Comunicados
Firman SCT e IFT convenios para “Red Compartida” en la Banda de 700 MHz
- La Red Compartida operará antes de concluir el año 2018, y en conjunto con la Red Troncal ofrecerán mejores condiciones de calidad, precio y cobertura en los servicios de telecomunicaciones para todos los mexicanos.
- El IFT y la SCT firmaron los convenios marco y específicos que formalizan la colaboración que han mantenido y establecen los términos y actividades para el desarrollo de la Red Troncal y la Red Compartida.
- Los convenios determinan los calendarios de los proyectos, que para la Red Compartida incluye la licitación de una Asociación Público-Privada encargada de desplegar, operar y comercializar al mayoreo sus servicios.
El Gobierno de la República, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) firmaron los convenios marco y específicos para cumplir con el mandato constitucional de que la Red Compartida inicie operaciones a más tardar en 2018.
El Titular de la SCT, Gerardo Ruiz Esparza, y el Comisionado Presidente del IFT, Gabriel Contreras Saldívar, firmaron el Convenio Marco de Colaboración Interinstitucional y los Convenios Específicos para los proyectos: “Red Troncal” y “Red Compartida”, en los que se establecen las bases para la coordinación entre ambas instituciones, así como los respectivos calendarios para estos dos importantes proyectos.
Ruiz Esparza aseguró que la firma de estos acuerdos es el primer paso de muchos que se llevarán en esta dependencia para hacer realidad el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación para los mexicanos. “Si un beneficio inmediato, importante puede tener la sociedad mexicana es precisamente esta conectividad.”
Con esto, el Ejecutivo Federal y el IFT lograrán que a más tardar en el año 2018 la Red Compartida inicie sus operaciones, ofreciendo mejores servicios y mayor cobertura en telecomunicaciones para los mexicanos, con estándares superiores al promedio de los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
Respecto al proyecto de la Red Troncal, el Secretario de Comunicaciones y Transportes señaló que el objetivo es robustecer y ampliar la red de fibra óptica de la Comisión Federal de Electricidad para transformarla en una red de alta disponibilidad, que pueda satisfacer las necesidades de la Red Compartida de servicios móviles y de otros operadores.
Sobre el proyecto de la Red Troncal, enfatizó que el Ejecutivo Federal se apegará a la regulación que establezca el IFT, en los lineamientos que este organismo autónomo emita de conformidad con lo estipulado en la Reforma Constitucional en materia de Telecomunicaciones.
También explicó que la Red Compartida será destinada exclusivamente a comercializar capacidad y servicios de telecomunicaciones al mayoreo, a través de concesionarios o comercializadores.
Este proyecto impulsará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, y particularmente, a las telecomunicaciones, incluido el acceso a Internet de banda ancha. Para tales efectos, el Estado establecerá y promoverá condiciones de competencia efectiva en la prestación de dichos servicios.
En su oportunidad, el Comisionado Presidente del IFT señaló que ante una demanda de conectividad cada vez mayor, que requiere importantes inversiones en infraestructura y la utilización de un recurso escaso como lo es el espectro radioeléctrico, la Constitución ordenó la instalación de una red pública compartida de carácter mayorista, como un instrumento que impulsará la competencia y el acceso a la banda ancha.
Asimismo, subrayó que como lo ordena la Constitución, es necesaria la coordinación entre todas las instancias involucradas, en el ámbito de sus respectivas competencias, para asegurar el cumplimiento de los mandatos constitucionales, por lo que los convenios que hoy se suscribieron formalizan dicha coordinación, al establecer actividades y plazos de cumplimiento.
En su intervención, el Subsecretario de Comunicaciones, José Ignacio Peralta, resaltó la relevancia en este proyecto del IFT y destacó que el primer fruto de ese trabajo coordinado, fue la definición del “Modelo y Uso” de la banda de 700 MHz, base para la valuación del espectro, propuesta que fue incluida en el paquete económico para 2015 y enviada por el Ejecutivo Federal a la Cámara de Diputados para su discusión y aprobación.
Expuso que “con el inicio del proyecto Red Compartida, las pruebas de campo en las que participan seis de los principales fabricantes de equipos de telecomunicaciones en el mismo número de localidades de diversas características, se podrá contar con un ambiente real de desempeño de la Red, en diferentes escenarios y bajo distintos requerimientos”. Aclaró que las pruebas de campo pondrán a prueba la tecnología en condiciones reales, en términos de la metodología que la Secretaría y el Instituto eligieron.
La Red Compartida de servicios móviles al mayoreo implica una inversión aproximada de 10 mil millones de dólares para los próximos 10 años, a ser desarrollada a través de una Asociación Público-Privada; promoverá la competencia en el sector de telecomunicaciones, ampliará la cobertura, así como la penetración de los servicios y estará en operación a más tardar en 2018.
Además, asistieron al evento los comisionados del IFT María Elena Estavillo Flores, Adriana Sofía Labardini Inzunza, Mario Germán Fromow Rangel, Ernesto Estrada González y Luis Fernando Borjón Figueroa. Así como, Ricardo Márquez Blas, Jefe de la Unidad de Información para la Seguridad Pública de la Comisión Nacional de Seguridad, la Coordinadora de la Sociedad de la Información y el Conocimiento, Mónica Aspe Bernal y funcionarios de la Comisión Federal de Electricidad.
