Comunicados
Ciudad de México a 9 de noviembre de 2021.
EL IFT PRESENTA INFORME SOBRE RECOMENDACIONES A USUARIOS
EN EL USO DE PLATAFORMAS DE COMERCIO ELECTRÓNICO
CON MOTIVO DEL BUEN FIN
- Es importante que los usuarios que hagan compras a través de plataformas de comercio electrónico conozcan las políticas de privacidad; así como los términos y condiciones de estas, ya que en todas es necesario aceptarlas para poder hacer uso de ellas.
- Se analizaron los términos y condiciones de las plataformas de comercio electrónico más utilizadas en México, de acuerdo con la Asociación Mexicana de Ventas Online.
- Entre los hallazgos destaca que en ninguna de las plataformas analizadas se señala de manera específica el tiempo que tienen los usuarios para realizar el reclamo de algún producto o servicio.
En el marco de la edición del Buen Fin 2021, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) presenta el primer “Informe sobre términos y condiciones aplicables a los usuarios en el uso de plataformas de comercio electrónico”, que tiene la finalidad de transparentar e informar a los usuarios sobre los términos y condiciones a los que se sujetan cuando utilizan o realizan transacciones a través de dichas plataformas, así como brindar recomendaciones y consejos para facilitar la toma de decisiones informadas.
Este Informe cobra relevancia al considerar que la compra de productos o servicios es una de las principales actividades que realizan los usuarios en internet, de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares 2020 (ENDUTIH), asimismo, considerando que para hacer uso de las plataformas de comercio electrónico que se analizan, los usuarios de plataformas de comercio electrónico deben aceptar las políticas de privacidad; y términos y condiciones aplicables.
Es importante destacar que ante la emergencia sanitaria provocada por COVID-19, de acuerdo con información de la AMVO, el comercio electrónico en México alcanzó los $316,000 millones de pesos en 2020, obteniendo un crecimiento de 81% en comparación con el año anterior[1].
Por ello, ante la realización del Buen Fin 2021, organizado por el sector público-privado, se considera de suma utilidad la publicación de este informe para el conocimiento de los usuarios, ya que la demanda de productos por parte de estos se eleva debido a las ofertas y descuentos que se publican en las distintas plataformas de comercio electrónico. Por ejemplo, de acuerdo con el estudio “Reporte de Resultados. El Buen Fin 2020” de la AMVO, las Ventas Online representaron el 15.2% de las ventas totales del Buen Fin 2020, alcanzando $36.1 mil millones de pesos[2].
Para realizar este Informe, se analizaron los términos y condiciones de las plataformas de comercio electrónico más utilizadas en México, de acuerdo con la AMVO, las cuales son: Mercado Libre, Amazon, Walmart México, Liverpool (Plataforma en línea y app), Coppel (Plataforma en línea y app), Ticket Master México, AliExpress, eBay, Linio, Claro Shop, Segundamano, Wish y Sam’s Club.
A continuación, se destacan algunos de los principales hallazgos del análisis que se realizó para integrar este Informe:
- En todas las plataformas de comercio electrónico es necesario que los usuarios acepten las políticas de privacidad, así como los términos y condiciones de estas para poder usarlas.
- En la mayoría de los términos y condiciones analizados se establece el método y los tiempos que tienen los usuarios para realizar devoluciones de productos o servicios adquiridos.
- En la mayoría de los casos, la plataforma de comercio electrónico solo funciona como un enlace entre el vendedor de un producto o servicio y los compradores, es decir, la plataforma no es responsable directamente sobre los productos o servicios que los usuarios adquieran a través de la misma.
- En algunos de los términos y condiciones se señala que la garantía de los productos o servicios, así como los plazos de esta, es condicionada a lo establecido por el vendedor y el tipo de producto o servicio que se adquiera, asimismo, se señalan las causas por las cuales los usuarios pueden perder la garantía.
- En ninguna de las plataformas analizadas se señala de manera específica el tiempo que tienen los usuarios para realizar el reclamo de algún producto o servicio.
Cabe destacar que el Informe no constituye una valoración o calificación de las políticas de privacidad, ni de los términos y condiciones de las plataformas. Su finalidad es transparentar y hacer disponible el contenido de las mismas para los usuarios de una forma centralizada.
A través de este Informe, el IFT por conducto de la Coordinación General de Política del Usuario, busca promover que la población usuaria de las plataformas de comercio electrónico conozca las condiciones que les aplicarán al momento de utilizarlas para adquirir productos o servicios.
El Informe se puede consultar en: https://www.ift.org.mx/usuarios-y-audiencias/informe-sobre-terminos-y-condiciones-aplicables-los-usuarios-en-el-uso-de-plataformas-de-comercio.
[1] Estudio sobre Venta Online en México – 2021. AMVO. Disponible en: https://www.amvo.org.mx/estudios/estudio-sobre-venta-online-en-mexico-2021/
[2] Reporte de Resultados El Buen Fin 2021. https://www.amvo.org.mx/estudios/reporte-de-resultados-de-el-buen-fin-2020/
Ciudad de México, a 8 de noviembre de 2021.
EL IFT APRUEBA LA EXPEDICIÓN DE LINEAMIENTOS PARA LA SUSTANCIACIÓN
DE LAS INVESTIGACIONES, PROCEDIMIENTOS Y TRÁMITES A CARGO
DE LA AUTORIDAD INVESTIGADORA
- En estos lineamientos se plantea la creación de un Sistema Electrónico que sirva como plataforma para presentar promociones y realizar notificaciones.
- El Sistema Electrónico estará diseñado para operar las 24 horas del día, los 365 días del año, lo que se traduce en una mejora para los particulares.
- Por otra parte, el Pleno del IFT aprobó la modificación de los Lineamientos para la sustanciación de los trámites y servicios que se realicen a través de la Ventanilla Electrónica.
El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó la expedición de los Lineamientos para la sustanciación de las investigaciones, procedimientos y trámites a cargo de la Autoridad Investigadora, a través de medios electrónicos.
En estos lineamientos se plantea la creación de un Sistema Electrónico que sirva como plataforma para presentar promociones y realizar notificaciones, además de la interacción entre la Autoridad y los agentes económicos relacionados con los diversos procedimientos e investigaciones a cargo de la Autoridad Investigadora.
