Entrevista a Gabriel Contreras, Comisionado Presidente del IFT, en En Firme con David Páramo sobre resolución SCJN en tarifas de interconexión
David Páramo (DP), conductor: Hoy el pleno de la Suprema... no es cierto. Hoy, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación decidió, tomó un fallo en torno a un juicio de amparo presentado por Radio Móvil DIPSA -es decir, Telcel- sobre quién tenía la responsabilidad o no de fijar la tarifa de interconexión de llamadas móviles. No sobre la larga distancia nacional, no sobre Teléfonos de México, sobre el artículo 131 en su inciso A, artículo 131 Inciso A de la Ley Federal de Telecomunicaciones y la duda con la Constitución.
Desde finales de junio en éste y en todos los espacios que tengo en Grupo Imagen, le dije que lo más probable, después de leer la Constitución y la ley... de saber que la Constitución siempre está por encima de la Ley, desde ese momento le dije que el fallo iba a venir a favor de Radio Móvil DIPSA, es decir, iba a señalar que sería el Instituto Federal de las Telecomunicaciones el encargado de determinar cuál es la tarifa de interconexión en las llamadas móviles.
Le he explicado en este espacio que, si bien no se puede saber con exactitud, estaríamos hablando de un tema de 30 mil millones de pesos, que algunos mentirosos, que algunos exagerados han llevado al punto de señalar que es como una revolución, lo comparan con Venezuela, otros más que determinará la marcha de la economía y la política en el país. No, no es cierto.
O sí, sí es cierto. Dejémoslo desde el otro punto de vista: si la Suprema Corte de Justicia de la Nación toma una decisión que sólo tiene que ver con quién tiene la facultad, no si es buena o mala la tarifa de interconexión, no si la tarifa cero que se aplica actualmente es benéfica o no. Eso no lo resolvió la Corte y no tiene por qué resolverlo.
La Corte tiene que resolver sobre temas de legalidad, de constitucionalidad. Es decir, no tiene por qué meterse en asuntos que no le corresponden, como la pertinencia o no, desde el punto de vista económico, de una u otra medida.
Para hablar sobre este tema, me da muchísimo gusto saludar a mi amigo, que antes de ser presidente del Instituto Federal de las Telecomunicaciones y cuando deje de hacerlo seguirá siendo mi amigo, Gabriel Contreras, hoy presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones.
Gabriel, buenas noches.
Gabriel Contreras (GC), presidente del IFT: David, muy buenas noches. Me da mucho gusto saludarte y estar también con mi amigo David y son su auditorio.
DP: Gabriel, ayúdame a explicarle al auditorio de qué estamos hablando. Porque el asunto se salió de cauce y hay una gran cantidad de interpretaciones. ¿Qué es lo que sí resolvió hoy la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su Segunda Sala y qué es lo que no resolvió? O sea, ¿qué es lo que no tenía que resolver? Porque, como decía hace un momento, lo mismo se habló de lada, la larga distancia nacional y hasta compararlo con el golpe de Estado de Venezuela. ¿Qué se resolvió?
Digo, había columnas que decían que era como el golpe de Estado de Venezuela. No entiendo la... o que iba a determinar el futuro político y económico en México, que yo insisto, si el futuro económico y político de México está determinado porque la Corte haga el trabajo que le toca hacer, debemos estar muy contentos.
GC: Yo, yo no puedo más que coincidir, David.
Mira, lo que la Corte resolvió el día de hoy básicamente es un asunto de competencia. ¿Quién es la autoridad que, de acuerdo con nuestro sistema constitucional, es la que está facultada para imponer regulación asimétrica al agente económico preponderante? Nada más. Eso fue exactamente lo que resolvió.
Y lo que concluyó la Corte, por una decisión unánime de la Segunda Sala, es que es el Instituto Federal de Telecomunicaciones el que tiene la facultad constitucional de emitir regulación asimétrica al agente económico preponderante.
Esto es relevante porque lo que estaba en litigio para muchos era si la obligación que estaba prevista en la ley, de que el agente económico preponderante pudiera no cobrar por la terminación de las llamadas en su red, era constitucional o no.
Al resolver la Corte que la única autoridad para imponer regulación asimétrica es el Instituto, esto lo hace básicamente por dos razones: porque tenemos un nuevo diseño institucional que deposita en una autoridad especializada, en una instancia técnica, con todos los elementos para emitir esta regulación, pero, además, porque la Constitución le confiere expresamente esta obligación, esta facultad de emitir esta regulación.
