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Instituto Federal de Telecomunicaciones


Comunicados

EL IFT PONE UN NUEVO CANAL DE COMUNICACIÓN A DISPOSICIÓN
DE LOS INTERESADOS EN LA REGULACIÓN DE LA PREPONDERANCIA

 

  • A través de un correo electrónico, el IFT atenderá comentarios y dudas respecto a la regulación asimétrica referente a la preponderancia en los sectores telecomunicaciones y radiodifusión
  • También podrán programarse citas con los funcionarios del Instituto, quienes por su competencia y facultades, pueden atender de manera eficaz los comentarios

 

Con el fin de facilitar orientación a los interesados sobre la regulación en materia de preponderancia y aclarar dudas al respecto, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) habilitó la dirección de correo reunionesmedidasaep@ift.org.mx, el cual entró en operación el pasado 30 de mayo.

Esta nueva vía de comunicación, exclusiva de temas de preponderancia, busca atender diversos comentarios de participantes de la industria en el sentido de contar con un canal abierto a través del cual puedan aclararse de manera expedita dudas respecto a la regulación en esta materia.

A través de ese medio, se podrá solicitar la programación de reuniones de trabajo con funcionarios del IFT para tener una comunicación más directa y que con ello los concesionarios y autorizados canalicen sus dudas e inquietudes, así como solicitar y recibir orientación de temas de preponderancia. De esta forma se promueve y facilita el acercamiento entre los interesados y la autoridad reguladora.

 

Al solicitar una cita, los interesados podrán puntualizar los temas que quieren abordar en torno a la regulación asimétrica en materia de preponderancia emitida por el Instituto, lo que permitirá poner a su disposición a los servidores públicos que, por su competencia y facultades, pueden atender de manera eficaz y veraz dichos asuntos.

 

EL PLENO DEL IFT DETERMINA QUE TELMEX NO VIOLA LA CONDICIÓN

1.9 DE SU TÍTULO DE CONCESIÓN A TRAVÉS DE UNO TV

 

  • Resolvió que en relación con el procedimiento administrativo instaurado en contra de Teléfonos de México, dicha empresa no es administrativamente responsable de la distribución de señales de televisión a través de su red, con motivo del acceso a los contenidos del portal de internet Uno TV
  • Se considera que los contenidos alojados en el portal de Uno TV corresponden a audio y video asociado disponibles en una página web.
  • A diferencia de la televisión, se accede al portal y sus contenidos bajo demanda de los usuarios, independientemente del concesionario con el que tengan contratado el servicio de acceso a internet

 

En su XIV sesión ordinaria, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió el procedimiento administrativo que seguía en contra de Teléfonos de México S.A.B. de C.V. (Telmex) por la probable violación del segundo párrafo de la condición 1.9 de su título de concesión.

El 25 de agosto de 2015, el Instituto inició un procedimiento administrativo de imposición de sanción en contra de Telmex, con motivo de diversas denuncias en las que se presumía que ésta violaba el segundo párrafo de la condición 1.9 de su título de concesión, al distribuir señales de televisión a través de su red mediante la transmisión de Uno TV.

Una vez desahogado el procedimiento conforme a lo que establece el marco legal vigente, se consideró que la distribución de señales de televisión a que se refiere su título es un servicio de conducción de señales de un punto hacia varios puntos de recepción determinados, y en el presente caso, la información de Uno TV se encuentra almacenada y se accede bajo demanda. 

 

Adicionalmente, se consideró que los contenidos que se pueden ver en la dirección electrónica www.unotv.com están almacenados en internet y, como en cualquier otro sitio, pueden ser descargados por cualquiera que cuente con el servicio de acceso a internet, independientemente del proveedor del acceso que tengan contratado. Por ello, no se trata de televisión radiodifundida o restringida, por lo que el Pleno determinó que no existían elementos para acreditar que Telmex sea administrativamente responsable del incumplimiento al segundo párrafo de la Condición 1.9 de su título de concesión, “Distribución de Señales de Televisión”.

