Comunicados
EL IFT SOMETERÁ A CONSULTA PÚBLICA MODIFICACIONES A LINEAMIENTOS DE MUST CARRY-MUST OFFER
- Se someterá a consulta pública el proyecto de modificación a los Lineamientos Generales para la Retransmisión de Señales de Televisión Radiodifundida y el proyecto de Criterio Técnico para el cálculo de un índice para determinar el grado de concentración en telecomunicaciones y radiodifusión
El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) determinó, en sesión ordinaria realizada el pasado miércoles, someter a consulta pública el proyecto de modificación a los Lineamientos Generales para la Retransmisión de Señales de Televisión Radiodifundida hoy vigentes (Must Carry-Must Offer).
El objetivo esencial es obtener la retroalimentación de los interesados respecto de adicionar un segundo párrafo al artículo 10 de los Lineamientos, a efecto de que se aclare que en caso de duplicidad de señales deberá privilegiarse la retransmisión de la señal que beneficie y fomente la pertenencia a la localidad correspondiente, en concordancia con el artículo 249 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. También resulta conveniente para la población que podrá recibir contenidos que son producidos y programados pensando en sus necesidades específicas, incluyendo avisos de protección civil y desastres naturales.
El Pleno también resolvió someter a consulta pública el Anteproyecto de Criterio Técnico para el Cálculo y Aplicación de un Índice Cuantitativo a fin de determinar el grado de concentración en los mercados y servicios correspondientes a los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.
Este criterio técnico se emite con el objeto de dar a conocer: (i) el índice mediante el cual el Instituto Federal de Telecomunicaciones determinará el grado de concentración en los mercados y servicios correspondientes a los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, (ii) los umbrales que, como un indicio, permitirán identificar las transacciones que podrían implicar riesgos a la competencia económica y libre concurrencia, y (iii) establece que el índice y los umbrales se aplicarán en el ámbito de los procedimientos previstos en la Ley Federal de Competencia Económica, así como en el análisis en materia de competencia económica de solicitudes que se tramitan en términos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Por otra parte, el Pleno del Instituto resolvió modificar el título de concesión otorgado a Sistemas Satelitales de México, S. de R.L. de C.V., para explotar los derechos de emisión y recepción de señales de bandas de frecuencias asociadas a satélites extranjeros que cubren y pueden prestar servicios en el territorio nacional.
También autorizó cesiones de derechos y obligaciones de concesiones para prestar el servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, en diferentes ciudades del país, así como una de televisión en Coahuila.
De la misma forma, el Pleno del Instituto determinó las condiciones de interconexión no convenidas entre diferentes empresas, correspondientes a los años 2015 y 2016; determinándose tarifas de terminación en redes fijas, y en redes móviles bajo la modalidad “El que llama paga”.
Durante la sesión, el Pleno resolvió declarar la pérdida de bienes en beneficio de la Nación por la operación de dos estaciones radiofónicas no autorizadas, una ubicada en Tula de Allende, Hidalgo, y otra localizada en Tepotzotlán, Estado de México. Ello en razón de que operaban sin contar con la respectiva concesión o permiso. En el caso de Tepotzotlán, también se determinó imponer una sanción económica.
EL IFT SOLICITA AL AEP EN TELECOMUNICACIONES MODIFICAR OFERTAS DE REFERENCIA DE DESAGREGACIÓN PARA FOMENTAR LA COMPETENCIA
- Telmex y Telnor tienen 20 días hábiles para presentar ofertas que promuevan una mayor competencia
El Pleno de Instituto Federal de Telecomunicaciones aprobó en Sesión Extraordinaria solicitar la modificación de los términos y condiciones de las propuestas de Oferta de Referencia de desagregación efectiva de la red local de Teléfonos de México, S.A.B. de C.V., y de Teléfonos del Noroeste, S.A. de C.V., ambos parte del Agente Económico Preponderante (AEP) en el sector telecomunicaciones.
El objetivo de que Telmex y Telnor modifiquen sus ofertas, presentadas el primero de septiembre pasado, se basa en la necesidad de que las armonicen con lo establecido en las Medidas de Desagregación y en consecuencia se promueva una mayor competencia.
