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El Pleno del IFT resuelve desacuerdos de interconexión entre concesionarios de servicios de telecomunicaciones

 

  • Se determinan las condiciones de interconexión no convenidas entre Alestra y empresas de Grupo Iusacell

 

En sesión extraordinaria celebrada el día de ayer, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió las tarifas de interconexión que Alestra S. de R.L. de C.V. deberá pagar a empresas pertenecientes a Grupo Iusacell y Unefon por servicios de terminación conmutada en usuarios móviles bajo la modalidad “El que llama paga”, correspondientes a los periodos comprendidos entre el 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2015.

 

Las tarifas de interconexión determinadas por el Pleno son las siguientes:

 

  • Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2013, $0.3144 pesos por minuto de interconexión.
  • Del 1 de enero de 2014 al 19 de abril de 2015, $0.3199 pesos por minuto de interconexión.
  • Del 20 de abril al 31 de diciembre de 2015, $0.2505 pesos M.N. por minuto de interconexión

 

La contraprestación a pagar se calculará con base en la duración real de las llamadas, sin redondear al minuto.

El IFT lanza su nuevo portal de internet con características de accesibilidad y mejoras para la búsqueda de información

 

  • Cambia de imagen e incorpora mejoras en su navegabilidad para maximizar la experiencia de búsqueda de información a los usuarios
  • Ofrece herramientas para que personas con discapacidad puedan acceder al contenido, conforme el estándar internacional “W3C AA” 

 

A partir de este día, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) puso en operación su nuevo portal de Internet (www.ift.org.mx), el cual ofrece una nueva imagen que incorpora herramientas para hacer una búsqueda más rápida de la información y con características de accesibilidad para personas con discapacidad.

El desarrollo del nuevo portal se apega al estándar internacional “W3C AA”1 , el cual garantiza que personas con discapacidad naveguen mediante el teclado, aumenten o disminuyan el tamaño de las fuentes tipográficas y permite escuchar la lectura de textos mediante herramientas de accesibilidad de los dispositivos.

En este sentido, los usuarios con discapacidad podrán acceder a todas las imágenes, gráficos y elementos a través de la interpretación o la descripción del contenido.

Asimismo, cuenta con diseño web responsivo, es decir, permite adaptar el contenido al tamaño de la pantalla y ser consultado desde cualquier navegador y dispositivo.

Con el fin de encontrar información o documentos de manera más rápida y fácil, se desarrolló un buscador que ofrece la posibilidad de búsqueda por medio de filtros como palabras clave, fecha, título o tipo de contenido.

Para la arquitectura del portal se consideraron los diferentes perfiles de los usuarios y visitantes del portal, lo que maximiza la experiencia del usuario al navegar, además de presentar los temas de mayor interés a la ciudadanía, lo que facilitará la búsqueda de la información y la interacción de las distintas audiencias con el IFT.

Este nuevo portal asegura el cumplimiento de la normatividad en materia de transparencia así como lo estipulado en la Reforma Constitucional en materia de radiodifusión y telecomunicaciones, en lo relativo a ofrecer funciones de accesibilidad para personas con discapacidad. 

 


 

1 Las páginas que llevan este logo indican una declaración de conformidad por parte del autor o proveedor de contenido de ajustarse al nivel Doble-A de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C. Fuente: http://www.w3.org/WAI/WCAG1AA-Conformance.html.es consultada el 15 de abril de 2015

El Pleno del IFT declara desierto el proceso de licitación de una cadena nacional de televisión abierta

 

  • Al incumplirse el pago de la contraprestación ofrecida, el Instituto Federal de Telecomunicaciones resolvió descalificar a Grupo Radio Centro del proceso e instruir la ejecución de su garantía de seriedad

 

En sesión extraordinaria celebrada el día de ayer, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió descalificar a Grupo Radio Centro, S.A.B. de C.V. y dejar sin efectos el fallo que lo declaraba participante ganador del procedimiento de Licitación No. IFT-1, a efecto de formar una cadena de televisión digital con cobertura nacional en el país.

