicos cuenten con suficiente flexibilidad para configurar una amplia gama de modelos de negocio con la finalidad de atender diversos nichos de mercado. Un entorno con estas características permite incentivar la inversión, ampliar y diversificar la oferta en la prestación de servicios móviles y con ello intensificar la competencia en los mercados.
El Anteproyecto referido propone otorgar certidumbre a los Operadores Móviles Virtuales en distintos temas relevantes para el desarrollo de sus estrategias comerciales y brindar claridad en cuestiones específicas para el surgimiento de nuevos servicios, como por ejemplo, en materia de interconexión, asignación de numeración, administración de identidades asociadas a las suscripciones, acceso no discriminatorio ni exclusivo a los servicios mayoristas de telecomunicaciones móviles que ofrezcan los concesionarios que cuentan con espectro e infraestructura.
Asimismo, el Anteproyecto busca que dichos concesionarios cuenten con la certeza sobre el alcance de sus relaciones contractuales y margen de acción para generar sus ofertas mayoristas y que a la vez, los Operadores Móviles Virtuales tengan claridad sobre la misma y cuenten con bases mínimas para la negociación de sus contratos.
La consulta pública del Anteproyecto de Lineamientos para la comercialización de Servicios Móviles por parte de Operadores Móviles Virtuales se realizará durante veinte días hábiles, del 10 al 17 de julio y del 3 al 20 de agosto de 2015.
- Anteproyecto de Acuerdo mediante el cual se expide la Disposición Técnica IFT-007-2015: Medidas de operación para el cumplimiento de los límites de exposición máxima para seres humanos a radiaciones electromagnéticas de radiofrecuencia no ionizantes en el intervalo de 100 kHz a 300 GHz en el entorno de emisiones de radiocomunicaciones.
El artículo 65 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión establece que, en el despliegue y operación de infraestructura inalámbrica se deberá observar el cumplimiento de los límites de exposición máxima para seres humanos a radiaciones electromagnéticas de radiofrecuencia no ionizantes, que el Instituto defina en colaboración con otras autoridades competentes.
Por otra parte, la instalación y operación de infraestructura de radiocomunicaciones ha generado preocupación en los usuarios y en la población en general; misma que se ha manifestado con frecuencia ante las dependencias de la administración pública federal del sector de Comunicaciones y de Salud así como ante el mismo Instituto.
En otros países se han presentado situaciones similares y ello ha motivado la emisión de regulaciones técnicas, tomando como base las recomendaciones y límites de exposición de los seres humanos a la radiación no ionizante de la Comisión Internacional para la Protección contra las Radiaciones No Ionizantes (ICNIRP), organización científica independiente no gubernamental, reconocida por la Organización Mundial de la Salud (OMS), misma que, además de respaldar las recomendaciones de la ICNIRP, alienta a los Estados Miembros a adoptar estas directrices internacionales.
En este sentido, el Anteproyecto de Disposición Técnica IFT-007-2015 también adopta dichos límites y recomendaciones, por lo que con dicha Disposición Técnica se buscaría contar con un instrumento normativo que facilite el despliegue y operación de infraestructura inalámbrica.
Es importante señalar que el IFT ha sostenido reuniones de trabajo con la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) y la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
La consulta pública del Anteproyecto de Disposición Técnica IFT-007-2015 se realizará durante veinte días hábiles, del 10 al 17 de julio y del 3 al 20 de agosto de 2015.
3. Anteproyecto del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias
El Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias (CNAF) es la disposición administrativa que indica el servicio o servicios de radiocomunicaciones a los que se encuentra atribuida una determinada banda de frecuencias del espectro radioeléctrico, así como información adicional sobre el uso y planificación de determinadas bandas de frecuencias. Consta de cuatro partes: Parte introductoria, tabla de atribuciones, sección de notas nacionales y acrónimos.
Como resultado de la revisión para definir la estrategia de re planificación espectral, el IFT pone a disposición de los interesados y público en general la propuesta de actualización, que toma en cuenta recomendaciones y regulación de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), a fin de lograr un uso óptimo del espectro radioeléctrico. El periodo de consulta púbica será del 10 al 17 de julio y del 3 al 20 de agosto de 2015.
4. Anteproyecto de modificación al Acuerdo por el que se atribuyen frecuencias del espectro radioeléctrico para prestar servicios auxiliares a la radiodifusión, y se establece el procedimiento para autorizar el uso de las mismas.
Los servicios auxiliares a la radiodifusión, como los enlaces estudio-planta y los controles remotos, son necesarios para la operación de las estaciones radiodifusoras.
Por ello, el IFT decidió someter a consulta pública, del 10 al 17 de julio y del 3 al 20 de agosto del presente año, una modificación al Acuerdo con base en el cual se ha autorizado la prestación de estos servicios, para adecuarlo al marco normativo vigente, tanto en lo que se refiere a las instancias encargadas del trámite, como a la mecánica del trámite en sí mismo.
Por otro lado, el Pleno aprobó las Reglas para el otorgamiento de autorizaciones en materia de telecomunicaciones, las cuales establecen los requisitos y plazos que deben cumplir los interesados en obtener alguna de las Autorizaciones contempladas por la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; con esto, se brindará seguridad y certeza jurídica a los particulares en la atención y tramitación de dichas solicitudes.