A través del requerimiento, el Instituto busca que las condiciones en las que el AEP proporcione los servicios materia de la Oferta de Referencia permitan a los concesionarios solicitantes replicar los servicios minoristas que reciban en condiciones competitivas, principio básico adoptado por el Pleno del IFT en la determinación de las Medidas de Preponderancia.
Una vez notificado el acuerdo, el AEP contará con 20 días hábiles para presentar al Instituto una nueva propuesta de Oferta de Referencia que atienda el requerimiento; a partir de ello el IFT tendrá con 20 días hábiles adicionales para resolver en definitiva.
Con esta resolución, el Pleno del Instituto continúa avanzando en la instrumentación de medidas para crear más condiciones de competencia que se traduzcan en beneficios para los usuarios.
EL IFT SOMETERÁ A CONSULTA PÚBLICA PROYECTO DE DISPOSICIÓN QUE PROPONE REDUCIR LA SEPARACIÓN DE FRECUENCIAS EN EL CUADRANTE DE FM DE RADIO
- El proyecto de Disposición Técnica IFT-002-2015 establecerá las especificaciones técnicas que deberán cumplir las estaciones de radiodifusión sonora de Frecuencia Modulada que operan en la banda de 88 a 108 MHz
- El Pleno del Instituto resolvió diversos desacuerdos de interconexión entre concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones
El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) acordó someter a consulta pública el Anteproyecto de Disposición Técnica IFT-002-2015: especificaciones y requerimientos para la instalación y operación de las estaciones de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada”.
La disposición sustituiría a la IFT-002-2014 que culminará su vigencia próximamente, por lo que es necesario contar con un marco técnico regulatorio que establezca las especificaciones de carácter técnico que deben cumplir las estaciones de radiodifusión sonora en frecuencia modulada que operen en la banda de frecuencias de 88 a 108 MHz.
El proyecto que se someterá a consulta pública fue elaborado con base en análisis documental en el ámbito internacional así como estudios de campo e incluye, entre otros, los siguientes aspectos.
a) Posibilidad de reducción en la separación entre frecuencias portadoras adyacentes de estaciones ubicadas en una misma localidad (400 kHz como mínimo), previo análisis de factibilidad técnica del Instituto.
b) Actualización de los parámetros técnicos de operación de las estaciones de radiodifusión sonora en FM conforme a las recomendaciones y mejores prácticas internacionales, considerando además los avances tecnológicos y escenarios actuales en la materia.
c) Establecimiento de los parámetros de operación para las estaciones de radio híbridas conforme al estándar de radio digital adoptado en México (iBOC).
Es importante señalar que dada el alto contenido técnico del anteproyecto, como parte de la consulta pública se harán disponibles diversos documentos de análisis que han sido elaborados por las unidades administrativas del Instituto.
Una vez realizada la consulta pública, que tendrá una vigencia de 30 días hábiles, se analizarán las opiniones para, de ser procedente, proponer modificaciones al proyecto de tal manera que se cuente con un documento técnico robusto para la operación de estaciones FM en México.
En la misma sesión del Pleno se resolvieron diversos desacuerdos de interconexión entre concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones y se autorizó la cesión de derechos y obligaciones del título de concesión otorgado el 27 de abril de 2012 en favor de la empresa Cable-Hit, S.A. de C.V., para adquirir esta última el carácter de concesionaria de servicio de televisión restringida por cable en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; asimismo autorizó a Level 3 México Landing, S. de R.L., a dejar de prestar los servicios de telefonía básica de larga distancia nacional e internacional conforme lo establecía el título de concesión que le fue otorgado el 28 de agosto de 2000.
EL PLENO DEL IFT RESUELVE SOBRE LA DETERMINACIÓN DE LA EXISTENCIA DE UN AGENTE ECONÓMICO CON PODER SUSTANCIAL EN EL MERCADO DE TV DE PAGA
En su XXXIII sesión extraordinaria celebrada el 30 de septiembre, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió por mayoría de votos el procedimiento seguido para determinar la existencia de poder sustancial en el mercado de servicios de televisión y audio restringidos (TV de Paga).