La Unidad de Espectro Radioeléctrico del Instituto corroboró que no se recibieron los comprobantes que acreditaran el pago que ofreció Grupo Radio Centro por la contraprestación ni por los derechos y aprovechamientos en el plazo establecido en las bases de licitación, el cual concluyó el 10 de abril pasado.

Por ello, de conformidad con lo previsto en dichas bases en caso de incumplimiento por parte de los participantes, el Pleno determinó ejecutar la garantía de seriedad por $415,000,000 (cuatrocientos quince millones de pesos) expedida por la empresa, en los términos fijados en las bases.

De esta manera, el Pleno del Instituto declaró desierta la licitación IFT-1 únicamente respecto de la cadena nacional de 123 canales de televisión radiodifundida digital por la que se había declarado participante ganador a Grupo Radio Centro.

Como se informó oportunamente, en breve el Instituto analizará las acciones a seguir respecto de las bandas de frecuencias que quedaron disponibles.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones informa respecto al pago de la contraprestación por la segunda cadena nacional de televisión radiodifundida a cargo de Grupo Radio Centro, S.A.B. de C.V.

 

  • GRUPO RADIO CENTRO, S.A.B. DE C.V no efectuó el pago de la contraprestación en la Licitación No. IFT-1.

 

GRUPO RADIO CENTRO, S.A.B. DE C.V, Participante Ganador en la Licitación No. IFT-1, anunció que no efectuó el pago previsto en las Bases de Licitación para el otorgamiento de los títulos de concesión.

Lo anterior traerá como consecuencia que en términos de las propias Bases de Licitación quede sin efectos el fallo y se declare desierta la Licitación respecto de la Cadena Nacional de la cual fue declarado Participante Ganador GRUPO RADIO CENTRO, S.A.B. DE C.V. Asimismo, el Instituto procederá a la ejecución de la garantía de seriedad por $415,000,000 (cuatrocientos quince millones de pesos) otorgada por dicho grupo durante el proceso, en términos de lo dispuesto por las propias Bases de Licitación.

La decisión de no efectuar el pago respecto de las ofertas presentadas por los postores en el proceso, corresponde exclusivamente a éstos, en tanto que al Instituto le corresponde aplicar las consecuencias jurídicas previstas en las Bases de Licitación, publicadas desde el 7 de marzo de 2014.

En cumplimiento de su mandato de velar por el desarrollo eficiente de los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, así como el aprovechamiento eficiente del espectro radioeléctrico, el Instituto analizará en breve las acciones a seguir respecto de las bandas de frecuencias que han quedado disponibles.

Acuerdo de colaboración institucional del IFT y el INEGI para realizar la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares (ENDUTIH) 2015

 

  • La nueva ENDUTIH 2015 sustituirá a la MODUTIH que el INEGI realizaba anualmente desde el 2001 como un módulo de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE)
  • Al convertirse en encuesta, la información se obtendrá a nivel de usuario y no solo a nivel de hogar, como por ejemplo los usos específicos de las Tecnologías de la Información (TIs) por grupo de edad y sexo
  • Por vez primera, incorporará representatividad de los resultados en 32 ciudades con mayor actividad económica en el país
  • Permitirá identificar con mayor claridad los usos que la población le da al Internet con una metodología establecida por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT)

 

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía

(INEGI), firmaron un convenio, con el fin de colaborar en el levantamiento de información para la

Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares

(ENDUTIH) 2015.

Como parte de dicho convenio, a partir de este año la ENDUTIH será una encuesta independiente y dejará de ser levantada como un Módulo sobre Disponibilidad y Uso de las Tecnologías de la Información en Hogares (MODUTIH) de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), que el INEGI ha realizado anualmente desde 2001.

La ENDUTIH 2015 incluirá mejoras metodológicas en la forma en la que el INEGI recabará la información. De cada hogar a encuestar, se elegirá aleatoriamente a la persona que contestará la encuesta, con lo cual se obtendrá representatividad por edad y sexo.

El convenio establece que el IFT hará recomendaciones técnicas del diseño del cuestionario y también financiará la representatividad de la Encuesta a nivel de las 32 ciudades elegidas. Cabe señalar que con la realización de la encuesta en esas ciudades se recabará información de 41.1% de la población del país.

