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Instituto Federal de Telecomunicaciones


Entrevista del Titular de la UCS Rafael Eslava a IMER Noticias. Tema: Concesión a Telmex

ELIA BALTAZAR, CONDUCTORA: Regresamos a esta tercera emisión de IMER Noticias al cierre, quiero darle la bienvenida al licenciado Rafael Eslava, Titular de la Unidad de Concesiones y Servicios del Instituto Federal de Telecomunicaciones, el IFT, buenas tardes, Rafael, ¿cómo estás?

 

RAFAEL ESLAVA, TITULAR DE LA UNIDAD DE CONCESIONES Y SERVICIOS DEL IFT: Elia, muy buenas tardes, qué gusto saludarte.

 

ELIA BALTAZAR: Qué bueno tenerte con nosotros en esta tercera emisión para poder aclarar, para poder tener claridad de lo que ocurrió con el tema del proceso de ratificación, de renovación de la concesión para, pues en este caso para América Móvil y la unidad de Telmex, de su unidad Telmex.

 

¿Cómo ocurrió en el proceso? ¿por qué esta ratificación se dio desde 2016? ¿qué, qué paso se siguió? Su comunicado explica que fue apegado, digamos, a los términos de la Constitución y de la ley, pero podemos tener un poco más de claridad y por qué, de alguna manera el tema lo puso sobre la mesa el Presidente con datos distintos, ¿cuál fue digamos la confusión de este asunto? Rafael.

 

RAFAEL ESLAVA: Sí, con todo gusto Elia, pues como tú lo dices, creo que es muy pertinente aclarar la información que varios medios de comunicación han difundido y que resulta de manera imprecisa. Mira, este procedimiento que se siguió en su oportunidad con la concesión que, en su momento, fue otorgada a Teléfonos de México, conocida por todos como Telmex, siguió el proceso que la ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión vigente no se establece.

 

Déjame hacer un poco recuento para que todo mundo tengamos el contexto general de este tema. Telmex ostenta una concesión para prestar servicios públicos de telecomunicaciones que data del año 1976, esa concesión originalmente fue otorgada por un período de 30 años, pero antes de su vencimiento, esto es en el año de 1990, derivado de la privatización que sufrió la entonces empresa pública, ahora en manos de entes privados en el año de 1990, se modificó esa concesión, y una de las partes que se modificó fuera de su vigencia.

 

Decía yo que originalmente se dio por 30 años, pero con esta modificación derivada de la privatización en el año 1990, se otorgó por 50 años contados a partir desde los mismos años 1976, que fue su otorgamiento original. Esto nos dice que la concesión de Telmex vencerá ahora en el año 2026.

 

En ese sentido, la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, reglamenta con toda precisión el trámite que habrá de seguir cualquier concesionario, ya sea de telecomunicaciones o de radiodifusión, para poder solicitar la prórroga de vigencia de su respectiva concesión.

 

Ahí, la ley vigente nos establece que hay un periodo de tiempo específico, dentro del cual, un concesionario debe de solicitar su prórroga y ese período, la ley nos establece una fórmula, no dice una temporalidad en cuanto a fechas o años, dice una fórmula, ya cada concesionario atendiendo a su vigencia respectiva, tendrá que sacar la fecha exacta para aplicar a su solicitud de prórroga.

 

La ley nos dice que tiene un año para pedir esta prórroga, y ese año es un requisito formal, diría yo, hasta sacramental. Si Telmex, hablando de Telmex, si hubiera llegado antes de ese año nosotros no hubiéramos podido procesar su solicitud de prórroga.

 

ELIA BALTAZAR: Permíteme, permíteme hacer una pausa nada más ahí Rafael, entonces, ¿fue con base en una fórmula que Telmex elaboró, que pudo empezar su trámite digamos cerca de 2016? que ustedes comienzan a analizarlo o la resuelven.