Dichas Autorizaciones se refieren a los servicios previstos en el artículo 170 de la Ley:
- Establecer y operar o explotar una comercializadora de servicios de telecomunicaciones;
- Instalar, operar o explotar estaciones terrenas para transmitir señales satelitales;
- Instalar equipos de telecomunicaciones y medios de transmisión que crucen las fronteras del país;
- Explotar los derechos de emisión y recepción de señales y bandas de frecuencias asociados a sistemas satelitales extranjeros, y
- Utilizar temporalmente bandas del espectro para visitas diplomáticas.
Para la emisión de dichas Reglas, el IFT realizó previamente una consulta pública del Anteproyecto respectivo, ejercicio que se realizó del 3 de febrero al 3 de marzo del presente año, de la cual se pudo obtener comentarios que permitieron robustecer el contenido del documento.
Las Reglas para el otorgamiento de autorizaciones en materia de telecomunicaciones serán publicadas en los próximos días en el Diario Oficial de la Federación (DOF), para efectos de su debida publicidad, su entrada en vigor y consecuente aplicación.
En esta sesión, la Unidad de Espectro Radioeléctrico presentó al Pleno un Informe sobre el Plan de distribución para la banda 806-824/851-869 MHz, en el cual se presentan las acciones de reconfiguración de esta banda.
Dicha re planificación implicó una revisión integral del uso de las bandas de frecuencias identificadas por la UIT para servicios de banda ancha móvil, y toma en cuenta tanto factores domésticos como internacionales, a fin de propiciar un uso eficiente para la prestación de los servicios.
El reordenamiento de esta banda implica contar con dos bloques de espectro: uno de 8 + 8 MHz para operaciones de banda angosta de uso oficial de misión crítica y asignatarios de uso público para seguridad pública (806-814/851-859 MHz), y otro de 10 + 10 MHz para aplicaciones de banda ancha móvil (814-824/859-869 MHz). Con esta segmentación se aprovecha el uso de la banda del espectro referida y se logra un balance para dar cabida a ambos usos.
Adicionalmente, el reordenamiento de esta banda es acorde al protocolo que se tiene celebrado entre México y los Estados Unidos para el uso compartido de la banda dentro de la zona de frontera común.
Asimismo, se aprobó el otorgamiento de dos concesiones sobre bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para uso público -y su respectiva concesión única- para el servicio de televisión radiodifundida digital, una de las cuales será para el gobierno de Zacatecas y la otra para institución educativa de nivel superior en esa misma entidad federativa.
De igual forma, en materia de radiodifusión sonora, se otorgaron dos concesiones sobre bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para uso público –con la consecuente concesión única asociada-, para una institución educativa de nivel superior en el estado de Chihuahua y otra para un organismo público en ese mismo estado.
Por último, también se resolvió otorgar tres concesiones sobre bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para uso social y la respectiva concesión única asociada a éstas para el servicio de televisión radiodifundida digital, a igual número de asociaciones civiles.
El otorgamiento de estas concesiones promueve la pluralidad en los contenidos y muestra el compromiso del IFT con la libertad de expresión y el acceso a más alternativas para las audiencias, lo cual contribuye también a mejorar las condiciones de competencia en la prestación de los servicios de radiodifusión.
EL IFT Y PROFECO PRESENTAN “SOY USUARIO”, HERRAMIENTA ELECTRÓNICA QUE RECIBIRÁ Y PERMITIRÁ DAR SEGUIMIENTO A INCONFORMIDADES POR SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES
· Permitirá a ambas instituciones intercambiar información automáticamente, planear y coordinar acciones conjuntas en defensa de los derechos de los usuarios
· En caso de que el usuario-consumidor no esté conforme con la respuesta que le prestó su proveedor de servicios, a través de la plataforma “Soy usuario” se remitirá su asunto a Concilianet o a la Delegación Profeco
· Los concesionarios entregarán a quienes les contraten servicios una carta que contenga sus derechos mínimos como usuarios, determinados por el IFT y la Profeco
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), habilitaron la herramienta electrónica compartida denominada “Soy Usuario”, la cual permitirá a los Usuarios-Consumidores de servicios públicos de telecomunicaciones interponer inconformidades en contra de los concesionarios y autorizados cuando consideren que se han vulnerado sus derechos.
La herramienta, que forma parte de los compromisos pactados en el Convenio de Colaboración y Concertación de Acciones celebraron Profeco y el IFT, en esta primera etapa, permitirá a los Usuarios-Consumidores recibir una respuesta ágil y certera a sus inconformidades, consultar el estatus de las mismas y darles un seguimiento puntual.
“Soy Usuario” estará disponible en los portales de internet del IFT y Profeco. Las inconformidades que ingresen a través de la herramienta llegarán al Instituto y Profeco podrá consultar las inconformidades, respuestas de los concesionarios y asesorar directamente a los consumidores para la efectiva protección de sus derechos.
De la misma forma, “Soy Usuario” estará conectado y vinculado con “Concilianet”, mecanismo de resolución de controversias en línea de Profeco, lo cual facilitará el inicio del procedimiento conciliatorio ante la Institución en caso de que el Usuario-Consumidor quede insatisfecho con la atención que recibió de la empresa que le presta el servicio. Si algún proveedor no forma parte del Concilianet, la información reportada por el usuario consumidor se remitirá a la Delegación correspondiente.
En el mismo sentido, el IFT y la Profeco determinaron los derechos mínimos de los usuarios de servicios públicos de telecomunicaciones reconocidos en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), entre otras disposiciones jurídicas.
