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XV Sesión Extraordinaria del Pleno IFT

Tema o Asunto a Tratar

Diversos temas en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Para mayores detalles de los temas abordados durante la sesión de pleno, consulte la sección de Sesiones del Pleno en: https://www.ift.org.mx/iftweb/pleno/

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VII Sesión Ordinaria del Pleno IFT

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Diversos temas en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
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VIII Sesión Ordinaria del Pleno IFT

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¿Sabías que…?

  • Según cifras de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, 15 % de la población mundial vive con una discapacidad, esto representa alrededor de 1 billón de personas en todo el mundo.

 

  • Según cifras del INEGI, en México hubo 5 millones, 739 mil 270 personas con algún tipo de discapacidad en el 2010, lo que representó el 5.1% de la población total.

 

  • Las tecnologías de la información y de la comunicación (teléfonos móviles, satélites o Internet) son herramientas que permiten ampliar el acceso a los servicios públicos esenciales y promueven la inclusión digital

 

  • La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad exige la accesibilidad de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en todos los estados que la forman, incluido México.

 

  • La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, tiene como objetivo establecer y salvaguardar los derechos de los usuarios y las audiencias con discapacidad, con el objeto de que exista una igualdad real de oportunidades.

 

  • El Instituto Federal de Telecomunicaciones es el órgano encargado de promover que los usuarios con discapacidad tengan acceso a los servicios de telecomunicaciones en igualdad de condiciones con el resto de la población. 

 

¡Conoce tus derechos!

Además de los derechos previstos en el artículo 191 de la Ley, como usuario con discapacidad tienes derecho a:

 

  • No ser discriminado en la contratación y suministro de los servicios de telecomunicaciones.

 

  • Recibir atención a través de personal capacitado.

 

  • Solicitar y recibir asesoría de los concesionarios sobre el uso de los servicios de telecomunicaciones.

 

  • Contar con equipos terminales que tengan funcionalidades, programas o aplicaciones que permitan el acceso a los servicios de telecomunicaciones.

 

  • Contar con un número telefónico para servicios de emergencia con mecanismos que permitan identificar y ubicar geográficamente la llamada o el mensaje de texto.

 

  • Que de acuerdo con los lineamientos que emita el Instituto, los concesionarios cuenten con centros de atención al público con las adaptaciones, modificaciones y mecanismos necesarios para  atenderte.

 

  • Conocer las condiciones comerciales establecidas en los contratos de adhesión de los concesionarios a través de medios electrónicos y formatos que tengan funcionalidades de accesibilidad, de acuerdo con los lineamientos que emita el Instituto.

 

El IFT y la accesibilidad

La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión facultó al Instituto Federal de Telecomunicaciones para la emisión e implementación de los lineamientos y mecanismos necesarios para que las personas con discapacidad mejoren sus condiciones de vida a través del uso de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión.

 

Desde que la Ley entró en vigor y a través de la Coordinación General de Política del Usuario, el Instituto trabaja en la integración de un modelo de lineamientos que contemplen, entre otros:

 

  • Los fundamentos para que los operadores adapten sus instalaciones o centros de atención al público. 

 

  • Las directrices para que los operadores cuenten con personal capacitado, promoviendo la accesibilidad a las personas con discapacidad.

 

  • La promoción de funcionalidades, programas o aplicaciones en los equipos terminales que favorezcan la accesibilidad a los servicios de telecomunicaciones. 

 

  • Incorporar mecanismos que garanticen la accesibilidad en las páginas de Internet, o números telefónicos de los operadores para dar atención al usuario.

 

Preguntas frecuentes


1. ¿Qué es el IFT?

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) es un órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, esto significa que es independiente en sus decisiones y funcionamiento. 

2. ¿Cómo se conforma el IFT?

El IFT está conformado por el Pleno, el cual está formado por siete comisionados con voz y voto, una Secretaria Técnica, una Autoridad Investigadora y un Centro de Estudios. El Instituto también está integrado por una Coordinación Ejecutiva, siete Unidades y seis Coordinaciones Generales. Para más información al respecto puedes dar clic aquí.

