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Ciudad de México, a 1 de julio de 2021

 

  

 

EL IFT PRESENTA REPORTE SOBRE LAS EXPECTATIVAS EN EL MERCADO
DE LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES EN MÉXICO 2021

 

  • Este reporte aporta importante información para la evaluación constante del futuro de las telecomunicaciones en México en el contexto de la economía digital y, sobre todo, para conocer los efectos provocados por la actual contingencia sanitaria por la COVID-19.
  • La percepción de la mayoría de los encuestados es optimista respecto al comportamiento de los precios de los servicios de telecomunicaciones, ya que la media del universo de encuestados considera que no aumentarán en lo que resta del año.
  • El 97% de los participantes en la encuesta confirman que la intensidad en el uso de los servicios de telecomunicaciones aumentará este año, mientras que 75% de los encuestados espera que la capacidad de utilizar los servicios de telecomunicaciones también mejorará.
  • La mayoría de los encuestados esperan que los accesos de banda ancha fija y móvil crezcan ligeramente (entre 1 y 4.99%), mientras que el número de líneas del servicio fijo de telefonía experimentará una disminución en el mismo rango.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones presenta los resultados de la Primera Encuesta sobre las Expectativas de los Mercados de Telecomunicaciones, que proporciona información valiosa sobre la demanda esperada de dichos servicios, sus precios y el nivel de inversión, así como la identificación de factores o retos que difícilmente se podrían identificar a partir de la información cuantitativa disponible.

La encuesta permite identificar elementos relevantes para el análisis de lo que es deseable y lo que se espera enfrentar en el futuro cercano en la provisión y consumo de los servicios de telecomunicaciones. En este sentido, el reporte se estructura en 3 secciones donde se presenta la visión general del sector, las expectativas sobre los mercados y el impacto del COVID-19 en el sector de las telecomunicaciones.

Visión general del sector de Telecomunicaciones en México 2021

En esta sección se presentan las expectativas de los encuestados sobre su visión general respecto a la priorización de los principales temas relevantes para el sector de Telecomunicaciones en México.

En cuanto a las prioridades, los encuestados identifican la Cobertura fija y móvil de Internet como el tema más prioritario, mientras que el principal reto identificado por las empresas y expertos se refiere a los ingresos derivados de estos servicios. Asimismo, los encuestados coinciden en que la principal estrategia comercial consiste en la adopción de nuevos servicios que incorporen valor agregado a las ofertas comerciales de los operadores.

 

Sobre las expectativas del desarrollo del sector de Telecomunicaciones en 2021, el 97% de los participantes en la encuesta confirman como una de sus expectativas que la intensidad en el uso de los servicios de telecomunicaciones aumentará este año, mientras que 75% espera que la capacidad de utilizar los servicios de telecomunicaciones también mejorará (habilidades de los usuarios).

Por otra parte, se les preguntó a los encuestados sobre la importancia de algunas innovaciones tecnológicas para el desarrollo del ecosistema digital en nuestro país, y la mayoría nuevamente coincide en que un tema de cobertura, en este caso, cobertura LTE, será importante; al igual que las redes 5G, el cómputo en la nube y la virtualización.

Expectativas sobre los mercados de Telecomunicaciones en México 2021

Este apartado se enfoca en las expectativas que tienen tanto las empresas y los expertos en el sector de Telecomunicaciones respecto al comportamiento de diversas variables fundamentales del mercado al cierre del año.

 

Banda ancha fija

Servicio fijo de telefonía

Servicio de televisión restringida

Banda ancha móvil

Servicio móvil de telefonía

Número de líneas o accesos

83% de los encuestados considera que el número de accesos de banda ancha fija crecerá; con un 33% prediciendo un crecimiento de al menos 5%.

69% estima que el número de líneas del servicio fijo de telefonía podría verse reducido.

47% de los encuestados prevé que el número de accesos de televisión restringida se mantendrá en el año.

71% de los encuestados esperan que los accesos de banda ancha móvil crezcan, mientras que el 58% espera lo mismo de los suscriptores de telefonía móvil, destacando una cuarta parte que considera un crecimiento de al menos 5% para este rubro.

Precio de los servicios

Los precios de banda ancha fija, servicio fijo de telefonía, banda ancha móvil y el servicio móvil de telefonía no presentarán cambios significativos durante el presente año.

 

 

Servicios Fijos

Servicios Móviles

Ingresos

El 47% de los encuestados considera que los ingresos de los servicios fijos en México crecerán, donde el 36% considera que será entre 1 y 5%.

El 72% de los participantes comparte el optimismo respecto a los ingresos derivados de los servicios móviles, con un 17% esperando un aumento mayor al 5%.

Inversión

En cuanto a la inversión de los servicios fijos, la opinión es dividida sobre lo que ocurrirá con esta variable.

El 64% de los encuestados considera que los servicios móviles incrementarán su inversión durante el año, principalmente entre el rango de 3 y 10%.

 

Respecto a la entrada de servicios Over the Top (OTT) en el mercado, la percepción de 80% de los expertos y dl 65% de las empresas de telecomunicaciones y servicios digitales que participaron en la encuesta, es positiva en torno a su presencia en el sector, debido a la oportunidad de que este tipo de servicios sean empaquetados por los mismos operadores de telecomunicaciones, resultando en estrategias comerciales como el empaquetamiento esbelto, las cuales son también consideradas positivas por el 73% de las empresas de telecomunicaciones y de servicios digitales.

Expectativas sobre el impacto de la pandemia de COVID-19 en el sector de Telecomunicaciones

Ante la situación actual de contingencia sanitaria y la necesidad de conectividad, los participantes consideran que los retos se centran en el despliegue y compartición de infraestructura, las inversiones, los nuevos servicios, el proceso de competencia y libre concurrencia dentro del sector, la cobertura de las redes y su resiliencia ante un escenario donde se hace intensivo el uso de los servicios de telecomunicaciones.

Si bien algunos de los temas recabados por la encuesta sobre los retos de corto plazo no son nuevos, se reconoce que ante un escenario donde se hace intensivo el uso de los servicios de telecomunicaciones, la contingencia sanitaria ha exacerbado la necesidad de conectividad, haciendo más críticos que antes estos temas en el contexto del ecosistema digital.

Tomando en cuenta el citado contexto actual de pandemia COVID-19, se consultó a los expertos y operadores de telecomunicaciones sobre otros aspectos interesantes como las estrategias comerciales, los elementos para preparar la infraestructura ante posibles futuras contingencias y las principales áreas de oportunidad esperadas en 2021; en orden de importancia, el resultado fue el siguiente:

En este sentido, las medidas de distanciamiento social permitieron confirmar la importancia de la infraestructura de telecomunicaciones en México. En este contexto y en opinión de los encuestados, la principal estrategia comercial se centra en fortalecer los canales digitales de atención a clientes, mientras que la adopción de nuevas tecnologías se identifica como el principal elemento para mejorar la infraestructura actual.

Para conocer a detalle este estudio y sus otros resultados, como la expectativa sobre la digitalización de la sociedad derivada por la pandemia de COVID-19; las variables de negocio que se espera sean más afectadas por la situación actual; y las áreas de oportunidad desde el punto de vista regulatorio y de negocios en el sector de telecomunicaciones en el contexto digital, se puede consultar el portal: https://www.ift.org.mx/estadisticas/expectativas-de-los-servicios-de-telecomunicaciones

Ciudad de México, a 29 de junio de 2021

 

 

EL PLENO DEL IFT APROBÓ LOS LINEAMIENTOS SOBRE NEUTRALIDAD DE LA RED

 

 

  • El documento contempla los criterios bajo los cuales los concesionarios y autorizados que presten el servicio de acceso a internet podrán implementar políticas de gestión de tráfico y administración de red, así como de los servicios que podrán poner a disposición de los usuarios finales.
  • Los lineamientos protegen la libre elección de los usuarios para acceder a los contenidos, aplicaciones y servicios disponibles en internet; un trato no discriminatorio entre usuarios finales, proveedores de aplicaciones, contenidos y servicios, tipos de tráficos similares; y la privacidad de los usuarios finales y la inviolabilidad de sus comunicaciones privadas.
  • Asimismo, con el objetivo de contribuir al cierre de la brecha digital, se permitirá que los proveedores del servicio de acceso a internet puedan dar acceso gratuito a los usuarios, aun cuando estos no tengan saldo o datos disponibles, a ciertos contenidos, aplicaciones o servicios de entes públicos o entidades del sistema financiero.
  • También se establece que el Instituto emitirá un informe anual sobre la implementación de los Lineamientos y se prevé que, en cualquier momento, se pueda ordenar la suspensión de alguna política o de servicios puestos a disposición de los usuarios finales que contravengan lo dispuesto en los Lineamientos o afecten negativamente el desarrollo de la competencia y libre concurrencia.

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó, por unanimidad, en su XI Sesión Extraordinaria del 28 de junio, los “Lineamientos para la gestión de tráfico y administración de red a que deberán sujetarse los concesionarios y autorizados que presten el servicio de acceso a internet”.