Con ello, y en cumplimiento de la LFTR, los concesionarios y autorizados deberán entregar a quienes contraten sus servicios la Carta de Derechos Mínimos de los Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones. La carta, adicionalmente, deberá ser difundida de manera permanente en las páginas de Internet de los concesionarios y proveedores de servicios. El usuario podrá consultar en la carta que tiene derecho, entre otros, a:
- Que le respeten las tarifas ofertadas, las cuales deberán estar registradas ante el IFT.
· No recibir llamadas de los proveedores para promover o vender servicios o paquetes, a menos que expresamente el usuario manifieste su consentimiento.
· La bonificación si el servicio que recibe no se presta conforme a la calidad y condiciones convenidas en el contrato o, por fallas o cargos indebidos.
· Contar, previa solicitud expresa, con equipos o dispositivos que tengan funcionalidades, programas o aplicaciones, que permitan la accesibilidad a personas con discapacidad motriz, visual y auditiva.
· Que las instalaciones o centros de atención al público del proveedor, cuenten con adaptaciones, modificaciones o mecanismos de accesibilidad.
· Reportar al operador a través de procedimientos expeditos, el robo o extravío del equipo móvil, para que se suspenda inmediatamente el servicio.
· Presentar inconformidades y denuncias ante el IFT y la Profeco, ante cualquier incumplimiento del proveedor.
· Ser representado en una acción colectiva ante el incumplimiento de un proveedor.
Los usuarios también pueden consultar sus derechos mínimos en las páginas de Internet del IFT www.ift.org.mx y de la Profeco www.profeco.gob.mx. Asimismo, ante cualquier duda sobre sus derechos o los alcances de éstos, pueden contactar a ambas instituciones.
Pleno del IFT acuerda el esquema que se adoptará para la banda de 2.5 GHz para servicios de telecomunicaciones móviles
- Será el esquema de segmentación C1, conforme a la recomendación de la UIT
- Esta parte del espectro se utilizará para servicios de acceso inalámbrico de banda ancha
Como parte de los elementos que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) incluyó en el Plan Nacional de Espectro Radioeléctrico y en su Programa de Trabajo para garantizar el uso óptimo de la banda 2.5 GHz bajo principios de acceso universal, no discriminatorio, compartido y continuo, se estableció que el Pleno del IFT emitirá el Acuerdo mediante el cual se adopta la segmentación de la banda de 2.5 GHz (2,500 – 2,690 MHz), como parte de las acciones tendientes a su licitación en 2016.
Ante esto, el IFT realizó una consulta pública del 7 de abril al 5 de mayo de 2015, sobre la Propuesta de adopción del esquema de segmentación de dicha banda, la cual fue identificada por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) como propicia para las Telecomunicaciones Móviles Internacionales (IMT). En este ejercicio, el grueso de los participantes mostró clara preferencia por el esquema de segmentación C1.
En este sentido, tomando en cuenta las recomendaciones de la UIT y de la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL), así como los comentarios obtenidos en la consulta pública referida, en sesión ordinaria celebrada el 3 de julio, el Pleno del IFT acordó adoptar el esquema de Segmentación C1 para banda de frecuencias 2500 – 2690 MHz.
Arreglo C1 conforme a la recomendación UIT-R M.1036 de la UIT
Dicho esquema cuenta con una configuración de bloques de espectro contiguo lo suficientemente amplios que permite el despliegue de tecnologías de banda ancha que utilicen los métodos de duplexaje FDD (duplexaje por división en frecuencia) o TDD[AMG1] (duplexaje por división e tiempo).
Entre las ventajas de esta segmentación de la banda de 2.5 GHz destaca que, debido a que es el mayormente adoptado a nivel internacional, se logran economías de escala que se traducen en reducción de costos para los fabricantes y, por lo tanto, es posible ofrecer productos y servicios a menores precios[AMG2] para los usuarios finales.
Por otro lado, el Pleno aprobó someter a consulta pública el Anteproyecto de “Acuerdo mediante el cual se expide la Disposición Técnica IFT-008-2015: Telecomunicaciones-Radiocomunicación-Sistemas de Radiocomunicación que emplean la técnica de espectro disperso-equipos de radiocomunicación por salto de frecuencia y por modulación digital a operar en las bandas 902-928 MHz, 2400-2483.5 MHz y 5725-5850 MHz-Especificaciones, límites y métodos de prueba” por un periodo de 20 días hábiles (del 7 al 17 de julio y del 3 al 17 de agosto de 2015), a fin de transparentar y promover la participación ciudadana en los procesos de emisión de disposiciones de carácter general a cargo del Instituto.
Actualmente y hasta el 19 de octubre de 2015 estará vigente la NOM-121-SCT1-2009 para los equipos y dispositivos de espectro disperso, los cuales operan en espectro libre, es decir, las bandas de frecuencia de acceso libre, que pueden ser utilizadas por el público en general, bajo los lineamientos o especificaciones que establezca el Instituto, sin necesidad de concesión o autorización.
Es por esto que con el fin de garantizar la utilización de este espectro libre por la mayor cantidad posible de usuarios, es indispensable que el Instituto establezca las especificaciones técnicas que hagan esto posible. Además, si estos equipos y dispositivos de espectro disperso no están adecuadamente regulados, podrían llegar a causar interferencias perjudiciales en diferentes partes del espectro radioeléctrico, incluidos segmentos que deben estar protegidos.