El Sistema Electrónico estará diseñado para operar las 24 horas del día, los 365 días del año, lo que se traduce en una mejora para los particulares, ya que, además de reducir los costos por traslado a la Oficialía de Partes del Instituto, se ampliará la hora de presentación de promociones.
El acuerdo aprobado prevé un periodo de entrada en vigor de un año a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y un periodo de transición de un año que permitirá, por un lado, desarrollar el Sistema Electrónico y por el otro, que los agentes económicos se familiaricen con el marco normativo.
Asimismo, una vez que entren en vigor los lineamientos, quedarán abrogados los “Lineamientos para la presentación de denuncias de prácticas monopólicas y concentraciones ilícitas en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, ante la Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones, a través de medios electrónicos”.
Por otra parte, el Pleno del IFT aprobó una modificación a los Lineamientos para la sustanciación de los trámites y servicios que se realicen a través de la Ventanilla Electrónica, consistente en modificar su artículo Cuarto Transitorio, a fin de ampliar por 2 años más el plazo previsto, para que el Instituto incorpore los trámites y servicios que actualmente emplean algún medio electrónico para su presentación, gestión y resolución a su Ventanilla Electrónica.
Dicha adecuación normativa obedece a que, durante el año 2020, el Instituto centró sus esfuerzos en mantener la operación eficiente de los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión durante la pandemia generada por la propagación del virus SARs-CoV2; asimismo, definió su Hoja de Ruta 2021 – 2025, y estableció las características de su actual Estrategia de Gobierno Electrónico, priorizando sus esfuerzos en dicha materia en aquellos trámites y servicios que generan mayores cargas administrativas a la industria que regula, tal como se puede constatar en el actual Programa de Trabajo 2021 y, de ahí la necesidad de extender el plazo previsto en el artículo Cuarto Transitorio de los Lineamientos de Ventanilla Electrónica.
Con los dos proyectos anteriores, el IFT avanza en la implementación de su agenda digital, al ofrecerle a los participantes de la industria de las telecomunicaciones y radiodifusión, un abanico más amplio y variado de trámites, investigaciones y procedimientos a través de medios electrónicos, acorde a la nueva realidad.
Ciudad de México, a 3 de noviembre de 2021.
EL USO DE LAS TIC GENERA UN IMPACTO POSITIVO DIRECTO
EN LA EDUCACIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO EN MÉXICO
- El IFT presenta la segunda parte del Análisis del impacto de las TIC en el desarrollo social de México, que señala que, para el año 2019 el impacto de la reforma de telecomunicaciones de 2013 fue del 5.1% del Producto Interno Bruto (PIB), lo que equivale a más de $900 mil millones de pesos.
- Asimismo, el estudio muestra que, si el Índice de Precios y Comunicaciones (IPCOM) disminuye 1%, entonces el PIB aumentaría 0.13%. Esta relación resulta relevante considerando que el IPCOM tuvo una disminución del 26.9% de junio de 2013 a diciembre de 2020.
- En el plano educativo, el estudio indica que, si las escuelas primarias que cuentan con Internet y computadora aumentan en un punto porcentual con respecto del total de escuelas primarias con computadora, se incrementaría en 2.01% el puntaje promedio del examen PLANEA de lenguaje y comunicación del sexto grado de primaria.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) publica la segunda parte del estudio Análisis del impacto de las TIC en el desarrollo social de México, en el que se analiza el efecto de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) y los servicios de telecomunicaciones sobre dos componentes analizados para este estudio: educación y desarrollo económico. Adicionalmente, esta publicación incluye un análisis para medir el impacto de las TIC y los servicios ya mencionados sobre la población que no se encuentra en condiciones de pobreza en México, variable seleccionada para representar el desarrollo social del país.
La primera parte del estudio, publicada en diciembre de 2020, analiza el efecto que tienen las TIC y los servicios de telecomunicaciones en la salud y empleo. El estudio completo tiene como objetivo argumentar sobre el impacto que tienen las TIC y los servicios de telecomunicaciones en la vida de las y los mexicanos, con la información disponible y sustentado en la teoría económica, por lo que los modelos usados corresponden a una primera aproximación econométrica, cuyo diseño podrá modificarse en los ejercicios subsecuentes que se realicen a medida que haya más información disponible.
Como parte de los resultados para el desarrollo económico de México mostrados en esta segunda parte del estudio está el que, en 2019, el impacto de la reforma de telecomunicaciones fue de 5.1% del Producto Interno Bruto (PIB) a nivel nacional[1], lo que equivale a $933 mil millones de pesos; es decir, sin la reforma el PIB desestacionalizado (base 2013=100) en el cuarto trimestre de 2019 hubiera sido de 17 mil 416 millones de pesos y con la reforma fue de 18 mil 349 millones de pesos. El impacto de la reforma para el resto de los años analizados es el siguiente:
PIB|AÑO | 2013 | 2014 | 2015 | 2016 | 2017 | 2018 | 2019 |
PIB Nacional (miles de millones de pesos) | $16,409 | $16,966 | $17,428 | $17,968 | $18,287 | $18,509 | $18,349 |
PIB Nacional sin reforma (miles de millones de pesos) | $16,054 | $16,517 | $16,882 | $17,317 | $17,535 | $17,658 | $17,416 |
Porcentaje de impacto anual de la reforma | 2.2% | 2.6% | 3.1% | 3.6% | 4.1% | 4.6% | 5.1% |
Impacto anual a nivel nacional (miles de millones de pesos) | $355 | $449 | $547 | $651 | $752 | $851 | $933 |
PIB per cápita (pesos) | $138,009 | $141,145 | $143,458 | $146,385 | $147,495 | $147,849 | $145,197 |
PIB per cápita sin reforma (pesos) | $135,025 | $137,406 | $138,959 | $141,081 | $141,432 | $141,051 | $137,814 |
Impacto anual per cápita (pesos) | $2,984 | $3,739 | $4,499 | $5,304 | $6,063 | $6,798 | $7,383 |
Nota: Valores calculados con respecto al PIB desestacionalizado al cuarto trimestre de cada año a precios constantes base 2013=100.