 

 

FALLAS EN EL SERVICIO, PRINCIPAL INCONFORMIDAD DE USUARIOS DE TELECOMUNICACIONES

 

  • Del 1 de febrero al 30 de abril de 2016 el sistema Soy Usuario recibió 3,147 inconformidades, de las cuales el 62.4% corresponde a fallas en el servicio
  • Del total de inconformidades, el 33.1% corresponden al servicio de telefonía móvil, el 30.4% a Internet, 19.7% a televisión de paga, 16.5% a telefonía fija y el 0.3% al servicio de radio o trunking

Soy Usuario es un espacio de pre conciliación entre la empresa y los usuarios, cuyo fin es buscar un acuerdo entre ambas partes

 

 

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) pone a disposición de los interesados el más reciente informe sobre las inconformidades recibidas a través del sistema Soy Usuario, la plataforma de acceso vía Internet que permite llevar a cabo un proceso de pre conciliación entre los prestadores de servicios y sus usuarios. 

 

Durante el periodo comprendido entre el 1 de febrero y el 30 de abril de 2016, el sistema Soy Usuario recibió 3,147 inconformidades, de las cuales el 33.1% corresponden al servicio de telefonía móvil, el 30.4% a Internet, 19.7% a televisión de paga, 16.5% a telefonía fija y el 0.3% al servicio de radio o trunking. 

 

Cabe señalar que del total de inconformidades recibidas el 62.4% correspondieron a fallas en el servicio, seguidas de los problemas de cargos, saldos y bonificaciones (13.4%), y de portabilidad (9.5%), principalmente.

De las fallas en el servicio señaladas, el 43.4% corresponde a internet, el 21.5% a telefonía móvil y el 20.4% al servicio de televisión de paga, entre otros. 

 

De las 3,147 inconformidades presentadas en el periodo reportado, el 66.2% (2,082) fueron atendidas por la empresa; 16.2% se encuentran en proceso de solución; 10.5% fueron remitidas a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) por el usuario; 3.8% se cancelaron por duplicidad; 2.4% se desecharon por falta de respuesta del usuario y, 0.9% corresponden a asesorías otorgadas por el IFT.

 

Los proveedores de servicios de telefonía móvil brindaron una respuesta que pone fin a la inconformidad en un promedio de 5.3 días hábiles, mientras que para los servicios fijos el promedio es de 10 días hábiles.

 

De las 2,082 inconformidades atendidas, mismas que tuvieron respuesta por parte de los operadores, 506 (24%) fueron calificadas por los usuarios, donde 341 se calificaron como satisfactorias y 165 como insatisfactorias, en términos porcentuales. Es importante señalar que una vez que la empresa otorga una respuesta que da fin a la inconformidad, el usuario tiene la opción de ingresar al sistema e indicar si se encuentra satisfecho, si está insatisfecho o si desea solicitar la intervención de la Profeco. Los casos que no se calificaron, se refieren a aquellos en los que el interesado ya no volvió al sistema a otorgar una respuesta.

 

La herramienta Soy Usuario fue diseñado de manera conjunta entre el IFT y la Profeco y tiene el objetivo de ser un medio de pre conciliación, a través del cual, los interesados pueden enviar de manera directa sus quejas a los proveedores de servicios; las empresas deberán ofrecer una solución y, en caso de que la misma no sea satisfactoria; los interesados pueden solicitar el apoyo de Profeco. La herramienta puede consultarse en la página de internet del IFT, en www.ift.org.mx, en la pestaña Usuarios y Audiencias/Levanta tu queja Soy Usuario. Algunas de sus principales ventajas son las siguientes:

 

          •             Herramienta responsiva, es decir, que se puede consultar desde cualquier dispositivo móvil sin necesidad de realizar descargas.

      •             Acceso permanente a la herramienta para el ingreso y seguimiento de sus inconformidades.

          •             Recepción automática de notificaciones al correo electrónico y, en caso de solicitarlo, al teléfono móvil.

          •             Herramienta con funciones de accesibilidad.