El procedimiento tuvo su origen en una investigación ordenada por el artículo Trigésimo Noveno transitorio del Decreto por el que se expidió la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. En la resolución del procedimiento, el Pleno determinó lo siguiente:
· Actualmente los servicios over the top (OTT) no son sustitutos del servicio de TV de Paga. Los servicios OTT, como Netflix, no son sustitutos del TV de Paga, pues: i) se enfocan en ofrecer principalmente un catálogo de contenidos audiovisuales que previamente ya han sido brindados en otras plataformas (cine, renta de películas, televisión restringida o televisión radiodifundida); ii) a diferencia de los de TV de Paga, no ofrecen programación lineal en particular y no disponen de las señales de mayor audiencia de aquellos, y iii) dependen de la capacidad de conexión a Internet, la cual en México registra bajas velocidades.
Además, un número importante de suscriptores de TV de Paga en México no cuenta con una conexión a Internet. Al respecto, la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares de 2014 indica que 46.8% de los hogares que cuentan con el servicio de TV de Paga no disponen del servicio de Internet.
· Para declarar la existencia de poder sustancial se debe determinar, entre otros elementos, si un Agente Económico puede fijar precios o restringir el abasto en el mercado relevante por sí mismo, sin que sus competidores puedan, actual o potencialmente, contrarrestar dicho poder. Es decir, la alta participación de un agente económico en un mercado no necesariamente implica la existencia de poder sustancial.
· Las empresas que actualmente forman parte de Grupo Televisa (GTV), al igual que sus competidores, han crecido en el servicio de TV de Paga, con lo que estos últimos han aumentado sus participaciones de mercado. Con base en los ingresos y el número de suscriptores, se observó que las empresas que actualmente forman parte de GTV cuentan con la mayor participación agregada en este servicio. Sin embargo, sus principales competidores también han crecido e incrementado su participación de mercado.
De acuerdo con información del Instituto, de septiembre de 2013 a marzo de 2015 el número de suscriptores de TV de Paga pasó de 14.3 a 16.4 millones, lo que representa un aumento de 2.2 millones de usuarios y un incremento de 15.1%. En este periodo:
- La plataforma satelital registró 1.49 millones de nuevos suscriptores, de los cuales SKY obtuvo una participación de 59.7% y Dish, 40.3%.
- La plataforma de cable registró 667 mil suscriptores adicionales, de los cuales las empresas que actualmente forman parte de GTV acumularon 28.2%; Megacable, 53.4%; Axtel, 7.8%; Total Play, 6.9% y otros 3.7%.
Por lo anterior, la participación agregada de las empresas que actualmente forman parte de GTV decreció de 64.1 a 62.2%; en la plataforma de cable bajó de 54.0 a 51.7% y en la plataforma satelital de 73.0 a 70.8%. Por su parte, la participación agregada de Dish se incrementó de 14.3 a 16.0% y en la plataforma satelital de 27.0 a 29.2%, y la participación agregada de Megacable creció de 14.9 a 15.1% y en cable de 31.6 a 33.6%.
Esto es, Dish y Megacable han ganado respectivamente el 27.9 y 16.5% de los nuevos usuarios del servicio de TV de Paga, con crecimientos del 29.5% y 16.7%. Por su parte Axtel y Total Play también han reportado altas tasas de crecimiento.
El crecimiento de los competidores de GTV muestra que tienen capacidad de reaccionar en las condiciones de mercado existentes. Adicionalmente, al existir presión competitiva por parte de los competidores en el mercado satelital, así como de proveedores de servicios fijos de telecomunicaciones como telefonía e internet, servicios que suelen empaquetarse, existen restricciones económicas para la fijación unilateral de precios o la restricción del abasto de los servicios.
Además, GTV tiene la obligación de dar acceso a sus competidores a los canales de televisión abierta de mayor valor para las audiencias, lo que se conoce como must offer, lo que impide a GTV usar estos insumos para limitar la capacidad de competir a otros proveedores de servicios de TV de Paga.
Al evaluar la información anterior y la demás reunida durante el procedimiento, el Pleno del Instituto resolvió que si bien GTV cuenta con una alta participación en el mercado analizado, no se acreditan los elementos previstos en la Ley Federal de Competencia Económica para determinar la existencia de un Agente Económico con poder sustancial en el servicio de TV de Paga.
