XLIV Ordinaria del Pleno 2 de noviembre de 2017
Acuerdo
P/IFT/021117/657
Descripción
Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones establece las Condiciones Técnicas Mínimas para la interconexión entre concesionarios que operen redes públicas de telecomunicaciones y determina las tarifas de interconexión resultado de la Metodología para el cálculo de costos de interconexión que estarán vigentes del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018.Sentido de votaciones
A favor
Gabriel Oswaldo Contreras Saldívar Comisionado
Adriana Sofía Labardini Inzunza
Mario Germán Fromow Rangel
Adolfo Cuevas Teja
Javier Juárez Mojica
Arturo Robles Rovalo
Diferenciado
María Elena Estavillo Flores
A favor en lo general.
En lo particular, manifestó voto en contra de las Condiciones Quinta, Sexta y Octava; a favor del considerativo octavo y la Condición Décima pero apartándose de que no incorporen las tarifas de originación fija y móvil para los agentes que no son preponderantes ni la de originación móvil para el AEP, así como de la mención de la modalidad “el que llama paga”.
En lo particular, manifestó voto en contra de las Condiciones Quinta, Sexta y Octava; a favor del considerativo octavo y la Condición Décima pero apartándose de que no incorporen las tarifas de originación fija y móvil para los agentes que no son preponderantes ni la de originación móvil para el AEP, así como de la mención de la modalidad “el que llama paga”.