La ENDUTIH 2015 permitirá identificar con mayor claridad los usos que la población le da al Internet, así como los dispositivos que utilizan para acceder a la red. Lo anterior, apegado a una metodología establecida por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT).

La encuesta ofrecerá adicionalmente información respecto a la calidad percibida por los usuarios de los servicios de telecomunicaciones que reciben tanto los hogares como los individuos.

Se prevé que los resultados de la ENDUTIH estarán disponibles a finales de año y mantendrán la comparabilidad de las series estadísticas de la MODUTIH desde 2001.

Los resultados de la encuesta permitirán al IFT complementar la información estadística que recibe de los operadores en el país (oferta), debido a que la ENDUTIH ofrecerá información del lado de la demanda de la población de los diferentes servicios del sector telecomunicaciones. El análisis de ambas fuentes de información será un insumo relevante para el diseño y la elaboración de políticas regulatorias adecuadas para el país.

Pleno del IFT resuelve someter a consulta pública el Anteproyecto de Lineamientos generales para otorgar concesiones de telecomunicaciones y radiodifusión

 

  • También se realizará una consulta a pueblos indígenas sobre los Lineamientos para el otorgamiento de concesiones, mediante tres talleres regionales informativos y tres talleres regionales consultivos
  • Se traducirá a 10 lenguas indígenas un extracto con los puntos más importantes
  • Resolvió las condiciones de interconexión no convenidas por servicios de originación, terminación y tránsito entre Alestra y las empresas Telmex y Telnor

 

En sesión extraordinaria celebrada el día de ayer, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), resolvió someter a consulta pública el Anteproyecto de Lineamientos generales para el otorgamiento de la concesión única y la concesión sobre espectro radioeléctrico y recursos orbitales, así como también realizar una consulta a pueblos indígenas sobre los Lineamientos para el otorgamiento de concesiones.

La consulta pública estará disponible durante un periodo de 20 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al de su publicación en el portal de Internet del Instituto.

En tanto, la consulta a pueblos indígenas se realizará mediante tres talleres regionales informativos y tres talleres regionales consultivos. Los comentarios y aportaciones recibidas serán analizados y valorados por un Comité Técnico integrado por el Instituto, la Comisión Nacional para el Desarrollo de  los Pueblos Indígenas (CDI) y el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI). Para tal efecto, habrá un extracto del Anteproyecto traducido a 10 lenguas indígenas.

La difusión de los resultados de dicha consulta se hará a través de un documento que brinde respuestas generales a las participaciones, opiniones y comentarios, el cual se publicará en la página de Internet del IFT, se hará del conocimiento de los pueblos consultados y se enviará a la CDI con objeto de que se difunda a través de sus diferentes medios (delegaciones, centros coordinadores, Sistema de Radiodifusoras Culturales Indigenistas, entre otros).

De igual forma, una vez que se emitan los lineamientos, se elaborará un manual que tenga por objeto describir de manera sencilla y práctica el procedimiento para la obtención de concesiones de uso social indígena.

Por otra parte, el Pleno del IFT en sesión extraordinaria celebrada el día 7 de abril pasado, resolvió las condiciones de interconexión no convenidas por servicios de originación, terminación y tránsito entre Alestra, S. de R.L. de C.V. y las empresas Teléfonos de México S.A.B de C.V. y Teléfonos de Noroeste, S.A. de C.V., para el año 2013.

El Instituto determinó las siguientes tarifas de interconexión para las redes públicas de las tres empresas en el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del citado año:

 

Servicio de interconexión

 

Tarifa de interconexión por minuto (en pesos, M.N.)

Tarifa de tránsito por

minuto (en pesos, M.N.)

Dentro del mismo nodo

regional

$0.02392

$0.00968

 

Entre nodos regionales que

dependen de un nodo

nacional

$0.02683

$0.01259

 

Entre nodos regionales que

dependen de diferentes

nodos nacionales

$0.02780

$0.01356

 

 

El cálculo de las contraprestaciones que Alestra deberá pagar a Telmex y Telnor se realizará con base en la duración real de las llamadas, sin redondear al minuto siguiente.