          •             Facilidad para solicitar la intervención de la Profeco, de acuerdo con sus atribuciones.

          •             Monitoreo y apoyo constante del IFT. 

 

En el reporte que pone el IFT a disposición de los interesados, puede consultarse el número de inconformidades recibidas en la herramienta en el periodo descrito y contra quiénes fueron dirigidas, así como el estatus de atención que han recibido.

El IFT continúa trabajando en conjunto con la Profeco y los prestadores de servicios a fin de mejorar la atención a través del sistema en favor de los usuarios. Ingresa a www.soyusuario.ift.org.mx y haz valer tus derechos. #SoyUsuario

EL IFT OBTIENE LA CERTIFICACIÓN EN LA NORMA MEXICANA NMX-R-SCFI-2015 EN IGUALDAD LABORAL Y NO DISCRIMINACIÓN

 

  • El Instituto es la primera institución pública certificada en la Norma Mexicana NMX-R-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación, al obtener una evaluación de 95 puntos sobre los 100 posibles establecidos, en la auditoría de certificación
  • La Norma Mexicana está basada y da cumplimiento a normatividad internacional y nacional en materia de igualdad y no discriminación en el trabajo; considera la igualdad de género como una cuestión transversal
  • En la entrega del certificado se contó con la participación de los integrantes del Consejo Interinstitucional que promueve su implementación

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), se convirtió en la primera institución pública certificada en la Norma Mexicana NMX-R-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación, cuyo objetivo es propiciar un ambiente de igualdad y no discriminación en el ámbito laboral, a través del reconocimiento de las buenas prácticas laborales en los centros de trabajo.

La Norma, que entró en vigor el 18 de diciembre de 2015, es resultado de un esfuerzo conjunto entre la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) y el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED). El IFT obtuvo la certificación de Factual Services S.C., al obtener una evaluación de 95 puntos sobre los 100 posibles establecidos.

En México, la consolidación y mejora del mercado laboral debe tener como uno de sus componentes el pleno respeto y garantía de los derechos humanos, y la certificación con esta Norma Mexicana está basada y da cumplimiento a normatividad internacional y nacional en materia de igualdad y no discriminación en el trabajo; considera la igualdad de género como una cuestión transversal en el marco del concepto de trabajo decente establecido por la Organización Internacional del Trabajo.

La NMX-R-025-SCFI-2015 es un mecanismo de adopción voluntaria que establece los lineamientos para la certificación de organizaciones públicas y privadas comprometidas con el desarrollo profesional y humano de su personal, a través de una estrategia integral de recursos humanos que fomente la igualdad de oportunidades en el trabajo, tanto por su responsabilidad social, así como por generar un ejemplo multiplicador y mejor posicionamiento ante la sociedad y sus principales ejes son:

·         Incorporar la perspectiva de género y no discriminación en los procesos de reclutamiento, selección, movilidad y capacitación;

·         Garantizar la igualdad salarial;

·         Implementar acciones para prevenir y atender la violencia laboral, y

·         Realizar acciones de corresponsabilidad entre la vida laboral, familiar y personal de sus trabajadoras y trabajadores, con igualdad de trato y de oportunidades

Reconociendo que alcanzar la igualdad sustantiva es un proceso que requiere la transformación de la cultura organizacional, uno de los principios del certificado es la progresividad, misma que se aplica a través de la mejora continua hacia el logro de los resultados óptimos.

El Comisionado Presidente del IFT, Gabriel Contreras Saldivar, recibió la constancia respectiva, en un evento que contó con la participación de los integrantes del Consejo Interinstitucional que promueve su implementación; el Subsecretario del Previsión Social, José Adán Ignacio Rubí Salazar; Lorena Cruz Sánchez, Presidenta del Instituto Nacional de las Mujeres y Alexandra Haas Paciuc, Presidenta del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación. Asistieron también los Comisionados del Instituto, Adriana Sofía Labardini Inzunza, María Elena Estavillo Flores, Mario G. Fromow Rangel y Adolfo Cuevas Teja. 