 

RAFAEL ESLAVA: Así es, mira la fórmula no la elaboró Telmex, la fórmula de temporalidad nos la establece la ley, ya Telmex tiene que nada más estar atento

 

ELIA BALTAZAR: Resolverla.

 

RAFAEL ESLAVA: Aplicar a su prórroga, durante la temporalidad específica.

 

Esta temporalidad corrió del 9 de marzo del año 2015 al 9 de marzo de 2016, en ese año Telmex debió haber presentado su solicitud de prórroga, yo decía, si llegaba antes de ese año, se hubiera llegado el 8 de marzo, la ley dice que no puede ser, tiene que ser dentro de ese año, entonces 8 de marzo de 2015, el Instituto debió haber contestado a Telmex "Estás antes del tiempo para solicitar la prórroga, ven en cuanto sea procedente".

 

También, si lo hubiera presentado posterior al 9 de marzo de 2016, el año que yo decía, la prórroga ya no hubiera sido procedente, porque ya la hubiera solicitado extemporáneamente. En ese sentido, Telmex, sí presentó su prórroga en ese periodo de tiempo, específicamente la presentó el 7 de marzo del año 2016, esto es, dentro del tiempo que la Ley Federal de Telecomunicaciones establece como tiempo pertinente para pedir la prórroga.

 

Pero este artículo de la ley, que es el 113, para el que le interese, también, aparte de la temporalidad aplicable a los concesionarios para pedir su prórroga, también establece un tiempo para que la autoridad resuelva cualquier solicitud de prórroga vigencia. Nos dice que debemos resolver en un período de 180 días hábiles a partir de la fecha en que se presente la solicitud de prórroga, cualquiera que sea de cualquier concesionario.

 

En el caso de Telmex, como decíamos, él solicitó su prórroga el 7 de marzo del año 2016, entonces nosotros estamos obligados a contestar esa petición de prórroga, a más tardar el 8 de diciembre del año 2016, porque la ley establece una consecuencia, dice: "Autoridad, si no le contestas al particular su petición de prórroga dentro del plazo que tienes para resolver - los 180 días hábiles que decíamos - se entenderá fictamente otorgada la prórroga". Eso quiere decir, ya no se necesita la mención expresa de la autoridad y se entenderá otorgada la prórroga solicitada.

 

Y el Instituto ha sido muy respetuoso de observar los plazos legales, y no que se nos configure una afirmativa ficta por el silencio o la tardanza que tengamos en resolver un trámite. Entonces, en ese sentido, nosotros con toda oportunidad, antes de la fecha límite, esto es el 1 de diciembre del año 2016, resolvimos la petición de prórroga de Telmex.

 

La petición de prórroga no se otorga lisa y llanamente por la simple petición del particular, también la ley nos dice qué requisitos deberán cumplirse por el particular y qué requisitos debemos observar nosotros para poder otorgar una prórroga favorable. En ese sentido, primero que nada, se debe de tener en cuenta el cumplimiento de las obligaciones que en su momento estuvieran establecidos en el título de concesión, objeto de análisis para su prórroga. Y segundo, también...

 

ELIA BALTAZAR: Perdón Rafael, ¿estos requisitos no cambian, no pueden cambiar en el transcurso de la ratificación?

 

RAFAEL ESLAVA: No, los requisitos están establecidos claramente en la ley, decía yo el artículo 113, reglamenta todo el proceso de prórroga, y son requisitos que son, deben ser aplicables y observados por cualquier concesionario, no importa si se un concesionario grande, chico, mediano, de telecomunicaciones o de radiodifusión, son los mismos requisitos.

 

Decía yo que, otro requisito es que también los concesionarios a los que se les otorgue la prórroga deben aceptar las nuevas condiciones que se le establezcan en el nuevo título de concesión objeto de la prórroga, este es el caso que se dispuso en el sentido que en este primer trimestre del año 2023, que todavía no sucede, el Instituto entregará a la empresa (Telmex) las nuevas condiciones que habrán de establecerse en su nuevo título de concesión para recabar de Telmex aceptación a estas nuevas condiciones.

