Atajo de Navegación:

Instituto Federal de Telecomunicaciones


Entrevista del Comisionado del IFT, Sóstenes Díaz con Maximiliano García en Pesos y Centavos de Imagen Radio, sobre Laudo arbitral emitido por un Tribunal internacional

ARTURO MAXIMILIANO GARCÍA, CONDUCTOR: Estamos de regreso en "Pesos y Centavos", y bueno, vamos al último bloque.

 

Tenemos una entrevista, le habíamos comentado en el resumen, con el Comisionado del Instituto Federal de Telecomunicaciones, Sóstenes Díaz.

 

Antes que nada, muchísimas gracias por estar en "Pesos y Centavos" y creo que hay noticias, las cuales ahorita vamos a platicar, que tienen que ver pues con un laudo importante, un juicio para en términos a lo mejor más coloquiales, donde se favorece a México y se evita un pago importante.

 

Pero Sóstenes Díaz, mucho gusto en tenerte aquí en "Pesos y Centavos".

 

SÓSTENES DÍAZ, COMISIONADO DEL INSTITUTO FEDERAL DE

TELECOMUNICACIONES: De nada. Muchas gracias por la entrevista, a tus órdenes.

 

ARTURO MAXIMILIANO GARCÍA: Muchas gracias. Pues no es nada más cuento cuando de repente dicen: "Los vamos a demandar ante instancias internacionales para dirimir controversias", y aquí si nos pudieras platicar este laudo que, pues obtuvo en favor de México, donde el IFT tuvo participación en conjunto con la Secretaría de Economía.

 

SÓSTENES DÍAZ: Sí, este laudo que procedió el pasado cinco de junio, el laudo arbitral, se llevó en el marco del Tratado de Libre Comercio y te platico un poquito los antecedentes.

 

En abril de 2014 el Instituto resolvió un desacuerdo de interconexión entre dos empresas, una de ella es Tele-Fácil y otra Teléfonos de México y lo que el desacuerdo que resolvió el Instituto se determinó que Telmex no le podía cobrar a Tele-Fácil cargos por concepto de portabilidad numérica y que le debería permitir integrar su tráfico a través de interconexión indirecta. Cuando emitimos la resolución, la empresa Tele-Fácil trata de hacer una interpretación amplia de la misma y señala que el Instituto también había resuelto tarifas de interconexión, lo cual el Instituto en otro momento señaló que no, que era de esa manera.

 

Cuando esta empresa va con Telmex, Telmex también le dice que el Instituto no había resuelto tarifas de interconexión y ambas empresas ingresan diversos escritos al Instituto, entonces, se emite una confirmación de criterio; es decir, el Instituto emite otro instrumento en el que señala claramente cuáles eran los conceptos que había resuelto en la primera resolución que era de portabilidad numérica e interconexión indirecta y que no había entrado a una resolución de ningún otro punto adicional, incluyendo las tarifas de interconexión. Eso es, digamos, como la primera parte de la historia.

 

Posteriormente, la empresa Tele-Fácil impugna la primera resolución, así como el segundo acuerdo del Instituto ante tribunales nacionales. Cuando hace esas impugnaciones, tanto los juzgados de primera instancia como de segunda instancia le dieron la razón al Instituto; es decir, siempre en todos los casos los tribunales fallaron a favor del Instituto.

 

Luego, posteriormente en 2016, Tele-Fácil se va por otro camino jurídico, que es un laudo internacional, en el marco del Tratado de Libre Comercio, en el capítulo antes del TLC y cuando se va a esta nueva instancia señala que el Instituto en una primera resolución había resuelto a su favor tarifas de interconexión y que tenía una segunda resolución que revocó la primera decisión y en el marco del Tratado de Libre Comercio lo cita como una expropiación; es decir que el Instituto le había expropiado del derecho de cobrar una tarifa de interconexión que supuestamente se había determinado desde un principio.