Así, corresponde exclusivamente al IFT, como órgano constitucional autónomo, emitir una disposición de observancia general que establezca: a) las especificaciones mínimas y límites para los equipos de radiocomunicación por espectro disperso (Salto de Frecuencia, Modulación Digital e Híbrido) en las bandas de frecuencias 902-928 MHz, 2400-2483.5 MHz y 5725-5850 MHz y b) los métodos de prueba para la comprobación del cumplimiento de las especificaciones y límites que se establecen.
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El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) es el órgano autónomo encargado de regular, promover y supervisar el desarrollo eficiente en los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones en México, además de ejercer de forma exclusiva las facultades en materia de competencia económica en dichos sectores, de conformidad con el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6, 7, 27, 28, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2013.
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PARTICIPA DELEGACIÓN DEL IFT EN CUMBRE DE REGULADORES DE TELECOMUNICACIONES
- La Comisionada Adriana Labardini encabezó este grupo de trabajo en el que se realizó un intercambio de experiencias entre las entidades reguladoras de América Latina y Europa
Con el fin de participar en el debate sobre los aspectos más actuales y relevantes de la regulación sectorial con plataformas de reguladores de otras regiones, una delegación del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), encabezada por la Comisionada Adriana Labardini, asistió a la Cumbre entre el Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas (BEREC) y el Foro Latinoamericano de Entes Reguladores de Telecomunicaciones (Regulatel), que se realizó en Barcelona, España, durante este 2 y 3 de julio.
A este encuentro que se llevó a cabo en la sede de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), asistieron por primera vez el Grupo de Reguladores Euromediterráneos (EMERG), y la Red de Reguladores de las Comunicaciones Electrónicas de Europa del Este (EaPeReg), por lo que se logró un intercambio de experiencias entre las entidades reguladoras de América Latina y los reguladores europeos.
Asimismo, en la Sesión III: Broadband Services and Quality Standards from the Consumers’ Perspective que tuvo lugar el pasado viernes, la Comisionada Labardini ahondó sobre la situación de los servicios de banda ancha y los estándares de calidad desde la perspectiva de los consumidores.
También tuvo lugar la Asamblea Plenaria extraordinaria de Regulatel, en la cual se discutieron temas de relevancia tales como los estudios que los distintos Grupos de Trabajo realizarán en beneficio de la región, y los posibles ámbitos de cooperación entre el Foro y diversas instituciones internacionales.
Con esto, el IFT tanto en su carácter de autoridad sectorial de competencia como en el de regulador de las telecomunicaciones y radiodifusión participa de intercambios de información acerca de los temas relevantes a su quehacer y relativos a las mejores prácticas internacionales.
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El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) es el órgano autónomo encargado de regular, promover y supervisar el desarrollo eficiente en los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones en México, además de ejercer de forma exclusiva las facultades en materia de competencia económica en dichos sectores, de conformidad con el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6, 7, 27, 28, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2013.
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DELEGACIONES DEL IFT PARTICIPAN EN LOS TRABAJOS DE LOS COMITÉS DE COMPETENCIA Y DE ECONOMÍA DIGITAL DE LA OCDE
· Este año, México fue uno de los diez paísesque presentaron, ante el comité respectivo, su informe anual deresultados en materia de competencia económica
Con el objetivo de participar en las actividades de los comités deCompetencia y de Economía digital de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) que se realizaron, respectivamente, durante las semanas del 15 al 20, y del 22 al 23 de junio, delegaciones del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) asistieron a la sede del organismo en la ciudad de París, Francia.
Dentro de la Sesión del Comité de Competencia, la Titular de la Unidad de Competencia Económica, Georgina Santiago Gatica, presentó el Informe anual 2014 sobre competencia en el sector de telecomunicaciones y radiodifusión. En su intervención, la funcionaria expuso los casos más relevantes sobre competencia que el Instituto atendió durante el año anterior.
Por otra parte, en las distintas sesiones de dicho Comité, el IFT se refirióal uso de los estudios de mercado para el diseño del marco regulatorio del sector, así como a la innovación dentro del diseño institucional que está presente en el Estatuto Orgánico que el Pleno aprobó el año pasado.
Por su parte, el Comisionado Mario Fromow Rangel participó en la 69 reunión del Comité sobre política de economía digital (CDEP), misma en la que funge como Vicepresidente del Grupo de trabajo de políticas de infraestructura y servicios de comunicación (WP-CISP). Además de tomar parte en la discusión sobre temas como convergencia digital e internet de las cosas, el Comisionado participó en los preparativos para la reunión ministerial 2016 del Comité, que se llevará a cabo en nuestro país.
A través de estas actividades en un foro internacional de gran relevancia, el IFT, tanto en su carácter de autoridad sectorial de competencia como en el de regulador de las telecomunicaciones y radiodifusión participa de intercambios de información acerca de los temas relevantes a su quehacer y relativos a las mejores prácticas internacionales.
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El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) es el órgano autónomo encargado de regular, promover y supervisar el desarrollo eficiente en los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones en México, además de ejercer de forma exclusiva las facultades en materia de competencia económica en dichos sectores, de conformidad con el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6, 7, 27, 28, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2013.