Pleno del IFT resuelve modificar el Programa anual de uso y aprovechamiento de bandas de frecuencias 2015

 

  • Aprueba asimismo someter a consulta pública la Propuesta de adopción del esquema de segmentación para la banda de frecuencias 2500 – 2690 MHz
  • También acuerda someter a consulta pública el anteproyecto para modificar las reglas de portabilidad numérica publicadas en el DOF el 12 de noviembre de 2014, a fin de generar condiciones que faciliten aún más el ejercicio del derecho de cualquier usuario a portarse de compañía telefónica
  • Aprobó otorgar título de concesión a Cadena Tres I, S.A. de C.V., luego de haber cumplido con todos los requisitos previstos en las bases de licitación de frecuencias para servicios de televisión abierta
  • Determina las condiciones de interconexión no convenidas entre NII Digital y Radiomóvil Dipsa

 

En sesión extraordinaria celebrada el día de ayer, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), resolvió modificar el Programa Anual de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias 2015, luego de haber concluido, el pasado 16 de febrero, el plazo para recibir por parte de interesados las solicitudes de inclusión de bandas de frecuencia y coberturas geográficas adicionales o distintas a las originalmente contempladas en el documento publicado el 30 de diciembre de 2014 en el Diario Oficial de la Federación.

De esta manera, en materia de telecomunicaciones, el Programa 2015 con sus modificaciones dispone el concesionamiento de 80 MHz de espectro para el despliegue de servicios de Telecomunicaciones Móviles Internacionales en la banda 1.7/2.1 GHz y de 10 MHz para servicios de provisión de capacidad para radiocomunicación privada. Asimismo, el Programa considera 26 MHz de espectro para la operación de sistemas de radiocomunicación especializada de flotillas para concesiones de uso público, y también incluye diversos segmentos de espectro a nivel regional para la prestación de  servicios de comunicación móvil para concesiones de uso social, alcanzando en algunas regiones hasta un total de 10 MHz.

En cuanto al servicio de radiodifusión, el Programa 2015 con sus modificaciones contempla el concesionamiento de 191 frecuencias para uso comercial, 14 frecuencias para uso público y 97 de uso social para el servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, así como 69 frecuencias para uso comercial, 2 frecuencias para uso público y 3 frecuencias para uso social para el servicio de radiodifusión sonora en amplitud modulada en diversas regiones del país. Además, se ponen a disposición las reservas espectrales para concesiones de uso social comunitarias e indígenas a que se refiere el artículo 90 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Es importante aclarar que las solicitudes de inclusión de nuevas bandas de frecuencia y coberturas geográficas no implican por sí mismas una petición para obtener una concesión, ni de otorgamiento de un título concesión o una preferencia para la obtención del mismo, sino únicamente se recibieron para, en su caso, ser consideradas en el Programa referido.

El Programa 2015 con sus modificaciones será publicado en los próximos días en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y en la página de Internet del Instituto.

Por otro lado, se acordó someter a consulta pública la Propuesta de adopción del esquema de segmentación para la banda de frecuencias 2500-2690 MHz, conforme a la recomendación UIT-R M.1036 de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, para su utilización en servicios de acceso inalámbrico de banda ancha.

Este ejercicio de participación ciudadana se realizará durante un periodo de 20 días hábiles, contados a partir de la publicación del anteproyecto en el portal de internet del IFT, a fin de que en ese lapso se reciban las opiniones y comentarios a la propuesta. Como parte del procedimiento, dentro de los 30 días hábiles posteriores a la conclusión de esta consulta la Unidad de Espectro Radioeléctrico propondrá al Pleno del Instituto el Acuerdo de adopción de segmentación para la banda de frecuencia de 2500-2690 MHz.

Por otra parte, el Pleno aprobó otorgar el título de concesión de espectro radioeléctrico y el título de concesión única, ambos para uso comercial, a favor de Cadena Tres I, S.A. de C.V., luego de haber cumplido con todos los requisitos previstos en las bases de licitación de frecuencias para servicios de televisión abierta. Como se informó oportunamente, el pasado 11 de marzo, el Pleno del IFT emitió el fallo por el que se declaró a esta empresa como ganadora en este proceso que incluye 123 zonas de cobertura que conforman una cadena nacional de televisión.