El Pleno del IFT aprueba someter a Consulta Pública el Anteproyecto de las Reglas de Portabilidad Numérica
- Se busca eliminar requisitos que puedan retrasar o impedir a los usuarios ejercer su derecho de mantener su número telefónico al contratar otro proveedor del servicio
- Resuelve cuatro desacuerdos de interconexión entre concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones
El día de hoy, en su sesión XIV ordinaria, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó someter a consulta pública el Anteproyecto del Acuerdo mediante el cual se emiten las Reglas de Portabilidad Numérica y se modifica el Plan Técnico Fundamental de Numeración y el Plan Técnico Fundamental de Señalización, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 21 de junio de 1996.
La consulta pública de mérito transparenta y promueve la participación ciudadana en los procesos de emisión de disposiciones de carácter general por parte del IFT, además de que con los comentarios que se reciban, podrá robustecerse la toma de decisiones del propio Instituto. Con este ejercicio podrán conocerse los comentarios y opiniones de académicos, miembros de la industria, especialistas y sociedad en general sobre el documento sometido a consulta, a efecto de que, en su oportunidad, el Proyecto que resulte pueda ser debidamente analizado por el Pleno del IFT, para su eventual aprobación y posterior publicación.
Con la emisión de las Reglas de Portabilidad, el IFT dará cabal cumplimiento a lo dispuesto por el artículo Trigésimo Octavo Transitorio del Decreto de expedición de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el cual establece la obligación de este órgano regulador de emitir, dentro de los sesenta días hábiles siguientes a la entrada en vigor de dicha Ley, las reglas administrativas necesarias que eliminen requisitos que puedan retrasar o impedir la portabilidad numérica.
De esta manera, en el Anteproyecto de Reglas que estará a disposición de todos los interesados para su consulta en la página de Internet del Instituto durante un periodo de 10 (diez) hábiles a partir de su publicación, se establecen reglas para garantizar una portabilidad efectiva en un lapso máximo de 24 horas y promover que los trámites para hacer las portaciones de números telefónicos puedan realizarse a través de medios electrónicos, con el fin de que los usuarios ejerzan libre y efectivamente su derecho de elegir al proveedor del servicio de su preferencia, conservando su número telefónico.
Para efecto de conseguir una adecuada implementación de la portabilidad numérica en los términos abordados por el Anteproyecto de Reglas, se hace necesaria también la modificación del Plan Técnico Fundamental de Numeración y del Plan Técnico Fundamental de Señalización, a fin de incorporar los parámetros técnicos que se requieren para la adopción exitosa del nuevo esquema regulatorio aplicable en la materia.
El Pleno del IFT también resolvió cuatro desacuerdos de interconexión entre concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones:
1) La tarifa de interconexión que Megacable Comunicaciones de México, S.A. de C.V. deberá pagarle a Radiomóvil Dipsa, S.A. de C.V. por servicios de terminación conmutada en usuarios móviles bajo la modalidad “El que llama paga” será de $0.3214 pesos por minuto, con vigencia del primero de enero al 31 de diciembre de 2012.
2) La tarifa de interconexión que Cablevisión, S.A. de C.V., Bestphone S.A. de C.V. y Cablemás Telecomunicaciones, S.A. de C.V. deberán pagarle a Radiomóvil Dipsa, S.A. de C.V. por servicios de terminación conmutada en usuarios móviles bajo la modalidad “El que llama paga”, así como la tarifa que Operbes, S.A. de C.V. y Cablemás deberán pagarle a Radiomóvil Dipsa por el mismo concepto bajo la modalidad “El que llama paga nacional” será de $0.3214 pesos por minuto, del primero de enero al 31 de diciembre de 2012.
En tanto, la tarifa que Radiomóvil Dipsa deberá pagarles a Cablevisión, Bestphone y Cablemás por servicios de terminación en usuarios fijos será de $0.02432 pesos por minuto, con vigencia del primero de enero al 31 de diciembre de 2012.
3) Las tarifas de interconexión que Avantel, S. de R.L. de C.V. y Axtel, S.A.B. de C.V. deberán pagarle a las empresas Iusacell PCS, S.A. de C.V., Comunicaciones Celulares de Occidente, S.A. de C.V., Sistemas Telefónicos Portátiles Celulares, S.A. de C.V., SOS Telecomunicaciones, S.A. de C.V., Telecomunicaciones del Golfo, S.A. de C.V., Portatel del Sureste, S.A. de C.V. y Operadora Unefon S.A. de C.V., por servicios de terminación conmutada en usuarios móviles bajo la modalidad “El que llama paga” y “El que llama paga nacional”, serán las siguientes:
- Del primero de enero al 31 de diciembre de 2012, $0.3214 pesos por minuto
- Del primero de enero al 31 de diciembre de 2013, $0.3144 pesos por minuto
4) La tarifa de interconexión que Alestra S. de R.L. de C.V. deberá pagarle a las empresas Comunicaciones Celulares de Occidente, S.A. de C.V., Sistemas Telefónicos Portátiles Celulares, S.A. de C.V., Telecomunicaciones del Golfo, S.A. de C.V., Iusacell PCS, S.A. de C.V., Iusacell PCS de México, S.A de C.V. SOS Telecomunicaciones, S.A. de C.V., Portatel del Sureste, S.A. de C.V. y Operadora Unefon S.A. de C.V., por servicios de terminación conmutada en usuarios móviles bajo las modalidades “El que llama paga” o “El que llama paga nacional”, será de $0.3214 pesos por minuto, del primero de enero al 31 de diciembre de 2012.