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El Pleno del IFT acuerda iniciar licitación de nuevos canales de TV abierta digital en 2015
- Este año se someterán a consulta pública las pre bases de licitación y el proceso licitatorio se realizará en el primer semestre de 2016
- Se pondrán a disposición de mercado más de 123 canales
- También se aprobó someter a consulta pública el Anteproyecto de Acuerdo mediante el cual se expide la Disposición Técnica IFT-001-2015: Especificaciones y requerimientos mínimos para la instalación y operación de las estaciones de radiodifusión sonora en Amplitud Modulada
- Emitió respuesta a solicitudes de confirmación de criterio presentadas por dos concesionarios del servicio de televisión restringida
En sesión ordinaria celebrada el día de ayer, la Unidad de Espectro Radioeléctrico del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) informó al Pleno el estado general respecto de la disponibilidad de canales de televisión que podrían ponerse a disposición del mercado en el futuro próximo. Como se informó oportunamente, derivado del proceso de la Licitación pública para asignar frecuencias para formar dos cadenas de televisión abierta digital (Licitación No. IFT-1) cuyo fallo se emitió en marzo del presente año, quedaron disponibles 123 canales de transmisión, correspondientes a una cadena con cobertura nacional.
Asimismo, el país está inmerso en el proceso de transición a la Televisión Digital Terrestre, mismo que habrá de concluir, a más tardar, el 31 de diciembre del presente año, con lo cual habrá mayor disponibilidad de nuevos canales debido a que se liberarán aquellos que hoy se ocupan para las transmisiones analógicas.
De manera simultánea, el IFT realiza un proceso de reordenamiento de la banda de 600 MHz en la que hoy operan más de 200 canales de televisión radiodifundida, con el propósito de confinar la operación de la televisión radiodifundida a los canales por debajo del 37, esto es hasta los 608 MHz.
Ante esto, el Pleno del IFT acordó que las zonas de cobertura que estarán disponibles para servicios de televisión radiodifundida digital, producto del proceso de reordenamiento de la banda de 600 MHz y de la transición a la televisión digital terrestre, se incluyan en el Programa Anual de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias 2016, lo cual implica poner a disposición del mercado, para uso comercial, social o público, más de los 123 canales que quedaron disponibles en la Licitación IFT-1.
El nuevo proceso de licitación iniciará en 2015, al someter a consulta pública las pre bases de licitación correspondientes dentro del cuarto trimestre del año y el proceso licitatorio para la asignación de los canales para servicios de televisión radiodifundida digital se llevará a cabo durante el primer semestre de 2016.
Además de las zonas de cobertura de la cadena de TDT que quedó desierta en la licitación No. IFT-1, se buscarán zonas de cobertura adicionales, incluyendo las zonas urbanas más pobladas del país, a fin de poner a disposición del mercado al menos dos canales de televisión en dichas poblaciones.
El informe presentado al Pleno incluye la posibilidad de que se conformen sistemas televisivos ya sea en forma de cadenas o de estaciones individuales, toda vez que el IFT no está obligado a licitar necesariamente cadenas nacionales de televisión.
En otros asuntos, el Pleno del Instituto aprobó someter a consulta pública el Anteproyecto de Acuerdo mediante el cual se expide la Disposición Técnica IFT-001-2015: Especificaciones y requerimientos mínimos para la instalación y operación de las estaciones de radiodifusión sonora en Amplitud Modulada.
El Instituto considera pertinente que se emita oportunamente la actualización de dicha Disposición Técnica, toda vez que la Disposición Técnica IFT-001-2014, culminará su vigencia el 29 de agosto de 2015, por lo que resulta necesario contar con un marco técnico regulatorio que establezca parámetros mínimos para la instalación y operación de las estaciones radiodifusoras de amplitud modulada, a fin de generar certidumbre jurídica y técnica al momento en que ésta pierda su vigencia.
Con la emisión de la consulta pública se alcanzarían los siguientes objetivos:
a) Fortalecer el principio de transparencia en la emisión de una disposición administrativa de carácter general que impacta a todo el sector de la radiodifusión, y
b) Fortalecer los planteamientos expuestos en el Anteproyecto, mediante la participación ciudadana, generando así un documento más robusto y eficiente, que busque brindar una cobertura óptima a las necesidades y sugerencias en beneficio de todo el sector.
Por otra parte, el Pleno emitió respuesta a sendas solicitudes de confirmación de criterio presentadas por dos concesionarios del servicio de televisión restringida, en el sentido que no es procedente confirmar que el servicio de televisión restringida por internet, denominado así por los solicitantes, constituye el servicio público de telecomunicaciones definido en las disposiciones regulatorias como servicio de televisión y/o audio restringido.
Como consecuencia no les resultan exigibles las disposiciones específicamente aplicables al servicio de televisión restringida, en materia de retransmisión, información, registro de tarifas entre otras.
Lo anterior por considerar que dichos servicios no se prestan a través de las redes públicas de telecomunicaciones de los concesionarios solicitantes, ya que los usuarios de servicios de aplicaciones y contenidos en internet, tienen acceso a estos por cualquier red pública de telecomunicaciones que brinde el servicio de acceso a internet.
En la misma sesión, el Pleno del Instituto resolvió aplicar la pérdida en beneficio de la Nación de los bienes y equipos utilizados para el uso del espectro radioeléctrico en la frecuencia 106.9 MHz en Tlacolula, y en la 90.9 MHz en Juchitán, Oaxaca, respectivamente, sin contar con concesión, permiso o autorización. En este último caso se aplicó también una pena económica.