Durante la sesión, también se acordó someter a consulta pública el Anteproyecto de modificación de las Reglas de Portabilidad Numérica publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2014, con base en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Dichas Reglas, emitidas por el Instituto en tiempo y forma conforme al mandato legal, han dado lugar a un proceso de portación más ágil para los usuarios. Los cambios que se someten a consulta pública derivan del análisis de la aplicación del nuevo marco jurídico por parte de la industria y tienen por objeto hacer más eficientes los procesos aplicables, a efecto de facilitar y hacer aún más expedito el ejercicio del derecho de cualquier usuario a cambiar de compañía telefónica portando su mismo número telefónico.

Es importante señalar que el contenido del documento que se pone a consideración de la sociedad en general, no guarda relación alguna con los temas que son materia de la controversia constitucional promovida por el Senado de la República ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre las Reglas de Portabilidad.

Por otro lado, el Pleno resolvió las condiciones de interconexión no convenidas entre NII Digital, S. de R.L. de C.V. (Nextel) y Radiomóvil Dipsa, S.A. de C.V. (Telcel), determinando lo siguiente:

  • La tarifa de interconexión que Telcel deberá pagar a Nextel por servicios de terminación del servicio Local en usuarios móviles bajo la modalidad “El que llama paga”, del 26 de marzo al 31 de diciembre de 2015 será de $0.2505 pesos por minuto de interconexión.
  • Para el periodo del 1° de enero de 2015 al 25 de marzo de 2015, tratándose del servicio de terminación del servicio local en usuarios móviles bajo la modalidad “El que llama paga” deberá hacerse extensiva la tarifa que las partes hayan convenido para 2014.
  • La tarifa de interconexión que Nextel deberá pagar a Telcel por servicios de tránsito, del 1° de enero al 31 de diciembre de 2015 será de $0.006246 pesos M.N. por minuto.
  • Ambas empresas calcularán las contraprestaciones que deberán pagarse, con base en la duración real de las llamadas, sin redondear al minuto.

El IFT presenta el Informe Estadístico Trimestral (3T 2014) que muestra la evolución de los principales indicadores del sector telecomunicaciones

 

  • Para su integración se siguieron las mejores prácticas internacionales y las recomendaciones del INEGI, la UIT y OCDE para el proceso de recolección de la información
  • Al adoptar una nueva metodología para su elaboración, el reporte proporciona información confiable para la industria y la sociedad en general
  • Por primera vez en la historia de las telecomunicaciones en el país, el órgano regulador presenta estadísticas por operador, la cual está inscrita en el Registro Público de Concesiones y disponible en el portal de Internet del IFT
  • De esta forma, se cumple con lo previsto en el artículo 177, fracción XVIII, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión

 

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) da a conocer el Informe Estadístico al Tercer Trimestre de 2014, cuya integración y recolección de datos se realizó con base en una metodología que incluye las recomendaciones emitidas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) y de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE).

De esta forma, dicho reporte proporciona información confiable para la industria y la sociedad en general, contribuyendo a fomentar el adecuado desarrollo del mercado de las telecomunicaciones en México.

Dentro de los principales cambios, respecto de los informes trimestrales presentados con anterioridad, destaca la publicación de indicadores alineados a las mejores prácticas internacionales, la desagregación de los servicios por operador, información de portabilidad numérica y la utilización  de un mínimo de estimaciones de la información, en cuyo caso, se detalla la metodología estadística utilizada para cada una de ellas.

La presentación de los datos tiene fines estrictamente informativos y las estadísticas correspondientes a la participación de los concesionarios, autorizados y grupo de interés económico en los mercados determinados por este Instituto está inscrita en el Registro Público de Concesiones, en cumplimiento a lo previsto en el artículo 177, fracción XVIII de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Además, las bases de datos de la información contenida en el reporte están disponibles para su descarga en la página de Internet del IFT, acorde con las políticas de datos abiertos.