 Con esta certificación, el Instituto Federal de Telecomunicaciones ratifica su compromiso con la igualdad sustantiva y la no discriminación, mediante la implementación de prácticas laborales que contribuyen a eliminar gradualmente las barreras de discriminación y da vigencia a su política de capital humano que busca conformar un clima armonioso, equitativo e incluyente, para atraer y retener el talento; incentivar la competencia por mérito, la gestión del conocimiento y el desarrollo permanente de su personal.

FUNCIONARIOS DEL IFT PARTICIPAN EN LA XXVIII REUNIÓN DEL COMITÉ CONSULTIVO PERMANENTE I DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE TELECOMUNICACIONES

 

  • En la reunión, celebrada en San Salvador, funcionarios del IFT dialogaron sobre el internet de las cosas y las comunicaciones máquina a máquina
  • El Instituto dio a conocer información sobre el sistema de verificación de IMEI que gestiona en asociación con la GSMA y la ANATEL

Del 17 al 20 de mayo del presente año, se realizó la XXVIII Reunión del Comité Consultivo Permanente I (CCP.I) de la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL), a la que asistieron países miembros de la Organización de los Estados Americanos, algunas organizaciones asociadas, como la UIT, así como representantes de México, entre ellos, funcionarios del Instituto Federal de Telecomunicaciones.

En el encuentro, realizado en la ciudad de San Salvador, El Salvador, miembros del Instituto dialogaron e hicieron contribuciones relacionadas con los beneficios a usuarios de los servicios de telecomunicaciones; accesibilidad de las TIC; el estado actual de la itinerancia móvil a nivel internacional y en México; el criterio técnico adoptado por el IFT para el cálculo de la concentración en los mercados de telecomunicaciones y radiodifusión, y dos documentos enfocados a la regulación de los operadores móviles virtuales.

Asimismo, se presentó un proyecto enfocado a conocer el estado actual de la implementación del Reglamento de Telecomunicaciones Internacionales, y con relación al proceso regional preparatorio para la Asamblea Mundial de Normalización de las Telecomunicaciones 2016, una iniciativa para el aprovechamiento del internet de las cosas en el desarrollo global.

La CCP.I es la entidad especializada de la Organización de los Estados Americanos encargada de la promoción y el desarrollo integral y sostenible de las telecomunicaciones y de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

Para cumplir con estas funciones, la CITEL cuenta con dos comités especializados. Uno de ellos es el CCP.I, que asesora en materia de reglamentación, normalización y políticas públicas internacionales de telecomunicaciones y TIC.

En el marco del evento, se celebraron también la tercera reunión extraordinaria del Comité Directivo Permanente de la CITEL (COM/CITEL), en la cual se analizaron los temas de las categorías de miembros asociados y de las contribuciones a la Comisión, así como los siguientes seminarios:

          “El internet de las cosas y las comunicaciones máquina a máquina: enfoque en las Américas”, el 16 de mayo. En él se analizó, entre otros temas, lo relacionado a las necesidades de espectro para la conexión de dispositivos, las ciudades inteligentes y el beneficio directo que el internet de las cosas podrá tener para los usuarios finales.

          “Medidas de seguridad implementadas en la contratación de los servicios móviles” y “Mejores prácticas regulatorias para combatir el fraude en la recepción de señales de TV satelital por suscripción”, los días 18 y 19 de mayo respectivamente. En el primero de ellos, el IFT dio a conocer el sistema de verificación de IMEI que el Instituto gestiona en asociación con la GSMA y la ANATEL.

 

La presencia del IFT en encuentros internacionales especializados como la XXVIII Reunión del CCP.I permite compartir los avances institucionales, estar en contacto con las mejores prácticas internacionales, así como posicionar al Instituto como un organismo regulador de referencia en los ámbitos regional e internacional.