En suma, lo único que resolvió la Corte es: es el IFT -y ninguna otra autoridad- la que tiene la facultad de emitir regulación asimétrica.
Ha habido, ciertamente, como señalas, mucha información en los medios y mucha especulación. Se ha dicho si esto tiraría o no obligaciones, por ejemplo, del no cobro de larga distancia, etcétera, pues es absolutamente falso, esto no tiene nada que ver con eso, tiene que ver exclusivamente con la imposición de regulación asimétrica al agente económico preponderante que, por lo demás, déjame decirte algo: el Instituto ya había impuesto una tarifa asimétrica de interconexión al agente económico preponderante.
Recordarás que cuando se publica la reforma constitucional, se le dio al IFT un plazo de 180 días para determinar quiénes eran los agentes económicos preponderantes y al mismo tiempo imponerles regulación. Eso lo hizo el Instituto. El 6 de marzo de 2014 determinó quiénes eran los preponderantes y les impuso regulación asimétrica. Y específicamente a Telmex y a Telcel les impuso una tarifa de interconexión asimétrica.
Lo que sucedió es que unos meses después la ley recoge buena parte de las medidas que había impuesto el Instituto e incorpora otras, como esta obligación de no cobrar cuando la llamada termina en la red del agente económico preponderante. Y eso es precisamente lo que hoy la Corte está resolviendo pues que no se apegó a la Constitución, pues porque la autoridad facultada para hacerlo era el Instituto.
Ha habido mucha información alrededor de esto y claramente suele suceder cuando están partes en litigio, en controversia, pues todo mundo legítimamente pretende hacer valer su posición para que los juzgadores le den la razón, pero el asunto no es más que eso: quién es la autoridad competente para emitir esta regulación.
Déjame subrayar algo que me parece muy importante.
DP: Okay.
GC: La Corte reconoce las facultades del Congreso de la Unión para legislar, eso nunca ha estado en duda, pero a la hora de imponer regulación asimétrica al preponderante, esa facultad es exclusiva del Instituto Federal de Telecomunicaciones.
DP: En este sentido hay quienes dicen que la resolución termina... más allá de las locuras estas de que es Venezuela, o etcétera, etcétera, hay quienes dicen que terminan con la seguridad jurídica en el sector en el sector de las telecomunicaciones. ¿Cómo se ve desde el IFT?
GC: Nos apartamos, por supuesto, de cualquier especulación en ese sentido. La reforma en materia de telecomunicaciones, David, es una reforma muy ambiciosa, es una reforma llamada estructural, precisamente, porque cambia los cimientos de un ecosistema que todos conocemos. Veníamos de tener poca oferta de servicios, altos precios, calidades lejos de las deseables.
La reforma es mucho más que una tarifa de interconexión. Se reformó la Constitución, se creó un nuevo ecosistema, se creó un regulador autónomo, se crearon tribunales especializados, se crearon figuras que no existían antes en el marco jurídico.
Todo eso implica muchos actos -complejos muchos de ellos- de parte de muchas autoridades. La reforma, no puede tender del hilo de una fracción de un artículo de una ley. Está claramente eso, pues, un poco exagerado a mí entender. No quiero minimizar la importancia de las tarifas, no quiero minimizar la importancia en ninguna regulación, pero claramente la reforma es mucho, mucho más que la tarifa de interconexión.
DP: Digo, estamos hablando de nada más el inciso A, del artículo 131, que era el impugnando por el agente económico preponderante. Nada más de eso, no toda la ley. O sea, porque la discusión se llegó a creer que era toda la Ley de Federal de Telecomunicaciones y toda la reforma constitucional. Es un inciso de un artículo.
GC: Exactamente eso, David. Te decía que cuando hay partes que pueden verse perjudicadas por una resolución de esa naturaleza, pues claramente pretenden hacer valer esos argumentos de todas las formas posibles, están en su legítimo derecho, pero lo que estamos viendo en este momento únicamente es la inconstitucionalidad de una fracción de un artículo.
Pero, más importante aún: reconociendo lo que dice expresamente la Constitución: tenemos un nuevo órgano, ese órgano es autónomo, como sabes, para integrarlo hay un proceso complicado para la elección de los comisionados, es un órgano que privilegia las decisiones técnicas con un mandato constitucional muy claro y es ése al que la Constitución le dio expresamente la facultad de imponer regulación asimétrica.
DP: Ahora bien, yo creo que la parte más relevante es hacia los consumidores. A mí no me importa... lo he dicho en este espacio, lo he escrito en mis columnas -como espero que hayas leído- que mí no me importa mucho si a la empresa A le va bien o la empresa B le va mal. Eso es totalmente irrelevante. ¿Cuál es el efecto neto para los consumidores de telefonía móvil?
