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Instituto Federal de Telecomunicaciones


Consulta Pública sobre las Propuestas de Oferta de Referencia de Desagregación del Bucle Local 2025 presentadas por las Empresas Mayoristas del Agente Económico Preponderante en el sector de las telecomunicaciones

Objetivo

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (en lo sucesivo, el “Instituto”) convencido de la importancia y relevancia de transparentar su proceso de elaboración de nuevas regulaciones, recibirá comentarios, opiniones y aportaciones de cualquier persona (física o moral) interesada a propósito de las “Propuestas de Ofertas de Referencia de los servicios de Desagregación presentadas por Teléfonos de México, S.A.B. de C.V., Teléfonos del Noroeste, S.A. de C.V., Red Nacional Última Milla, S.A.P.I. de C.V. y Red Última Milla del Noroeste, S.A.P.I. de C.V., aplicables del 01 de enero al 31 de diciembre de 2025” (en lo sucesivo, las “Propuestas de Oferta de Referencia”), las cuales se proponen con base en lo establecido en los artículos 1, 2, 7, 15, fracción XL y LXIII, 51, 268 y 269, fracción III de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; Lineamientos Primero, Tercero, fracción I, Quinto, Séptimo, Octavo, Noveno y Décimo de los Lineamientos de Consulta Pública y Análisis de Impacto Regulatorio del Instituto Federal de Telecomunicaciones; “Resolución mediante la cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones determina al Grupo de Interés Económico del que forman parte América Móvil, S.A.B. de C.V., Teléfonos de México, S.A.B. de C.V., Teléfonos del Noroeste, S.A. de C.V., Radiomóvil Dipsa, S.A.B. de C. V., Grupo Carso, S.A.B. de C.V., y Grupo Financiero Inbursa, S.A.B. de C.V., como Agente Económico Preponderante en el sector de telecomunicaciones y le impone las medidas necesarias para evitar que se afecte la competencia y la libre concurrencia.”, aprobada mediante Acuerdo P/IFT/EXT/060314/76; así como en lo dispuesto en el “Acuerdo Mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones resuelve sobre el plan final de Implementación de Separación Funcional y otros Planteamientos Presentados por América Móvil, S.A.B. de C.V., Teléfonos de México, S.A.B. De C.V., y Teléfonos del Noroeste, S.A. de C.V., en términos de las Medidas Sexagésima Quinta Y Segunda Transitoria del Anexo 2 y Cuadragésima Séptima y Segunda Transitoria del Anexo 3 establecidas Mediante Acuerdo P/IFT/EXT/270217/119”, aprobado mediante Acuerdo P/IFT/270218/130, y “Resolución Mediante la cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones suprime, modifica y adiciona las Medidas Impuestas al Agente Económico Preponderante en el sector de Telecomunicaciones Mediante Acuerdos P/IFT/EXT/060314/76 y P/IFT/EXT/270217/119”, aprobada mediante Acuerdo P/IFT/021220/488.

Los objetivos principales del Instituto sobre la presente Consulta Pública consisten en: i) contar con mayores elementos para determinar las condiciones bajo las cuales se deberán aprobar las Ofertas de Referencia impuestas a las Empresas y Divisiones Mayoristas en el sector de las telecomunicaciones; ii) favorecer la transparencia y participación ciudadana con el fin de recibir los comentarios, opiniones y aportaciones de la industria, académicos, analistas, gobierno, ámbito internacional y sociedad en general sobre las Ofertas de Referencia, y iii) establecer las bases para aprobar o modificar las mismas.

En virtud de lo anterior, el Instituto pone a disposición de todos los interesados los siguientes documentos, materia de la presente Consulta Pública:

1. Carpeta denominada "Archivos de Consulta Pública DM", misma que contiene la oferta y anexos correspondientes a las Divisiones Mayoristas de Teléfonos de México, S.A.B. de C.V. y Teléfonos del Noroeste, S.A. de C.V., y

2. Carpeta denominada "Archivos de Consulta Pública EM", misma que contiene la oferta y anexos correspondientes a las Empresas Mayoristas; Red Nacional Última Milla, S.A.P.I. de C.V. y Red Última Milla del Noroeste, S.A.P.I. de C.V.

De esta forma, el presente proceso consultivo no implica ni puede considerarse una aceptación por parte del Instituto de las Ofertas de Referencia que han sido presentadas por las Empresas y Divisiones Mayoristas del Agente Económico Preponderante en el sector de las telecomunicaciones.