Acuerdan el INEGI y el IFT unir esfuerzos en favor de las Telecomunicaciones y la Radiodifusión en México
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) firmaron el día de hoy un Convenio de Colaboración mediante el cual se establecen las bases para realizar, de manera conjunta, los trabajos técnicos para generar información estadística e indicadores en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.
Este acuerdo permitirá atender lo previsto en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en el sentido de que ambas instituciones deben actuar de manera coordinada para crear y actualizar indicadores en estos sectores, acorde con la metodología de medición reconocida o recomendada por la Unión Internacional de Telecomunicaciones.
De esta forma, el INEGI y el IFT trabajarán de manera conjunta para desarrollar estudios e investigaciones, intercambiar información estadística y geográfica, así como realizar encuestas en distintas poblaciones, entre otras acciones.
La ceremonia de la firma del Convenio de Colaboración estuvo encabezada por Eduardo Sojo Garza Aldape, Presidente de la Junta de Gobierno del INEGI y el Comisionado Presidente del IFT, Gabriel Oswaldo Contreras Saldívar.
Eduardo Sojo dijo que el INEGI está dispuesto a participar en el desarrollo de acciones de captación, procesamiento, análisis, difusión, estudios e investigaciones, así como el intercambio de la información estadística y geográfica de manera coordinada, para satisfacer las necesidades y requerimientos de datos en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.
Por su parte, Gabriel Contreras destacó que la suma de esfuerzos entre ambas instituciones se alcanza en un momento oportuno para cumplir con las disposiciones de la nueva legislación secundaria, por lo que, en ejercicio de las atribuciones que tiene el IFT como órgano regulador de las telecomunicaciones y la radiodifusión, la colaboración con el INEGI acrecentará el rigor de los datos estadísticos lo que abatirá la asimetría de la información en estos sectores.
Es importante señalar que el IFT es la máxima autoridad en México en materia de regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.
Para lograr los objetivos planteados, el INEGI y el IFT acordaron crear grupos de trabajo coordinados que elaboren y desarrollen proyectos basados en calendarios y que estén apegados al cumplimiento de los acuerdos del Convenio.
México, sede de los trabajos de la XXIV reunión del Comité Consultivo permanente II de la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones
- En la ciudad de Mérida se llevó a cabo este encuentro que se realizó del 29 de septiembre al 3 de octubre
- El Comité analizó temas relacionados con la identificación de nuevas bandas de frecuencias para las Telecomunicaciones Móviles Internacionales (IMT), las cuales son idóneas para la implementación de tecnologías asociadas a la prestación de servicios de banda ancha móvil, y sobre las bandas de frecuencias utilizadas para servicios de seguridad pública y atención a desastres (PPDR) a nivel regional
Del 29 de septiembre al 3 de octubre de este año, se realizó, en la ciudad de Mérida, Yucatán, la XXIV Reunión del Comité Consultivo Permanente II (CCPII): Radiocomunicaciones, de la Comisión
Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL), foro en el que tuvieron lugar, entre otros, los trabajos preparatorios para consensuar a nivel regional y luego a nivel mundial posibles modificaciones al Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), el cual tiene jerarquía de Tratado Internacional.
En este foro México se ubica como un actor principal en el rumbo de la región en temas de telecomunicaciones y radiodifusión, por lo que al ser distinguido como sede se reconoce la importancia que nuestro país concede a la discusión y regulación de estos temas.
La CITEL es el órgano asesor de la Organización de Estados Americanos, cuya misión es la promoción integral y sostenible de las telecomunicaciones. El CCPII, su comité asesor, fomenta la planificación, coordinación, armonización y uso eficiente del espectro radioeléctrico, así como de las órbitas de satélites geoestacionarios y no geoestacionarios para servicios de radiocomunicaciones, incluyendo la radiodifusión.
El CCPII desarrolla posiciones comunes y elabora propuestas interamericanas sobre los temas de Radiocomunicaciones y Radiodifusión previstos en las Conferencias Mundiales y/o regionales convocadas bajo el auspicio de la UIT. Durante las Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones (CMR), se revisa el Reglamento de Radiocomunicaciones que rige la utilización del espectro de frecuencias radioeléctricas y de los recursos orbitales.
Asimismo, el Comité analizó temas relacionados con la identificación de nuevas bandas de frecuencias para las Telecomunicaciones Móviles Internacionales (IMT por sus siglas en inglés), las cuales son idóneas para la implementación de tecnologías asociadas a la prestación de servicios de banda ancha móvil, y sobre las bandas de frecuencias utilizadas para servicios de seguridad pública y atención a desastres (PPDR por sus siglas en inglés) a nivel regional.