También se resolvieron tres desacuerdos de interconexión, el primero de ellos entre Grupo Televisa con Telcel referente a las tarifas de interconexión fijas y móviles aplicables al año 2013; el segundo entre Grupo Televisa y Grupo Telefónica relativo a las tarifas de interconexión, también fijas y móviles, aplicables a 2015 y el tercero de ellos entre Telmex y Telnor con Marcatel, el cual versó sobre las tarifas de interconexión por originación, terminación y tránsito aplicables entre dichos concesionarios.
EL PLENO DEL IFT DETERMINA LAS CONDICIONES MEDIANTE LAS CUALES EL AGENTE ECONÓMICO PREPONDERANTE (AEP) EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES DEBERÁ PERMITIR LA DESAGREGACIÓN EFECTIVA DE SU RED LOCAL
· Emite la resolución en la que formaliza y resuelve las condiciones que debe cumplir la empresa en su carácter de AEP
· A partir de que sea notificado, el AEP cuenta con 60 días naturales para presentar a la aprobación del Instituto su Oferta de Referencia y será a partir de entonces cuando los concesionarios puedan hacer uso de los servicios de desagregación de la red
· También se resuelven seis desacuerdos de interconexión entre concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones
El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó por unanimidad, en sesión ordinaria el pasado 26 de junio, la resolución mediante la cual formaliza y resuelve en definitiva las condiciones bajo las cuales se realizará la desagregación efectiva de la red local del Agente Económico Preponderante (AEP).
La desagregación efectiva de la red local permitirá que otros concesionarios puedan prestar servicios de telecomunicaciones a través de la infraestructura del AEP. Las condiciones establecidas para este proceso permiten garantizar un acceso efectivo a la red local de la empresa preponderante en el sector de las telecomunicaciones, con el fin de eliminar barreras a la competencia y a la entrada al mercado.
La provisión de servicios de desagregación facilita la provisión de los servicios por parte de otros concesionarios bajo condiciones que en otras circunstancias no sería rentable, con la posibilidad de replicar los servicios que presta el AEP a sus usuarios finales y que de esta forma, tanto los operadores existentes como los posibles entrantes, puedan competir en condiciones más equitativas, con lo cual los usuarios pueden acceder a más y mejores servicios con precios competitivos.
Las condiciones contenidas en la Resolución son el resultado de un largo proceso de análisis en el cual se contó con la participación de la industria, principalmente a través del Comité Técnico de Desagregación Efectiva de la Red Local y de una consulta pública.
A partir de la notificación de esta resolución, el Agente Económico Preponderante en materia de telecomunicaciones cuenta con 60 días naturales para presentar a la aprobación del Instituto su Oferta de Referencia para que los Concesionarios puedan utilizar los servicios objeto de la Desagregación.
Cabe señalar que la desagregación es una herramienta regulatoria aceptada y utilizada a nivel internacional, por lo que con el fin de hacerse de mayores elementos el IFT realizó una revisión de importante experiencia internacional en la materia, como en el Reino Unido, España, Francia, Italia, Portugal y Brasil.
Por otro lado, el Pleno resolvió las condiciones de interconexión no convenidas entre concesionarios de servicios de telecomunicaciones, en las cuales se resuelven las tarifas correspondientes por terminación de tráfico en redes fijas y móviles. Se trata de seis desacuerdos que fueron sustanciados y resueltos de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
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El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) es el órgano autónomo encargado de regular, promover y supervisar el desarrollo eficiente en los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones en México, además de ejercer de forma exclusiva las facultades en materia de competencia económica en dichos sectores, de conformidad con el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6, 7, 27, 28, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2013.
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IFT y Conapred promoverán acciones para prevenir y eliminar la discriminación en la prestación de servicios de telecomunicaciones
- Ambas instancias firmaron un convenio marco de colaboración para promover acciones que eviten que los usuarios y las audiencias sean tratados con desigualdad
- Intercambiarán información sobre las quejas que se presenten por presuntos actos de discriminación de parte de las y los concesionarios y/o autorizados hacia sus clientes
Los presidentes del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), Gabriel Contreras y Ricardo Bucio Mújica, respectivamente, firmaron un convenio de colaboración con el objeto de desarrollar, promover y difundir acciones orientadas a prevenir y eliminar todas las formas de discriminación a las y los usuarios y las audiencias en la prestación de los servicios que ofrecen los concesionarios y/o autorizados.
El convenio establece que ambos organismos desarrollarán las siguientes actividades:
- Intercambiarán apoyo técnico para coadyuvar en la elaboración y promoción de acciones que permitan que las personas usuarias y las audiencias en situación de discriminación tengan acceso a los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, en igualdad de condiciones con las demás personas usuarias y audiencias
- Colaborarán en materia de promoción y difusión, en el marco de sus respectivas competencias, con el objeto de generar productos editoriales, audiovisuales e impresos para promover la igualdad de trato y no discriminación en beneficio de las personas usuarias y las audiencias
- Participarán en programas de capacitación dirigidos a las y los servidores públicos que integran ambos organismos para promover una cultura de la igualdad y no discriminación en su quehacer cotidiano
- Establecerán mecanismos de comunicación, coordinación y colaboración interinstitucional para intercambiar las quejas que se presenten sobre presuntos actos de discriminación cometidos por concesionarios y/o autorizados en la prestación de servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, a fin de que tanto el IFT como la Conapred actúen de conformidad con sus respectivas atribuciones
Ambos organismos podrán firmar los convenios específicos con los consecuentes programas de trabajo que se determinen, de conformidad con la naturaleza de cada uno de los temas sujetos a colaboración.