El artículo 145 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTyR) faculta al Instituto para emitir los lineamientos de carácter general sobre la neutralidad de la red, a efecto de que los concesionarios y autorizados que presten el servicio de acceso a internet se sujeten a los principios de libre elección, no discriminación, privacidad, transparencia e información, gestión de tráfico, calidad y fomenten el crecimiento sostenido de la infraestructura de telecomunicaciones.

En este sentido, del 18 de diciembre de 2019 al 15 de julio de 2020, el Instituto realizó un proceso de consulta pública con el objetivo de allegarse de comentarios y sugerencias para contar con elementos que permitieran enriquecer el Anteproyecto de lineamientos. En dicho ejercicio consultivo, se tuvo una participación histórica de la sociedad civil, la academia, la industria, organismos internacionales y diferentes interesados.

Asimismo, el Anteproyecto de lineamientos se nutrió de las experiencias compartidas por los participantes en el Foro Virtual “Neutralidad de la Red en México. Análisis y debate”, que durante junio y julio de 2020 realizó el IFT con el propósito de abrir un espacio de diálogo para conocer las dudas y diferentes posturas sobre el tema.

Los Lineamientos aprobados ayer por el Pleno garantizan la libre elección, la privacidad de los usuarios, la inviolabilidad de sus comunicaciones privadas, la no discriminación de tráfico en internet, así como la calidad, capacidad y velocidad del servicio contratado por el usuario, al tiempo que contribuyen al cierre de la brecha digital, promueven el crecimiento del ecosistema digital e incentivan el despliegue de infraestructura; además, contemplan elementos de transparencia y seguimiento con el objetivo de mantener sus políticas actualizadas ante la vertiginosa evolución de las redes.

Entre otros elementos, los Lineamientos expedidos por el Pleno del Instituto consideran los siguientes puntos:

1. Gestión de tráfico y administración de red

Dado que la capacidad de las redes de telecomunicaciones es finita, se requiere de gestión de tráfico y administración de red para garantizar un eficiente desempeño de las redes y con ello la prestación de los servicios. Por lo tanto, los proveedores del servicio de internet (PSI) podrán implementar políticas de gestión de tráfico y administración de red, por cuestiones técnicas, es decir, para asegurar la calidad, capacidad y velocidad del servicio de acceso a internet contratado por el usuario final, así como para preservar la integridad y seguridad de la red. Para ello, los proveedores deberán asegurar:

  • La libre elección de los usuarios para acceder a los contenidos, aplicaciones y servicios disponibles en internet, evitando con ello una fragmentación del Internet (acceso a solo ciertos contenidos, aplicaciones o servicios), por lo que los proveedores no podrán limitar, degradar, restringir, discriminar, obstruir, interferir, filtrar o bloquear el acceso a contenidos, aplicaciones o servicios a los usuarios finales, salvo en situaciones indispensables (por ejemplo, cuando existan riesgos para la red, los usuarios o sus comunicaciones, entre otros) y esto sólo podrá hacerse de manera temporal.
  • Un trato no discriminatorio entre usuarios finales, proveedores de aplicaciones, contenidos y servicios, tipos de tráficos similares, así como entre el tráfico propio y el de terceros que curse por la red de telecomunicaciones, con independencia del origen o destino de la comunicación. Por lo tanto, no podrán priorizar o dar “carriles rápidos” a contenidos, aplicaciones y/o servicios específicos.
  • La privacidad de los usuarios finales y la inviolabilidad de sus comunicaciones privadas, por lo que de ninguna manera podrán inspeccionar, monitorear o alterar el contenido específico del tráfico que transita por su red ni hacerse de información de los usuarios finales que no sea necesaria para proveerles el servicio.
  • Garantizar que el usuario pueda elegir libremente el equipo terminal a través del cual pueda conectarse a su red pública de telecomunicaciones al contratar el servicio de acceso a Internet.

2. Servicios que proveen los proveedores del servicio de acceso a internet

Al proveer el servicio de acceso a internet, los PSI:

·        Deberán garantizar el acceso a los contenidos, aplicaciones y servicios disponibles en internet, por lo que no podrán poner a disposición de los usuarios finales ofertas que fragmenten el internet, es decir, que den acceso sólo a un subconjunto de los contenidos.

·        En el caso del servicio móvil, podrán incluir el acceso patrocinado a datos (a su costa o de un tercero) como parte del plan o paquete contratado por el usuario, pero sólo durante la vigencia de éste, a fin de evitar la fragmentación del internet.

·        En caso de contemplar políticas de uso justo, éstas deberán aplicarse por igual a todos los contenidos, aplicaciones y servicios, a fin de evitar prácticas discriminatorias.

Además, se establece que cuando se presten a través de la misma red otros servicios de telecomunicaciones, ello no deberá resultar en detrimento de la calidad del servicio de acceso a internet o implicar, en la práctica, un acceso fragmentado a este.

3. Contribuir con la reducción de la brecha digital

Con el objetivo de contribuir en esta meta, se permitirá que los PSI, bajo la figura de datos patrocinados, puedan dar acceso gratuito a los usuarios del servicio de acceso a Internet, aun cuando estos no tengan saldo o datos disponibles, a ciertos contenidos, aplicaciones o servicios de entes públicos o entidades del sistema financiero, así como a aquellos que permitan a los usuarios, por ejemplo, pagar o contratar sus servicios de telecomunicaciones.

4. Transparencia

A efecto de disminuir las asimetrías de información y con el fin de que los usuarios finales puedan tomar mejores decisiones, se establece que los PSI publiquen los códigos de políticas de gestión de tráfico y administración de red en sus páginas de internet, haciendo uso de un lenguaje orientado a los usuarios finales.

  •         En dicho código deberán incluir elementos como los derechos de los usuarios, qué políticas implementan, qué son, cómo impactan al usuario, entre otros elementos.
  •         Además, los PSI deberán entregar diversa información al Instituto a efecto de que pueda realizar el seguimiento de las ofertas que los PSI pongan a disposición de los usuarios.

5. Seguimiento

Se establece que el Instituto emitirá un informe anual sobre la implementación de los Lineamientos como un ejercicio de transparencia y compromiso ante un tema de gran relevancia para la sociedad.

Asimismo, se prevé que en cualquier momento se pueda ordenar la suspensión de cualquier política o de servicios puestos a disposición de los usuarios finales o proveedores de aplicaciones, contenidos y servicios, o bien, la modificación a los códigos de los PSI, cuando contravengan lo dispuesto en los Lineamientos o afecten negativamente el desarrollo de la competencia y libre concurrencia en la provisión del servicio de acceso a internet.

Sin perjuicio de lo establecido en los Lineamientos, el IFT reconoce que la preservación de la libre elección de los usuarios respecto de los contenidos, aplicaciones y servicios a los que pueden acceder a través de su servicio de acceso a Internet no debe entenderse como una limitante para que se desarrollen nuevas ofertas, por lo que, en línea con la Hoja de Ruta 2021-2025 del IFT, se podrá llevar a cabo un ejercicio de sandbox regulatorio, en el que se revisen propuestas innovadoras que puedan implementarse de manera temporal, sujetas a reglas y análisis de resultados, previo a que puedan incorporarse de manera sostenida como parte de las ofertas del mercado.

Con los Lineamientos para la gestión de tráfico y administración de red a que deberán sujetarse los concesionarios y autorizados que presten el servicio de acceso a internet aprobados por el Pleno se cumple plenamente con lo establecido en el artículo 145 y 146 de la LFTyR y se actúa de conformidad con su mandato constitucional establecido en los artículos 6° y 28° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que los servicios de telecomunicaciones, como el internet, son servicios públicos de interés general, por lo que el Estado garantizará que sean prestados en condiciones de competencia, calidad, pluralidad, cobertura universal, interconexión, convergencia, continuidad, acceso libre y sin injerencias arbitrarias.

 

Los lineamientos están disponibles para su consulta en el siguiente enlace: https://www.ift.org.mx/sites/default/files/conocenos/pleno/sesiones/acuerdoliga/piftext28062113.pdf

y su entrada en vigor será a los 60 días naturales siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 24 de junio de 2021.

 

EL PLENO DEL IFT APRUEBA INTERPONER CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES
EN CONTRA DE LEYES EN MATERIA DE CONTRATACIÓN DE PUBLICIDAD,
Y DE REMUNERACIONES DE SERVIDORES PÚBLICOS

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), en sesión de 23 de junio de 2021, aprobó por unanimidad presentar una controversia constitucional en contra de diversas disposiciones contenidas en la Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de junio de 2021.

Tras un detallado análisis, el Pleno del Instituto considera que diversas disposiciones contenidas en esa Ley afectan la competencia constitucional de este órgano autónomo como autoridad en materia de competencia económica de los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión en los términos que dispone el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De igual forma, el Pleno resolvió promover una controversia constitucional en contra de diversas disposiciones contenidas en el Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, Reglamentaria de los artículos 75 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de noviembre de 2018, y se expide la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de mayo de 2021.  

Lo anterior, debido a que se considera que diversas disposiciones contenidas en el Decreto afectan su autonomía constitucional y sus garantías institucional y presupuestal.

Para el IFT es indispensable garantizar el ejercicio eficaz y oportuno de sus facultades constitucionales, así como de autoridad en competencia económica de los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Ciudad de México, a 24 de junio de 2021.