En los grupos de trabajo se discutieron también temas encaminados a mejorar los procedimientos de coordinación satelital ante la UIT, con el objeto de contar con un acceso y utilización eficaz de los recursos orbitales, además de temas asociados a los servicios de radiodifusión, particularmente sobre el uso futuro de las bandas de frecuencias liberados por los procesos de transición a la televisión digital en la región.
Para los trabajos de esta reunión se acreditaron 144 delegados de veinte Estados Miembros de la OEA: Argentina, Bahamas, Belice, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos de América, Guatemala, Jamaica, México, Nicaragua, Paraguay, Perú, República Dominicana, Trinidad y Tobago, y Uruguay. Asistieron a la reunión del CCPII administraciones, miembros asociados, autoridades y observadores de la CITEL.
Los trabajos concluyeron con la aprobación del informe final de la reunión.
El Pleno del IFT resuelve sancionar a Teléfonos de México por realizar práctica monopólica relativa
- La práctica monopólica consistió en realizar acciones en el mercado relevante del servicio de terminación de llamadas de larga distancia en su red pública de telecomunicaciones, cuyo objeto fue desplazar indebidamente a Axtel de los mercados de servicios de telefonía en los que compiten por usuarios finales
- Se impone una multa a la empresa por 49 millones 320 mil pesos y se ordena la supresión de la práctica
En sesión extraordinaria el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió uno de los expedientes en trámite que recibió de la Comisión Federal de Competencia, sobre una investigación iniciada por esa autoridad en mayo de 2011 por la realización de posibles prácticas monopólicas relativas en el mercado del servicio de terminación de llamadas de larga distancia en la red pública de telecomunicaciones de Telmex.
Tras la conclusión del procedimiento correspondiente y con base en el análisis de la información recabada, el Pleno del IFT resolvió que Telmex es responsable de la práctica monopólica relativa, prevista en el artículo 10 fracción XI de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), consistente en realizar acciones con el fin de obstaculizar el proceso productivo de la concesionaria Axtel en el mercado de larga distancia.
Se acreditó que Telmex realizó tres conductas que obstaculizaron el proceso productivo de Axtel:
1) No atender las solicitudes de Axtel para tener acceso a puertos y/o enlaces de interconexión de larga distancia en las ASL donde tiene ubicadas centrales de tráfico interurbano o centrales con capacidad de enrutamiento.
2) No atender las solicitudes de Axtel sobre información de la ubicación y asignación de sus centrales que atienden localidades sin punto de interconexión para atender cada área de servicio local no abierta a presuscripción.
3) Introducir mensajes grabados en llamadas de larga distancia originadas en la red pública de telecomunicaciones de Axtel para su terminación en la red pública de telecomunicaciones de Telmex. El mensaje anuncia a los usuarios finales la posible suspensión del servicio, lo que tiene por objeto, directo o indirecto, reducir la demanda que enfrenta su competidor Axtel.
Se determinó que estas acciones por parte de Telmex tuvieron como objeto el desplazamiento indebido de Axtel en la oferta de los servicios de telefonía en los que compiten por usuarios finales, así como la reducción de la demanda que esa empresa enfrenta en el mercado.
De esta forma, el IFT resolvió, con fundamento en el artículo 35, fracción V, de la LFCE, imponer una multa por 49 millones 320 mil pesos a Telmex, que es la multa máxima prevista en dicho ordenamiento legal, toda vez que la conducta cometida es altamente grave porque afecta servicios de interés público, causa un daño al mercado porque afecta el proceso de competencia y libre concurrencia y existen elementos para determinar que la empresa tuvo la intención de realizar las conductas imputadas, entre otros.
Asimismo, el IFT ordenó la supresión de la práctica monopólica relativa referida.
El Pleno resolvió dicho expediente durante su XI sesión extraordinaria, celebrada el 3 de septiembre de este año, por lo que esta información se hace del conocimiento público una vez que las partes han sido notificadas y que se cuenta con la versión pública de la resolución, la cual está disponible para su consulta en la página del Instituto, con fundamento en el artículo 2 del Reglamento de la Ley Federal de Competencia Económica, vigente al inicio del procedimiento.
El Pleno del IFT resuelve modificar las Bases de Licitación de frecuencias de televisión abierta para formar dos cadenas con cobertura nacional
- Las modificaciones a las Bases de Licitación buscan, principalmente, ajustar su contenido a lo dispuesto en la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
- Aprueba someter a consulta pública el anteproyecto por el cual se establece el Sistema Electrónico de Interconexión
- Emite 15 resoluciones por las que se impone multa y declara la pérdida de bienes en beneficio de la Nación, derivado de la operación de frecuencias sin contar con concesión o permiso en materia de radiodifusión
- Emite 11 resoluciones por las que se impone multa y declara la pérdida de bienes en beneficio de la Nación, por el uso del espectro radioeléctrico sin contar con concesión en materia de telecomunicaciones, así como por la invasión de las bandas de frecuencias
El día de hoy, en sesión ordinaria, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó el “Acuerdo por medio del cual se modifican las Bases de licitación pública para concesionar el uso, aprovechamiento y explotación comercial de canales de transmisión para la prestación del servicio público de televisión radiodifundida digital, a efecto de formar dos cadenas nacionales en los Estados Unidos Mexicanos”.