Ciudad de México a 2 de junio de 2016

 

 

EL IFT ESTABLECE LAS CONDICIONES PARA QUE CABLEVISIÓN Y MEGACABLE SUPRIMAN UNA PRÁCTICA MONOPÓLICA ABSOLUTA

 

  • Ambos agentes económicos fueron sancionados por el IFT el 17 de febrero de 2014 y el 1 de diciembre de 2015 por conductas que tuvieron como efecto la segmentación del mercado en diversos municipios del Estado de México para la prestación de servicios empaquetados de telefonía, internet y televisión restringida (doble Play y triple play), bajo la Marca YOO
  • El IFT ordenó la supresión de la práctica monopólica absoluta y, para ello, la presentación de un mecanismo eficaz para eliminar la conducta sancionada, apercibiendo a Cablevisión y Megacable de que en caso de que no presentaran un mecanismo efectivo, sería el Instituto quien determinaría los términos y condiciones para hacerlo

 

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió, en sesión ordinaria celebrada el 18 de mayo de 2016, establecer los términos y condiciones bajo los cuales, Grupo Televisa, a través de Cablevisión y Grupo Megacable, a través de Megacable, debían suprimir la Práctica Monopólica Absoluta (PMA) consistente en la realización de conductas que tuvieron como efecto la segmentación del mercado en diversos municipios del Estado de México para la prestación de servicios empaquetados de telefonía, internet y televisión restringida (2Play y 3Play), bajo la Marca YOO.

 

Cabe recordar que ambos agentes económicos ya habían sido sancionados por el IFT el 17 de febrero de 2014 y el 1 de diciembre de 2015, por la realización de estas conductas. Al mismo tiempo, el Instituto ordenó la supresión de la PMA a través de la presentación de un mecanismo eficaz para ello; ambos agentes fueron apercibidos de que, si el mecanismo no era efectivo para suprimir la PMA, sería el Pleno del IFT el que determinaría los términos y condiciones para hacerlo.

 

Así, el Pleno del Instituto determinó el 18 de mayo pasado que las propuestas de mecanismos presentadas por Megacable y Grupo Televisa, S.A.B. de C.V. no eran efectivos, viables ni idóneos para suprimir eficazmente las condiciones que originaron la PMA.

Por tal motivo, el IFT estableció los términos y condiciones bajo los cuales, Grupo Televisa y Megacable debían suprimir esta práctica monopólica absoluta.

 

En términos generales, el mecanismo impuesto por el IFT atiende a cuestiones relacionadas con la titularidad de la Marca YOO, las estrategias de mercadotecnia que realicen estos agentes económicos y la asignación geográfica para la prestación de servicios de telefonía, internet y televisión restringida, teniendo como objeto primordial, restablecer el proceso de competencia económica para la prestación de servicios de telecomunicaciones en el Estado de México.

 

La resolución del Pleno sienta un precedente importante sobre el uso conjunto de marcas en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.

 

En virtud de que una marca obliga a que los servicios prestados bajo la misma se presten con la misma calidad, el uso conjunto de una marca por competidores puede inhibir la competencia en el rubro de calidad. Los mecanismos ordenados garantizan que la competencia no se inhiba entre competidores.

INICIA PROCESO DE OPINIÓN PÚBLICA SOBRE LAS PREBASES
DE LICITACIÓN DE 148 CANALES DE TELEVISIÓN

 

  • Se busca obtener retroalimentación de los interesados en el proceso, para la elaboración de las bases finales de licitación
  • La prebases contemplan un mecanismo de reloj de precio ascendente por cada canal disponible
  • El proyecto propone la realización de la licitación en cuatro etapas: publicación de la convocatoria, evaluación y emisión de constancias, presentación de ofertas y pago y otorgamiento de títulos

 

La Unidad de Espectro Radioeléctrico del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) inicia el día de hoy un proceso de opinión pública sobre la propuesta del esquema de licitación de 148 frecuencias de televisión digital terrestre (Licitación No. IFT-6), la cual estará disponible durante 20 días hábiles en la página electrónica del Instituto (www.ift.org.mx).