(Entrará en vigor conforme a lo establecido en el Artículo Primero Transitorio del mismo Acuerdo, que será publicado en los próximos días en el Diario Oficial de la Federación)
El Pleno del IFT aprueba nuevas medidas para que el proceso de portabilidad numérica sea aún más ágil y fácil para los usuarios
- Modifica las Reglas de Portabilidad para implantar mejoras que fortalecen este derecho de los usuarios de cambiarse de proveedor del servicio de telefonía conservando su mismo número
- También resuelve someter a consulta pública el Anteproyecto sobre los Lineamientos que fijan los índices y parámetros de calidad que deberán cumplirlos prestadores de los servicios móviles
- Aprueba y emite el Formato para que los concesionarios informen sobre su estructura accionaria
Con el fin de fortalecer el derecho que tienen los usuarios de servicios de telecomunicaciones de cambiar de empresa telefónica sin perder su número, proceso conocido como la portabilidad numérica, el Instituto Federal de Telecomunicaciones aprobó medidas para que este trámite sea más sencillo y ágil.
Dichos cambios son resultado del esfuerzo de mejora continua que realiza el Instituto en la función regulatoria desde la entrada en vigor de las Reglas de Portabilidad Numérica. En este sentido, se realizó una consulta pública del 6 de abril al 4 de mayo del presente año sobre la modificación a estas Reglas, en la cual se recibieron opiniones y comentarios de la industria. Asimismo, al amparo del Comité Técnico en materias de Portabilidad, Numeración y Señalización se realizaron diversas reuniones de trabajo con los Proveedores de Servicios de Telecomunicaciones, de las que este órgano regulador identificó diversas oportunidades para mejorar el proceso actual en beneficio de los usuarios.
De esta manera, en sesión extraordinaria celebrada el 12 de junio del presente año, el Pleno del Instituto resolvió las siguientes modificaciones a las Reglas de Portabilidad Numérica:
- Los usuarios que hagan uso de su derecho a la portabilidad numérica y que sean personas físicas ya no tendrán que presentar el Formato de solicitud de portación de números geográficos y las empresas receptoras no tendrán que enviar imágenes de documentos de identificación al Administrador de la Base de Datos. Con la eliminación de estos elementos el proceso será más eficiente y se promoverá el uso de medios electrónicos en la tramitación de solicitudes de portabilidad.
- Se amplía la gama de opciones de documentos de identificación válidos para hacer el trámite, se incluye la CURP. Así, el proveedor receptor podrá recabar, en cualquier momento, previo a la ejecución de la portabilidad, los documentos de identificación necesarios para la conclusión del trámite, con lo que se agiliza el proceso en beneficio de los usuarios.
- Se implementan herramientas y datos de información que permitirán que el usuario pueda dar puntual seguimiento al estado que guarda su trámite de portabilidad y, con ello, cuente con los elementos que le permitan exigir la portación de su número en un plazo no mayor a 24 horas a partir del momento de la presentación de la solicitud ante el nuevo Proveedor de servicios que eligió. Asimismo, se generará información que le permitirá al Instituto ejercer efectiva y eficazmente sus funciones de supervisión y vigilancia para el estricto cumplimiento de la normatividad aplicable.
- Se establecen y clarifican elementos de información en los mensajes de texto y audibles que se brindan a los usuarios, a efecto de evitar la ocurrencia de rechazos de portaciones.
- Se establecen mecanismos que aseguran la continuidad en la prestación de servicios de telefonía - principalmente móvil – por parte del proveedor receptor, delimitando responsabilidades tendientes a asegurar la disponibilidad de elementos físicos (tarjeta SIM) necesarios para la prestación del servicio respectivo.
Las nuevas medidas prevén etapas diferentes para su entrada en vigor, por lo que algunas serán efectivas a partir del día siguiente de la publicación de las Reglas en el Diario Oficial de la Federación, y aquellas que requieren del desarrollo o adecuación de procesos y/o sistemas, se establece un periodo de 90 días naturales para su debida aplicación.
De esta manera, el Instituto realiza acciones en beneficio de los usuarios y de los proveedores de los servicios de telefonía al reducirle a éstos últimos, costos administrativos en el proceso de portabilidad numérica, a fin de que los usuarios ejerzan efectivamente el derecho de la portabilidad numérica.
En la misma sesión, el Pleno del IFT acordó someter a consulta pública el Anteproyecto mediante el cual se establecen los Lineamientos que fijan los índices y parámetros de calidad a que deberán sujetarse los prestadores del servicio móvil. De esta forma, se propone abrogar el Plan Técnico Fundamental de Calidad del Servicio Local Móvil, publicado en el DOF el 30 de agosto de 2011 y, actualizar los indicadores vigentes tomando en cuenta la evolución tecnológica de las redes celulares, así como las mejores prácticas internacionales.
El Anteproyecto propone establecer las condiciones que permitan la oferta de un mejor servicio móvil promoviendo el derecho de los usuarios de que los servicios de telecomunicaciones les sean prestados con mejor calidad. También se busca eliminar las asimetrías de información, empoderando a los usuarios para que cuenten con los elementos que les permitan tomar decisiones informadas al seleccionar a su proveedor de servicio móvil.
Entre los principales puntos que contiene el Anteproyecto destacan:
- Actualizar los índices de calidad analizando los resultados históricos de los monitoreos de calidad llevados a cabo por el Instituto, la evolución tecnológica y las buenas prácticas internacionales.