Las modificaciones aprobadas tienen por objeto adecuar el procedimiento de licitación a las nuevas exigencias y figuras que establece la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Entre las nuevas características que establece la ley para la licitación de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico y que no estaban contempladas en las Bases publicadas originalmente, se encuentran, entre otras, la necesidad de presentar por parte de los interesados: (i) el proyecto de programación que promueva e incluya la difusión de contenidos nacionales, regionales y locales, y (ii) la opinión previa y favorable de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, en aquellos casos en que se involucre participación de inversión extranjera.
Asimismo, la Ley establece un nuevo régimen de concesiones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, por lo que se adicionan los modelos de títulos de concesión única y de concesión de espectro radioeléctrico. Es importante destacar que el modelo de título de concesión única que se adiciona como parte de los apéndices de las Bases es un título habilitante convergente y moderno, que permite la prestación de todos los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión que técnicamente sean factibles en el territorio nacional, reduciendo significativamente las cargas administrativas innecesarias, sin descuidar en ningún momento que los concesionarios deberán cumplir con todas las obligaciones que la Ley y demás ordenamientos jurídicos les establecen en la prestación de los mismos y la instalación de la infraestructura respectiva.
Aunado a lo anterior y en cumplimiento estricto a lo establecido por la Ley, tanto las Bases como el modelo de título de bandas de frecuencias para uso comercial, dotan de plena certeza jurídica a los interesados en el proceso de licitación respecto de la autorización expresa que tendrán para transmitir multiprogramación, en el entendido que la misma deberá llevarse a cabo, como en el caso de los demás concesionarios, en términos de los lineamientos que al efecto expida este Instituto.
Finalmente, se modificó el calendario del procedimiento de licitación a efecto de reducir los plazos establecidos originalmente, con el objeto de reducir el tiempo para la culminación del procedimiento y, con ello, concluir dentro del primer trimestre de 2015.
Por otra parte, el Pleno aprobó someter a consulta pública el Anteproyecto de Acuerdo mediante el cual se establece el Sistema Electrónico de Interconexión, el cual estará disponible en el portal de Internet del Instituto para recibir los comentarios y opiniones de los participantes en este ejercicio, durante un periodo de 20 días hábiles. Asimismo se aprobó poner a disposición del público una versión de prueba de dicho sistema en el mismo portal de internet.
De acuerdo con el artículo 129 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, la implementación de un sistema electrónico para que los concesionarios que deseen interconectar sus redes tramiten entre sí las solicitudes respectivas de suscripción de convenios de interconexión, implica la implementación de una herramienta informática que hará posible que este proceso de negociaciones se realice con agilidad y de manera remota.
Dicho sistema electrónico se establecerá tanto para los concesionarios que operen redes públicas de telecomunicaciones interesados en interconectarse con otras redes mediante la suscripción del convenio correspondiente, así como para aquellos concesionarios cuyas redes se encuentren interconectadas y que al concluir la vigencia de sus convenios, requieran nuevas condiciones de interconexión con sus contrapartes.
En otros temas, el Pleno del IFT emitió 11 resoluciones mediante las cuales impone multas y declara la pérdida de bienes en beneficio de la Nación, respecto de operadores que no contaban con concesión o permiso en materia de telecomunicaciones. De éstas, cinco se ubican en San Luis Potosí, SLP; dos en Aguascalientes, Ags.; dos en Nuevo León (San Nicolás de los Garza y Monterrey), y las otras dos en el Distrito Federal.
Asimismo, determinó imponer multas y declarar la pérdida en beneficio de la Nación de los bienes destinados a la operación de 15 estaciones de radio que operaban sin contar con concesión o permiso, en diversas localidades de los estados de Puebla, Veracruz y Tabasco.
El IFT gana 18 juicios de amparo promovidos por empresas de Grupo Televisa contra la resolución de preponderancia en Radiodifusión
- En todos los casos, el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones emitió sentencias en las que resolvió sobreseer y no amparar ni proteger a las quejosas
- La autoridad judicial consideró que el IFT fundó y motivó debidamente la resolución de preponderancia
- La determinación del IFT de considerar para la declaratoria de agente económico preponderante al sector de la televisión, excluyendo a radio, cumple con los fines que prevé el decreto de reformas constitucionales
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) ha enfrentado 18 juicios de amparo promovidos por filiales y subsidiarias de Grupo Televisa, en los cuales se reclamaba la resolución por la que se determinó a este grupo de interés económico como Agente Económico Preponderante (AEP) en el sector de la radiodifusión. En todos los casos este órgano regulador ha obtenido sentencia favorable.
Dichos recursos se han dirimido ante el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, cuyas sentencias resuelven sobreseer y no amparar ni proteger a las quejosas.
En este sentido, la Juez de Distrito consideró que el IFT fundó y motivó debidamente la resolución de preponderancia, y que la determinación asumida por este órgano regulador de tomar en cuenta para dicha declaratoria sólo al sector de televisión y no al de radio cumple con los fines que prevé el decreto de reformas constitucionales, consistente en crear condiciones de competencia en sectores altamente concentrados y estratégicos como son el de radiodifusión y el de telecomunicaciones.