 

Esto es lo que sucederá en el primer trimestre del año 23, no así la prórroga, la prórroga ya está resuelta por el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones. Únicamente está pendiente la elaboración del título de concesión con las condiciones que habrán de prevalecer y que deberá observar Telmex.

 

¿Por qué se puso esto último? Decía yo que, la prórroga se resolvió en el año 2016. El vencimiento del título de Telmex es en el 2026, 10 años después. En el momento que se resolvió la prórroga, en el 2016, faltaba un periodo de tiempo muy largo para poder prever las condiciones técnico- regulatorias que pudiéramos establecerle a Telmex para los próximos años ya de vigencia de su nueva concesión derivada de la prórroga. Y también, no podemos conocer la evolución de la prestación de los servicios de telecomunicaciones en el transcurso de 10 años.

 

Recordarás, Elia, que los servicios de telecomunicaciones evolucionan vertiginosamente, muy rápido, entonces de 10 años era un tiempo muy largo para, en ese momento, inclusive darle nuevas condiciones.

 

Entonces, por eso el Pleno del Instituto consideró pertinente retrasar la entrega del título de concesión y dar a conocer esas nuevas condiciones técnico-regulatorias y eso es lo único que sucederá ahora, en el primer trimestre del año 2023.

 

ELIA BALTAZAR: Hay un punto en el comunicado del IFT que me llama la atención y, por favor corrígeme si es equivocado, pero dicen ustedes que además hubo una opinión técnica no vinculante por parte del Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Comunicación y Transportes, Rafael. Es decir, ¿se recurrió a esta instancia, a esta Secretaría?

 

RAFAEL ESLAVA: Sí, efectivamente. Esto no es algo que se nos ocurrió. La constitución política federal que nos rige, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 28 nos señala que para el caso particularmente del que estamos hablando, de prórrogas de concesiones, ya sea de servicios de telecomunicaciones o de radiodifusión, nosotros como Instituto constitucional autónomo debemos recabar la opinión técnica no vinculante de la Secretaría de Comunicación y Transportes, porque eso -para dejarlo bien claro- sucede en todos los casos de otorgamientos o de prórrogas de concesión. No hay caso en el que no pidamos opinión de la Secretaría de Comunicación y Transportes, así sucedió en este caso.

 

ELIA BALTAZAR: Esto ocurrió en 2016.

 

RAFAEL ESLAVA: Dentro del año 2016, una vez que presentó Telmex su solicitud, se solicitó la opinión de la Secretaría de Comunicación y Transportes y esta dependencia la virtió antes de que el Instituto adoptará su resolución, inclusive la opinión técnica, la Secretaría de Comunicación y Transportes forma parte de todo el conjunto de elementos que analiza el Instituto para la prórroga. Entonces es por eso que se solicitó la opinión de la SCT.

 

ELIA BALTAZAR: ¿Pudo haber ocurrido en este caso, Rafael, que, dado que esto ocurrió en el sexenio anterior, no hubiera llegado en tiempo, forma, no se hubiera hecho del conocimiento de la actual administración este proceso que nos acaba de explicar?

 

RAFAEL ESLAVA: Pues mira, es una pregunta que yo no tendría la respuesta, Elia, yo lo que creo que, en su momento y como tú bien lo señalas, esta opinión no vinculante, que se pidió en su momento a la SCT, fue vertida por la anterior administración efectivamente, pero todos sabemos cómo servidores públicos que tenemos facultades que tenemos que ejercer y seguramente en su momento los funcionarios públicos de la anterior administración, con el profesionalismo que se conducían, emitieron esta opinión con pleno rigor técnico y así la virtieron.

 

No tengo idea si esta situación fue puesta en conocimiento de los funcionarios de la actual administración en la SCT, pero bueno, nosotros contamos con una opinión, repito, que está basada en elementos técnicos y regulatorios claros, precisos y que abonan a la opinión que en su momento nos virtió la SCT.