La Licitación No. IFT-6 tiene por objeto concesionar el uso, aprovechamiento y explotación comercial de frecuencias para 148 Canales de Transmisión, con sus respectivas Zonas de Cobertura, en las bandas de 174-216 MHz (Banda VHF) y 470-608 MHz (Banda UHF) para la prestación del Servicio Público de Radiodifusión de Televisión Digital Terrestre por un plazo de 20 años.

Con este proceso de opinión pública, se busca obtener retroalimentación de los interesados en el proceso para la elaboración de las bases finales de licitación, mismas que deberán ser aprobadas por el Pleno del Instituto, previas a su publicación final en la página del Instituto y en el Diario Oficial de la Federación.

Es importante mencionar que las prebases que se analizarán en este proceso de opinión pública son una propuesta de la Unidad de Espectro Radioeléctrico y no necesariamente reflejan la opinión del Pleno del IFT, por lo que este ejercicio servirá para robustecer la propuesta que, finalmente, voten los comisionados del Instituto.

Para dotar de flexibilidad a los participantes en la licitación, éstos podrán seleccionar los canales de transmisión de manera individual, pues no se predefinen agrupamientos de canales específicos por regiones.

Las prebases contemplan que el registro, entrega de información de los interesados, así como el procedimiento de presentación de la oferta se realicen de manera electrónica, para lo cual se contará con una “Mesa de ayuda” que provea asistencia telefónica y técnica en el uso de la plataforma informática.

Se propone también el uso de la firma electrónica (FIEL) del Sistema de Administración Tributaria (SAT) para la certificación de la información y documentación entregada por los Interesados vía electrónica; además de que para la emisión de constancias de participación será necesario contar con 3 dictámenes favorables: técnico, jurídico y económico.

Con las prebases de licitación sometidas a opinión pública se busca promover la participación de cualquier interesado, minimizando las barreras a la entrada.

En ese sentido, la propuesta de los valores mínimos de referencia se hará en función del resultado de la licitación No. IFT-1 (de las dos cadenas nacionales de televisión); además, no se exige a los entrantes condiciones distintas respecto a las obligaciones que tienen actualmente los concesionarios ya establecidos.

En materia de competencia, se propone un límite de acumulación de 6 MHz por cada localidad. Esto significa que no se permitirá participar por un canal a aquellos participantes y su grupo de interés que cuenten con una o más estaciones en la misma población.

 

Asimismo, se prevé otorgar un incentivo de 10 por ciento sobre el componente económico a aquel participante que no supere el 15 por ciento de cobertura de población a nivel nacional en todas las estaciones en las que participe. Dentro del calendario de licitación propuesto en las prebases, se contempla que el fallo de la licitación se realice en el segundo semestre de 2017.

EL IFT RESUELVE SOBRE EL OTORGAMIENTO A AT&T Y A TELCEL DE TÍTULOS DE CONCESIÓN
DE ESPECTRO RADIOELÉCTRICO PARA EL DESPLIEGUE DE SERVICIOS 4G

 

 

  • Ambos concesionarios resultaron ganadores de la licitación No. IFT-3 que tuvo como objetivo concesionar el uso, aprovechamiento y explotación comercial de 80 MHz de espectro radioeléctrico disponibles en la banda de frecuencias 1710-1780/2110-2180 MHz (banda AWS).
  • Se prorroga la vigencia de la concesión de Globalstar de México, S. de R.L. de C.V. y se otorga un título de concesión única para uso comercial

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió el pasado 25 de mayo, en sesión extraordinaria, otorgar a AT&T Comunicaciones Digitales, S. de R.L. de C.V. (AT&T) y a Radiomóvil Dipsa, S.A. de C.V. (Telcel) los títulos de concesión correspondientes a la licitación pública IFT-3, para usar, aprovechar y explotar bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para uso comercial en la banda de frecuencias 1710-1780 MHz/2110-2180 MHz (Banda AWS).

Ambas empresas ganadoras del proceso licitatorio, por separado, acreditaron ante el Instituto el cumplimiento del pago de las contraprestaciones que ofrecieron por la asignación del espectro en el tiempo establecido.

