Aterrizaje de Señales
Desde la órbita geoestacionaria u otras órbitas satelitales, un satélite puede cubrir grandes extensiones de la superficie terrestre, de forma tal, que puede abarcar el territorio de varios países y áreas oceánicas. Es por esta razón, que las áreas de cobertura de diversos satélites con vista sobre el continente americano cubren el territorio de México.
A razón de lo anterior, todo aquel operador satelital extranjero interesado en aterrizar sus señales satelitales en México, debe hacerlo a través de una Autorización para explotar los derechos de emisión y recepción de señales y bandas de frecuencias asociados a sistemas satelitales extranjeros que cubran y puedan prestar servicios en el territorio nacional de las referidas en la fracción IV, del artículo 170 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
En el Registro Público de Concesiones (RPC) se encuentran las empresas autorizadas en México para aterrizar señales en territorio nacional provenientes de operadores satelitales extranjeros, que mediante la provisión de capacidad satelital prestan servicios tales como: transmisión de datos, radiocomunicación especializada de flotillas, radiolocalización de vehículos, servicios móviles e interconexión con redes públicas de telecomunicaciones, entre otros.