 

Entonces, este arbitraje inició en septiembre de 2016, se llevó a cabo ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones, el CIADI, que es una institución de Banco Mundial que tiene su sede en Washington. Entonces, en este arbitraje se llegó, digamos, hasta la fase final del mismo, porque en otras ocasiones daba de que en el inter las partes llegaban a un arreglo y el arbitraje finaliza, en este caso tanto fue la cuestión de la Secretaría de Economía como del Instituto, que teníamos que llegar hasta las últimas consecuencias dado que claramente el Estado mexicano tenía la razón...

 

ARTURO MAXIMILIANO GARCÍA: Y ¿cuánto quería...? Sóstenes perdón, ¿cuánto era lo que demandaba por esta supuesta expropiación que se había hecho de su, pues de su concesión, a lo mejor así lo podría yo tratar de expresar.

 

SÓSTENES DÍAZ: Demandaban 472 millones de dólares, y si el tribunal les hubiese dado la razón, el Estado mexicano hubiera tenido que pagar 472 millones de dólares, en el supuesto caso de que el tribunal les diera la razón, además de que el tribunal estuviera de acuerdo con el monto de daños demandados.

 

ARTURO MAXIMILIANO GARCÍA: Y el horno no está para bollos, ¡imagínate andar pagando esas cantidades a estas alturas! No bueno, entonces, en definitivo ya está resuelto, no hay otra instancia, y el gobierno federal no tendrá que pagar 400, casi 500 millones de dólares. Bueno, creo inclusive un poco leyendo ahí la nota, que con, con lo que eran también los gastos de litigio y toda esta situación lo elevaban a 500 ¿no?

 

SÓSTENES DÍAZ: Así es, ellos estaban reclamando apartes de los 472 millones de dólares, era porque litigamos por  la expropiación de la tarifa de interconexión  que se les hizo, más aparte los gastos arbitrareos, entonces el tribunal falla a favor de nosotros, el 5 de junio, con lo cual pues México no tiene que pagar esta cantidad y la demás, la empresa es condenada a pagar una indemnización al gobierno de México por concepto de los costos, esto es, todos los gastos en los que el gobierno incurrió para llevar a cabo la defensa, los gastos que corrieron por gastos legales, gastos de peritos, gastos legales, y demás.

 

Entonces, afortunadamente el tribunal falló a favor de México y también lo que nosotros señalamos es que se demostró que las decisiones del Instituto soportan los fallos judiciales, estamos suficientemente fundados y motivados para soportar en este caso una revisión internacional.

 

ARTURO MAXIMILIANO GARCÍA: Una pregunta Sostenes Díaz, Comisionado del IFT, Tele-Fácil en este caso, tiene algún, ¿continúa teniendo algún tipo de concesión para operar algo en el mercado mexicano o pierde cualquier, pues cualquier autorización que le hubiera sido otorgado, otorgado en el término de operar telecomunicaciones aquí, en México?

 

SÓSTENES DÍAZ: No, la concesión la conservan, ellos tienen su concesión, tienen su título de concesión en los términos que les fue otorgado, lo que falló el tribunal fue sobre el desacuerdo de interconexión, es decir, sobre si el Instituto había determinado o no tarifas de interconexión en la primera resolución y si la habían revocado con una segunda, y eso era lo que alegaba Tele-Fácil.

 

ARTURO MAXIMILIANO GARCÍA: Perfecto, pues muy bien, pues felicidades, creo que es una buena noticia y les agradecemos muchísimo que la hayan compartido aquí en este espacio, Sóstenes Díaz, Comisionado del Instituto Federal de Telecomunicaciones, muchísimas gracias y seguimos en comunicación permanente, muchos temas que surgen del IFT.

 

SÓSTENES DÍAZ: A ti, gracias por el espacio.

 

ARTURO MAXIMILIANO GARCÍA: Muchas gracias, y bueno, pues este, sí, la verdad es que no está, no están los tiempos como para que todavía el gobierno tenga que pagar este tipo de pretensiones jurídicas, cuando en realidad no le asistía la razón y muy bien defendido por el gobierno mexicano, la Secretaría de Economía y el Instituto Federal de Telecomunicaciones.

 Fecha de la Entrevista: 23 June 2020

Documentos para descargar

Escuchar entrevista

Temas relacionados

Compartir

2024 Instituto Federal de Telecomunicaciones - Algunos Derechos Reservados