Además, considera que la exclusión que se hizo de los permisionarios de radiodifusión se encuentra justificada a cabalidad, por no ser competidores de los agentes económicos preponderantes.
La Juez de Distrito determinó que no era necesario llevar un procedimiento para emitir la declaratoria de preponderancia y otro diverso para establecer las medidas, toda vez que el texto constitucional no hace tal diferencia; también consideró que el hecho de que la reforma constitucional haga referencia a la declaratoria de agente económico preponderante en específico, no implica que no pueda observarse bajo la modalidad de Grupo de Interés Económico.
Contrario a lo señalado por las quejosas, la Unidad de Sistemas de Radio y Televisión sí tenía atribuciones para analizar los resultados de los niveles de audiencia (ratings) de canales de televisión abierta, además de que el análisis realizado fue validado por una empresa especializada en la materia.
Asimismo, se resolvió que la Unidad de Política Regulatoria tiene atribuciones para iniciar y realizar todos los actos necesarios para la integración del procedimiento administrativo de preponderancia, por lo que es sólo atribución del Pleno del Instituto emitir la resolución correspondiente.
La Juez de Distrito consideró que los promoventes de los juicios tuvieron acceso a todas las constancias con las que contó el IFT para emitir la declaratoria de preponderancia y determinó que el Instituto valoró debidamente las pruebas ofrecidas por las empresas quejosas, ya que la autoridad cuenta con el principio de discrecionalidad y potestad que la ley le confiere en el ejercicio de sus atribuciones.
Las resoluciones dictadas por la Juez constituyen determinaciones en primera instancia, por lo que las empresas inconformes tienen la posibilidad de interponer un recurso de revisión ante los Tribunales Colegiados Especializados.
El IFT y Organizaciones de Radios Comunitarias e Indígenas realizan mesas de trabajo sobre concesiones de uso social
- Los resultados de estos trabajos se harán públicos en la página de Internet del Instituto en los próximos días
- Las conclusiones recabadas permitirán al IFT construir el proyecto de lineamientos en materia de las concesiones de uso público y social previstas en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
- Este proyecto será sometido a consulta pública en su momento
Funcionarios del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) sostuvieron una reunión de trabajo con representantes de organizaciones que agrupan a radiodifusoras comunitarias e indígenas y con autoridades en derechos humanos, con el fin de obtener información relevante y recomendaciones para construir el proyecto de lineamientos en materia de concesiones de uso público y social.
De conformidad con lo previsto en el artículo 85 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, los lineamientos de carácter general que diseñará el IFT establecerán los términos en que deberán acreditarse los requisitos para obtener una concesión de uso social. En el caso de concesiones comunitarias e indígenas, el Instituto está obligado a prestar asistencia técnica para facilitar el cumplimiento de dichos requisitos y así promover la instalación u operación de radiodifusoras que permitan a las comunidades indígenas la preservación de su lenguaje, costumbres, cultura e identidad.
Para el desarrollo de este encuentro realizado el día de ayer se organizaron tres mesas de trabajo: una con representantes de organizaciones que agrupan a radiodifusoras comunitarias e indígenas; otra con autoridades en materia de derechos humanos e indígenas, y otra con organismos de apoyo a organizaciones comunitarias e indígenas. Cada mesa discutió temáticas comunes, con la finalidad de recibir retroalimentación desde perspectivas distintas.
La inauguración contó con la participación del Comisionado Presidente del IFT, Gabriel Contreras, las comisionadas Adriana Labardini y María Elena Estavillo y los comisionados Fernando Borjón, Adolfo Cuevas y Mario Fromow. Entre los asistentes estuvieron representantes de la Red de Radios Comunitarias de México A.C. (AMARC México), Redes por la diversidad, equidad y sustentabilidad y A.C., Red de comunicadores Boca de Polen, Red Acuario A.C., Mie Nillu Mazateco, A.C., y el Congreso Nacional de Comunicación Indígena, así como representantes de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) y Observacom.
Como parte de los organismos de apoyo a organizaciones comunitarias e indígenas participaron representantes de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (AMEDI), la Asociación Internacional de Prensa Indígena (AIPIN), y la Asociación Mexicana de Investigadores de Comunicación A. C. (AMIC).
Los temas abordados fueron los siguientes:
1. Naturaleza y fines de las estaciones comunitarias e indígenas.- Elementos esenciales y constitutivos de este tipo de estaciones, así como las finalidades que persiguen en beneficio de la colectividad.
2. Problemáticas y obstáculos históricos para la instalación y operación de estaciones radiodifusoras comunitarias e indígenas.- Dificultades que las comunidades y pueblos indígenas han enfrentado en el pasado para el establecimiento y operación de estos medios de comunicación.
3. Representatividad de comunidades y pueblos indígenas.- Mecanismos que los medios comunitarios e indígenas utilizan para establecer la representatividad que tienen en sus comunidades pueblos indígenas, atendiendo a sus fines, usos y costumbres, entre otros.