Para resolver sobre condiciones de competencia en los mercados, se emplea un procedimiento especial previsto en el artículo 96 de la Ley Federal de Competencia Económica. Estos procedimientos tienen el objeto de dictaminar y no de sancionar, y no impiden analizar con posterioridad las condiciones de competencia que prevalecen, razón por la cual esta autoridad continuará con la labor de estudiar las condiciones que prevalecen en éste y otros servicios de telecomunicaciones y radiodifusión con el objeto de tener, en el ámbito de sus atribuciones, una intervención efectiva y oportuna para proteger y promover la competencia efectiva.
En términos de lo dispuesto por el artículo 96 de la Ley Federal de Competencia Económica, una versión pública de la resolución estará disponible en el portal de Internet del Instituto el día de hoy y en los próximos días se publicarán los datos relevantes en el Diario Oficial de la Federación.
EL PLENO DEL IFT DETERMINA EL APAGÓN ANALÓGICO EN DIFERENTES LOCALIDADES DEL PAÍS
- El 29 de octubre a las 00:00 horas (hora local), cesarán las señales analógicas de televisión abierta de Torreón, Coah., Gómez Palacio, Dgo., San Luis Río Colorado, Son. y Cuernavaca, Mor.
- La audiencia de televisión abierta deberá prepararse para no quedarse sin señal.
- Con la Televisión Digital Terrestre (TDT), se tendrá mejor calidad de audio y video; además de una mayor diversidad de contenidos de televisión.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en sesión extraordinaria del Pleno determinó que a las 00:00 horas (hora local) del día 29 de octubre de 2015 deberán cesar de manera definitiva las transmisiones analógicas de estaciones de televisión radiodifundida en las ciudades de Torreón, Coah.; Gómez Palacio, Dgo.; San Luis Río Colorado, Son.; y Cuernavaca, Mor.
La terminación de transmisiones analógicas comprende a las estaciones XELN-TV, XHGDP-TV, XHOAH-TV, XHO-TV, XHTOB-TV y XHGZP-TV en Torreón, Coah.; XHGPD-TV en Gómez Palacio, en el estado de Dgo; XHLRT-TV de San Luis Río Colorado, Son., y XHCIP-TV, XHCUM-TV, XHCUR-TV, XHCUV-TV, y los equipos complementarios en la ciudad de Cuernavaca de las estaciones de televisión XEX-TV y XHTM-TV.
En el caso de los cuatro equipos complementarios de baja potencia de la estación con distintivo de llamada XELN-TV; ubicados en las localidades de Mapimí, Peñón Blanco, Rodeo y Velardeña en Durango, el Pleno resolvió que podrán continuar realizando transmisiones analógicas.
Conforme al artículo 15 de la Política de TDT, el Instituto Politécnico Nacional (IPN), permisionario de los canales XHGDP-TV, XHCIP-TV, y los concesionarios Radiotelevisora de México Norte. S.A. de C.V.,
Televisión Azteca, S.A. de C.V., Canales de Televisión Populares, S.A. de C.V., Multimedios Televisión, S.A. de C.V. y Televimex, S.A de C.V., deberán realizar labores de información al público.
Por su parte, el Instituto continuará realizando la campaña nacional genérica sobre la TDT y ejecutará una campaña para difundir de manera local, el cese de transmisiones analógicas en las que se precisa fecha y hora del fin de las mismas.