Publicación

15 de Julio de 2024

Duración

Del 16 de Julio de 2024 al 14 de Agosto de 2024(30 días naturales)

Descripción de la mecánica

El Instituto recibirá los comentarios, opiniones y aportaciones que se tengan con relación al contenido del Anteproyecto a través de la siguiente dirección de correo electrónico oferta.desagregacion@ift.org.mx, o bien, mediante escrito presentado en la Oficialía de Partes Común del Instituto ubicada en Insurgentes Sur 1143, colonia Nochebuena, Demarcación Territorial Benito Juárez, C.P. 03720, Ciudad de México, de lunes a jueves de las 9:00 a las 18:30 horas y los viernes de las 9:00 a las 15:00 horas.

El Instituto pone a disposición de todas las personas interesadas en participar en el presente proceso consultivo el "Formato para participar en la Consulta Pública", disponible para su descarga al inicio de la columna derecha del presente apartado, a efecto de que el mismo sea contestado y remitido al Instituto conforme a lo señalado en el párrafo que precede.

La información que las personas interesadas le hagan llegar al Instituto –de acuerdo a los plazos y términos descritos en esta mecánica- con relación al presente proceso consultivo no tendrá carácter vinculante, sin perjuicio de que el Instituto pueda ponderarla en un documento que refleje los resultados de dicha consulta, el cual se hará público en el presente apartado, de manera previa a que el Pleno del Instituto tome una determinación sobre el presente asunto.

Para cualquier duda, comentario o inquietud sobre el presente proceso consultivo, el Instituto pone a disposición de todas las personas interesadas, el siguiente punto de contacto: Fernando Rojas Castañeda, Director de Análisis Técnico de Acceso y Compartición de Infraestructura, correo electrónico: fernando.rojas@ift.org.mx  y número telefónico 55 5015 4000, extensión 4828, quién estará disponible en los mismos horarios de atención que la Oficialía de Partes Común del Instituto.

Con el propósito de asegurar una mayor accesibilidad e inclusión en sus procesos de Consulta Pública, el Instituto pone a disposición de todas las personas interesadas los documentos e información materia del presente proceso consultivo, en distintos formatos (v.gr. archivos .docx y .pdf) a efecto de facilitar su manejo, lectura y decodificación a voz. En el caso, de cualquier discrepancia sobre la accesibilidad del presente apartado, favor de contactarnos a través del siguiente número telefónico 800 2000 120, o bien en las siguientes direcciones de correo electrónico atencion@ift.org.mx o jose.hernandez@ift.org.mx, para que, en un plazo no mayor a las 72 horas de recibida su petición, se le haga llegar el documento e información correspondiente en formato accesible.

Disposiciones aplicables

Una vez concluido el presente proceso consultivo, el Instituto no recibirá más comentarios, opiniones y aportaciones a razón de que este proceso se considerará culminado y cerrado.

En caso de que la información que se le haga llegar al Instituto sobre el presente proceso consultivo sea realizada en representación de otra persona, sea moral o física, deberá adjuntarse de forma electrónica, copia simple del documento con el que se acredite dicha representación, por lo que, en caso contrario, la petición será entendida y registrada en el presente apartado a título personal del remitente.

No se atenderá ni publicará aquella información que no se encuentre relacionada con el objeto del presente proceso consultivo.

2024

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Aviso

La información, comentarios, opiniones, aportaciones u otros elementos de análisis que reciba el Instituto con relación a la presente Consulta Pública, serán publicados íntegramente en su portal de Internet de conformidad con lo previsto en el Lineamiento Octavo de los "Lineamientos Consulta Pública y Análisis de Impacto Regulatorio del Instituto Federal de Telecomunicaciones" y, en ese sentido, serán considerados invariablemente públicos salvo por lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y los Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales del Sector Público.

De acuerdo a lo señalado en el "Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprueba su Calendario Anual de Sesiones Ordinarias y el Calendario Anual de Labores para el año 2024 y principios de 2025", se suspenderán labores en el Instituto los días comprendidos del 22 al 26 y 29 al 31 de julio, y 1 y 2 de agosto, incluyendo los días sábado y domingo, al ser considerados inhábiles.

En virtud de lo anterior, durante el período de suspensión de labores del Instituto, usted podrá remitir sus comentarios, opiniones y aportaciones relacionados con la presente Consulta Pública, a través de la cuenta de correo electrónico habilitada para tales efectos, y éstos serán recibidos y registrados por este órgano constitucional autónomo, a partir del siguiente día hábil, según corresponda, de acuerdo a lo previsto por el artículo 29, tercer párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

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