- Establecer índices, o valores de cumplimiento, de calidad para el servicio de datos
- Realizar mediciones de calidad de los servicios de transferencia de datos en movimiento, para reflejar condiciones reales.
- Verificar el cumplimiento de los índices de calidad mediante ejercicios de medición en campo y, complementarlos con un análisis de la calidad de las redes móviles con información extraída directamente de las redes de los proveedores del servicio. Los resultados serán publicados en el portal de Internet del Instituto a efectos que el público en general tenga conocimiento, en un lenguaje amigable, de la calidad ofrecida por su proveedor del servicio móvil.
- Realizar mediciones que reflejen la calidad de la experiencia del usuario, cuyos resultados sean de carácter informativo. Este tipo de mediciones, incluyen, entre otras, aquéllas realizadas desde “apps” que pueden ser descargadas desde teléfonos inteligentes obteniendo información directamente de los usuarios, convirtiéndolos en supervisores de la calidad de su servicio móvil.
- Hacer públicas las velocidades de transferencia de datos mínimas (“desde”) ofrecidas para cada tecnología de acceso (2G, 3G y 4G) y no sólo las velocidades máximas (“hasta”) de transferencia de datos.
- La prohibición de publicitar como “banda ancha” servicios que no cumplan con los parámetros de banda ancha que establezca el Instituto.
- En caso de fallas que afecten a más de 500 usuarios por más de 30 minutos, establecer la obligación para el proveedor del servicio de entregar información acerca de los usuarios afectados para que el Instituto en colaboración con la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) inicie los procesos de bonificación correspondientes.
Por otro lado, el Pleno aprobó y emitió el Formato por el cual los concesionarios de servicios de telecomunicaciones y radiodifusión deben presentar, ante el Instituto, su estructura accionaria o de partes sociales, en cumplimento a lo previsto en artículo 112 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
De acuerdo con dicho artículo “el concesionario, cuando sea una persona moral, presentará al Instituto, a más tardar el treinta de junio de cada año, su estructura accionaria o de partes sociales de que se trate, con sus respectivos porcentajes de participación, acompañando además una relación de los accionistas que sean titulares del cinco por ciento o más del capital social de la empresa, así como el nombre de las personas físicas que participen directa o indirectamente con el diez por ciento o más del capital social de la empresa sus principales accionistas y sus respectivos porcentajes de participación, a la que acompañará la información en el formato que determine el Instituto".
Esta información sobre la estructura accionaria será inscrita por el IFT en el Registro Público de Concesiones, así como los cambios de control accionario, titularidad u operación de sociedades relacionadas con concesiones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, a fin de darle la publicidad correspondiente.
El Formato estará disponible en la página de Internet del Instituto www.ift.org.mx para que pueda ser descargado por los concesionarios, personas morales, en materia de telecomunicaciones y radiodifusión y puedan presentarlo en tiempo y forma.
México y Estados Unidos de América celebran reuniones bilaterales para tratar diversos temas relacionados con el uso del espectro en la frontera común
- Funcionarios de ambos países dan continuidad a los trabajos de coordinación para el uso del espectro en la frontera común
- México y Estados Unidos cooperan en temas de interés compartido en el marco de la preparación para la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 2015
Con el propósito de continuar estrechando los vínculos bilaterales entre México y Estados Unidos en el ámbito de las telecomunicaciones y la radiodifusión, funcionarios de ambos países se reunieron para tratar temas de interés compartido y desarrollar planes de acción para alcanzar sus objetivos comunes.
El día 8 de junio ambas delegaciones abordaron cuestiones referentes al uso del espectro radioeléctrico en la frontera entre ambos países por sistemas de radiocomunicaciones que operan en las bandas de frecuencia de 220-222 MHz, 406.1-420 MHz, 600 MHz, 698-806 MHz, 806-824/851-869 MHz, 896-901/935-940 MHz, 2500-2686 MHz, 3550-3650 MHz, y de 5.9 GHz, así como en las conocidas como PCS y AWS. Los avances alcanzados son ejemplo de la permanente coordinación binacional para encontrar soluciones a los retos que surgen en la operación de los servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión a lo largo de la frontera común.
Por otra parte, el 9 de junio los representantes de los dos países intercambiaron información con respecto a sus posturas sobre los distintos puntos del orden del día de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones 2015 de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, foro en el que se revisará y enmendará el Reglamento de Radiocomunicaciones, que es el tratado mediante el cual se rige la atribución internacional de espectro radioeléctrico.
Como resultado de este diálogo, se encontraron intereses coincidentes en la identificación de espectro para sistemas de Telecomunicaciones Móviles Internacionales (IMT, por sus siglas en inglés), servicios aeronáuticos, fijos por satélite, y acerca de aspectos regulatorios relativos al uso y aprovechamiento de bandas de frecuencia y posiciones orbitales asociadas.
Por México participaron funcionarios de la Secretaría de Relaciones Exteriores, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y el IFT; por Estados Unidos de América se contó con la participación de funcionarios del Departamento de Estado, la Administración Nacional de Telecomunicaciones e Información (NTIA, por sus siglas en inglés), la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC, por sus siglas en inglés) y la Administración Federal de Aviación (FAA, por sus siglas en inglés).
Estas actividades contribuyen al logro de los objetivos del Instituto, en particular el de regular y supervisar en forma eficaz y oportuna el uso y aprovechamiento del espectro radioeléctrico.