Fuente: Elaboración propia con información de INEGI y los resultados de los modelos estimados.
En la siguiente figura se puede observar de forma más clara el impacto de la reforma de telecomunicaciones sobre el PIB nacional. En la gráfica, la línea azul representa información oficial del PIB nacional en términos reales (base 2013), mientras que la línea naranja representa la estimación del PIB nacional en caso de que no hubiera ocurrido la reforma. De esta manera, se puede observar que a medida que transcurren los periodos la diferencia entre estas líneas es mayor, lo que representa el posible impacto creciente de la reforma.
Producto Interno bruto desestacionalizado a precios constantes (base 2013)
Fuente: Elaboración propia con información de INEGI y los resultados de los modelos estimados.
En lo que respecta al modelo de educación, se midió el impacto de 1) las líneas de telefonía fija por cada 100 hogares y 2) del porcentaje de escuelas primarias que cuentan con internet y computadora con respecto del total de escuelas primarias que cuentan con al menos una computadora, sobre el puntaje promedio del logro educativo en lenguaje y comunicación del sexto grado de primaria en el examen del Plan Nacional para la Evaluación de los Aprendizajes (PLANEA). Asimismo, se usaron cinco variables de control para capturar las diferencias entre las entidades federativas[2].
Dentro de los resultados encontrados se obtuvo que el mayor impacto sobre el puntaje promedio del logro educativo en lenguaje y comunicación del sexto grado de primaria lo tuvo el porcentaje de escuelas primarias que cuentan con internet y computadora con respecto del total de escuelas primarias que cuentan con al menos una computadora. De manera que, si este porcentaje aumenta un punto porcentual, entonces aumentaría 2.01% el puntaje promedio del logro educativo en lenguaje y comunicación del sexto grado de primaria. Esto último resulta interesante en términos de política pública, ya que resalta la importancia que tiene, en este caso, sobre la educación, el uso y adopción conjunta entre el dispositivo (computadora) y el servicio de telecomunicaciones (Internet) correspondiente.
Adicionalmente, las líneas del servicio fijo de telefonía también tienen impacto sobre el puntaje promedio del logro educativo en lenguaje y comunicación del sexto grado de primaria. Específicamente, si el servicio fijo de telefonía aumentara en una línea por cada 100 hogares, entonces el puntaje promedio del logro educativo en lenguaje y comunicación del sexto grado de primaria aumentaría en 0.011 por ciento.
En cuanto al modelo de desarrollo social se midió el impacto de las líneas de telefonía móvil por cada 100 habitantes y de las líneas de telefonía fija por cada 100 hogares sobre la población que no se encuentra en condiciones de pobreza[3].
Al respecto, se identificó que, si las líneas del servicio móvil de telefonía por cada 100 habitantes aumentan en 1%, entonces la población que no se encuentra en situación de pobreza aumenta en 0.28%.
En lo que respecta a las líneas del servicio fijo de telefonía, si el servicio fijo de telefonía por cada 100 hogares aumenta 1%, entonces la población que no se encuentra en situación de pobreza aumenta 0.09%, un efecto menor que el de las líneas móviles.
Para cada uno de los elementos analizados en esta entrega se incluye una descripción del panorama actual, un marco teórico, la explicación de la metodología utilizada y la interpretación de los modelos econométricos utilizados. La elección de los modelos se realizó con base en la revisión de estudios nacionales e internacionales, la información disponible y la selección de variables significativas[4].
La información utilizada en el estudio fue obtenida del Consejo Nacional de Población (CONAPO), el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), la Secretaría de Educación Pública (SEP) y el IFT. Para la estimación de los modelos de educación y desarrollo social se utilizó información anual por entidad federativa de 2015 a 2018. Mientras que para el modelo de desarrollo económico se usaron cifras trimestrales a nivel nacional de 2005 a 2019.
En este sentido, para ambas entregas del estudio, los modelos presentados fueron desarrollados para dimensionar la importancia del uso de las TIC y la disponibilidad de los servicios de telecomunicaciones sobre el nivel de salud, el empleo, la educación y el desarrollo económico del país, de manera que sea posible replicarlos periódicamente a fin de que sean usados como herramientas de apoyo para el diseño de políticas públicas dirigidas a incrementar el Desarrollo Social de la población a través del uso de las TIC y la disponibilidad de los servicios de telecomunicaciones.
El estudio completo “Análisis del impacto de las TIC en el desarrollo social de México (Segunda Parte)” puede consultarse en:
[1] Para capturar el impacto de la reforma se utilizaron dos variables: una variable binaria o dummy que toma el valor de 1 a partir del tercer trimestre de 2013, es decir, después de la reforma, y 0 para los periodos anteriores; asimismo, se incluyó una variable de tendencia anual que inicia un año después de la reforma. Además, se usó también el Índice Nacional de Precios de Comunicaciones (IPCOM) y dos variables de control: el índice de formación bruta de capital y la población ocupada.
[2] De acuerdo con la clasificación de regiones de Bassols Batalla, que se explica en el documento, el modelo utiliza 5 variables dummy o binarias para capturar el impacto de pertenecer a las siguientes regiones (1 si pertenece y 0 de otro modo) : CENTRO-NORTE (Aguascalientes, San Luis Potosí y Zacatecas); ESTE (Tabasco y Veracruz de Ignacio de la Llave); NORESTE (Nuevo León y Tamaulipas); NORTE (Coahuila de Zaragoza, Chihuahua y Durango); SUR (Chiapas, Guerrero y Oaxaca).
[3] Para el modelo de la población que no se encuentra en condiciones de pobreza se consideraron las siguientes variables de control: población ocupada, tasa de mortalidad y 4 regiones Bassols Batalla; CENTRO-NORTE (Aguascalientes, San Luis Potosí y Zacatecas); NORESTE (Nuevo León y Tamaulipas); NORTE (Coahuila de Zaragoza, Chihuahua y Durango); SUR (Chiapas, Guerrero y Oaxaca).