GC: Lo primero que tenemos que entender todos es que la tarifa de interconexión se paga entre los operadores, luego entonces, es un costo, es un costo en tu producción. Si tiene tarifas altas, pues obviamente esos precios, esas tarifas tendrán un impacto en los precios que ofreces a los usuarios finales. Si tienes tarifas bajas, pues tus costos de producción son menores y eso también tendrá un impacto en las tarifas que ofreces a los usuarios finales.
De lo que estamos hablando aquí es de la asimetría. Tenemos que asegurarnos de que las tarifas de interconexión que se pagan entre los operadores no sean algo que les impida competir o algo que implique que uno de los agentes, el más grande, pueda obstaculizar que los demás operadores le compitan.
Debo decirte que -es mi impresión y te lo digo a título personal- la importancia de la tarifa de interconexión se ha ido relativizando por varias razones. La tarifa ha venido siendo más baja con el paso de los años, esto siguiendo las mejores tendencias internacionales. Pero, además, esta tarifa, está tan polemizada tarifa sólo aplica al tráfico de voz y al tráfico de SMS, los mensajes.
Lo que estamos viendo es que el mercado se está transformando y hoy tenemos mucho mayor tráfico de datos. En estos no aplica la tarifa de interconexión hoy controvertida. Hoy vemos que incluso, en promedio, los ingresos de los operadores de telecomunicaciones son mayores por los servicios que ofrecen datos, que por los que ofrecen de voz y esto te ilustra cómo se ha ido perdiendo importancia.
Ahora, sí es muy importante asegurarnos -y nos hacemos cargo de nuestra atribución- de lo que resuelva respecto de la asimetría entre el preponderante y los que le compiten, pues sí implique que no exista una posibilidad de desplazar a través de tarifas a los demás competidores en el mercado.
En suma, difícil prever que exista un impacto en las tarifas a los usuarios, porque lo que hoy tenemos es producto, insisto, de muchas, muchas otras cosas: nuevos servicios, más servicios, una competencia mucho más agresiva que no veíamos antes y todo esto claramente ha beneficiado a los usuarios.
DP: Digo, porque, además, hacer una matemática directa es equivocarnos. Corrígeme si me equivoco: la tarifa de interconexión más alta en América Latina es Costa Rica y Costa Rica tiene los servicios más baratos de América Latina, proporcionalmente, ¿no?
GC: No tengo el dato cerca, David, pero es una cuestión que vale la pena señalar: la tarifa de interconexión también es un instrumento de política pública. Esto incluso ya lo ha reconocido la Suprema Corte -a propósito de estos juicios que se dieron durante muchos años en este sector.
Y la tarifa de interconexión también es una herramienta que le permite a las autoridades modular un poco este intercambio que se da trafico claramente alineados a decisiones de política pública.
DP: Porque, además... Perdón. Te interrumpí.
GC: Te decía: lo que vemos en el resto del mundo es una constante a la baja de las tarifas de interconexión.
Déjame ponerte un ejemplo: en algún momento incluso había una decisión de política pública de que la tarifa de interconexión sea algo que permitía el desarrollo de las redes móviles, lo que temíamos antes era redes fijas, entonces, a lo mejor a través de una tarifa podíamos ayudar -si me permites la expresión- al desarrollo de una tecnología móvil.
Bueno, eso, lo que se está viviendo en el mundo es que claramente poco a poco la tarifa de interconexión va yendo a la baja. No es ya algo que sea representativo en la estructura de costos de los operadores, pero sí debemos cuidar mucho que no sea una herramienta que pueda ser utilizada o abusada para desplazar a los competidores.
DP: Claro, porque si poner de 0.001, -estoy inventando- es inaceptable o cero nada es maniqueo.
Te llevo a otro tema, si te parece bien, mí estimado, Gabriel.
GC: Con mucho gusto, David.
DP: Les han salido verdaderamente bien las licitaciones de espectro. Ya hemos platicado en otras ocasiones de lo que han hecho y están entrando a la fase final, yo diría los dos minutos de la licitación de lo que se llama televisión abierta, lo que se conoce como señales teledifundidas. Platícame y platícale un poco al auditorio de cómo está este proceso.
GC: Con mucho gusto, David.
Me parece importante recordar que la Constitución nos ordenó a licitar dos cadenas nacionales. El resultado es por todos conocido: hoy tenemos a una mueva cadena nacional que es Imagen TV.