 

 

EL IFT OTORGA AL SPR 24 CONCESIONES PARA PRESTAR TELEVISIÓN
EN LOCALIDADES DE 15 ESTADOS DE LA REPÚBLICA

 

  • Al amparo del Programa Anual de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias 2021, el SPR solicitó al IFT la obtención de dichas concesiones, para lo cual acreditó los requisitos previstos en la LFTyR y en los Lineamientos generales para el otorgamiento de concesiones, incluyendo lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 86 de la LFTyR para medios públicos.
  • Durante la misma sesión, el Pleno nombró a los 15 integrantes del sexto Consejo Consultivo del Instituto para el periodo 2021-2021, con especialistas que fungirán como órgano asesor respecto de los principios establecidos en los artículos 2°, 6° y 7° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • Asimismo, aprobó la ampliación de las consultas públicas sobre la banda de 6 GHz, así como de la actualización del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias; y autorizó la realización de un proceso consultivo sobre el “Anteproyecto de Guía para determinar Mercados Relevantes en los Sectores de Telecomunicaciones y Radiodifusión”.
  • De igual manera se aprobaron los “Lineamientos para la Autorización de Organismos de Acreditación en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión” y los “Lineamientos para la Acreditación y Autorización de Organismos de Certificación en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión”.

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó otorgar al Sistema Público de Radiodifusión (SPR) 24 concesiones para usar y aprovechar bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico para uso público, para la prestación del servicio de televisión digital terrestre (TDT) en diversas localidades de 15 estados de la República.

El SPR solicitó las concesiones al amparo del Programa Anual de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias 2021, para lo cual acreditó los requisitos previstos en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTyR), así como los Lineamientos Generales para el Otorgamiento de las Concesiones emitidos por el Instituto, por lo que el Pleno determinó procedente su otorgamiento.

Es importante señalar que el SPR había acreditado desde diciembre de 2017 la implementación de los mecanismos a que se refiere el segundo párrafo del artículo 86 de la LFTyR para asegurar la independencia editorial; autonomía de gestión financiera; garantías de participación ciudadana; reglas claras para la transparencia y rendición de cuentas; defensa de sus contenidos; opciones de financiamiento; pleno acceso a tecnologías y reglas para la expresión de diversidades ideológicas, étnicas y culturales.

Con las 24 concesiones el SPR ampliará su cobertura para brindar servicios de radiodifusión de contenidos audiovisuales en más estados de la República con el objetivo de contribuir en la función social de fortalecer la integridad nacional y el mejoramiento de las formas de convivencia humana, al transmitir programación de carácter cultural y de interés social para la sociedad.

Asimismo, en términos de sus principios rectores y atribuciones, proveerá del servicio de televisión digital terrestre con contenidos que promuevan la integración nacional, la formación educativa, cultural y cívica, la igualdad entre mujeres y hombres, la difusión de información imparcial, objetiva, oportuna y veraz del acontecer nacional e internacional y dar espacio a las obras de producción independiente, así como la expresión de la diversidad y pluralidad de ideas y opiniones que fortalezcan la vida democrática de la sociedad.

En este sentido, el Sistema Público de Radiodifusión, de acuerdo con lo aprobado por el Pleno, contará con la posibilidad de dar servicio de televisión digital terrestre de manera abierta en las siguientes localidades:

No.

Localidad(es) principal(es) a servir

Estado

Distintivo de llamada

Frecuencia

(MHz)

1.

Juárez

Chihuahua

XHCPCN-TDT

8 (180-186)

2.

Culiacán de Rosales

Sinaloa

XHCPBU-TDT

19 (506-512)

3.

Mexicali

Baja California

XHCPAO-TDT

7 (174-180)

4.

Tijuana

Baja California

XHCPAT-TDT

9 (186-192)

5.

Los Mochis

Sinaloa

XHCPBV-TDT

34 (590-596)

6.

Victoria de Durango

Durango

XHCPBJ-TDT

12 (204-210)

7.

Reynosa

Tamaulipas

XHCPCE-TDT

7 (174-180)

8.

Manzanillo

Colima

XHCPCP-TDT

9 (186-192)

9.

Cuauhtémoc

Chihuahua

XHCPAV-TDT

18 (494-500)

10.

Nuevo Vallarta

Nayarit

XHCPCV-TDT

5 (76-82)

11.

Chilpancingo de los Bravo

Guerrero

XHCPCQ-TDT

15 (476-482)

12.

Ciudad Lázaro Cárdenas

Michoacán

XHCPCU-TDT

9 (186-192)

13.

San Andrés Tuxtla

Veracruz

XHCPDD-TDT

19 (500-506)

14.

San José de Guaymas

Sonora

XHCPDA-TDT

12 (204-210)

15.

Ciudad Valles

San Luis Potosí

XHCPCX-TDT

12 (204-210)

16.

Chihuahua

Chihuahua

XHCPAU-TDT

8 (180-186)

17.

Ensenada

Baja California

XHCPAH-TDT

14 (470-476)

18.

Santa Rosalía de Camargo, Delicias y José Mariano Jiménez

Chihuahua

XHCPAW-TDT

17 (488-494)

19.

Poza Rica de Hidalgo

Veracruz

XHCPDC-TDT

15 (476-482)

20.

Ciudad Victoria

Tamaulipas

XHCPBD-TDT

12 (204-210)

21.

Tulancingo

Hidalgo

XHCPCR-TDT

10 (192-198)

22.

Taxco de Alarcón e Iguala de la Independencia

Guerrero

XHCPBL-TDT

2 (54-60)

23.

Saltillo

Coahuila de Zaragoza

XHCPAY-TDT

10 (192-198)

24.

San José del Cabo y Cabo San Lucas

Baja California Sur

XHCPCL-TDT

15 (476-482)

 

El Pleno también aprobó el otorgamiento de un título de concesión única y ocho títulos de concesión de espectro radioeléctrico, todos para uso social, a favor de Radio Rural Mexicana, A.C. para prestar servicios de radiodifusión sonora en AM en diversas localidades de seis estados de la República.

Durante la misma sesión, el Pleno nombró a los 15 integrantes del sexto Consejo Consultivo del Instituto para el periodo 2021-2022, con especialistas que fungirán como órgano asesor respecto de los principios establecidos en los artículos 2°, 6° y 7° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Con su instalación, se da continuidad y se cumple con lo establecido en la LFTyR que, en su artículo 34, señala que el Instituto deberá contar con un Consejo Consultivo integrado por especialistas de reconocido prestigio en las materias que son competencia del IFT.

El sexto Consejo Consultivo estará conformado por los siguientes expertos en las materias de telecomunicaciones, radiodifusión y competencia económica, cuya semblanza curricular se puede consultar en la página electrónica http://consejoconsultivo.ift.org.mx:

1.      Dr. Alejandro Ildefonso Castañeda Sabido

2.      Dra. Sara Gabriela Castellanos Pascacio

3.      Dr. Ernesto M. Flores Roux

4.      Ing. Gerardo Francisco González Abarca

5.      Dr. Erik Huesca Morales

6.      Mtra. Salma Leticia Jalife Villalón

7.      Dr. Luis Miguel Martínez Cervantes

8.      Lic. Jorge Fernando Negrete Pacheco

9.      Lic. Lucía Ojeda Cárdenas

10.   Mtra. Euridice Palma Salas

11.   Ing. Jose Luis Peralta Higuera

12.   Dr. Víctor Rangel Licea

13.   Dra. Cynthia Gabriela Solís Arredondo

14.   Mtra. Martha Irene Soria Guzmán

15.   Dra. Sofía Trejo Abad

Por otro lado, el Pleno acordó ampliar por 20 días hábiles más el plazo de consulta pública del “Anteproyecto de Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones actualiza el Cuadro Nacional Atribución de Frecuencias", con la finalidad de conceder más tiempo a los interesados en participar en este proceso. El ejercicio concluirá el 6 de agosto de 2021.

De igual forma, se extendió también, por 20 días hábiles, la consulta pública del Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones clasifica la banda de frecuencias 5925-7125 MHz como espectro libre y emite las condiciones técnicas de operación de la banda”, para concluir 5 de agosto de 2021.

Asimismo, el Pleno aprobó someter a consulta pública, por un período de 30 días hábiles, el “Anteproyecto de Guía para determinar Mercados Relevantes en los Sectores de Telecomunicaciones y Radiodifusión”, que busca orientar a los Agentes Económicos y la sociedad en general, respecto a los elementos y herramientas que podrá considerar el Instituto en la delimitación de mercados relevantes conforme a lo establecido en la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE).

La guía que se somete a consulta pública forma parte de las labores de promoción y abogacía de la competencia económica y libre concurrencia en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión y se encuentra en línea con una de las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en su “Examen Inter-Pares de la OCDE sobre el Derecho y Política de Competencia: México 2020”, que es adoptar líneas directrices sobre temas sustantivos, como la definición del mercado.

Durante la misma sesión de Pleno, también se aprobaron los “Lineamientos para la Autorización de Organismos de Acreditación en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión”, los cuales tienen por objeto establecer los procedimientos y requisitos de observancia obligatoria para obtener la autorización del Instituto para que dichos Organismos de Acreditación otorguen la respectiva acreditación a los Organismos de Evaluación de la Conformidad en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.