La determinación del cese de transmisión anticipada de las señales anteriores de determinó toda vez que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes informó al Instituto que se alcanzó un nivel de penetración de receptores digitales de cuando menos el 90% de los hogares de escasos recursos definidos por la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) para las señales antes mencionadas, de acuerdo con la siguiente tabla:
N° | Población donde radiodifunde | Entidad | Concesionario / Permisionario | Distintivo | TotHog | HogTV | Penetración |
---|---|---|---|---|---|---|---|
1 | TORREÓN | COAH. | TELEVIMEX, S.A. DE C.V. | XELN | 92,656 | 90,412 | 97.60% |
2 | TORREÓN | COAH. | TELEVISION AZTECA, S.A. DE C.V. | XHGDP | 84,458 | 82,351 | 97.50% |
3 | TORREÓN | COAH. | MULTIMEDIOS TELEVISION, S.A. DE C.V. | XHOAH | 90,192 | 88,024 | 97.60% |
4 | TORREÓN | COAH. | CANALES DE TELEVISION POPULARES, S.A. DE C.V. | XHO | 84,097 | 82,038 | 97.60% |
5 | TORREÓN | COAH. | RADIOTELEVISORA DE MEXICO NORTE, S.A. DE C.V. | XHTOB | 80,314 | 78,312 | 97.50% |
6 | TORREÓN | COAH. | TELEVISION AZTECA, S.A. DE C.V. | XHGZP | 92,421 | 90,201 | 97.60% |
7 | GÓMEZ PALACIO | DGO. | INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL | XHGPD | 82,301 | 80,251 | 97.50% |
8 | SAN LUIS RÍO COLORADO | SON. | TELEVIMEX, S.A. DE C.V. | XHLRT | 12,655 | 12,138 | 95.90% |
9 | CUERNAVACA | MORELOS | INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL | XHCIP | 268,354 | 249,291 | 92.90% |
10 | CUERNAVACA | MORELOS | RADIOTELEVISORA DE MÉXICO NORTE, S.A. DE C.V. | XHCUM | 180,122 | 173,458 | 96.30% |
11 | CUERNAVACA | MORELOS | TELEVISIÓN AZTECA, S.A. DE C.V. | XHCUR | 234,391 | 217,476 | 92.80% |
12 | CUERNAVACA | MORELOS | TELEVISIÓN AZTECA, S.A. DE C.V. | XHCUV | 223,126 | 207,487 | 93.00% |
13 | CUERNAVACA* | MORELOS | TELEVIMEX, S.A. DE C.V. | XEX | 186, 739 | 180, 352 | 96.6% |
14 | CUERNAVACA* | MORELOS | TELEVIMEX, S.A. DE C.V. | XHTM | 183, 880 | 177, 569 | 96.6% |
Asimismo, el Instituto realizó las visitas de inspección a dichas estaciones, con lo que confirmó que actualmente se realizan transmisiones digitales de televisión radiodifundida bajo los parámetros autorizados.
La transición a la TDT genera beneficios gratuitos a la audiencia, ente los que destacan una mayor oferta de canales (algunos en HD) y una mejor calidad de audio e imagen entre otros.
Es importante precisar que en caso de no contar con alguna de las siguientes opciones, las audiencias de televisión abierta no podrán recibir señales de televisión (el apagón analógico no incluye a los ususarios de televisión de paga).
Para recibir las señales de TDT se necesita:
Un televisor digital o
Un decodificador para conectarlo a su televisor analógico.
En ambos casos una antena apta para recibir señales en las bandas VHF/UHF.
Es necesarios resintonizar el televisor digital o decodificador para poder ver los canales digitales disponibles en la localidad.
Para resolver las dudas de la población sobre la forma de recibir en sus televisores la nueva señal digital, el IFT cuenta con el portal www.tdt.mx y un centro de atención telefónica con el número 01-800 880 2424. En ambos se pueden consultar la forma de orientar una antena interior o exterior, la forma de conectar el decodificador en caso de que aún se cuente con televisiones analógicas, además
de preguntas frecuentes de los usuarios sobre el proceso de Televisión Digital Terrestre o apagón analógico.
FUNCIONARIOS DEL IFT PARTICIPAN EN LA XXVII REUNIÓN DEL COMITÉ CONSULTIVO PERMANENTE I DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE TELECOMUNICACIONES
Del 22 al 25 de septiembre pasados se realizó la XXVII Reunión del Comité Consultivo Permanente I (CCP.I) de la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL), en la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América. Al encuentro asistieron 14 países miembros de la Organización de los Estados Americanos, entre ellos México, así como algunas organizaciones asociadas.