DP: Que ya estamos superando el 10 por ciento de participación del mercado con ratings superiores, en el noticiero de la noche, superiores al 5 por ciento de la audiencia.
GC: Y esto es producto de la reforma, David. Además, nos da mucho ver que tenemos más competencia, porque los que ganan son los usuarios, son las audiencias: tienen más ofertas en la tele, en la radio, en los servicios y son ellos los que deciden qué consumir, qué ver y precisamente los que con su favor hacen que las televisoras vayan generando puntos de rating.
Recordarás que una segunda cadena nacional se nos quedó desierta. Sí había tenido una postura, pero finalmente, no se pagó, se ejecutó la garantía de seriedad. Y lo que resolvió el Instituto fue -atendiendo, incluso, a una consulta pública- ponderar la exposición del mercado las frecuencias en lo individual.
Lo que hicimos fue poner las mismas frecuencias que tiene la cadena nacional, más 25 frecuencias más en plazas muy importantes y que fuera el mercado el que resolviera si había apetito para integrar dos o tres frecuencias o una nacional o dos locales, etcétera.
Y con base en eso, pues el mercado como -dicen los que saben- habló y habló con apetito para 32 frecuencias.
Al día de hoy, con base en este procedimiento que, además, se ha llevado en forma transparente a través de internet, como las subastas alternas que se hacen para bienes y servicios y con un fedatario presente en este proceso y un testigo público se han asignado con las posturas más altas ya 31 frecuencias y se encuentra todavía en proceso de puja -por eso que concluyó hoy a las seis de la tarde y servicio mañana a las 10:00 de la mañana- sólo una última frecuencia en Puerto Vallarta.
Lo que tenemos es que, al día de hoy, asignándose estas frecuencias tendremos al menos 32 nuevos canales de televisión en el país, que implicará llegar a una oferta televisiva más a cerca de la mitad de la población, a 50 millones de personas.
Y eso es pues lo que fue producto de un proceso en competencia que favorece la máxima concurrencia y que tengamos -insisto- una asignación eficiente del espectro radioeléctrico en beneficio de las audiencias.
DP: ¿Quiénes fueron los que se quedaron con más estaciones? ¿Qué grupos son?
GC: Mira, tenemos muchos casos en los cuales, los que se presentaron no enfrentaron una competencia en el proceso de puja. Llegaron se registraron, los dejamos estar con este ticket que les permitía... acuérdate que hay un análisis muy importante en materia de competencia económica, y ya que se encuentran ahí a la primera ronda se dieron cuenta que estaban solos y se le asignó a valor mínimo de referencia.
Pero tenemos otros casos en los cuales se llevaron varios. Tenemos, por ejemplo, el caso de Telsusa Televisión México S.A. de C.V., que lleva asignadas 12 frecuencias; tenemos también a Televisión Digital y Multimedios, que son parte del mismo grupo de interés económico que lleva asignadas seis frecuencias. En los demás casos, básicamente hablamos de asignaciones individuales.
Entonces, en suma, tenemos -como te decía-, tendremos 32 -con lo que, pretendemos, concluya el proceso en Puerto Vallarta-, 32 frecuencias en 29 zonas de cobertura que han sido asignadas a 14 participantes.
DP: A muchos les llama la atención que se le haya asignado o que haya ganado la licitación de una de las frecuencias del Valle de México a Grupo Radio Centro, quien fue quien no pagó por la cuarta cadena. ¿Por qué puede suceder esto?
GC: De hecho, más que el grupo, fue Francisco de Jesús Aguirre Gómez en lo personal. Como sabes, hemos desarrollado este proceso y todos los demás con absoluta transparencia y hemos ido reportando cada etapa que va pasando en esta licitación.
Y fue Francisco de Jesús Aguirre Gómez, el que se llevó una frecuencia UHF aquí en la zona metropolitana. El otro que se llevó la frecuencia fue televisión Digital S.A. de C.V.
No existe impedimento -ya contestando tu pregunta- para que participara Francisco Aguirre. Es cierto, que en un proceso licitatorio previo no cumplió con la oferta puesta, la consecuencia se encontraba prevista, fue la ejecución de la garantía de seriedad, eso ya ocurrió, pero eso no impedía poder venir otra vez a participar en este proceso como, efectivamente, él lo hizo.
DP: Gabriel Contreras, te agradezco muchísimo que me hayas tomado la llamada. Te mando un abrazo.
GC: Es un gusto, David. Un abrazo también para ti, y un gusto estar siempre contigo y con tu auditorio.
DP: Que te vaya muy bien.
GC: Hasta luego, David.