En dichos lineamientos también se establecen las obligaciones de los Organismos de Acreditación autorizados y se delinea la actuación del Instituto en caso de que funja como Organismo de Acreditación

Además, el Pleno también aprobó los “Lineamientos para la Acreditación y Autorización de Organismos de Certificación en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión”, cuyo objeto es establecer los requisitos y procedimientos para la Acreditación y Autorización de Organismos de Certificación que realizan actividades de certificación; lo anterior con el fin de determinar el cumplimiento de una o más características en los productos, equipos, dispositivos o aparatos de telecomunicaciones y/o radiodifusión sujetos a los procedimientos de Evaluación de la Conformidad vigentes.

En dichos lineamientos se privilegia el uso de medios digitales para la comunicación entre los organismos de evaluación de la conformidad, el Instituto y los interesados en obtener un certificado de conformidad, dictamen de la visita de evaluación al Organismo de Certificación solicitante. Derivado de lo anterior, los procedimientos resultantes serán más eficientes y expeditos, contribuyendo así también a la simplificación administrativa del mismo Instituto; y se toma como referencia el estándar internacional ISO/IEC 17065: “Evaluación de la Conformidad - Requisitos para organismos que certifican productos, procesos y servicios”, que atiende a la evolución tecnológica, adecuándose a las condiciones del sector de la radiodifusión y telecomunicaciones en México.

En la misma sesión, el Pleno del IFT aprobó de manera unánime informar a la Secretaría de Gobernación los resultados de la supervisión de la publicidad pautada en la programación destinada al público infantil, respecto del mensaje comercial “servicio de renta de películas” del servicio de televisión restringida conocido comercialmente como izzi, del concesionario Cablevisión, S.A. de C.V.

De acuerdo con el artículo 246 fracción V de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTyR), en la publicidad destinada al público infantil no se permitirá incitar directamente a que compren o pidan la compra o contratación de un producto o servicio.

El análisis del mensaje comercial permitió determinar que efectivamente se dirigía al público infantil y que podría estar incitando directamente a dicho público a que compre o contrate un servicio, particularmente el de renta de películas de izzi, por lo que, con base en lo dispuesto en el artículo 15 fracciones LX y LXII de la LFTyR, se resolvió informar a la Secretaría de Gobernación los resultados de dicha supervisión, con el propósito que ejerza sus facultades de sanción.

EN MÉXICO HAY 84.1 MILLONES DE USUARIOS DE INTERNET Y 88.2 MILLONES DE USUARIOS DE TELÉFONOS CELULARES: ENDUTIH 2020

 

  • Para 2020, 91.8% de los usuarios de teléfono celular cuenta con un equipo inteligente (Smartphone).
  • 78.3% de la población urbana es usuaria de internet. En la zona rural la población usuaria se ubica en 50.4 por ciento.
  • La ENDUTIH arroja resultados por entidad federativa para los principales indicadores.
  • Esta Encuesta se realizó en colaboración con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT). 

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en colaboración con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), publica la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares (ENDUTIH) 2020.

Las estimaciones de la ENDUTIH 2020 permiten caracterizar el fenómeno de la disponibilidad y uso de las TIC a nivel nacional, ámbito urbano, ámbito rural, por estrato socioeconómico y entidad federativa y sus resultados son comparables con los proporcionados por el INEGI a partir de 2015.

Con este esfuerzo, el INEGI y las instituciones que apoyan la realización de esta encuesta ponen a disposición de los usuarios más y mejores estadísticas para la toma de decisiones.

INTERNET

En México, en 2020, se estimó una población de 84.1 millones de usuarios de internet, que representan 72.0% de la población de seis años o más. Esta cifra revela un aumento de 1.9 puntos porcentuales respecto a la registrada en 2019 (70.1%).

Son usuarios de internet 71.3% de las mujeres y 72.7% de los hombres de 6 años o más que residen en el país. 

La encuesta estima que 78.3% de la población ubicada en áreas urbanas son usuarios, mientras que en el área rural la proporción es de 50.4 por ciento. En 2019  los usuarios en zonas urbanas se estimaron en 76.6% y en zonas rurales la estimación fue de 47.7 por ciento.

Los tres principales medios para la conexión de usuarios a internet en 2020 fueron: celular inteligente (Smartphone) con 96.0%, computadora portátil con 33.7% y con televisor con acceso a internet 22.2 por ciento.

Las principales actividades que realizan los usuarios de Internet en 2020 son comunicarse (93.8%), buscar información (91.0%) y acceder a redes sociales (89.0%). 

TELEFONÍA CELULAR

La encuesta estima que en 2020 se cuenta con 88.2 millones de usuarios de teléfono celular, lo que representa 75.5% de la población de seis años o más. En 2019 la proporción fue de 75.1% (86.5 millones de usuarios).

Nueve de cada diez usuarios de teléfono celular disponen de un celular inteligente (Smartphone). Entre 2019 y 2020 los usuarios que sólo dispusieron de celular inteligente registraron un crecimiento de 3.5 puntos porcentuales (88.1%  a  91.6%). 

La encuesta estima que, en 2020, de los usuarios que se conectan a internet mediante su celular, inteligente (Smartphone), se observa un aumento de quienes se conectan sólo por Wi Fi, que pasaron de 9.4% en 2019 a 13.7% en 2020. 

COMPUTADORA

Durante 2020 se estimaron 44.4 millones de usuarios de computadora, lo que representa un 38.0% del total de la población en este rango de edad. Asimismo, el porcentaje de usuarios de computadora observado es menor en 5.0% respecto del registrado en 2019.

Las principales actividades de los usuarios de computadora en el hogar son: labores escolares (54.9%) -casi diez puntos porcentuales más que en  2019-, actividades laborales (42.8%) y como medio de capacitación (30.6%). 

TELEVISOR

En 2020, de 36.0 millones de hogares, 76.6% cuenta con por lo menos con un televisor de tipo digital (0.1% más en relación con 2019).

Asimismo, en 2020 el número de hogares que disponen solo de televisor digital se incrementó en 1.4 millones en comparación con 2019. De esta manera, 96.1% de los hogares del país reciben la señal de televisión digital a partir de televisor digital, señal de televisión de paga o decodificador.

USUARIOS DE TELEVISIÓN ABIERTA

En 2020, 71.5 millones de personas son usuarias de señal de televisión abierta (61.2% del total de la población de seis años o más) y en promedio la ven 2.41 horas a la semana.

De los usuarios de señal  de televisión abierta 45.8 millones (64.1%) ven programas de noticias,  38.4 millones (53.7%) ven películas y 31.4 millones (43.9%) ven  telenovelas.

USUARIOS DE RADIO

Son usuarias de radio 41.0 millones de personas (35.1% de los habitantes de 6 o más años) y escuchan la programación 2.57 horas en promedio a la semana.

De los usuarios de radio 82.8% escucha programas de entretenimiento, 64.3% escucha noticieros y 21.1% escucha programas relacionados con deportes. 

 

NOTA TÉCNICA

ENCUESTA NACIONAL SOBRE DISPONIBILIDAD Y USO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN EN LOS HOGARES, 2020

Durante el tercer trimestre de 2020, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) realizó la captación de la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares (ENDUTIH) 2020.

De esta manera, el INEGI da continuidad a la encuesta exclusiva iniciada en 2015 para la generación de estadísticas sobre disponibilidad de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), en los hogares y su uso por los individuos.

Las estimaciones de la ENDUTIH 2020 permiten caracterizar el fenómeno de la disponibilidad y uso de las TIC a nivel nacional, ámbito urbano, ámbito rural, por estrato socioeconómico y entidad federativa. Con este esfuerzo, el INEGI y las instituciones que apoyan la realización de esta encuesta, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), ponen a disposición de los usuarios más y mejores estadísticas para la toma de decisiones.

La ENDUTIH 2020, al igual que los cinco eventos anteriores, realiza la entrevista a un miembro del hogar seleccionado de manera aleatoria, de quien se capta directamente su experiencia sobre el uso de las tecnologías de la información y comunicaciones mediante un cuestionario estructurado; en este sentido, la información es comparable con la ENDUTIH 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019.

La generación de resultados junto con el diseño, la construcción, la captación de la información mediante el operativo de campo, el procesamiento, análisis y demás fases del proceso de la encuesta son responsabilidad y atribución exclusiva del INEGI; asimismo, como ha sucedido en años anteriores, el apoyo y la colaboración del IFT y de la SCT, permitió generar los resultados para los diferentes dominios de estudio. 

INTERNET

La ENDUTIH estima que en 2020 hay 84.1 millones de usuarios de internet, que representan 72.0% de la población de seis años o más. Esta cifra revela un aumento de 1.9 puntos porcentuales respecto de la registrada en 2019 (70.1%).

 

Según datos de la encuesta, se estima, que de los 84.1 millones de usuarios de internet de seis años o más captados por la ENDUTIH 2020, son usuarios 71.3% de las mujeres y 72.7% de los hombres, esto respecto de la distribución poblacional por sexo. 

