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El Pleno del IFT aprueba someter a Consulta Pública el Anteproyecto de las Reglas de Portabilidad Numérica (Comunicado 47/2014)

El Pleno del IFT aprueba someter a Consulta Pública el Anteproyecto de las Reglas de Portabilidad Numérica

 

  • Se busca eliminar requisitos que puedan retrasar o impedir a los usuarios ejercer su derecho de mantener su número telefónico al contratar otro proveedor del servicio
  • Resuelve cuatro desacuerdos de interconexión entre concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones

 

El día de hoy, en su sesión XIV ordinaria, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó someter a consulta pública el Anteproyecto del Acuerdo mediante el cual se emiten las Reglas de Portabilidad Numérica y se modifica el Plan Técnico Fundamental de Numeración y el Plan Técnico Fundamental de Señalización, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 21 de junio de 1996.

La consulta pública de mérito transparenta y promueve la participación ciudadana en los procesos de emisión de disposiciones de carácter general por parte del IFT, además de que con los comentarios que se reciban, podrá robustecerse la toma de decisiones del propio Instituto. Con este ejercicio podrán conocerse los comentarios y opiniones de académicos, miembros de la industria, especialistas y sociedad en general sobre el documento sometido a consulta, a efecto de que, en su oportunidad, el Proyecto que resulte pueda ser debidamente analizado por el Pleno del IFT, para su eventual aprobación y posterior publicación.

Con la emisión de las Reglas de Portabilidad, el IFT dará cabal cumplimiento a lo dispuesto por el artículo Trigésimo Octavo Transitorio del Decreto de expedición de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el cual establece la obligación de este órgano regulador de emitir, dentro de los sesenta días hábiles siguientes a la entrada en vigor de dicha Ley, las reglas  administrativas necesarias que eliminen requisitos que puedan retrasar o impedir la portabilidad numérica.

De esta manera, en el Anteproyecto de Reglas que estará a disposición de todos los interesados para su consulta en la página de Internet del Instituto durante un periodo de 10 (diez) hábiles a partir de su publicación, se establecen reglas para garantizar una portabilidad efectiva en un lapso máximo de 24 horas y promover que los trámites para hacer las portaciones de números telefónicos puedan realizarse a través de medios electrónicos, con el fin de que los usuarios ejerzan libre y efectivamente su derecho de elegir al proveedor del servicio de su preferencia, conservando su número telefónico.

Para efecto de conseguir una adecuada implementación de la portabilidad numérica en los términos abordados por el Anteproyecto de Reglas, se hace necesaria también la modificación del Plan Técnico Fundamental de Numeración y del Plan Técnico Fundamental de Señalización, a fin de incorporar los parámetros técnicos que se requieren para la adopción exitosa del nuevo esquema regulatorio aplicable en la materia.

El Pleno del IFT también resolvió cuatro desacuerdos de interconexión entre concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones:

1) La tarifa de interconexión que Megacable Comunicaciones de México, S.A. de C.V. deberá pagarle a Radiomóvil Dipsa, S.A. de C.V. por servicios de terminación conmutada en usuarios móviles bajo la modalidad “El que llama paga” será de $0.3214 pesos por minuto, con vigencia del primero de enero al 31 de diciembre de 2012.

2) La tarifa de interconexión que Cablevisión, S.A. de C.V., Bestphone S.A. de C.V. y Cablemás Telecomunicaciones, S.A. de C.V. deberán pagarle a Radiomóvil Dipsa, S.A. de C.V. por servicios de terminación conmutada en usuarios móviles bajo la modalidad “El que llama paga”, así como la tarifa que Operbes, S.A. de C.V. y Cablemás deberán pagarle a Radiomóvil Dipsa por el mismo concepto bajo la modalidad “El que llama paga nacional” será de $0.3214 pesos por minuto, del primero de enero al 31 de diciembre de 2012.

En tanto, la tarifa que Radiomóvil Dipsa deberá pagarles a Cablevisión, Bestphone y Cablemás por servicios de terminación en usuarios fijos será de $0.02432 pesos por minuto, con vigencia del primero de enero al 31 de diciembre de 2012.

3) Las tarifas de interconexión que Avantel, S. de R.L. de C.V. y Axtel, S.A.B. de C.V. deberán pagarle a las empresas Iusacell PCS, S.A. de C.V., Comunicaciones Celulares de Occidente, S.A. de C.V., Sistemas Telefónicos Portátiles Celulares, S.A. de C.V., SOS Telecomunicaciones, S.A. de C.V., Telecomunicaciones del Golfo, S.A. de C.V., Portatel del Sureste, S.A. de C.V. y Operadora Unefon S.A. de C.V., por servicios de terminación conmutada en usuarios móviles bajo la modalidad “El que llama paga” y “El que llama paga nacional”, serán las siguientes:

  • Del primero de enero al 31 de diciembre de 2012, $0.3214 pesos por minuto
  • Del primero de enero al 31 de diciembre de 2013, $0.3144 pesos por minuto

4) La tarifa de interconexión que Alestra S. de R.L. de C.V. deberá pagarle a las empresas Comunicaciones Celulares de Occidente, S.A. de C.V., Sistemas Telefónicos Portátiles Celulares, S.A. de C.V., Telecomunicaciones del Golfo, S.A. de C.V., Iusacell PCS, S.A. de C.V., Iusacell PCS de México, S.A de C.V. SOS Telecomunicaciones, S.A. de C.V., Portatel del Sureste, S.A. de C.V. y Operadora Unefon S.A. de C.V., por servicios de terminación conmutada en usuarios móviles bajo las modalidades “El que llama paga” o “El que llama paga nacional”, será de $0.3214 pesos por minuto, del primero de enero al 31 de diciembre de 2012.

 

 Fecha del Comunicado: 08 October 2014

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