El Pleno del IFT identifica los Contenidos Audiovisuales Relevantes sobre los que los Agentes Económicos Preponderantes en los sectores de Radiodifusión y Telecomunicaciones no podrán contratar derechos de transmisión en exclusiva (Comunicado 25/2014)
El Pleno del IFT identifica los Contenidos Audiovisuales Relevantes sobre los que los Agentes Económicos Preponderantes en los sectores de Radiodifusión y Telecomunicaciones no podrán contratar derechos de transmisión en exclusiva
• La resolución se basa en el análisis realizado sobre un universo de 220 mil 724 contenidos audiovisuales emitidos entre el 1 de abril de 2010 y el 30 de abril de 2014
• La determinación de los contenidos se hizo en función de su carácter no replicable y alto nivel esperado de audiencia regional o nacional
De conformidad con las Resoluciones por las que se determinó a los Agentes Económicos Preponderantes en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) estableció que estos Agentes no podrán adquirir en exclusiva derechos de transmisión para cualquier lugar del territorio nacional sobre Contenidos Audiovisuales Relevantes, o realizar conductas con efectos similares.
La determinación de estos contenidos es de gran relevancia debido a que, al ser contratados en exclusiva por los Agentes Económicos Preponderantes, permiten a éstos fortalecer su posición frente a las audiencias y limita a otros participantes en el mercado para competir de manera efectiva.
De esta manera, a fin de contar con los elementos técnicos suficientes, la Unidad de Sistemas de Radio y Televisión del Instituto (USRTV) hizo un análisis entre un universo de 220 mil 724 contenidos audiovisuales de televisión radiodifundida transmitidos a través de televisión radiodifundida o restringida, en el periodo histórico comprendido entre el 1 de abril de 2010 y el 30 de abril de 2014, en función de su carácter no replicable y su alto nivel esperado de audiencia nacional o regional, con base en datos proporcionados por Nielsen IBOPE México.
Dicho análisis toma como medida el rating o nivel de audiencia, debido a que permite identificar cuáles son aquellos contenidos que en cierto lapso captan mayor interés en un segmento de la población y, por lo tanto, tienen un alto nivel de audiencia.
De esta manera, en cumplimiento a lo dispuesto en el transitorio Tercero del Anexo 1 de la Resolución por la que se determinó al Agente Económico Preponderante en el sector de radiodifusión, así como en el transitorio Segundo del Anexo 4 de la Resolución por la que se determinó al Agente Económico Preponderante en el sector de telecomunicaciones, el Pleno del IFT, en sesión extraordinaria celebrada el día de ayer, identificó dichos Contenidos Audiovisuales Relevantes, por su carácter no replicable y su alto nivel esperado de audiencia regional o nacional, con base en los registros históricos de eventos similares, siendo los siguientes:
a) Los partidos de la selección mexicana de futbol (categoría varonil mayor)
b) Las ceremonias de inauguración y clausura de los Juegos Olímpicos de Verano organizados por el Comité Olímpico Internacional
c) Las ceremonias de inauguración y clausura, y los partidos de inauguración, cuartos de final, semifinales y final de la Copa Mundial de la Federación Internacional de Futbol Asociación (FIFA), organizados cada cuatro años y conocido comúnmente como Copa del Mundo o Mundial de Futbol
d) Los partidos de la final del torneo de liga de primera división, organizado por la Federación Mexicana de Futbol, conocida comúnmente como la Liga MX
De esta manera, se atiende lo establecido en la medida señalada, impuesta a los Agentes Económicos Preponderantes en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.