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Instituto Federal de Telecomunicaciones


Comunicados

EL PLENO DEL IFT RESOLVIÓ DECRETAR EL CIERRE DE UN EXPEDIENTE

CUYA CONDUCTA YA HABÍA SIDO OBJETO DE PRONUNCIAMIENTO

 

  • Con fecha 11 de agosto de 2015, el Titular de la Autoridad Investigadora emitió un oficio de probable responsabilidad (OPR) en cumplimiento a una Ejecutoria dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de fecha 6 de mayo de 2015. Con la emisión de este OPR el Poder Judicial tuvo por cumplida la Ejecutoria.
  • El OPR imputó a Telcel la probable responsabilidad de la conducta prevista en el artículo 10, fracción XI de la Ley Federal de Competencia Económica.
  • El Pleno del IFT resolvió decretar el cierre del presente expediente, en atención a que la conducta imputada a Radiomóvil Dipsa ya había sido objeto de pronunciamiento por parte de la extinta CFC y de este Instituto en expedientes anteriores.

·         Asimismo el Instituto emitió el acuerdo que expide el Criterio Técnico para medir el grado de concentración en los mercados correspondientes a los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión

 

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), resolvió decretar el cierre del expediente AI/DE-002-2015 (Expediente), abierto por la denuncia presentada en 2010 por Bestphone, S.A. de C.V., Cablevisión, S.A. de C.V., Cablemás Telecomunicaciones, S.A. de C.V. y Televisión Internacional, S.A. de C.V. (Denunciantes) mediante la cual denunciaron a Radiomóvil Dipsa, S.A. de C.V. (Telcel) por la realización de prácticas monopólicas relativas ante la extinta Comisión Federal de Competencia (CFC).

Inicialmente la denuncia fue desechada por la CFC por existir entonces un procedimiento pendiente de resolver, cuyos hechos y condiciones se consideraron semejantes a los analizados en el expediente DE-37-2006 y acumulados. El 25 de mayo de 2010, los denunciantes interpusieron recurso de reconsideración en contra del desechamiento de su escrito de denuncia. Tras revisar el recurso de reconsideración interpuesto por los denunciantes, el 19 de agosto de 2010, el Pleno de la CFC ordenó revocar el acuerdo de desechamiento para que se admitiera a trámite el escrito de denuncia. El 3 de junio de 2013, el Pleno de la CFC decretó el cierre del expediente, en virtud de que, mediante la resolución del expediente RA-007-2011[1] había sido restaurado y/o protegido el proceso de competencia y libre concurrencia respecto de los servicios de terminación de llamadas en la red pública de telecomunicaciones de Telcel, que eran los mismos servicios involucrados en los hechos investigados en el nuevo Expediente.

En contra de la resolución emitida por el Pleno de la CFC el 3 de junio de 2013, los denunciantes demandaron el amparo de la Justicia de la Unión, mismo que les fue otorgado por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el 6 de mayo de 2015. El 11 de agosto de 2015, la Autoridad Investigadora del IFT, en cumplimiento a lo ordenado por la SCJN en la Ejecutoria, emitió un oficio de probable responsabilidad dentro del Expediente mediante el cual se emplazó a Telcel por la probable conducta de auto imputarse un costo por la función de terminación de tráfico público conmutado menor a la tarifa que cobraba a terceros concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones fijos, por la misma función pero de las llamadas que se originaban en la red de éstos últimos, con el objeto y /o efecto de aumentar los costos y reducir la demanda que enfrentaban sus competidores.

El 25 de septiembre de 2015, Telcel presentó su escrito de contestación al oficio referido y ofreció pruebas. Finalmente, el 29 de enero de 2016, se tuvo por integrado el Expediente.

Una vez analizadas las defensas presentadas por Telcel, el Pleno del IFT concluyó que resultaba fundado y suficiente el argumento presentado por la emplazada, relativo a la actualización del principio non bis in ídem para decretar el cierre del Expediente en atención a las siguientes consideraciones:

El artículo 23 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito; entendiéndose por lo “mismo” la existencia de una triple identidad en cuanto a sujeto, hecho y fundamento.

De los expedientes que obran en los archivos de la Unidad de Competencia Económica de este Instituto, esta autoridad advirtió que existe una identidad de sujeto, hecho y fundamento entre los elementos que fueron analizados en los expedientes DE-37-2006 y acumulados y RA-007-2011 (E-IFT/UC/RR/0003/2013 del índice de este Instituto) y los elementos objeto de análisis en el Expediente en cuestión. Lo anterior, en atención a que en ambos expedientes:

·         Telcel es el sujeto emplazado.