La CITEL es una entidad especializada de la Organización de los Estados Americanos, encargada de la promoción y el desarrollo integral y sostenible de las telecomunicaciones y de las Tecnologías de la Información y la Comunicación. Para cumplir con sus funciones, cuenta con una Asamblea, máximo órgano de decisión, con un Comité Directivo Permanente y con dos comités especializados. El primero de ellos es el Comité Permanente I (CCP.I), que asesora a la Comisión en materia de reglamentación, normalización y políticas públicas internacionales de telecomunicaciones y TIC.
Por invitación de Gonzalo Ruiz Díaz, Presidente del CCP.I, el IFT realizó una exposición acerca de los cambios en el sector que llevaron a la creación del Instituto con los mandatos de regulador y de autoridad de competencia, así como sobre las resoluciones más relevantes del Pleno en los temas que competen al CCP.I como son interconexión, portabilidad numérica, competencia y disposiciones técnicas. Durante esta intervención, se dieron también a conocer las acciones realizadas por el IFT en favor de los usuarios, para brindarles información clara y objetiva para tomar decisiones informadas, así como para establecer instrumentos normativos y dotarlos de herramientas que les permiten hacer efectivos sus derechos, como son el comparador de planes de servicios de telefonía móvil, la encuesta de usuarios de servicios de telecomunicaciones y los reportes de información comparable, la carta de derechos mínimos de los usuarios y el portal “Soy usuario”, entre otros.
En el marco de la reunión, el lunes 21 de septiembre se realizó el Foro Regional de Normalización para las Américas de la UIT, en el que se contó con la presencia de Chaesub Lee, director de la Oficina de Normalización de las Telecomunicaciones de la UIT.
Finalmente, la delegación del Instituto celebró reuniones bilaterales con la Comisión Federal de Comunicaciones y el Departamento de Justicia de Estados Unidos, en las que se intercambiaron experiencias y ejemplos de buenas prácticas internacionales, y se establecieron posibles líneas de colaboración institucional.
La participación del IFT en encuentros internacionales de alto nivel y reuniones bilaterales permite dar a conocer los avances alcanzados en México, fortalecer la labor diaria del Instituto con buenas prácticas reconocidas internacionalmente y generar mayor certidumbre entre los inversionistas. De la misma forma, permite posicionar al Instituto como un organismo regulador de referencia en los ámbitos regional e internacional.
PUBLICA LA SCT, EN COORDINACIÓN CON EL IFT, LAS PREBASES DE LA RED COMPARTIDA
- La SCT, en coordinación con el IFT, publica las prebases del Concurso del Proyecto de la Red Compartida, así como diversos documentos con información detallada sobre las condiciones bajo las cuales se llevaría a cabo el proceso de concurso de la Red Compartida
- Las prebases pueden ser consultadas en el portal electrónico de la Red Compartida www.redcompartida.gob.mx
- Se invita a los interesados a que revisen esta información y remitan sus comentarios a través de la cuenta de correo electrónico contacto@redcompartida.gob.mx.
- La Fecha límite para recibir comentarios, opiniones y sugerencias es el 30 de octubre de 2015
En cumplimiento con lo establecido en la Reforma Constitucional en materia de Telecomunicaciones de 2013, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), en coordinación con el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), avanza en el proceso para garantizar la instalación de la Red Compartida, a fin de que se impulse el acceso efectivo de la población a la comunicación de banda ancha y a los servicios de telecomunicaciones.
Después de concluir la fase de revisión de más de 340 sugerencias, opiniones y solicitudes de aclaración sobre algunos de los puntos expuestos en los Criterios Generales de la Red Compartida, publicados el pasado 17 de julio, la SCT emite hoy, a través de la página web de la Red Compartida (www.redcompartida.gob.mx), los siguientes documentos cuyo propósito es dar a conocer con mayor detalle las condiciones sobre el diseño, financiamiento, despliegue, operación y comercialización de la Red Compartida:
· Prebases del Concurso del Proyecto de la Red Compartida, que incluyen, además de los términos y condiciones del concurso, el Modelo de Contrato de asociación público privada (APP) que se firmaría con el concursante ganador, el Modelo de Título de Concesión para Uso Comercial con Carácter de Red Compartida Mayorista de Servicios de Telecomunicaciones y el Modelo de Título de Concesión de Espectro.