Analizando el comportamiento de los distintos grupos de edad de la población total, el que concentra la mayor proporción de usuarios de internet respecto al total de cada grupo de edad,  es el grupo de 18 a 24 años con una participación de 90.5%. El segundo grupo de edad donde el uso de internet está más generalizado, es el de 12 a 17 años, con 90.2%. En tercer lugar, se encuentran los usuarios de 25 a 34 años, quienes registraron 87.1%. Por su parte, el grupo de edad que menos usa internet es el de 55 y más años, ya que registraron 37.5 por ciento.

Como se comentó anteriormente, la ENDUTIH 2020 presenta resultados para los ámbitos urbano y rural; por lo que la encuesta estima que 78.3% de la población de 6 años o más ubicada en áreas urbanas son usuarios, mientras que los usuarios con respecto al área rural representan 50.4 por ciento.

Tomando en cuenta los dispositivos utilizados para conectarse a internet, según las estimaciones de la ENDUTIH, en 2019, 95.3% de los usuarios de internet se conectaron a través de un celular inteligente (Smartphone) mientras que en 2020 fue de 96.0%; aquellos que lo hicieron por medio de una computadora portátil fueron un 41.0% en 2019 y 33.7% en 2020; a través de un televisor con acceso a internet (Smart TV) o algún dispositivo conectado a ésta fueron 23.4% en 2019 y 22.2% en 2020; a través de una computadora de escritorio lo hicieron 28.9% en 2019 y 16.5% en 2020, y por medio de una consola de videojuegos fueron 8.4% en 2019 y 6.1% en 2020. 

Entre las principales actividades que realizan los usuarios de internet en 2020 están para comunicarse (93.8%), buscar información (91.0%) y acceder a redes sociales (89.0%). Cabe resaltar que la compra de productos o servicios presenta un crecimiento significativo de 5.6 puntos porcentuales en 2020 (27.7%) comparando con 2019 (22.1%).  Por otro lado, las actividades que menos realizan los usuarios de internet, pero que presentan un cambio considerable en comparación a 2019 son: ventas en internet con un crecimiento de 2 puntos porcentuales (11.3% en 2020), utilizar servicios en la nube con un crecimiento de 2 puntos porcentuales (19.4% en 2019 y 21.4% en 2020) y operaciones bancarias en línea con un crecimiento de 4.9 puntos porcentuales (16.8% en 2019 y 21.7% en 2020). 

Analizando a los usuarios de internet que se conectan desde su hogar, podemos observar que 34.1% lo hacen para tomar cursos para complementar la educación, casi un 10% más que lo declarado en 2019, seguido de 20.2% que lo usan para realizar capacitaciones para el trabajo, que aumentó un uno por ciento de 2019 a 2020.

Si bien se ha avanzado en la penetración de internet en nuestro país, la proporción respecto de otras naciones del mundo es menor. En países como Corea del Sur, Reino Unido, Suecia y Japón, nueve de cada diez personas son usuarias de internet; mientras que en México la proporción es siete de cada diez personas; conviene señalar que esta cifra es mayor a la registrada en países como Colombia y Sudáfrica.

Respecto a la penetración a nivel nacional, las entidades federativas que observaron los valores más altos en la proporción de usuarios de Internet fueron Nuevo León (84.5%), Ciudad de México (84.4%), Baja California (84.3%) y Sonora (82.9%). Mientras que los estados que registraron los valores más bajos fueron Chiapas (45.9%), Oaxaca (55.0%) y Veracruz con un 58.9 por ciento.

Por otra parte, la encuesta estima que en 2020 hay 21.8 millones de hogares que disponen de internet (60.6 por ciento del total nacional), ya sea mediante una conexión fija o móvil, lo que significa un incremento de 4.2 puntos porcentuales con respecto del año anterior. 

Respecto de la disponibilidad Internet en los hogares a nivel de entidad federativa, las que observaron los valores más altos fueron Ciudad de México (80.5%), Sonora (79.5%),  Nuevo León (78.8%) y Baja California (75.8%). Mientras que los estados que registraron los valores más bajos fueron Chiapas (27.3%), Oaxaca (40.0%) y Tabasco con 45.2 por ciento.

TELEFONÍA CELULAR

La ENDUTIH también capta la disponibilidad y uso de la telefonía celular, que se ha constituido como una de las tecnologías de mayor uso entre la población. En este sentido, la encuesta estima que en 2020 se cuenta con 88.2 millones de usuarios de esta tecnología, lo que representa que 75.5% de la población de seis años o más.

Respecto de los usuarios de teléfono celular por entidad federativa, las entidades que observaron un mayor número de usuarios con respecto a su población total fueron Sonora (87.0%), Baja California Sur (85.9%), Baja California (84.9%) y Nuevo León (84.4%), mientras que los estados que registraron los valores más bajos fueron Chiapas (55.7%), Oaxaca (62.6%) y Guerrero con un 65.7 por ciento.

La convergencia tecnológica se expresa en la telefonía celular por los servicios de voz y datos, que de manera particular pueden recibir los teléfonos celulares inteligentes (Smartphone). De acuerdo con los resultados de la ENDUTIH 2020, nueve de cada diez usuarios de teléfono celular disponen de un celular inteligente (Smartphone), por medio del cual tienen la posibilidad de conectarse a internet. 

Entre 2019 y 2020, el porcentaje de usuarios que sólo dispusieron de celular inteligente tuvo un crecimiento de 3.5 puntos porcentuales, pues en 2019 representaban 88.1% y en 2020, 91.6 por ciento. 

De los usuarios que se conectan a Internet en 2020 mediante su celular inteligente (Smartphone), se observa un aumento de los usuarios que se conectan sólo por wi fi, pasando de 9.4% en 2019 a 13.7% en 2020, con una diferencia de 3.6 millones de personas. La conexión a internet por medio de ambos tipos de conexión es la más utilizada y representa 67.4% de los usuarios de celular inteligente (Smartphone), mientras que 18.9% restante se conecta a internet solo por conexión de datos.

En 2020, la ENDUTIH estima que de 81.0 millones de los usuarios de celular inteligente (Smartphone). El 90.9% usó aplicaciones de mensajería instantánea, 78.1% lo empleó para acceder a redes sociales y 77.6% utilizó aplicaciones para acceder a contenidos de audio y video. Por otra parte, 22.0% de los usuarios accedieron a la banca móvil.  

COMPUTADORA

Durante 2020 los usuarios de computadora de seis años o más alcanzaron los 44.4 millones, lo que representa un 38.0% del total de la población en este rango de edad. Asimismo, el porcentaje de usuarios de computadora observado es menor en 5.0% respecto del registrado en 2019.

Según la información recabada, de los usuarios de computadora que tienen acceso a ellas desde su hogar el 86.4% la utilizo para “acceder al internet”, el 68.1% la utilizo para “actividades de entretenimiento”, el 54.9% la utilizan para “labores escolares” casi diez puntos porcentuales más a lo mencionado el año anterior, el 42.8% lo utilizan para “actividades laborales”  y un 30.6% lo utiliza “como medio de capacitación”.

DISPONIBILIDAD DE TELEVISOR

Los televisores son los bienes de mayor penetración en los hogares, ya que en 2020 32.9 millones cuentan con al menos uno. 

Al analizar la distribución de los hogares que disponen de televisor por entidad federativa, la encuesta estima que las entidades con mayor penetración de esta tecnología son Coahuila (95.8%), Ciudad de México (95.8%), Nuevo León (95.7%) y Aguascalientes (95.6%). Mientras que los estados que registraron las menores proporciones fueron Oaxaca (76.2%), Chiapas (77.6%) y Guerrero con 84.0 por ciento.

La ENDUTIH estima que 76.6% de ellos cuentan con al menos un televisor de tipo digital, lo que representó un aumento de 0.1% en relación con 2019; esto respecto del tipo de televisor disponible en los hogares.

Así mismo, en 2020, el número de hogares que disponen solo de televisor digital se incrementó en 1.4 millones en comparación con 2019, resultando así un aumento de 3.6 puntos porcentuales. 

Tomando en cuenta que todos los hogares con televisor digital están habilitados para recibir señales de televisión digital abierta, otro conjunto de interés es aquel que, aunque sólo dispone de televisor analógico, cuenta con señal de televisión de paga que le permite recibir señales digitales; los resultados de la ENDUTIH 2020 estiman que éstos representan un 7.5% de los hogares con acceso a la señal digital. Por su parte, los hogares que cuentan con un televisor analógico y reciben señal por medio de un decodificador representan un 5.4 por ciento del total.

De esta manera, 96.1 por ciento de los hogares del país reciben la señal de televisión digital a partir de alguno de los tres medios mencionados anteriormente: televisor digital, señal de televisión de paga o decodificador.

RADIO Y TELEVISIÓN ABIERTA

En el evento del año 2020 y por primera ocasión, se incluye dentro del cuestionario una sección sobre el uso de la radio y la televisión abierta por parte de los individuos de 6 años o más, esta información tiene como referencia la experiencia de los usuarios en la semana anterior a la entrevista.

USUARIOS DE TELEVISIÓN

La encuesta estima que, en 2020, 71.5 millones de personas son usuarias de señal de televisión abierta, lo cual es un 61.2% del total de la población de seis años o más. Los usuarios de televisión abierta indican que en promedio ven 2.41 horas a la semana.