El Pleno del IFT aprueba el nuevo formato del recibo telefónico que deberá entregar Teléfonos de México a sus clientes, en su carácter de Agente Económico Preponderante

 

  • A partir de la facturación correspondiente al mes de abril, el formato de factura de Telmex y Telnor contendrá información más clara y detallada sobre los servicios y/o bienes que los usuarios pagarán
  • Por primera vez, se otorgarán concesiones únicas para uso comercial; el Pleno resolvió 12 solicitudes bajo esta figura, con la cual se podrán prestar todo tipo de servicios públicos de telecomunicaciones y radiodifusión
  • Se resolvió declarar la pérdida de bienes en beneficio de la Nación, derivado del aseguramiento de los equipos destinados al uso de frecuencias para dar servicio de transporte público de alquiler sin contar con autorización en tres localidades
  • El Comisionado Presidente, Gabriel Contreras Saldívar, presentó su primer Informe del estado que guarda la administración de los recursos humanos, financieros, materiales y tecnológicos del IFT

 

En sesión ordinaria celebrada el día de ayer, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó el formato del recibo telefónico por el cual Teléfonos de México (Telmex) y Teléfonos del Noroeste (Telnor), como integrantes del Agente Económico Preponderante en el sector de telecomunicaciones, facturará los servicios de telecomunicaciones, así como cualquier otro bien y/o servicio prestados a sus clientes y que sean distintos a los de telecomunicaciones, con el fin de que los usuarios cuenten con información más clara y transparente sobre lo que pagarán.

De acuerdo con la medida Cuadragésima Séptima de las Medidas de Preponderancia impuestas por el IFT al AEP en el sector de telecomunicaciones, éste deberá informar a todos sus suscriptores, mediante aviso en su factura impresa o electrónica, mediante los formatos autorizados por el Instituto, el monto que el usuario tendría que pagar en caso que éste decidiera concluir, al momento  de la facturación, su relación contractual, derivado de la venta de bienes o servicios distintos a telecomunicaciones.

Asimismo, la venta de bienes o servicios distintos a telecomunicaciones no podrá constituirse en una causa por la cual el suscriptor no pueda cancelar los servicios de telecomunicaciones contratados.

De igual forma, la medida Cuadragésima Octava de dichas Medidas establece que el AEP deberá desglosar los conceptos cobrados o facturados al suscriptor, distinguiendo los conceptos asociados a servicios de telecomunicaciones prestados por dicho agente, de cualquier otro bien o servicio que no sea de telecomunicaciones o cualquier servicio prestado por otra empresa contratado por el suscriptor y facturado por el Agente Económico Preponderante. El formato de la factura deberá permitir el pago independiente de los servicios de telecomunicaciones provistos por el AEP y cualesquier otros bienes o servicios incluidos en la factura.

Aun y cuando existan adeudos asociados a bienes o servicios que no sean de telecomunicaciones, o cualquier otro servicio prestado por otra empresa y facturado por el Agente Económico Preponderante, éste no podrá interrumpir la prestación de los servicios, siempre que el suscriptor se encuentre al corriente en los pagos de los servicios de telecomunicaciones prestados.

De esta forma, a partir de la facturación correspondiente al mes de abril, el formato de factura de Telmex y Telnor contendrá:

a) Un aviso en el que se señala el monto que el usuario tendría que pagar en caso que éste decidiera terminar, al momento de la facturación, su relación contractual, derivado de la venta de bienes o servicios distintos a telecomunicaciones.

b) Distinguir de manera clara los conceptos asociados a servicios de telecomunicaciones prestados, de cualquier otro bien o servicio que no sea de telecomunicaciones o cualquier servicio prestado por otra empresa contratado por el suscriptor y facturado por estas empresas.

c) Permitir el pago independiente de los servicios de telecomunicaciones provistos y cualesquier otros bienes o servicios incluidos en la factura.

De igual forma, los usuarios podrán constatar que con motivo de la eliminación de la larga distancia nacional, todas las llamadas que se originen dentro del territorio nacional son consideradas como llamadas de servicio local.

Por otra parte, el Pleno del Instituto resolvió otorgar 12 títulos de concesión única para uso comercial, con la cual se podrán prestar todo tipo de servicios públicos de telecomunicaciones y radiodifusión. Es la primera vez que el Instituto aprueba concesiones bajo esta figura contemplada en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Seis de estas nuevas concesiones corresponden a personas físicas y seis a morales.