[4] Para asegurar la confiabilidad estadística en los modelos estimados, en todos los casos se realizaron pruebas y, en su caso, correcciones para validar que no se tuvieran problemas de heteroscedasticidad, endogeneidad y multicolinealidad. Asimismo, en todos los modelos se incluyeron variables de control que incrementan la capacidad explicativa y la robustez estadística de los modelos estimados.
Ciudad de México, a 29 de octubre de 2021.
EL IFT EMITE RESOLUCIONES CON FALLO DE LOS GANADORES
DE LA LICITACIÓN IFT-10 PARA SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES MÓVILES
- Durante su XXI Sesión Ordinaria, el Pleno determinó establecer las condiciones que deberán cumplir los Participantes Ganadores - AT&T Comunicaciones Digitales, S. de R.L. de C.V. de los Bloques A1 y A9.01 y Radiomóvil Dipsa, S.A. de C.V. del Bloque C1-, para que el Instituto se encuentre en posibilidad de otorgar y firmar los títulos de concesión correspondientes.
- Como resultado de este proceso licitatorio, quedaron sin asignarse los bloques de las bandas AWS (1755-1760 / 2155-2160 MHz), PCS (1910-1915 / 1990-1995 MHz) y 36 de los 37 bloques de la banda de 800 MHz (814-824 / 859-869 MHz), lo que se suma a otras evidencias en torno a que los altos montos de cobro por el uso del espectro radioeléctrico inhiben la participación en licitaciones, como lo ha señalado en varias ocasiones el IFT.
El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) emitió las resoluciones mediante las cuales se determina y hace constar el fallo con los ganadores de la Licitación No. IFT-10, para concesionar el uso, aprovechamiento y explotación comercial de segmentos de espectro radioeléctrico disponibles en las Bandas de Frecuencias 814-824 / 859-869 MHz, 1755-1760 / 2155-2160 MHz, 1910-1915 / 1990-1995 MHz y 2500-2530 / 2620-2650 MHz, para la prestación de servicios de Acceso Inalámbrico.
Durante su sesión del 20 de octubre, el Pleno determinó establecer las condiciones que deberán cumplir los Participantes Ganadores -AT&T Comunicaciones Digitales, S. de R.L. de C.V. de los Bloques A1 y A9.01 y Radiomóvil Dipsa, S.A. de C.V. del Bloque C1-, para que el Instituto se encuentre en posibilidad de otorgar y firmar los títulos de concesión correspondientes.
De acuerdo con lo establecido en las bases de Licitación, ambas empresas fueron los participantes con las ofertas válidas más altas de los bloques por las que presentaron posturas, conforme al resultado del Procedimiento de Presentación de Ofertas, el cual tuvo lugar los días 30 de septiembre y 4 de octubre de 2021, cuando se recibieron propuestas para la asignación de 41 bloques de espectro para servicios de telefonía e internet móviles disponibles en las bandas de 800 MHz, AWS, PCS y de 2.5 GHz, que permitirán dar servicios de telefonía e internet móviles.
En total, como resultado de dicho Procedimiento, se recibieron ofertas por un monto total de mil 350.8 millones de pesos, pagaderos previamente a la entrega de la concesión.
FOLIO ÚNICO | PARTICIPANTE | BLOQUE | OFERTA VÁLIDA MÁS ALTA EN PUNTOS | COMPONENTE ECONÓMICO |
IFT10-7H1C | AT&T Comunicaciones Digitales, S. de R.L. de C.V. | A1 | 374.000 | 374,000,000.00 |
IFT10-7H1C | AT&T Comunicaciones Digitales, S. de R.L. de C.V. | A9.01 | 706.852 | 706,852,000.00 |
IFT10-5X8D | Radiomóvil Dipsa, S.A. de C.V. (TELCEL) | C1 | 270.000 | 270,000,000.00 |
El pago de los montos ofrecidos en la licitación es independiente de los pagos anuales que deberán cubrir por concepto de derechos por el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico establecidos en la Ley Federal de Derechos.
Cabe señalar que, como resultado de este proceso licitatorio, quedaron sin asignarse los bloques de las bandas AWS (1755-1760 / 2155-2160 MHz), PCS (1910-1915 / 1990-1995 MHz), ambos con cobertura nacional, y 36 de los 37 bloques de la banda de 800 MHz (814-824 / 859-869 MHz) con cobertura en las áreas básicas de servicio[1] de los estados de Aguascalientes, Campeche, Colima, Chiapas, Hidalgo, Guanajuato, Guerrero, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas.
Conforme a lo anterior, el espectro asignado complementa la tenencia actual de los participantes ganadores en las bandas de 800 MHz (norte del país) y de 2.5 GHz. Asimismo, se asignó un bloque con cobertura en la zona del Valle de México en la banda de 800 MHz, que corresponde a una de las zonas de mayor desarrollo económico del país, lo cual contrasta con los bloques que quedaron desiertos en regiones con mayor rezago en servicios móviles de comunicaciones en el centro y sur del país, y en particular en Oaxaca, Guerrero y Chiapas, lo cual no favorece la reducción de la brecha digital en las zonas más desfavorecidas del país.
Este hecho se suma a otras evidencias en torno a que los altos montos de cobro por el uso del espectro radioeléctrico inhiben la participación en licitaciones, provocan la devolución del espectro y se convierten en una barrera artificial a la entrada de nuevos competidores, hechos que el IFT ha reiterado en diversas ocasiones y foros.
[1] Zona geográfica conformada por uno o varios municipios o demarcaciones territoriales dentro del país.
Ciudad de México, a 27 de octubre de 2021.
EN UN AÑO, AUMENTA 11.7 POR CIENTO ACCESOS A INTERNET MÓVIL
- En junio de 2021 se registraron 86 líneas de acceso a banda ancha móvil por cada 100 habitantes, mientras que, al mismo mes de 2020 se tenían 77 líneas por cada 100 habitantes.
- Los accesos del servicio fijo de internet pasaron de 11.8 en junio 2013 a 23.0 millones en junio 2021, lo que representa un aumento de 94.4 por ciento.
- Las líneas del servicio móvil de internet de los Operadores Móviles Virtuales (OMV) llegaron a 4.0 millones en junio 2021, con un aumento anual de 1.5 millones.