Al analizar el tipo de programas que ven los usuarios de televisión por medio de señal abierta, la encuesta estima que 45.8 millones (64.1%) ven programas de noticias,  38.4 millones (53.7%) ven películas, 31.4 millones (43.9%) ven telenovelas, 24.7 millones (34.6%) ven programas infantiles o caricaturas y 21.6 millones de usuarios (30.3%) ven deportes, los programas que menos usuarios ven son los programas de ciencia y tecnología con un 11.9%, los programas de arte (7.1%) y los  programas de religión con un 5.9% de usuarios.    

USUARIOS DE RADIO

La encuesta estima que de la población de 6 años o más 41.0 millones de personas escuchan la radio, lo cual representa un 35.1% de usuarios. En promedio, los usuarios de radio indican escuchar la programación del radio 2.57 horas a la semana.

Al analizar los usuarios de radio según el tipo de contenido que escucha, la encuesta estima que 82.8% escucha programas de entretenimiento, 64.3% escucha noticieros y 21.1% escucha programas relacionados con deportes. Los programas relacionados con ciencia y tecnología son escuchados por 9.9% de los usuarios de radio y los programas de arte un 6.6 por ciento. 

NOTA AL USUARIO 

Para la encuesta, la unidad de selección es la vivienda y las unidades de análisis son los hogares y los individuos. Se recaba información de personas de seis años cumplidos o más, que residen permanentemente en viviendas particulares ubicadas en el territorio nacional durante el tercer trimestre de 2020.

El diseño de la muestra para la ENDUTIH 2020 se caracteriza por ser probabilístico, trietápico, estratificado y por conglomerados; por lo cual los resultados obtenidos de la encuesta se generalizan a toda la población. La encuesta está diseñada para proporcionar cifras a nivel nacional, urbano - rural, por estrato socioeconómico y por entidad federativa. Considerando un nivel de confianza del 90 por ciento, un efecto de diseño de 4 observado en experiencias anteriores, un error relativo máximo esperado de 13.8 por ciento, una tasa de no respuesta de 15 por ciento, un promedio de hogares por vivienda de 1.02 y una proporción de 1 por ciento. Con estos parámetros se obtiene un tamaño de muestra aproximado de 64,901 viviendas, el cual se ajustó a 65,000 viviendas a nivel nacional. 

La ENDUTIH capta desde 2015 las respuestas directas de un usuario seleccionado de manera aleatoria en cada hogar, recogiendo su experiencia personal en el uso de las TIC, lo que permite una mayor profundidad y precisión en los usos que la población hace de estas tecnologías. De esta manera, los resultados de ENDUTIH 2020 son comparables con los proporcionados por el INEGI a partir de 2015.

N U M E R A L I A

RESULTADOS DE LA ENCUESTA NACIONAL SOBRE DISPONIBILIDAD Y USO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN EN LOS HOGARES, 2020

 

Proporción de usuarios de computadora

Proporción de usuarios de Internet

Proporción de usuarios de telefonía celular

38.0%

72.0%

75.5%

Proporción de usuarios de tv abierta

Proporción de usuarios de radio

61.2%

35.1%

Proporción de hogares con computadora

Proporción de hogares con Internet

Proporción de hogares con televisor digital

44.2%

60.6%

76.6%

 

Proporción de usuarios

de TIC por sexo

Mujeres

Hombres

Computadora

49.8%

50.2%

Internet

51.3%

48.7%

Celular

51.3%

48.7%

 

 

Edad

Usuarios de Internet por edad

 

Mujeres

 

Hombres

Total

100%

51.3%

48.7%

55 años o más

10.4%

54.9%

45.1%

45 a 54 años

13.0%

53.2%

46.8%

35 a 44 años

16.4%

54.0%

46.0%

25 a 34 años

19.1%

51.8%

48.2%

18 a 24 años

15.7%

49.6%

     50.4%

12 a 17 años

14.5%

48.9%

51.1%

6 a 11 años

10.9%

46.5%

53.5%

Nota: Los valores para mujeres y hombres están calculados respecto del total de usuarios de Internet de seis años o más por grupos de edad y sexo.

Usuarios de Internet por tipo de uso

Actividad

Proporción

Para entretenimiento

88.8%

 

Para obtener información

91.0%

Para comunicarse

93.8%

Para acceder a redes sociales

89.0%

Para apoyar la educación/capacitación

85.6%

Para acceder a contenidos audiovisuales1

77.3%

Para descargar software

47.0%

Para leer periódicos, revistas o libros1

44.5%

Para interactuar con el gobierno

32.8%

Para comprar productos o servicios

27.7%

Utilizar servicios en la nube

21.4%

Para operaciones bancarias en línea

21.7%

Para ventas por Internet

11.3%

1 Estas opciones de respuesta están consideradas dentro de la opción de entretenimiento.

Para más información consulte el portal del INEGI en: https://www.inegi.org.mx/datos/

Ciudad de México, a 17 de junio de 2021

 

 

EL IFT Y EL INALI REALIZAN TALLER DE TRADUCCIÓN
A DIEZ LENGUAS INDÍGENAS DE MATERIALES INFORMATIVOS PARA USUARIOS

  • Se estima que más de dos millones de personas puedan beneficiarse de la traducción al Ngiba (chocholteco), Ralámuli raicha (tarahumara), Botuna (matlatzinca), Jñatjo (mazahua), Énná (mazateco), Ayuujk (mixe), Ngiwa (popoloca), Tutunakú, Batsil kop Tseltal y Batsi kop Tsotsil.
  • Dentro de los materiales informativos que se tradujeron se abordan temáticas como los derechos de los usuarios y las herramientas informativas que el Instituto pone a su alcance.
  • El IFT y el INALI continuarán colaborando para que, desde su ámbito de atribuciones, se siga promoviendo el empoderamiento de los usuarios de los servicios públicos de telecomunicaciones, y con ello se garantice la aplicación de una política pública que respete los derechos lingüísticos de los hablantes de pueblos y comunidades indígenas.

Con el fin de fortalecer el desarrollo, preservación y uso de las lenguas indígenas nacionales, así como promover el acceso a los servicios de telecomunicaciones y el empoderamiento de los usuarios, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) realizaron un taller de traducción de materiales informativos a diez lenguas indígenas.

Durante el taller virtual se contó con la participación de traductores de las lenguas indígenas: Ngiba (chocholteco), Ralámuli raicha(tarahumara), Botuna (matlatzinca), Jñatjo (mazahua), Énná (mazateco), Ayuujk (mixe), Ngiwa (popoloca), Tutunakú, Batsil kop Tseltal y Batsi kop Tsotsil; así como con servidores públicos del INALI y la Coordinación General de Política del Usuario del IFT.

Asimismo, se dotó a los traductores e intérpretes de herramientas y conocimientos para transmitir los mensajes contenidos en los materiales audiovisuales, de acuerdo con su contexto y alcance de los vocablos utilizados.

Entre los materiales informativos que se tradujeron están: Mis Derechos, mis aliados; ¿Qué hace el IFT por ti?; Carta de Derechos de los usuarios de servicios de telecomunicaciones; ¿Qué son las telecomunicaciones?; y Portabilidad, entre otros.

Además, se realizó un taller con el objetivo de que los traductores e intérpretes comprendieran los conceptos de las telecomunicaciones, para que hicieran una traducción con pertinencia cultural y lingüística.

Este taller se suma a la serie de acciones que el IFT ha realizado para promover que los pueblos y comunidades indígenas estén mejor conectadas, informadas y conozcan sus derechos como usuarios de los servicios de telecomunicaciones; dentro de las cuales se destaca la emisión de diagnósticos que permiten identificar las localidades con presencia de población indígena que cuentan con acceso a cobertura del servicio móvil en al menos una tecnología (2G, 3G o 4G); así como la celebración de otros talleres de traducción; y su participación en la Feria de las Lenguas Nacionales (FLIN).

Asimismo, como parte de estas acciones el Instituto cuenta en su portal de Internet con una sección denominada “Pueblos y Comunidades Indígenas”, en la cual se alojan todos materiales traducidos, los diagnósticos realizados, así como información sobre cómo obtener concesiones para uso social, comunitario e indígena.

Se estima que, como resultado de este taller, más de dos millones de personas puedan beneficiarse de la traducción de estos documentos.

Con estas acciones, y a fin de que ninguna lengua se quede atrás, se avanza en el cumplimiento de lo establecido en la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas (LGDLPI), para garantizar y respetar los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas.

El IFT y el INALI continuarán colaborando para que, desde su ámbito de atribuciones, se siga promoviendo el empoderamiento de los usuarios de los servicios públicos de telecomunicaciones, y con ello se garantice la aplicación de una política pública que respete los derechos lingüísticos de los hablantes de pueblos y comunidades indígenas.

Ciudad de México, a 15 de junio de 2021.

