El Instituto Federal de Telecomunicaciones realiza acciones y emite regulaciones para impulsar la competencia en el sector de radiodifusión (Comunicado 38/2014)
El Instituto Federal de Telecomunicaciones realiza acciones y emite regulaciones para impulsar la competencia en el sector de radiodifusión
- Con estas disposiciones se promueve una mayor oferta y mejor calidad de los servicios
- Inició el proceso de licitación para dos cadenas nacionales de televisión abierta digital
- Emitió la nueva política de transición a la Televisión Digital Terrestre
- Expidió los lineamientos para la retransmisión de las señales de tv abierta en los sistemas de paga
A un año de haberse constituido, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) emitió diversas disposiciones encaminadas a promover una mayor oferta de servicios y mejorar la calidad en el sector de la radiodifusión, en cumplimiento a lo previsto en la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones.
Así, el IFT inició el proceso para licitar dos cadenas nacionales de televisión abierta digital, proceso inédito en el país y que concluirá en el primer semestre de 2015 con el otorgamiento y firma de los títulos de concesión correspondientes.
El Decreto de reforma constitucional, en su artículo 8° transitorio, fracción II prevé que el Instituto, para cumplir con el "Programa de Licitación y Adjudicación de Frecuencias de Televisión Radiodifundida Digital", debía publicar en un plazo no mayor a 180 días naturales a partir de su integración, las bases y convocatorias para licitar nuevas concesiones de frecuencias de televisión radiodifundida agrupadas a efecto de formar por lo menos dos nuevas cadenas de televisión con cobertura nacional.
El 20 de diciembre de 2013, el Pleno del Instituto publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Programa de Licitación, con las frecuencias y coberturas de las estaciones de radiodifusión de televisión en el país con las que se formarán las dos cadenas nacionales. Más tarde, el 30 de enero, se modificó el programa, atendiendo a ocho escritos con manifestaciones al respecto, conforme a lo previsto en el artículo 17-A de la Ley Federal de Radio y Televisión, entonces vigente.
La convocatoria a la licitación se publicó en el DOF el 7 de marzo de 2014 y las Bases de Licitación (Licitación No. IFT-1) se pusieron a disposición de los interesados a través del portal de Internet del
Instituto el 8 de marzo del 2014. El 12 de junio el Pleno modificó la convocatoria y el calendario previsto en las bases, en espera de la publicación de la legislación secundaria derivada del Decreto de reformas a la constitución en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.
La Convocatoria describe las estaciones, con las frecuencias, coberturas y características generales de la licitación, mientras que las Bases de Licitación y sus apéndices establecen, entre otros aspectos, los requisitos que deberán cumplir los participantes, el modelo de título de concesión y los términos en los que se desarrollará el proceso.
Las Bases de Licitación establecen el calendario del proceso y detallan que el criterio para definir al (los) ganador(es) de la licitación no será meramente económico, ya que se tomarán en cuenta las capacidades técnica, jurídica y financiera de los participantes, la congruencia de los planes de negocios con los fines constitucionales y del Programa de Licitación, así como aspectos relativos a la limitación a la acumulación de espectro radioeléctrico y la maximización de cobertura, en beneficio directo de la población.
El 2 y 3 de septiembre pasados los interesados en participar en la licitación presentaron su solicitud de opinión en materia de competencia económica. El desahogo de cada una de las etapas posteriores se especifica en el calendario publicado.
Política de TDT
Durante su primer año de operación, el IFT aprobó la nueva Política para la Transición a la Televisión Digital Terrestre (TDT), la cual establece las directrices que deben seguir los concesionarios y permisionarios para concluir la transmisión de las señales analógicas de televisión a más tardar el 31 de diciembre de 2015.
El documento incorpora comentarios y opiniones presentados por los participantes en la consulta pública realizada del 18 de julio al 8 de agosto del presente año, y se adecua a las disposiciones contenidas en el nuevo marco legal.
De conformidad con la nueva política de transición, a más tardar el 15 de agosto de 2015 todas las estaciones de televisión del país deberán contar con transmisiones de TDT al aire.
Entre los beneficios de la TDT destaca la multiprogramación, sistema que permite transmitir más de un canal de programación en el mismo canal de transmisión. La nueva Política TDT señala que los concesionarios y permisionarios que quieran hacer uso de ésta deberán cumplir lo previsto en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y en los lineamientos en la materia que emita el Instituto.
El IFT realizará las acciones necesarias para mantener debidamente informada a la población sobre la transición a la TDT, especificando fecha y hora en que se realizará la terminación de las transmisiones analógicas, tarea para la cual podrá coordinarse con dependencias de la Administración Púbica. Los concesionarios y permisionarios del servicio también estarán obligados a hacer campañas para informar de manera oportuna a sus audiencias sobre este proceso.
Retransmisión de señales radiodifundidas
Por otra parte, el 27 de febrero pasado, el IFT publicó en el DOF los lineamientos generales sobre la retransmisión de señales radiodifundida. El documento, que utilizó la información obtenida de una consulta pública realizada entre el 20 de noviembre y 19 de diciembre de 2013, estableció los criterios técnicos para la debida aplicación de las obligaciones previstas en la Constitución para los concesionarios de televisión abierta y restringida en materia de oferta y retransmisión de las señales radiodifundidas.
Con este Acuerdo, el Pleno resolvió que los concesionarios de televisión restringida tienen la obligación de realizar la retransmisión de las señales de televisión radiodifundida en la misma zona de cobertura geográfica sin necesidad de contar con manifestación de voluntad alguna por parte del concesionario de televisión radiodifundida.
Asimismo, la resolución establece que los concesionarios de televisión abierta y/o de televisión restringida que hayan sido declarados con poder sustancial en cualquiera de los mercados de telecomunicaciones o radiodifusión o como agentes económicos preponderantes, no tendrán derecho a la regla de gratuidad, lo cual no deberá impactar como costo adicional en los servicios contratados por los suscriptores y usuarios.