- En junio 2021 la participación de Telmex se redujo al 43% del total de accesos del servicio fijo de internet.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) presenta información estadística de los servicios fijos y móviles de telecomunicaciones al segundo trimestre de 2021. Las cifras oportunas de las líneas, accesos e ingresos permiten un análisis expedito de la evolución de los servicios de telecomunicaciones en México, con base en la información entregada hasta el momento por los operadores y los valores reportados con anterioridad.
Estos datos son de suma utilidad para la toma de decisiones comerciales y el diseño de políticas públicas en el sector. A continuación, se presentan los principales hallazgos por servicio:
Servicio móvil de acceso a internet
- En términos de habitantes, en junio de 2021 había 86 líneas por cada 100 habitantes, mientras que en junio de 2020 se tenían 77 líneas por cada 100 habitantes, lo que representa un incremento del 11.7%.
- En junio de 2021, las líneas de este servicio fueron 108.7 millones, un crecimiento anual de 12.6%, lo que representa un aumento de 9.1 millones de líneas en un año.
- Para este servicio las líneas de los OMV tuvieron un aumento anual de 62%, alcanzando los 4.0 millones en junio 2021.
Servicio fijo de acceso a Internet
- En el segundo trimestre de 2021, el total de accesos del servicio fijo de internet fue 23.0 millones, lo que representa 2.5 millones de accesos más respecto de los registrados en el segundo trimestre de 2020, es decir, un crecimiento anual de 12.4 por ciento.
- Por su parte, los accesos por cada 100 hogares pasaron de 58 a 65 en el mismo periodo, es decir, un crecimiento anual del 12.1 por ciento.
- Al respecto, destaca el crecimiento anual del número de accesos de este servicio por parte de Totalplay con un aumento de 54.9%, de 2.0 a 3.0 millones, y Grupo Televisa con una subida anual del 21.1%, de 5.1 a 6.1 millones de accesos.
Servicio fijo de telefonía
- A junio de 2021, las líneas del servicio de telefonía fija llegaron a 24.6 millones, lo que equivale a un incremento anual del 8.0%, lo que representa un aumento de 1.8 millones de líneas.
- En términos de hogares, en junio de 2020 había aproximadamente 65 líneas por cada 100 hogares en México, mientras que en junio de 2021 esta cifra aumentó a 70 líneas por cada 100 hogares, es decir, un crecimiento anual de 7.7 por ciento.
- En el segundo trimestre de 2021, la participación de mercado del AEP del sector de telecomunicaciones (Telmex) con respecto al total de líneas fue de 45 por ciento.
Servicio móvil de telefonía
- A junio de 2021, se registraron 125.0 millones de líneas del servicio móvil de telefonía, lo que equivale a un crecimiento de casi 5.8 millones con respecto de junio de 2020, es decir, un incremento anual de 4.9 por ciento.
- En términos de habitantes, esta cifra equivale a 99 líneas accesos por cada 100 habitantes, mientras que en junio de 2020 este indicador era de 95 líneas por cada 100 habitantes.
- Los OMV en su conjunto pasaron de 2.5 a 3.6 millones de líneas, lo que equivale a un incremento anual del 46.8 por ciento.
Servicio de televisión restringida
- A junio de 2021, el número de accesos de este servicio fue de 20.5 millones, lo que representa un incremento anual del 1.0% respecto a junio de 2020, es decir, un aumento de 196 mil accesos en un año.
- En términos de hogares, en junio de 2021 había 58 accesos por cada 100 hogares.
Ingresos
- A junio de 2021 los operadores de telecomunicaciones reportaron ingresos por $205.2 miles de millones de pesos a precios constantes (base 2013) durante el primer semestre de 2021, monto ligeramente inferior a los ingresos generados por los operadores en el mismo semestre del año inmediato anterior ($206.2 miles de millones de pesos reales).
La Nota técnica de Datos Oportunos de los Indicadores de los sectores de Telecomunicaciones y Radiodifusión a junio 2021, en donde se presenta un análisis más detallado, puede consultarse en el siguiente enlace: https://www.ift.org.mx/sites/default/files/nota_tecnica_1.pdf.
Asimismo, la definición y la metodología de cálculo para estimar los indicadores aquí presentados pueden consultarse en el Manual de definiciones de los indicadores estadísticos de telecomunicaciones, disponible en:
https://www.ift.org.mx/sites/default/files/contenidogeneral/estadisticas/manualdefinicionesmarzo2018.pdf
Ciudad de México, a 26 de octubre de 2021.
EL IFT ENVÍA AL SENADO DE LA REPÚBLICA PROPUESTAS DE MODIFICACIONES
A LA LEY FEDERAL DE DERECHOS EN MATERIA DE ESPECTRO RADIOELÉCTRICO
- Se trata de tres propuestas específicas dirigidas a promover mayor conectividad en el país y alentar la entrada de nuevos operadores regionales y locales.
- Las propuestas coinciden con lo que, en su momento, el IFT envió a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en relación con los elevados montos de los derechos por el uso del espectro radioeléctrico en el país.
- El IFT hace un llamado al Congreso de la Unión para que se atienda el grave problema de los altos costos del espectro que limitan el desarrollo del país.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) entregó a la Mesa Directiva y a comisiones dictaminadoras del Senado de la República las propuestas de modificación a la Ley Federal de Derechos (LFD) con relación a los elevados cobros por el uso del espectro radioeléctrico en el país.
Las tres propuestas son consistentes con las que, en su momento, el IFT envió a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) como parte de las propuestas de modificación a la LFD 2022 desde junio del presente año e, incluso, desde años atrás. Estas propuestas consisten en:
- Ajustar a la baja los derechos de las bandas para la prestación de servicios de quinta generación (5G). A través de la modificación de las cuotas previstas en los artículos 244-H, 244-I y 244-J de la LFD, que refieren a bandas de frecuencias que aún no se asignan (bandas de 600 MHz, banda L y banda de 3.3-3.45 GHz) o que todavía no se autorizan los servicios móviles para los que se prevé el cobro de derechos (3.45 a 3.6 GHz), a fin de promover el desarrollo del país, a través de las telecomunicaciones móviles y la eficiente asignación de espectro radioeléctrico para estos servicios.