 

ELIA BALTAZAR: Rafael, ya nos explicaste de alguna manera, digamos, las condiciones cómo jugó el tema del contexto de las telecomunicaciones. El comunicado del IFT también habla de la característica de Agente Económico Preponderante en el sector de las telecomunicaciones, en este caso de América Móvil como empresa, ¿qué factor juega en la decisión?

 

RAFAEL ESLAVA: Sí, ese es un factor importante y por el cual, también se retrasó la definición de las condiciones de la nueva concesión que habrá de otorgarse. Como tú sabrás, Elia, también en la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones del año 2013, permitió al Instituto y obligó al Instituto a determinar a los agentes preponderantes en los sectores de telecomunicaciones y de radiodifusión.

 

En el caso de telecomunicaciones es Teléfonos de México, América Móvil y algunas empresas adicionales que forman parte de este mismo grupo de interés económico. En ese sentido, al momento de resolver la prórroga -reitero, en el año 2016- Telmex ostentaba, como lo hace al día de hoy, el carácter de agente preponderante en el sector de telecomunicaciones y está sujeto a una regulación diferente al resto de los operadores.

 

Entonces tenemos también que ver cómo evoluciona su cumplimiento de obligaciones como agente preponderante para saber qué condiciones regulatorias habrán de prevalecer en la nueva concesión. Entonces, sí es un elemento importante, hay que ver cómo evoluciona el carácter de preponderante de este agente económico y determinar lo conducente en el primer trimestre del año 2023.

 

ELIA BALTAZAR: Tema sin duda complejo, Rafael. Ahora dime, ¿es posible conocer de alguna manera, que tú nos puedas explicar cuáles son las condiciones de cumplimiento de esta concesión? Ya nos dijiste, hasta donde entendí, que no habían cambiado, ¿pero podemos conocer algunos puntos de estas condiciones?

 

RAFAEL ESLAVA: Mira, Elia, todavía no las tenemos definidas, evidentemente hay un análisis continuo para este tema, es un tema importante, entonces hemos continuado con el análisis de lo que habremos de resolver en definitiva ahora en 2023, pero todavía estamos lejos de tener un esquema ya definitivo y, no podría comentarte nada al respecto, Elia.

 

ELIA BALTAZAR: Entonces en ese punto sigan trabajando para establecer estas nuevas condiciones de cumplimiento.

 

RAFAEL ESLAVA: Así es.

 

ELIA BALTAZAR: Y esas condiciones se darían a conocer hasta 2023.

 

RAFAEL ESLAVA: Así es, así lo señala la resolución del Pleno del Instituto que se emitió en el 2016 y esto sucederá en el primer trimestre del año 2023.

 

ELIA BALTAZAR: ¿Rafael, con base en qué criterios van a resolver estas condiciones?

 

RAFAEL ESLAVA: Pues en criterios de prestación de servicios, criterios regulatorios, criterios de competencia económica y criterios del dinamismo de la prestación de los diversos servicios de telecomunicaciones, todo eso se conjunta para sacar la carga regulatoria que habrá de contener el título de concesión que se habrá de otorgar en favor de esta empresa, Telmex.

 

ELIA BALTAZAR: Muy bien. Pues Rafael, te agradecemos mucho que hubieras estado esta tarde con nosotros, que hayas estado esta tarde con nosotros para explicarnos este tema nada fácil, un tema complejo, pero bueno, ahí están las razones que nos amplías a partir de este comunicado dado a conocer hoy por el Instituto Federal de Telecomunicaciones. Muchísimas gracias.

 

RAFAEL ESLAVA: Es un placer, Elia, gusto en saludarte.

 

 

ELIA BALTAZAR: El licenciado Rafael Eslava, Titular de la Unidad de Concesiones y Servicios del Instituto Federal de Telecomunicaciones.

 Fecha de la Entrevista: 21 October 2021

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