Adicionalmente, Telcel notificó al Instituto el pasado 17 de mayo, la conclusión de los trabajos relativos al cambio de bandas de frecuencias que tenía concesionadas dentro de la banda 1710-1755/2110-2155 MHz, en términos de lo previsto en las Bases de Licitación y de la Resolución emitida por el Pleno el pasado 27 de abril, en el que se autorizó el cambio de bandas que dicha empresa solicitó a efecto de eficientar el uso del espectro que ya tenía asignado previamente en dicho segmento de frecuencias. Este reordenamiento permitirá a los participantes ganadores de la Licitación contar con bloques contiguos de espectro situación que propicia el uso eficiente de este recurso y que se traducirá en velocidades de transferencia de datos más elevadas y en mejores servicios de telefonía móvil, en beneficio de los usuarios finales.  

El proceso licitatorio y el reordenamiento que implicó el cambio de bandas de frecuencias de Telcel permitirán que la ocupación de la Banda AWS quede de la siguiente manera:

 

 

En ambos casos, los títulos que se otorgaron quedarán vinculados a concesiones habilitantes para prestar comercialmente servicios de telecomunicaciones que ya ostentan los concesionarios ganadores.

EL IFT SUPERVISA QUE LA PUBLICIDAD QUE SE PROPORCIONA AL USUARIO SEA COMPLETA Y VERAZ

 

  • El Instituto tiene la facultad de supervisar que la publicidad contenga información veraz y completa, de acuerdo con lo que establece el artículo 293 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR)

  • El IFT ordenó la suspensión de campañas de publicidad de IZZI y Telmex que manejaban conceptos que no cumplían con los requisitos señalados

  • En cumplimiento de lo que establece la LFTR, el IFT seguirá supervisando que la publicidad de la información que se proporciona en los servicios de telecomunicaciones cumpla con los parámetros establecidos

 

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) inició dos procedimientos de supervisión a los concesionarios Cablevisión S.A. de C.V. (IZZI) y Teléfonos de México S.A.B. de C.V. (Telmex), y ordenó la suspensión de campañas de publicidad que se transmitían a través de diversos medios de difusión nacionales entre finales del año pasado y principios del actual, por no proporcionar al público información completa y veraz sobre los servicios de telecomunicaciones que prestan.

Lo anterior, con el fin de salvaguardar el derecho de los usuarios a contar con información completa y veraz respecto de los servicios de telecomunicaciones que prestan los operadores de telefonía e internet fijo en el país.

El artículo 293 de la LFTR señala que el Instituto podrá definir, modificar y, en su caso, ordenar la suspensión de la información si ésta no cumple con ser veraz y completa, ello sin perjuicio de las facultades conferidas a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

Conforme a sus atribuciones legales y tras el monitoreo permanente que realiza, el pasado 18 de abril el IFT requirió a ambas empresas que aclararan la información que publicitaban, ya que no era completa la referencia, en el caso de IZZI, a “internet 3 veces más rápido” y, en el caso de Telmex, respecto al concepto “ilimitado”, conforme su tarifa registrada en supuestos determinados. En ambos casos el IFT ordenó la suspensión de esa publicidad.

Las empresas presentaron al Instituto sus argumentos y señalaron que modificaron la publicidad por lo que, una vez que el IFT verificó el cumplimiento de lo ordenado, determinó el cierre de ambos expedientes.

Los resultados de las acciones de supervisión que realiza el Instituto pueden consultarse en el Registro Público de Concesiones, el cual está disponible en la página de internet del IFT.

 

El Instituto continuará cumpliendo con sus tareas de supervisión para salvaguardar el derecho de los usuarios a recibir información completa y veraz que les permita tomar decisiones informadas.