 

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN CONCEDE AL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES SUSPENSIÓN DENTRO LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 71/2021 PROMOVIDA EN CONTRA DEL PADRÓN NACIONAL DE USUARIOS DE TELEFONÍA MÓVIL

 

  • La SCJN concedió al IFT la suspensión respecto a la obligación de instalar, operar, regular y mantener el PANAUT, al considerarse que se puede apreciar un riesgo sobre la autonomía constitucional del Instituto si se permitiera la ejecución de dicho Padrón.
  • El efecto de la medida cautelar  es que se paralizan las acciones que se deban realizar para el desarrollo de la plataforma que concentrará la información materia del padrón, la emisión de las disposiciones administrativas de carácter general para su operación, las campañas y medios de información para la difusión del programa, así como la consecuencia lógica de que, no procede la aplicación de sanción de responsabilidad administrativa a que alude el párrafo segundo del artículo Tercero Transitorio impugnado.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) la suspensión respecto a la obligación de instalar, operar, regular y mantener el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), al señalar que con su implementación “existe una inminente afectación presupuestaria del IFT, que puede poner en peligro su autonomía constitucional”.

El pasado 26 de mayo, el IFT presentó una Controversia Constitucional en contra de diversas disposiciones contenidas en el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTyR), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2021, por las cuales se crea el PANAUT.

El IFT expuso que no cuenta con los recursos para cumplir el mandato legislativo de poner en marcha el registro del PANAUT con cargo a su presupuesto. La totalidad de los recursos presupuestales aprobados por la Cámara de Diputados para el presente ejercicio fiscal 2021, están asignados a las funciones que mandata la Constitución a este órgano regulador; y que este ordenamiento legal contraviene su autonomía presupuestal, consistente en llevar a cabo la planeación y ejercicio de los recursos que considera necesarios de forma autónoma, eficaz y oportuna en el marco de sus competencias.

La Controversia Constitucional fue turnada a la ponencia de la Ministra Norma Lucía Piña Hernández. Mediante acuerdo de 11 de junio de 2021, este recurso legal fue admitido a trámite y en esa misma fecha se abrió el incidente de suspensión.

Conforme a lo expuesto por la Ministra Piña Hernández, quien concedió la suspensión ante la controversia solicitada por el IFT, diversos criterios de la Primera Sala de la SCJN han establecido que cuando un acto impugnado en una controversia constitucional tenga el potencial de poner en riesgo el cumplimiento de un lineamiento del cual depende la autonomía de un órgano primario del Estado frente a los demás poderes, se debe proteger a dichas instituciones fundamentales del ordenamiento jurídico.

Por lo tanto, con base en lo previsto en el artículo 28 constitucional, la Ministra señaló que, sin prejuzgar sobre el fondo,  se puede apreciar un riesgo constitucional sobre la autonomía del IFT si se permitiera la ejecución del PANAUT, la cual tiene como efecto inminente que el Instituto realice las acciones necesarias para que las erogaciones que se generen con motivo de instalar, operar, regular y mantener el Padrón, se realicen con cargo a su presupuesto aprobado en el presente ejercicio fiscal y subsecuentes.    

Ante esto, concedió la medida cautelar solicitada por el IFT, por lo que el efecto es que se paralizan las acciones que se desprenden de las normas impugnadas, relacionadas con las atribuciones conferidas al IFT y que se ven afectadas presupuestalmente, como lo son aquellas que se deban realizar para el desarrollo de la plataforma que concentrará la información materia del padrón, la emisión de las disposiciones administrativas de carácter general para su operación, las campañas y medios de información para la difusión del programa, así como la consecuencia lógica de que, no procede la aplicación de sanción de responsabilidad administrativa a que alude el párrafo segundo del artículo Tercero Transitorio impugnado.

El IFT manifiesta su absoluto compromiso y responsabilidad de actuar siempre en el marco del Estado de Derecho, así como su reconocimiento y respeto al Poder Judicial, cuyas decisiones han sido fundamentales para el sector de las telecomunicaciones.

Ciudad de México, a 14 de junio de 2021.

 

EL IFT PUBLICA SU INFORME ANUAL DE DERECHOS, RIESGOS, INTERESES, TENDENCIAS O PATRONES DE CONSUMO DE LOS USUARIOS
DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES 2020

  • El Instituto brindó orientación y asesoría a más de 90 mil usuarios vía telefónica, correo, presencial, chat en línea y el sistema Soy Usuario.
  • Las herramientas digitales Comparador de Servicios de Telecomunicaciones y Comparador de Equipos Terminales fueron consultadas, en conjunto, en más de 690 mil ocasiones.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) presenta una compilación de las acciones, proyectos, informes y estrategias implementadas en el año 2020, con el propósito de lograr una efectiva protección de los derechos de los usuarios.

El Quinto Informe Anual de Derechos, Riesgos, Intereses, Preferencias, Tendencias o Patrones de Consumo de los Usuarios de Servicios de Telecomunicaciones da cuenta de los resultados alcanzados por las herramientas en la provisión de información que ofrece el IFT como un mecanismo de empoderamiento para los usuarios.

Entre ellas están:

  • Comparador de servicios de telecomunicaciones

Es la herramienta en línea en la que se puede consultar de manera detallada las características de la oferta vigente y disponible para los usuarios de los servicios móviles y de los servicios fijos (internet fijo, telefonía fija y televisión de paga) en sus distintas modalidades de contratación single, doble y triple play. Desde su implementación hasta el 31 de diciembre de 2020, ha sido consultado 560 mil 195 veces. http://comparador.ift.org.mx

  • Comparador de Equipos Terminales Móviles
    Herramienta digital que permite al usuario comparar y consultar los distintos equipos terminales ofertados por los Concesionarios en la modalidad prepago y pospago, mostrando información respecto a precios y condiciones de contratación. Desde su lanzamiento hasta al 31 de diciembre de 2020 ha sido consultado 132 mil 136 veces. http://comparador.ift.org.mx/equiposterminales/

En materia de atención al usuario, el Informe destaca el trabajo que se realizó a través de los diversos medios de orientación como: la atención vía telefónica, la asesoría de manera presencial, la atención a escritos presentados ante el Instituto, el correo electrónico atención@ift.org.mx, la herramienta “Soy Usuario”(www.soyusuario.ift.org.mx) y el servicio de chat en vivo.

En este sentido, el Informe reporta que, en 2020, el IFT dio atención a 90 mil 429 usuarios en la respuesta y seguimiento a dudas e inconformidades sobre el ejercicio de sus derechos en materia de servicios de telecomunicaciones.

Como parte de las acciones de información para los usuarios, se destaca la implementación de dos nuevas herramientas digitales: el Comparador de Contratos de Adhesión, que es resultado del trabajo coordinado entre el IFT y la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) y cuyo objetivo es, permitir a los usuarios conocer y comparar las principales condiciones incluidas en los contratos de adhesión que los concesionarios y autorizados celebran para prestar los servicios de telecomunicaciones.

Por otro lado, Conozco Mi Consumo es una herramienta que, con base en el perfil de consumo de cada usuario, permite conocer y comparar de manera detallada la oferta de planes y tarifas de servicios de telecomunicaciones. Dicha herramienta ha sido consultada 7 mil 592 veces desde su puesta en marcha

El documento detalla los resultados que se alcanzaron a través de las estrategias de información, capacitación y alfabetización digital, implementadas por el IFT en el contexto de la pandemia por la COVID-19, tales como: la publicación de materiales informativos en el micrositio “Frente al Coronavirus las TELECOM están de tu lado”, el ciclo de conferencias virtuales “Noviembre: Mes de la Usuaria” y la transmisión vía remota de la charla “El IFT y tus Derechos Digitales”.

Cabe destacar que las actividades de alfabetización digital realizadas por el Instituto, de manera presencial y remota lograron beneficiar, durante 2020, a más de dos mil usuarios.

Por otra parte, el informe describe los resultados de diversos estudios relacionados con los servicios de telecomunicaciones entre los que destacan: la publicación del Informe “Privacidad de la Información de los Usuarios en el Uso de Plataformas Digitales”.

Asimismo, se muestran los principales hallazgos derivados del primer Diagnóstico de Cobertura Móvil en las Zonas Agrícolas de México en el año 2019; así como los resultados obtenidos del Tercer Diagnóstico de Cobertura del Servicio Móvil en los pueblos indígenas de nuestro país.

Por último, el Informe presenta los principales hallazgos derivados de la aplicación de encuestas realizadas a usuarios, por el Instituto durante el año 2020, las cuales se acompañan de estudios cualitativos con el propósito de profundizar en el análisis del comportamiento del usuario y con ello conocer los patrones de consumo, niveles de satisfacción y experiencia de los usuarios de los servicios de telecomunicaciones, comprendidos los usuarios con alguna discapacidad y los usuarios de servicios de telecomunicaciones micro, pequeñas y medianas empresas (MiPymes).

El informe está ya disponible para su consulta en: https://www.ift.org.mx/usuarios-y-audiencias/informe-anual-2020-derechos-riesgos-intereses-preferencias-tendencias-o-patrones-de-consumo-de-los

Ciudad de México, a 10 de junio de 2021.