Dichos documentos son el resultado de un profundo trabajo de análisis realizado tanto por la SCT como por el IFT en el ámbito de sus respectivas atribuciones, complementado con los comentarios de diversos actores del sector telecomunicaciones, tanto nacionales como internacionales, quienes se expresaron a través de las manifestaciones de interés y los comentarios hechos al documento de Criterios Generales de la Red Compartida.
Por otra parte, se hacen del conocimiento público, dentro del conjunto de documentos de las prebases, los siguientes documentos emitidos por el IFT y que están directamente vinculados con el proceso del Concurso del Proyecto de la Red Compartida:
· Elementos de referencia para identificar ex ante a los agentes económicos impedidos para tener influencia en la operación de la Red Compartida.
· Instructivo para solicitar una opinión en materia de competencia económica ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones para participar en el concurso internacional que tiene por objeto adjudicar un proyecto de asociación público-privada para la instalación y operación de la Red Compartida.
Con la publicación de estas prebases, y el resto de los documentos citados, tanto la SCT como el IFT continúan dando transparencia al proceso de implementación de tan importante proyecto y, al mismo tiempo, buscan obtener retroalimentación de los potenciales participantes en el concurso y del público en general.
Es importante señalar que la información que se incluye en las prebases debe considerarse como preliminar y sujeta a modificaciones. En virtud de lo anterior, se invita atentamente a todos los interesados a que sigan participando en este proceso; para ello se mantiene a su disposición la cuenta de correo electrónico contacto@redcompartida.gob.mx a fin de que remitan sus comentarios y opiniones sobre la información que se presenta.
Es indispensable que para el envío de información a la SCT se sigan los lineamientos establecidos en el documento “Instructivo para el envío de comentarios sobre las prebases del Concurso”,incluido en el paquete de documentos de las prebases y en el que se precisa la manera en que deben hacerse llegar los comentarios, opiniones y sugerencias. La fecha límite para recibir dicha información es el 30 de octubre del presente año.
La SCT y el IFT agradecen el interés mostrado por las empresas, instituciones y personas que han participado y han enviado sus opiniones y comentarios a lo largo de las diferentes etapas del proyecto de la Red Compartida.
EL IFT APRUEBA SOMETER A CONSULTA PÚBLICA LOS MODELOS DE COSTOS PARA SERVICIOS MAYORISTAS DE LOS AGENTES ECONÓMICOS PREPONDERANTES EN TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN
- Los Modelos de Costos de los servicios mayoristas y desagregación, en materia de telecomunicaciones, así como el de uso compartido de infraestructura en radiodifusión, estarán en consulta pública durante 30 días hábiles
- Se amplía al 6 de noviembre el plazo de la consulta pública de los Lineamientos para la acreditación, designación y reconocimiento de laboratorios de pruebas
- El Pleno del IFT también resolvió nueve desacuerdos de interconexión entre diferentes concesionarios
El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones resolvió someter a consulta pública diversos modelos de costos respecto de servicios mayoristas del Agente Económico Preponderante en telecomunicaciones y del Agente Económico Preponderante en radiodifusión, es decir, el grupo de interés económico del que forman parte Telmex, Telnor, Telcel, América Móvil, Grupo Carso y Grupo Inbursa; y Televisa, respectivamente.
Serán sometidos a consulta pública los siguientes Modelos de Costos:
- Modelo de red de acceso fija para servicios de desagregación y compartición de infraestructura.
- Modelo de reventa de línea, acceso indirecto y arrendamiento de enlaces dedicados.
- Modelo de coubicación fija.
- Modelo de coubicación móvil.
- Modelo de compartición de infraestructura pasiva de radiodifusión
- Modelo de costos para servicios de operador móvil virtual.
- Modelo de costos de redes móviles para determinación tarifaria de los servicios mayoristas de usuario visitante.
Los modelos de costos son una herramienta desarrollada por el IFT para resolver los diferendos en materia de tarifas que se presenten entre los AEP y los concesionarios que les soliciten un servicio conforme a los determinados en las medidas establecidas a dichas agentes, por ejemplo: compartición de infraestructura pasiva, servicio de usuario visitante, desagregación del bucle local, entre otros.