4. Expectativas respecto al otorgamiento de concesiones sociales para la instalación y operación de estaciones sociales comunitarias e indígenas.- Expectativas respecto a los alcances de la ley y de la actuación del Instituto en su labor para el otorgamiento de este tipo de concesiones.
Los resultados de las mesas de trabajo serán publicados en el portal del IFT en los próximos días.
En su primer año de actividades, el IFT emite diversas disposiciones que favorecen el desarrollo de mejores servicios
- Modificó las reglas de operación de la portabilidad numérica para agilizar este proceso a los usuarios
- Realizó un exhaustivo proceso de revisión de todos los títulos de concesión vigentes en telecomunicaciones y radiodifusión
- Se creó el Registro Público de Concesiones que integra y actualiza toda la información de las concesiones
- Inició el proceso de licitación de dos posiciones orbitales geoestacionarias para la provisión de capacidad satelital para el servicio fijo por satélite
Durante su primer año de actividades, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), realizó acciones concretas en beneficio del sector de las telecomunicaciones y los usuarios de estos servicios: modificó las reglas de operación de la portabilidad numérica, revisó los títulos de concesión vigentes, creó el Registro Público de Concesiones e inició el proceso de licitación de dos posiciones orbitales geoestacionarias para la provisión de capacidad satelital para el servicio fijo por satélite, entre otras.
Portabilidad numérica
Con el fin de garantizar el acceso al derecho de portabilidad numérica, derecho de los usuarios para conservar su número telefónico independientemente del operador de servicio que elijan, el Pleno del IFT aprobó modificaciones en las especificaciones operativas de este proceso, a fin de hacerlo más ágil y transparente para los usuarios
- Es requisito indispensable para los suscriptores de telefonía móvil de prepago, que el usuario solicitante del cambio de compañía cuente con un Número de Identificación Personal (NIP) de confirmación generado por el Administrador de la Base de Datos (ABD). Ese NIP debe ser enviado a través de un mensaje de texto al número que será portado, a solicitud de la empresa de telefonía a la cual quiere adherirse.
- Se agregó un numeral relativo a la obligatoriedad de los concesionarios para entregar la factura de los servicios contratados por lo menos 10 días naturales antes de la fecha límite de pago.
Las modificaciones aprobadas por el Pleno derivan de los acuerdos alcanzados por unanimidad en el Comité Técnico de Portabilidad, foro presidido y coordinado por el IFT, y en el cual participan proveedores de servicios de telecomunicaciones a los cuales se les ha asignado numeración.
Con estas medidas, se pretende brindar al usuario elementos que le faciliten el proceso de portar su número telefónico cuando así lo decida, reducir los obstáculos que pudieran existir para la realización del trámite requerido, y brindar mayor claridad, certeza y transparencia en la implantación de la portabilidad.
Registro Público de Concesiones
Como parte de la Agenda 180 días, y en cumplimiento de los mandatos contenidos en las fracciones V y VI del artículo Octavo transitorio del Decreto de reforma constitucional en materia de telecomunicaciones, el IFT creó en marzo pasado el Registro Público de Concesiones.
Tras la revisión de un total de 3 mil 852 expedientes de concesiones de telecomunicaciones y radiodifusión vigentes y concluidas, se constituyó el Registro Público de Concesiones, base de datos que integra y actualiza toda la información de las concesiones que actualmente prestan servicios en los mercados de telecomunicaciones y de radiodifusión.
Este Registro, diseñado en una plataforma digital y la cual que se puede consultar en línea y de forma gratuita, presenta toda la información relevante de las concesiones de telecomunicaciones y radiodifusión (nombre del concesionario, fecha de otorgamiento de la concesión, vigencia, cobertura, servicios autorizados y, en su caso, bandas de frecuencias, posiciones orbitales y/o sistemas satelitales asociados, entre otros datos).
Revisión de títulos de concesión
Por otra parte, tanto la Unidad de Supervisión y Verificación como la Unidad de Sistemas de Radio y Televisión revisaron todos los expedientes integrados a los concesionarios, un universo de 3 mil 323 títulos de concesión vigentes en materia de telecomunicaciones y radiodifusión. Con esta labor, el IFT pudo generar información actualizada sobre el estado de cumplimiento de estos e integrar el proceso de recepción y clasificación de la documentación como parte estructural de las acciones de supervisión.
Una vez concluida la revisión de los títulos de concesión, el Instituto formuló requerimientos de información a los operadores con expedientes incompletos.
Los títulos de concesión para prestar servicios públicos de telecomunicaciones y radiodifusión permiten a los usuarios conocer las opciones con las que cuentan y las obligaciones aplicables a los concesionarios.
Licitación de posiciones orbitales geoestacionarias
El 11 de diciembre de 2013, el Pleno del IFT aprobó el Programa de Licitación de dos posiciones orbitales geoestacionarias para la provisión de capacidad satelital para el servicio fijo por satélite: 113° Oeste y 116.8° Oeste y sus bandas asociadas C y Ku extendidas, con cobertura en el territorio nacional. Posteriormente, el 16 de julio de 2014, se aprobaron la Convocatoria y las Bases de Licitación.