- Modificar la estructura de cobro de derechos de las bandas de 800/850 MHz por Área Básica de Servicio (ABS) en lugar de hacerlo basado en regiones celulares. Esto es, cambiar la estructura de cobros de derechos del artículo 244-G de la LFD a coberturas de menor dimensión geográfica, ajustándolas por una variable económica, a fin de promover la entrada de nuevos operadores con interés de prestar servicios a una escala local y que los pagos por derechos sean proporcionales al nivel económico de la zona a cubrir.
- Incorporar un esquema de acreditamiento de erogaciones en materia de cobertura social contra el pago de derechos por uso del espectro radioeléctrico, para llevar cobertura a localidades sin servicio móvil de acceso a Internet. La propuesta implica adicionar el artículo 239 bis a la LFD, para incentivar la inversión de los concesionarios actuales de bandas de frecuencias para servicios de telefonía e Internet móviles y llevar conectividad a localidades que actualmente no cuentan con servicios de banda ancha móvil.
Es importante señalar que las dos primeras propuestas no implican una reducción a los ingresos presupuestales de la federación. En el primer caso, la reducción de los montos de derechos de bandas del espectro radioeléctrico que aún no se asignan para la prestación de servicios móviles no significa pérdida de ingresos, justamente porque aún no se asignan.
Así, de reducirse los montos de las cuotas de derechos, esas bandas serán mucho más atractivas en futuros procesos licitatorios, lo que también redundará en nuevos ingresos por concepto de contraprestaciones y pago de derechos para la federación y evitará, como ya sucede, que se queden bloques de espectro desiertos en las licitaciones de espectro.
De igual forma, la segunda propuesta consiste en una redistribución de los actuales montos de derechos a que se refiere el artículo 244-G de la LFD para las bandas de frecuencias de 800 y 850 MHz basada en las 65 Áreas Básicas de Servicio en que se divide el país, en lugar de basarse en las nueve regiones celulares en que también se segmenta al territorio nacional.
Con ello, las zonas económicamente más robustas pagarían un monto mayor de derechos por habitante, mientras que las zonas más deprimidas pagarían montos inferiores. Ello incentivaría la entrada de nuevos operadores locales y regionales que hasta el día de hoy ven en los derechos por el uso del espectro una barrera artificial a la entrada al mercado móvil en el país. Al tratarse de una redistribución de los montos actuales, esta propuesta tampoco tendría un impacto en los ingresos presupuestales de la federación.
En cuanto a la tercera propuesta, cabe señalar que los esquemas de acreditamiento de erogaciones no son nuevos y se aplican en varios países del mundo para fomentar la conectividad en localidades desatendidas. La propuesta del IFT incluye el acreditamiento de las inversiones realizadas, así como de una parte de los gastos de operación del primer año de operaciones en localidades sin servicio.
Este esquema se sumaría a otros esfuerzos que se realizan para que todas las localidades del país lleguen a contar con el servicio móvil de acceso a Internet. La propuesta considera el Programa de Cobertura Social 2020 – 2021 emitido por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
En este sentido, es importante señalar que el artículo 215 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión establece que los programas de cobertura social y de conectividad en sitios públicos contarán con los mecanismos que determine la SCT, con el apoyo de la SHCP.
El IFT hace un respetuoso llamado al Congreso de la Unión para que considere el enorme impacto negativo que implican los elevados montos de los derechos por el uso del espectro radioeléctrico establecidos en la LFD y que pueda valorar estas propuestas como parte de las que, año con año, ha enviado a la SHCP en búsqueda de montos y esquemas que fomenten la asignación eficiente de mayor cantidad de espectro radioeléctrico, eliminen las actuales barreras a la entrada de nuevos participantes en el mercado de las telecomunicaciones móviles e incentiven la conectividad de poblaciones que se encuentran marginadas de los beneficios presentes y futuros de los servicios de telecomunicaciones en el país.
El Instituto está y estará siempre dispuesto a sostener discusiones abiertas con todos los elementos técnicos y las evidencias que permitan generar las mejores políticas para fomentar la conectividad y la inclusión digital de todos los habitantes del país.
Ciudad de México, a 25 de octubre de 2021.
EL INAI RECONOCE AL SISTEMA DE ALERTAS
Y PUBLICACIÓN DE CONSULTAS PÚBLICAS DEL IFT
- El Instituto recibió una mención especial del Reconocimiento de Prácticas de Transparencia Proactiva 2021, debido a la implementación de procesos de mejora continua y adecuaciones armónicas con las disposiciones en materia de transparencia proactiva.
- El objetivo es reconocer, socializar e impulsar el desarrollo de prácticas nacionales de transparencia proactiva desarrolladas por instituciones públicas del ámbito federal.
- En la edición 2021, se registraron 77 prácticas, de 45 instituciones, de las cuales 11 resultaron ganadoras.
En el marco del foro denominado “Retos y perspectivas de la transparencia proactiva para la construcción de sociedades más democráticas y resilientes”, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) fue reconocido por parte del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Como parte de la premiación del Reconocimiento de Prácticas de Transparencia Proactiva 2021, el Sistema de Alertas y Publicación de Consultas públicas del IFT, recibió una mención especial debido a la implementación de procesos de mejora continua y adecuaciones armónicas con las disposiciones en materia de transparencia proactiva.
El Reconocimiento de Prácticas de Transparencia Proactiva es parte de las acciones emprendidas por el INAI para dar cumplimiento a los artículos 56, 57 y 58 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP).
El objetivo es reconocer, socializar e impulsar el desarrollo de prácticas nacionales de transparencia proactiva desarrolladas por instituciones públicas del ámbito federal, que permitan identificar y difundir entre la sociedad información útil y de calidad sobre temas como el acceso a trámites y servicios, mecanismos de vigilancia social y rendición de cuentas, combate a espacios de opacidad, disminución de brechas en el acceso a la información, entre otros.
Es importante recordar que, en la edición 2021 del Reconocimiento de Prácticas de Transparencia Proactiva, se registraron 77 prácticas, de 45 instituciones, de las cuales 11 resultaron acreedoras a dicho reconocimiento.