 

EL IFT PRESENTA LA APLICACIÓN MÓVIL “MI IFT: HERRAMIENTAS PARA USUARIOS”

  • La aplicación se suma a los esfuerzos que el IFT realiza para garantizar los derechos de los usuarios de servicios de telecomunicaciones.
  • Los usuarios, incluidos aquellos con alguna discapacidad, podrán consultar las noticias e información relevante relacionada con los servicios de telecomunicaciones y el quehacer del Instituto, así como acceso directo a los medios de contacto del IFT.
  • “Mi IFT: Herramientas para usuarios” es una de las primeras aplicaciones móviles con herramientas informativas para usuarios en Latinoamérica.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) presenta la aplicación móvil “Mi IFT: Herramientas para usuarios”, una plataforma que permite a todos los usuarios, incluidos aquellos con alguna discapacidad, acceder de manera sencilla y rápida desde sus teléfonos móviles a Soy Usuario; Mapas de Cobertura Móvil; Simulador de Consumo de Datos Móviles y al Comparador de Servicios de Telecomunicaciones,  herramientas que han sido reconocidas por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) y el Foro Latinoamericano de Entes Reguladores de Telecomunicaciones (REGULATEL), por su innovación y carácter habilitador de derechos fundamentales.

Además, los usuarios podrán consultar las noticias e información relevante relacionada con los servicios de telecomunicaciones y el quehacer del Instituto, así como acceso directo a los medios de contacto del IFT.

“Mi IFT: Herramientas para usuarios” es una de las primeras aplicaciones móviles con herramientas informativas para usuarios en Latinoamérica, como las desarrolladas por Brasil, Costa Rica y Perú.

La aplicación móvil se suma a los esfuerzos que el IFT realiza para garantizar los derechos de los usuarios de servicios de telecomunicaciones, al diseñar mecanismos de información y capacitación que permiten empoderarlos, y se suma a las 11 útiles herramientas web que les dan acceso a información clara, transparente y comparable respecto a los servicios y equipos de telecomunicaciones, además de facilitarles la toma de decisiones y permitirles presentar inconformidades por fallas en sus servicios.

La presentación de esta aplicación estuvo a cargo del Comisionado Presidente del IFT, Adolfo Cuevas Teja; quién estuvo acompañado del Vicesecretario General de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) Malcom Johnson; la Presidenta de la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados, Isabel Margarita Guerra; y la Directora de Información y Accesibilidad del IFT, Ileana Gama Benítez.

Con estas acciones el IFT refrenda su compromiso de trabajar en el empoderamiento de los usuarios de servicios de telecomunicaciones, siempre observando las directrices de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, que alientan a los estados miembros a reforzar la protección de los consumidores, la divulgación de información transparente, velar por los derechos de elección y fomentar la formulación de inconformidades por parte de los usuarios.

La App “Mi IFT: Herramientas para usuarios”, se podrá descargar de manera gratuita en las tiendas de:

Android: https://play.google.com/store/apps/details?id=com.ift.comparador

iOS: https://apps.apple.com/us/app/mi-ift/id1545979797

Ciudad de México, a 8 de junio de 2021.

 

EL PLENO DEL IFT AUTORIZA EL CONTRATO DE COMPRAVENTA DE ACCIONES
Y LA CONCENTRACIÓN NOTIFICADA POR LOS QUE GRUPO LAUMAN
ADQUIERE DE DISNEY/21CF EL NEGOCIO FOX SPORTS EN MÉXICO

 

  • El 21 de mayo de 2021, el Agente de Desincorporación remitió para evaluación, y en su caso, aprobación del Instituto, el contrato de compraventa de acciones celebrado entre las subsidiarias de Grupo Lauman y 21CF.
  • Posteriormente, Grupo Lauman y 21CF, de conformidad con lo establecido en los artículos 86 y 90 de la LFCE, notificaron al Instituto la concentración consistente en la adquisición de los activos del negocio Fox Sports en México, por parte de Grupo Lauman.
  • Ayer, en sesión de Pleno, se aprobó el contrato de compraventa de acciones firmado entre las subsidiarias de Grupo Lauman y 21CF, y se autorizó llevar a cabo la concentración notificada por Grupo Lauman y 21CF

 

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), en su IX Sesión Extraordinaria, celebrada el 7 de junio de 2021, resolvió aprobar el contrato de compraventa de acciones de Fox Sports en México, de conformidad con lo establecido la Resolución emitida en marzo de 2019, en la que se impusieron condiciones a la concentración entre The Walt Disney Company (Disney) y TFCF Corporation (antes Twenty-First Century Fox, Inc., en adelante 21CF).

La venta del negocio Fox Sports en México resulta de las condiciones impuestas por el Pleno del Instituto a Disney y 21CF el 11 de marzo de 2019, entre las que se encuentra la venta del negocio Fox Sports en México a un tercero independiente de Disney/21CF, en términos viables y competitivos, a fin de corregir los riesgos en el mercado relevante de provisión y licenciamiento de contenidos audiovisuales (canales de programación, paquetes de canales y programas) a proveedores del servicio de televisión y audio restringidos (STAR), en la categoría programática de Deportes.

En este sentido, el Pleno aprobó ayer el contrato de compraventa de acciones presentado por el Agente de Desincorporación el 21 de mayo de 2021, de conformidad con lo establecido en el numeral 8.4.7.4 de la Resolución, celebrado entre subsidiarias de 21CF, y de Grupo Lauman Holding, S. de R.L. de C.V. (Grupo Lauman).

Asimismo, autorizó llevar a cabo la concentración notificada por la que Grupo Lauman adquiere el negocio Fox Sports en México, de conformidad con lo establecido en los artículos 86 y 90 de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE).

Como parte de este procedimiento de Desincorporación, el 14 de mayo de 2021, el Pleno del Instituto acordó que Grupo Lauman cumple con los criterios de elegibilidad establecidos en el numeral 8.4.7.1. con relación al numeral 8.4.9.15 de la Resolución, en el sentido de que:

  1. Es independiente de Disney/21CF y de las personas perteneciente a su grupo de interés económico;
  2. No ha tenido una relación de negocios previa con Disney/21CF que ponga en riesgo el Objeto de la Desincorporación y/o el proceso de competencia y libre concurrencia en este mercado relevante y los relacionados;
  3. Cuenta con capacidad financiera e incentivos para adquirir y operar el negocio Fox Sports en México, así como para concluir adecuada e inmediatamente con la Desincorporación;
  4. Tiene la capacidad y los incentivos para competir de manera independiente en el mercado relevante, de forma viable y competitiva;
  5. En el caso de que adquiera el negocio Fox Sports en México, ello no genera fenómenos de concentración contrarios al interés público ni riesgos de competencia en el mercado relevante y relacionados, y
  6. No retrasa o puede retrasar el proceso de Desincorporación.

El Pleno determinó, entre otros, que en el contrato de compraventa de acciones celebrado entre las subsidiarias de Grupo Lauman y 21CF no se identificó que contenga elementos o cláusulas que puedan generar riesgos en materia de competencia económica, y se prevé que la consumación de dicho contrato en sus términos tendría como resultado la transmisión del negocio Fox Sports en México en marcha, viable, competitivo e independiente de Disney/21CF, a un nivel comparable previo al que operaba antes del cierre de la operación Disney/21CF.

Asimismo, el Pleno determinó que no se prevé que la concentración notificada por Grupo Lauman y 21CF tenga o pueda tener por objeto o efecto conferir poder sustancial al grupo de interés económico (GIE) de Grupo Lauman, ni establecer barreras a la entrada, impedir a terceros el acceso a los mercados y servicios analizados y/o facilitar el ejercicio de conductas prohibidas por la LFCE, por lo siguiente:

  • Como resultado de la Operación de Desincorporación, el GIE de Grupo Lauman adquiriría el negocio Fox Sports en México.
  • El GIE de Grupo Lauman y el negocio Fox Sports en México participan en mercados distintos. Fox Sports en México participa en actividades relacionadas con la provisión y licenciamiento de canales y programas en la categoría programática de Deportes, mientras que el GIE de Grupo Lauman participa en actividades diversas, incluyendo la provisión y venta de equipos, instalaciones y servicios para la producción y transmisión de contenidos audiovisuales (Mercado Relacionado de equipos, instalaciones y servicios), así como la provisión y el licenciamiento de canales restringidos en la categoría programática de Noticias.
  • En caso de que Grupo Lauman adquiera al negocio Fox Sports en México, integraría verticalmente sus actividades del Mercado Relacionado de equipos, instalaciones y servicios, con las actividades que el negocio Fox Sports en México realiza en el mercado relevante de provisión y licenciamiento de contenidos audiovisuales (canales de programación y paquetes de canales) en la categoría programática de Deportes a operadores STAR en México (Mercado Relevante).
    No obstante, no se identifica que esa integración otorgue al GIE de Grupo Lauman la capacidad e incentivos para cerrar el Mercado Relacionado de equipos, instalaciones y servicios y con ello desplazar a sus competidores en el Mercado Relevante. Tampoco se identifica que esa integración otorgue al GIE de Grupo Lauman la capacidad e incentivos para cerrar el Mercado Relevante y con ello desplazar a sus competidores en el Mercado Relacionado de provisión de equipos, instalaciones y servicios.

Además, de conformidad con lo establecido en el numeral 8.4.3. de la Resolución, en tanto los activos del negocio Fox Sports en México no sean transferidos en su totalidad al GIE de Grupo Lauman y, por lo tanto, se consume la transacción propuesta, incluyendo el cambio de control de ese negocio Fox Sports en México, no podrán tenerse por cumplidas las Condiciones Estructurales establecidas en la Resolución. Así, Disney y 21CF continúan obligadas, entre otros, a no realizar ninguna acción que pueda comprometer la Desincorporación o su realización de la manera más expedita posible.

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