Se trata de la primera asignación de posiciones orbitales que se hará en el país desde 2005, por lo que con este proceso el IFT promueve la participación de un mayor número de competidores en el mercado satelital, lo que redundará en más inversiones, desarrollo tecnológico y mejores condiciones en calidad y precio en la prestación de estos servicios.
De acuerdo con el Calendario incluido en las Bases, el próximo 25 y 26 de septiembre, los interesados deberán entregar la garantía de seriedad, la opinión favorable en materia de competencia económica y las ofertas económicas y ofertas de garantías de ocupación de la posición orbital geoestacionaria con su banda de frecuencia de frecuencias asociada. El 25 de noviembre del presente año se realizará la sesión de apertura de los sobres con las ofertas económicas y el 11 de diciembre el IFT emitirá el fallo.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones vigila y promueve la competencia en los sectores de Telecomunicaciones y Radiodifusión
- Resuelve procedimientos en los que impone sanciones económicas por prácticas anticompetitivas
- Inicia investigaciones por prácticas monopólicas relativas en telecomunicaciones y televisión abierta
- Determina poder sustancial en cuatro mercados de telecomunicaciones, relativos a enlaces dedicados
- Autoriza diversas solicitudes de concentraciones y cesiones de derechos entre empresas
En cumplimiento a su obligación de garantizar que los servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión se presten en condiciones de competencia, y con esto generar mayor diversidad de ofertas y mejores precios en beneficio de los usuarios, en su primer año de labores, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) emitió resoluciones para sancionar conductas anticompetitivas, dio inicio a investigaciones por prácticas monopólicas relativas, concluyó procesos iniciados en la extinta Comisión Federal de Competencia y autorizó diversas solicitudes de concentración, entre otros procedimientos.
En materia de control de concentraciones, el IFT ha analizado y emitido resolución en 52 asuntos que involucran la transferencia de partes sociales, derechos o activos en general entre agentes económicos y las solicitudes para obtener permisos o concesiones para el uso de espectro radioeléctrico.
Así, en materia de sanciones, el Pleno del IFT determinó que Grupo Televisa y Grupo Megacable, a través de sus filiales Cablevisión y Megacable respectivamente, incurrieron en la práctica monopólica absoluta prevista en la fracción III del artículo 9 de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), consistente en realizar acuerdos en su carácter de competidores, para dividir, distribuir, asignar o imponer porciones o segmentos de los mercados de producción, distribución y comercialización de servicios de telefonía fija, televisión restringida y acceso a Internet a consumidores finales en diversos municipios del Estado de México, en el periodo comprendido entre los años 2010 a 2012. Como resultado de esto, el IFT resolvió imponer una multa a Cablevisión por 8 millones 733 mil 746 pesos y otra a Megacable por 33 millones 576 mil 102 pesos. Junto con esta sanción económica, el IFT resolvió ordenar a Grupo Televisa y Grupo Megacable la supresión de la práctica monopólica acreditada y presentar mecanismos con plazos que lo garantice, sobre el cual resolverá el Pleno.
En otro expediente, en agosto de 2014, el Pleno del IFT también resolvió imponer una sanción económica por 53 millones 838 mil pesos a Corporativo Vasco de Quiroga, filial de Televisa debido a que no cumplió con condiciones que le fueron impuestas cuando se le autorizó la compra de acciones de Televisión Internacional (TVI), relativas a la participación de miembros de sus Consejos de Administración en otras empresas de servicios de telecomunicaciones.
Asimismo, en diciembre de 2013, se resolvió el recurso de reconsideración interpuesto por Teléfonos de México, S.A.B. de C.V., en contra de la resolución emitida el 25 de junio de 2009 en las que se determinó que esa empresa y Teléfonos del Noroeste, S.A. de C.V. detentan poder sustancial en las localidades en las que prestan sus servicios relevantes en los 97 mercados mayoristas de arrendamiento de enlaces dedicados locales, de larga distancia nacional, larga distancia internacional y de interconexión. En este sentido, el Pleno del IFT confirmó que ambas empresas detentan dicho poder sustancial en los cuatro mercados referidos. Ambas empresas promovieron juicios de amparo en contra de esta decisión, los cuales están pendientes de resolución por parte del Poder Judicial de la Federación.
Además, el IFT ha iniciado diversos procedimientos de investigación sobre posibles conductas violatorias de la LFCE. El IFT inició la investigación de prácticas monopólicas relativas previstas en las fracciones VII, IX, X y XI del artículo 10 de la Ley Federal de Competencia Económica, en los mercados de comercialización de servicios de telecomunicaciones en territorio nacional, provisión del servicio de Internet en el territorio nacional y los de adquisición, distribución y comercialización de contenidos que se transmiten en el territorio nacional por Internet y televisión restringida.
De igual forma, en marzo de 2014, el IFT inició la investigación de la práctica monopólica relativa prevista en la fracción XI del artículo 10 de la LFCE, en el mercado de provisión del servicio de televisión restringida en localidades del Estado de Sinaloa.
Derivado de una denuncia, el IFT inició en abril de 2014 la investigación de prácticas monopólicas relativas previstas en las fracciones V, VI, X y XI del artículo 10 de la Ley Federal de Competencia Económica, en el mercado de la venta de publicidad en televisión abierta en el territorio nacional.