Las prácticas reconocidas, así como las iniciativas con menciones especiales, estarán disponibles para su consulta en el Banco de Prácticas para la Apertura Institucional, un acervo de proyectos nacionales e internacionales, mediante el cual se busca facilitar el diseño y desarrollo de prácticas exitosas en materia de apertura institucional en el país.
Ciudad de México, a 25 de octubre de 2021.
EL IFT DESIGNA AL PRESIDENTE Y SECRETARIO TÉCNICO DEL COMITÉ 5G
Y LANZA LA CONVOCATORIA DE REGISTRO PAR CONFORMAR ESTE GRUPO
- Durante su XXI Sesión Ordinaria, el Pleno designó al Comisionado Javier Juárez Mojica como Presidente del Comité Técnico en materia de Despliegue de 5G en México; y al Titular de la Unidad de Espectro Radioeléctrico, Alejandro Navarrete Torres, como Secretario Técnico.
- La convocatoria de registro para formar parte del comité está disponible en el portal de Internet del Instituto a partir de hoy.
El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) designó a los servidores públicos que estarán al frente del Comité Técnico en materia de Despliegue de 5G en México, creado el pasado 6 de octubre de 2021 como un órgano técnico de apoyo, de naturaleza consultiva y no vinculante, para propiciar una eficiente implementación de 5G en México.
En este sentido, el Comisionado Javier Juárez Mojica ocupará la Presidencia del Comité; mientras que la Secretaría Técnica estará a cargo del Titular de la Unidad de Espectro Radioeléctrico, Alejandro Navarrete Torres. Ambos durarán en el cargo dos años, los cuales podrán prorrogarse por periodos iguales.
A partir de hoy, cualquier persona interesada en pertenecer al Comité 5G deberá llenar el formato correspondiente y remitir la información a que se refiere la “Convocatoria pública y permanente por medio de la cual se invita a cualquier persona interesada a registrarse para formar parte del Comité Técnico en materia de Despliegue de 5G en México”, disponible en: https://www.ift.org.mx/espectro-radioelectrico/marco-de-referencia. A través de la misma liga electrónica es posible tener acceso al acuerdo de creación del Comité y a sus Reglas de Operación, con base en la cuales el IFT dispondrá en breve de un micrositio específico.
Entre otros aspectos, el Comité permitirá la interacción entre el Instituto, la industria, la academia, los entes públicos y cualquier otra persona interesada, para exponer las necesidades, estrategias, prospectiva y estudios de 5G actuales y futuros.
El despliegue y desarrollo oportunos de infraestructura y tecnologías 5G resulta de primordial importancia, dado el impacto transversal que 5G tendrá en todos los ámbitos del desarrollo de las sociedades modernas, incluyendo aspectos relevantes como telemedicina, automatización de procesos agroindustriales, teleducación, gobierno electrónico, conectividad rural, vehículos autónomos y entretenimiento, entre muchos otros.
Ciudad de México, a 21 de octubre de 2021.
EL IFT INFORMA SOBRE PRÓRROGA DE LA CONCESIÓN DE TELMEX
- Desde el pasado 1 de diciembre de 2016, el Pleno de este órgano autónomo resolvió, conforme a sus atribuciones constitucionales, aprobar la solicitud de la prórroga de concesión presentada por Telmex, tras acreditar que se cumplieron los supuestos previstos en la Ley para este procedimiento.
- En la resolución se determinó que será hasta el primer trimestre del 2023 cuando este Instituto entregue el título de concesión a la empresa.
- Esta decisión se tomó al considerar que, ante el dinamismo del mercado de las telecomunicaciones y el hecho de que Telmex está sujeta a regulación asimétrica por ser parte del Agente Económico Preponderante en el sector de las telecomunicaciones, en 2016 no se tenía la certeza de cómo evolucionarían las condiciones del mercado y los efectos que generaría la citada regulación asimétrica en los siguientes años.
En relación con lo expresado el día de hoy por el C. Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, durante la conferencia matutina, en torno a la prórroga de la concesión de Teléfonos de México (Telmex), el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) hace las siguientes precisiones:
- En estricto apego a lo mandatado por la Constitución en su artículo 28, párrafo décimo séptimo, en el que se establece la facultad exclusiva del IFT para otorgar y prorrogar las concesiones de los servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión; y conforme a lo dispuesto en el artículo 15 fracción IV de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTyR), el Pleno de este órgano autónomo resolvió, desde el pasado 1 de diciembre de 2016, aprobar la solicitud de la prórroga de concesión presentada por Telmex, otorgándola por una vigencia de 30 años, tras acreditar que se cumplieron los supuestos previstos en la Ley para este procedimiento.
- Conforme lo dispone el marco legal vigente desde la reforma constitucional de 2014 en materia de telecomunicaciones y de radiodifusión, para el otorgamiento de la prórroga señalada en favor de Telmex, se contó con la opinión técnica no vinculante del Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
- En este sentido, en la resolución por la que el Pleno del IFT autorizó la prórroga de vigencia de la concesión de Telmex, se establece que será hasta el primer trimestre del año 2023 cuando este Instituto entregue a dicha empresa el título de concesión que corresponda, una vez que se determinen las condiciones técnico-regulatorias a las que quedará obligada, las que serán resueltas exclusivamente por el IFT.
- Esta decisión se tomó al considerar que, ante el dinamismo del mercado de las telecomunicaciones y el hecho de que Telmex está sujeta a una regulación asimétrica por ser parte del Agente Económico Preponderante en el sector de las telecomunicaciones, en el año 2016 no podría preverse la evolución de la prestación de servicios, las condiciones del mercado y los efectos que generaría la citada regulación asimétrica en los siguientes años.
- Es importante señalar que todo el proceso por el cual se determinó el otorgamiento de la prórroga de la concesión estuvo, como en todos los casos que resuelve el IFT, apegado a lo establecido en la LFTyR, en tiempo y forma. El Instituto recibió la solicitud de prórroga el 7 de marzo de 2016, es decir, dentro del año previo al inicio de la quinta parte de la vigencia de la concesión, conforme lo prevé el artículo 113 de la LFTyR. Como consecuencia de lo anterior, este órgano autónomo emitió la resolución correspondiente a dicha petición, en estricta observancia del plazo establecido para tales efectos en el propio dispositivo legal ya señalado.