EL IFT APRUEBA EL ACCESO A LA MULTIPROGRAMACIÓN DE DOS CONCESIONARIOS DE TELEVISIÓN QUE OPERAN EN CINCO LOCALIDADES DE TAMAULIPAS Y NUEVO LEÓN

 

  • La medida aumentará la oferta de canales disponibles de televisión abierta en beneficio de las audiencias, concesionarios de radiodifusión y productores de contenido

·         Por otro lado, transitarán 73 permisos de radiodifusión para la prestación de servicios de radiodifusión al régimen de concesiones de uso público

 

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió autorizar el acceso a la multiprogramación a dos concesionarios de televisión que operan cinco concesiones en igual número de ciudades del país. Con ello, aumentará la oferta de canales disponibles de televisión abierta en beneficio de las audiencias, concesionarios de radiodifusión y productores de contenido.

Cabe recordar que la multiprogramación es un beneficio derivado de la digitalización de la televisión y consiste en la distribución de más de un canal de programación en el mismo canal de transmisión. Transmitir un mayor número de contenidos programáticos a través del mismo recurso espectral concesionado contribuye a la competencia, la diversidad y a la pluralidad.

Las autorizaciones corresponden a los siguientes concesionarios:

CONCESIONARIO

CIUDAD

Multimedios Televisión, S.A. de C.V.

Nuevo Laredo Tamaulipas

Multimedios Televisión, S.A. de C.V.

Ciudad Victoria, Tamaulipas

Multimedios Televisión, S.A. de C.V.

Tampico, Tamaulipas

Televisión Digital, S.A. de C.V.

Matamoros, Tamaulipas

Televisión Digital, S.A. de C.V.

Sabinas Hidalgo, Nuevo León

 

Cabe señalar que en todos los casos, las solicitudes cumplen con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) y los Lineamientos Generales para el Acceso a la Multiprogramación.

En la sesión de Pleno que tuvo lugar el día de ayer, se resolvió autorizar la transición de 58 permisos de radiodifusión en diversas localidades al régimen de concesión establecido en la LFTR, para lo cual otorgó, respectivamente, igual número de concesiones para usar y aprovechar bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico de uso público para la prestación del servicio público de radiodifusión sonora.

Se trata de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), los gobiernos estatales de Aguascalientes, Chiapas, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Querétaro, Quintana Roo y Veracruz, así como la Universidad Nacional Autónoma de México, la Universidad Autónoma de Baja California Sur, la Universidad Autónoma de Chihuahua, la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, la Universidad Autónoma de Sinaloa, la Universidad Autónoma de Yucatán, y la Universidad de Guanajuato.

De la misma manera, el Pleno del Instituto autorizó la transición de 15 permisos de radiodifusión del gobierno del estado de Oaxaca y le otorgó la concesión para usar y aprovechar bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico de uso público para la prestación del servicio público de televisión radiodifundida digital.

En otros temas, el Pleno autorizó dos transiciones de concesiones para instalar, operar y explotar redes públicas de telecomunicaciones a concesiones únicas para uso comercial, por un lapso de 30 años, para prestar cualquier servicio de telecomunicaciones y radiodifusión que sea técnicamente factible, uno a una empresa en el Estado de Jalisco y otra a un particular en el Estado de Colima. De igual forma autorizó a un particular la cesión de su concesión en el Estado de Sonora.

Por otra parte, en la misma sesión, el Pleno autorizó el cambio de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico a un concesionario que presta servicios en los estados de Sonora y Sinaloa, en la banda 410-430 MHz, a efecto de que el mismo cuente con espectro continuo que le permitirá hacer un uso más eficiente del espectro radioeléctrico. Para ello, se le otorgó un plazo para que realice la migración de sus usuarios y garantice la continuidad en la prestación de los servicios.

 

De igual forma, el Pleno aprobó modificar el título de concesión otorgado a una empresa para explotar los derechos de emisión y recepción de señales de bandas de frecuencias asociadas a satélites extranjeros que cubren y pueden prestar servicios en el territorio nacional. Dicha modificación, consistió en adicionar a su sistema un nuevo satélite y en ampliar la vigencia de uso de otro ya existente, con lo que se aumentó la capacidad satelital concesionada.

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