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Pleno del IFT acuerda el esquema que se adoptará para la banda de 2.5 GHz para servicios de telecomunicaciones móviles (Comunicado 49/2015)

Pleno del IFT acuerda el esquema que se adoptará para la banda de 2.5 GHz para servicios de telecomunicaciones móviles

  • Será el esquema de segmentación C1, conforme a la recomendación de la UIT
  • Esta parte del espectro se utilizará para servicios de acceso inalámbrico de banda ancha

 

Como parte de los elementos que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) incluyó en el  Plan Nacional de Espectro Radioeléctrico y en su Programa de Trabajo para garantizar el uso óptimo de la banda 2.5 GHz bajo principios de acceso universal, no discriminatorio, compartido y continuo, se estableció que el Pleno del IFT emitirá el Acuerdo mediante el cual se adopta la segmentación de la banda de 2.5 GHz (2,500 – 2,690 MHz), como parte de las acciones tendientes a su licitación en 2016.

 

Ante esto, el IFT realizó una consulta pública del 7 de abril al 5 de mayo de 2015, sobre la Propuesta de adopción del esquema de segmentación de dicha banda, la cual fue identificada por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) como propicia para las Telecomunicaciones Móviles Internacionales (IMT).  En este ejercicio, el grueso de los participantes  mostró clara preferencia por el esquema de segmentación C1.

 

En este sentido, tomando en cuenta las recomendaciones  de la UIT y de la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL), así como los comentarios obtenidos en la consulta pública referida, en sesión ordinaria celebrada el 3 de julio,  el Pleno del IFT acordó adoptar el esquema de Segmentación C1 para banda de frecuencias 2500 – 2690 MHz.

 

Arreglo C1 conforme a la recomendación UIT-R M.1036 de la UIT

 

 

Dicho esquema cuenta con una configuración de bloques de espectro contiguo lo suficientemente amplios que permite el despliegue de tecnologías de banda ancha que utilicen los métodos de duplexaje FDD (duplexaje por división en frecuencia) o TDD[AMG1]  (duplexaje por división e tiempo).

Entre las ventajas de esta segmentación de la banda de 2.5 GHz destaca que, debido a que es el mayormente adoptado a nivel internacional, se logran economías de escala que se traducen en reducción de costos para los fabricantes y, por lo tanto, es posible ofrecer productos y servicios a menores precios[AMG2]  para los usuarios finales.

Por otro lado, el Pleno aprobó someter a consulta pública el Anteproyecto de “Acuerdo mediante el cual se expide la Disposición Técnica IFT-008-2015: Telecomunicaciones-Radiocomunicación-Sistemas de Radiocomunicación que emplean la técnica de espectro disperso-equipos de radiocomunicación por salto de frecuencia y por modulación digital a operar en las bandas 902-928 MHz, 2400-2483.5 MHz y 5725-5850 MHz-Especificaciones, límites y métodos de prueba” por un periodo de 20 días hábiles (del 7 al 17 de julio y del 3 al 17 de agosto de 2015), a fin de transparentar y promover la participación ciudadana en los procesos de emisión de disposiciones de carácter general a cargo del Instituto.

Actualmente y hasta el  19 de octubre de 2015 estará vigente la NOM-121-SCT1-2009 para los equipos y dispositivos de espectro disperso, los cuales operan en espectro libre, es decir, las bandas de frecuencia de acceso libre, que pueden ser utilizadas por el público en general, bajo los lineamientos o especificaciones que establezca el Instituto, sin necesidad de concesión o autorización.

Es por esto que con el fin de garantizar la utilización de este espectro libre por la mayor cantidad posible de usuarios, es indispensable que el Instituto establezca las especificaciones técnicas que hagan esto posible. Además, si estos equipos y dispositivos de espectro disperso no están adecuadamente regulados, podrían llegar a causar interferencias perjudiciales en diferentes partes del espectro radioeléctrico, incluidos segmentos que deben estar protegidos.

Así, corresponde exclusivamente al IFT, como órgano constitucional autónomo, emitir una disposición de observancia general que establezca: a) las especificaciones mínimas y límites para los equipos de radiocomunicación por espectro disperso (Salto de Frecuencia, Modulación Digital e Híbrido) en las bandas de frecuencias 902-928 MHz, 2400-2483.5 MHz y 5725-5850 MHz y b) los métodos de prueba para la comprobación del cumplimiento de las especificaciones y límites que se establecen.

 

 

 

 

 

 

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El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) es el órgano autónomo encargado de regular, promover y supervisar el desarrollo eficiente  en los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones en México, además de ejercer de forma exclusiva las facultades en materia de competencia económica en dichos sectores, de conformidad con el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6, 7, 27, 28, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2013.

 

Coordinación General de Comunicación Social

Insurgentes Sur 1143 1er. Piso, Col. Nochebuena,

Benito Juárez.  C.P. 03720

Tels. 50 15 40 21 y 50 15 42 00

www.ift.org.mx

 

 
 Fecha del Comunicado: 05 July 2015

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