La resolución referida fue aprobada por el Pleno del IFT en su XXI sesión extraordinaria, celebrada el 1 de diciembre de 2016, mediante acuerdo P/IFT/EXT/011216/50. Es pública y se puede consultar en la siguiente liga:
https://rpc.ift.org.mx/vrpc/pdfs/53287_170120212221_2134.pdf
De esta manera, en aras de abonar a la certeza jurídica en el sector de las telecomunicaciones, se hace pertinente dejar claro que lo expresado por el C. Presidente no corresponde a los hechos ni al marco legal aplicable, toda vez que la solicitud de prórroga ya fue resuelta y no hay posibilidad de negarla, por lo que lo único que está pendiente es la entrega del título de concesión, previo establecimiento de condiciones por el IFT.
El IFT es un órgano técnico, con autonomía constitucional, que lo aleja de decisiones de carácter político; y actúa siempre con absoluto respeto de las facultades y el trabajo de otras autoridades.
Ciudad de México, a 20 de octubre de 2021.
LA PRIMERA SALA DE LA SCJN CONFIRMA SUSPENSIÓN OTORGADA AL IFT
EN CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL CONTRA EL PANAUT
- Esta suspensión evita afectaciones al mandato constitucional del IFT como regulador y garante de derechos humanos y a las personas usuarias de servicios de telecomunicaciones.
- Como ha sido de conocimiento público, otras autoridades, en el ámbito de facultades, así como particulares, organismos y otras instituciones han impugnado aspectos diversos de constitucionalidad del PANAUT, por lo que esta suspensión del IFT contribuirá a que, en el actuar de cada autoridad, se puedan controvertir y resolver todos los diversos aspectos de inconstitucionalidad que se han detectado ante la posible creación de este Padrón.
- Es importante mencionar que, tomando en consideración el proceso en curso en la SCJN, y a la espera de resolución por parte de ésta, el presupuesto 2022 solicitado al Congreso por el IFT es consistente con la reclamación contra la aplicación del PANAUT, por lo que esta partida no fue incluida.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la suspensión otorgada al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT)respecto a la obligación de instalar, operar, regular y mantener el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT).
En su sesión celebrada hoy, por 4 votos a favor y uno en contra, la Primera Sala confirmó en el recurso de reclamación 61/2021-CA, bajo la Ponencia del Ministro Juan Luis González Carrancá,la concesión de la medida cautelar solicitada por el IFT y otorgada por la MinistraNorma Lucía Piña Hernández, el 11 de junio de 2021.
Esta suspensión permite salvaguardar el mandato constitucional del IFT como regulador y garante -en su ámbito de competencia- de los derechos humanos contenidos en los artículos 6º y 7º constitucionales; además, impide que se obligue al IFT a implementar un modelo regulatorio que inhibe y condiciona un acceso libre y sin injerencias arbitrarias a los servicios de telecomunicaciones para las personas usuarias, que es contrario a lo mandatado al Estado Mexicano por la propia Constitución.
El IFT como parte del Estado Mexicano, tiene el deber de garantizar y propiciar el derecho de acceso a las tecnologías de la información y a los servicios de telecomunicaciones para todos los mexicanos, tal y como lo ordena la Ley Fundamental.
Esta resolución apoyará a que estos aspectos sean conocidos y resueltos sin que el PANAUT entre en vigor, y por tanto se generen afectaciones adicionales a las personas usuarias de telefonía móvil, pues impide aplicar la medida de requerirles sus datos biométricos para contar con el servicio.
El pasado 26 de mayo, el IFT presentó una Controversia Constitucional en contra de diversas disposiciones contenidas en el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTyR), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2021, por las cuales se crea el PANAUT.
El IFT expuso que no cuenta con los recursos para cumplir el mandato legislativo de poner en marcha el registro del PANAUT con cargo a su presupuesto. La totalidad de los recursos presupuestales aprobados por la Cámara de Diputados para el presente ejercicio fiscal 2021, están asignados a las funciones que mandata la Constitución a este órgano regulador; y que este ordenamiento legal contraviene su autonomía presupuestal, consistente en llevar a cabo la planeación y ejercicio de los recursos que considera necesarios de forma autónoma, eficaz y oportuna en el marco de sus competencias.
Al confirmarse hoy la medida cautelar solicitada por el IFT, el efecto es que se mantienen paralizadas las acciones que se desprenden de las normas impugnadas, relacionadas con las atribuciones conferidas al IFT y que se ven afectadas presupuestalmente, como lo son aquellas que se deban realizar para el desarrollo de la plataforma que concentrará la información materia del padrón, la emisión de las disposiciones administrativas de carácter general para su operación, las campañas y medios de información para la difusión del programa, así como la consecuencia lógica de que, no procede la aplicación de sanción de responsabilidad administrativa a que alude el párrafo segundo del artículo Tercero Transitorio impugnado.
Es importante mencionar que, tomando en consideración el proceso en curso en la SCJN, y a la espera de resolución por parte de ésta, el presupuesto 2022 solicitado al Congreso por el IFT es consistente con la reclamación contra la aplicación del PANAUT, por lo que esta partida no fue incluida.
De esta forma, y en tanto la SCJN resuelve el fondo de la controversia constitucional, la estrategia jurídica seguida por el IFT permite salvaguardar su esfera competencial, así como el interés público asociado a un tema de gran impacto social como lo es el PANAUT.
Como ha sido de conocimiento público, otras autoridades, en el ámbito de facultades, así como particulares, organismos y otras instituciones han impugnado aspectos diversos de constitucionalidad del PANAUT, por lo que esta suspensión del IFT contribuirá a que, en el actuar de cada autoridad, se puedan controvertir y resolver todos los diversos aspectos de inconstitucionalidad que se han detectado ante la posible creación de este Padrón.
El IFT reitera su absoluto compromiso de actuar con responsabilidad, en el marco del Estado de Derecho y a través de los mecanismos institucionales a su alcance; reiterando también, su reconocimiento y respeto al Poder Judicial de la Federación, cuyas decisiones han sido fundamentales para el sector de las telecomunicaciones.