El Pleno del IFT resuelve sancionar a Maxcom por incumplir con parámetros de calidad en la prestación del servicio (Comunicado 21/2016)
EL PLENO DEL IFT RESUELVE SANCIONAR A MAXCOM POR INCUMPLIR CON PARÁMETROS DE CALIDAD EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
- Se le aplicará una multa de 31.6 millones de pesos, cifra equivalente al 1% de sus ingresos acumulables correspondientes al ejercicio fiscal 2014
- La concesionaria infringió lo establecido en el numeral B.7 de su título de concesión referente a la Operación y calidad de los servicios
El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), resolvió multar con $31.6 millones de pesos a Maxcom Telecomunicaciones, S.A.B. de C.V. por el incumplimiento a la condición B.7 de su Título de concesión para instalar, operar y explotar redes públicas de telecomunicaciones, otorgado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes el 20 de diciembre de 1996, y que le autoriza a prestar diversos servicios de telecomunicaciones, en distintas localidades del país.
La multa equivale al 1% de los ingresos acumulables de Maxcom correspondientes al ejercicio fiscal 2014, conforme a la información proporcionada a este Instituto por la Administración General de Recaudación del Servicio de Administración Tributaria.
Como parte de sus atribuciones, el IFT realiza visitas de inspección y verificación a efecto de constatar el cumplimiento de diversas condiciones de los títulos de concesión de los operadores. En días pasados, realizó una visita a Maxcom de la cual emitió un dictamen que proponía iniciar un procedimiento por el posible incumplimiento de las condiciones B.7, Operación y calidad de los servicios, del Anexo B de su título de concesión, ya que dicha empresa no acreditó cumplir con los índices de Calidad a que se encontraba obligada relativos a Continuidad del Servicio, Calidad del Servicio Básico y Calidad de Líneas y Circuitos Privados.
Tras agotarse las etapas procesales para presentar pruebas, defensas y alegatos, el IFT acreditó plenamente que Maxcom infringió lo establecido en la condición señalada de su título al no haber alcanzado los porcentajes mínimos establecidos respecto a los Índices de Continuidad del Servicio, de Calidad del Servicio Básico, y de Calidad de Líneas y Circuitos Privados. En consecuencia, con fundamento en el artículo 298, inciso B) fracción III la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el Pleno del IFT le impuso una multa mínima por $31´612,548.85 (treinta y un millones seiscientos doce mil quinientos cuarenta y ocho pesos 85/100 m.n.).