Asimismo, se resolvió declarar la pérdida de bienes en beneficio de la Nación, derivado del aseguramiento de los equipos destinados al uso de frecuencias para dar servicio de transporte público de alquiler sin contar con concesión, permiso, autorización o asignación respectiva en tres localidades de Nuevo León: 158.8625 MHz, en Apodaca, 463.525 MHz, en San Nicolás de los Garza; y 156.300 MHz, en San Pedro Garza García. En los dos primeros casos hubo también sanción económica.

En otros asuntos, el Comisionado Presidente del Instituto, Gabriel Contreras Saldívar, presentó su primer Informe del estado que guarda la administración de los recursos humanos, financieros,  materiales y tecnológicos del IFT, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 20, fracción III de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y 14 fracción I del Estatuto Orgánico.

El informe presenta las principales acciones, medidas, normatividad y estrategias adoptadas por la Unidad de Administración del Instituto, desde la transición administrativa del año 2013 con la desaparición de la COFETEL y la creación del IFT y hasta el primer bimestre de 2015. Representa un ejercicio de transparencia y rendición de cuentas respecto del uso de los recursos públicos confiados al Instituto para el cumplimiento de sus atribuciones y proporciona elementos e información suficiente y oportuna para todos aquellos interesados en conocer y evaluar su desempeño institucional. El informe se presentará de forma anual en el mes de marzo.

Anexo al documento, se presentan los estados financieros del Instituto al 31 de diciembre de 2014 con informe de los Auditores Independientes Mancera, S.C. Integrante de Ernst & Young Global. Cabe señalar que el Instituto se autoimpuso la obligación de dictaminar sus estados financieros al cierre de cada ejercicio fiscal mediante un contador independiente, antes de presentarlos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la finalidad de presentar sus cifras auditadas.

 

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El Pleno del IFT pone fin a los procedimientos iniciados por Axtel y Avantel para resolver los diferendos de interconexión con Telcel y Grupo Iusacell

 

  • Se dan por terminados los diferendos de interconexión que Axtel y Avantel iniciaron en 2008, para resolver los términos, condiciones y tarifas para el periodo 2008-2011 con Telcel y 2008-2010 con Grupo Iusacell
  • Axtel, Avantel, Telcel y Grupo Iusacell informaron al IFT que suscribieron convenios modificatorios en los que acuerdan los términos, condiciones y tarifas para diversos años
  • Se puso fin a los procedimientos relativos a las solicitudes que presentó Axtel para determinar la tarifa promedio ponderada en las redes móviles de Telcel y Grupo Iusacell para el periodo 2005-2007, en virtud del desistimiento de Axtel

 

En sesión extraordinaria, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) puso fin a los procedimientos iniciados en 2008 para resolver las condiciones de interconexión no convenidas entre dichos concesionarios para el periodo 2008-2011 y decretó el cierre de los expedientes respectivos por virtud de los Convenios celebrados por las partes que establece los términos, condiciones y tarifas de interconexión que eran materia de los siguientes procedimientos:

1. Axtel y Telcel para la modalidad “el que llama paga local”.

2. Avantel y Telcel para la modalidad “el que llama paga nacional”.

3. Avantel y Grupo Iusacell para la modalidad “el que llama paga nacional”.

4. Axtel y Avantel con Grupo Iusacell para la modalidad “el que llama paga local”.

Asimismo, el Pleno del Instituto puso fin a los procedimientos administrativos relativos a las solicitudes para la determinación de la tarifa promedio ponderada en las redes móviles de Telcel y  Grupo Iusacell para los años 2005, 2006 y 2007, y decretó el cierre de los expedientes respectivos derivado del desistimiento presentado por Axtel.

Por su parte, la Unidad de Política Regulatoria puso fin al procedimiento de condiciones de interconexión no convenidas entre Axtel, Avantel y Telcel para el periodo 2012 y 2013 para ambas modalidades.

De esta manera, se dan por terminadas diversas controversias de interconexión que desde 2005 habían mantenido dichos concesionarios, con lo cual se privilegia la voluntad de las partes en materia de convenios de interconexión prevista tanto en las disposiciones de la abrogada Ley Federal de Telecomunicaciones como de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

 

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