3. ¿Cuál es la función del IFT? 

Promover el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones en el país, llevando a cabo tareas de competencia, regulación, promoción y supervisión de la explotación del espectro radioeléctrico, las redes, y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.

4. ¿Qué es la regulación? 

Es la manera en la que se crean y controlan los mercados mediante leyes, lineamientos o recursos emitidos por los organismos (como el IFT) que están facultados constitucionalmente para ejercer estas acciones. El objetivo de la regulación es promover elementos que incentiven el desempeño de las empresas y coadyuvar en el desarrollo de los sectores estratégicos en la economía mexicana.

5. ¿Qué es la competencia económica? 

Es un elemento de la disciplina económica que ayuda a equilibrar los mercados, con  el propósito de generar mayor oferta, competencia, mejores productos y servicios a precios accesibles a los usuarios.

6. ¿Las resoluciones del IFT se pueden suspender?

No, es importante señalar que si bien pueden ser recurridas a través del juicio de amparo indirecto, no pueden ser suspendidos sus efectos.

7. ¿Cómo beneficia el IFT a los usuarios?

El Instituto cuenta dentro de su estructura con la Coordinación General de Política del Usuario, que aborda de manera específica, los derechos de los usuarios de acuerdo a las facultades que le confirió la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Algunas acciones que debe emprender el Instituto es: hacer del conocimiento de la PROFECO cuando las empresas que ofrecen servicios de telecomunicaciones incurran en violaciones sistemáticas o recurrentes a los derechos de los usuarios o consumidores previstos en la Ley; diseñar mecanismos de información a los usuarios para que tomen decisiones informadas sobre la contratación de servicios de telecomunicaciones; diseñar políticas, lineamientos y mecanismos orientados a proteger los derechos de los usuarios, así como fomentar la inclusión digital y a las telecomunicaciones de las personas con discapacidad.

8. ¿Cómo beneficia el IFT a las personas con discapacidad?  

Por medio de la emisión de lineamientos obligatorios para los operadores que prestan servicios de telecomunicaciones, que permitan que las personas con discapacidad puedan: solicitar y recibir asesoría de los concesionarios sobre el uso de los servicios de telecomunicaciones; contratar y conocer las condiciones comerciales establecidas en los contratos de adhesión de los concesionarios, a través de medios electrónicos y mediante formatos que tengan funcionalidades de accesibilidad, entre otros.

9. ¿Qué diferencia existe entre la Profeco y el IFT?

La PROFECO verificará que los usuarios y consumidores puedan celebrar y cancelar los contratos de adhesión mediante mecanismos expeditos, incluidos los medios electrónicos, así como que en los contratos de adhesión se establezcan penas razonables en caso de cancelación anticipada del contrato por parte del consumidor, entre otros. En tanto, al Instituto le corresponde regular, monitorear y vigilar la calidad de los servicios públicos de telecomunicaciones con los indicadores, parámetros y procedimientos que se hayan emitido.

10. ¿El IFT tiene facultad para imponer sanciones a las empresas que incumplan sus obligaciones?

Sí, puede sancionar a través de un procedimiento administrativo a las empresas de telecomunicaciones o radiodifusión que incumplan los mandatos establecidos en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, con sus obligaciones establecidas en sus títulos de habilitantes o en disposiciones reglamentarias o administrativas.

11. ¿Cuáles son los rangos de multas que impone el IFT? 

Los rangos de multa varían de acuerdo al tipo de incumplimiento de las empresas de telecomunicaciones y radiodifusión. El más bajo es de 0.01% hasta 6% de los ingresos del concesionario o autorizado; y de 6.01% hasta 10% de los ingresos de la persona física infractora.


 

#SoyUsuario

La Coordinación General de Política del Usuario te proporciona
la información que necesitas para hacer valer tus derechos.
Cualquier duda o aclaración ¡llámanos! al 01800 2000 120.

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