Para el IFT es de la mayor relevancia someter a consulta pública los Modelos de Costos señalados y es acorde a las mejores prácticas internacionales, ya que con ellos se fortalece la transparencia de las resoluciones que, en cada caso concreto emita para la determinación de las tarifas. En la consulta pública se recabarán comentarios de la industria, de especialistas en la materia y del público en general, para ser posteriormente analizados, y de resultar procedente, con ellos fortalecer los Modelos de Costos.
Cada consulta pública, de telecomunicaciones y de radiodifusión, se realizará en un plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente al de su publicación en el portal de Internet del IFT.
Por otra parte, el Pleno acordó prorrogar por un término de 14 días hábiles el plazo de consulta pública del “Anteproyecto de acuerdo mediante el cual se establecen los lineamientos para la acreditación, designación y reconocimiento de laboratorios de pruebas”. El plazo original para el desarrollo de la consulta se estableció del 7 de septiembre al 19 de octubre del presente año, sin embargo se extenderá hasta el 6 de noviembre dada la relevancia e importancia que reviste este tema en el ámbito internacional y en atención a acuerdos del Estado Mexicano en la materia.
Adicionalmente, el Pleno del IFT resolvió nueve desacuerdos de condiciones y tarifas de interconexión entre diversos concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones, correspondientes a los periodos 2014, 2015 y 2016.
FIRMAN IFT Y CONADIS CONVENIO PARA LA INCLUSIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD A LAS TELECOMUNICACIONES Y LAS TIC
- Se promoverá que las personas con discapacidad tengan acceso en igualdad de condiciones a servicios como Internet
- Se organizarán eventos, foros y seminarios para la promoción y difusión de los derechos de las personas con discapacidad en relación a estas tecnologías
- Desde que la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión entró en vigor, el IFT trabaja en la integración de un modelo de lineamientos al respecto
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y el Consejo Nacional Para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (CONADIS), firmaron hoy un convenio de colaboración, por tiempo ilimitado, para promover y difundir conjuntamente acciones que permitan a las personas con discapacidad ejercer su derecho a gozar de los servicios de radiodifusión, telecomunicaciones y tecnologías de la información y comunicación, conforme a las mejores prácticas internacionales.
El convenio, firmado por el Mtro. Gabriel Contreras Saldívar, comisionado presidente del IFT y el Mtro. Jesús Toledano Landero, director general del CONADIS, responde a lo establecido en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en el sentido de promover que las personas con discapacidad tengan acceso a los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión en igualdad de condiciones que los demás usuarios, así como acceso a los nuevos sistemas y tecnologías de la información y las comunicaciones, incluido Internet.
Entre las acciones que derivan del convenio se destaca organizar eventos, foros y seminarios, orientados a la promoción y difusión de los derechos de las personas con discapacidad en la prestación de los servicios de telecomunicaciones.
Al respecto, Toledano comentó: “Para valorar el alcance de este convenio basta imaginar lo que significa que, muchas personas con discapacidad puedan, por ejemplo, acceder a ese mundo de información, entretenimiento, comunicación y conocimiento, que es Internet”.
Ambas instituciones podrán presentar propuestas de acciones que, una vez acordadas, serán implementadas por grupos de trabajo integrados por representantes de ambas partes, quienes deberán garantizar el cumplimiento de los compromisos establecidos en el convenio, independientemente de otros acuerdos que se tomen para el logro de los objetivos de inclusión.
La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión faculta al IFT para la emisión e implementación de los lineamientos y mecanismos necesarios para que las personas con discapacidad mejoren sus condiciones de vida a través del uso de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión.
Desde que la Ley entró en vigor, el Instituto trabaja en la integración de un modelo de lineamientos que contemplen, entre otros: los fundamentos para que los operadores adapten sus instalaciones o centros de atención al público y cuenten con empleados capacitados, promoviendo la accesibilidad a las personas con discapacidad; la promoción de funcionalidades, programas o aplicaciones en los equipos terminales que favorezcan la accesibilidad a los servicios de telecomunicaciones, e incorporar mecanismos que garanticen la accesibilidad en las páginas de Internet, o números telefónicos de los operadores para dar atención al usuario.