·        Se imputó la probable responsabilidad a Telcel por la comisión de la práctica monopólica relativa prevista en la fracción XI, del artículo 10 de la LFCE.

·        La conducta imputada es coincidente, asimismo, involucra el mismo servicio relevante y la misma dimensión geográfica.

  • La duración de la conducta imputada en el Expediente es concurrente con la duración de la conducta imputada en el expediente DE-37-2006 y acumulados.

Ante ello, el Pleno del IFT decretó el cierre del Expediente, en atención de que la conducta imputada ya ha sido materia de pronunciamiento.

Por otra parte, el Pleno del Instituto acordó expedir el “Criterio Técnico para el cálculo y aplicación de un índice cuantitativo a fin de determinar el grado de concentración en los mercados y Servicios correspondientes a los sectores de Telecomunicaciones y Radiodifusión” (Criterio Técnico).

Este Criterio Técnico se emite con los objetivos tanto de dar a conocer el índice mediante el cual el Instituto determinará el grado de concentración en los mercados correspondientes a los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión; como de contar con una herramienta que permita identificar las concentraciones que tienen poca probabilidad de obstaculizar, disminuir, dañar o impedir la competencia y la libre concurrencia.

El Criterio Técnico se emite después de haber pasado por un proceso de consulta pública llevado a cabo entre el 26 de octubre de 2015 y el 7 de diciembre de 2015, y establece:

•          Utilizar el Índice Herfindahl-Hirschman (IHH) para medir el grado de concentración.

•          Umbrales para el IHH y su variación que permitirán identificar las concentraciones que tienen poca probabilidad de dañar la competencia y la libre concurrencia.

•          Que en ningún caso el Instituto tomará sus decisiones utilizando como único elemento el IHH y los umbrales.

El Criterio Técnico aprobado en la sesión de Pleno del 17 de marzo de 2016, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y sustituirá a los métodos de cálculo publicados por la extinta Comisión Federal de Competencia el 24 de julio de 1998, que el Instituto utiliza actualmente.

 



[1] Expediente correspondiente al recurso de reconsideración interpuesto en contra de la Resolución del Expediente DE-037-2006 y acumulados.

EL IFT APRUEBA DISPOSICIÓN TÉCNICA EN FRECUENCIA MODULADA QUE CONTRIBUIRÁ A APROVECHAR EFICIENTEMENTE LOS RECURSOS ESPECTRALES 

 

  • Se establece una separación mínima de 400 kHz entre estaciones de radio en FM que operen en una misma localidad, previo análisis de factibilidad técnica del Instituto, lo que incrementará la disponibilidad espectral
  • Se incluyen especificaciones y parámetros técnicos de operación para las estaciones de radiodifusión sonora híbridas en FM, es decir aquellas que han adoptado el formato digital
  • Someterá a consulta pública el Anteproyecto de Lineamientos Para la Acreditación de Peritos en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió aprobar la Disposición Técnica IFT-002-2016 “Especificaciones y Requerimientos para la Instalación y Operación de las Estaciones de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada en la Banda de 88 a 108 MHz”.

En dicho ordenamiento se establece que cuando no exista disponibilidad espectral alguna con separación a 800 kHz, el Instituto podrá establecer una separación entre frecuencias de 400 kHz como mínimo para estaciones de FM que operen en una misma localidad, siempre y cuando se garantice su operación conforme a los parámetros establecidos en la Disposición Técnica. El aumento en la disponibilidad espectral que se logrará con esta medida beneficiará a las audiencias y a la industria de la radiodifusión sonora en el país.

Esta disposición abroga la IFT-002-2014 y es producto de un análisis sobre los parámetros técnicos de operación conforme a las mejores prácticas internacionales implementadas en la actualidad y en congruencia con los avances tecnológicos en el sector. En este sentido, se incluyen especificaciones y parámetros técnicos de operación para las estaciones de radiodifusión sonora híbridas en FM, es decir aquellas que han implementado el formato de transmisión digital establecido en México.

Para el fortalecimiento de esta disposición, se llevó a cabo una consulta pública del anteproyecto de Disposición Técnica por un periodo de treinta días hábiles, del 9 de octubre al 20 de noviembre de 2015, proceso en el que se recibieron 21 participaciones. Los comentarios recibidos fueron valorados y, en su caso, incluidos en la conformación del proyecto final.

Cabe señalar que la disposición Técnica contiene los parámetros técnicos de operación conforme a las mejores prácticas internacionales implementadas en la actualidad y en congruencia con los avances tecnológicos en el sector.

En la misma sesión se acordó someter a consulta pública el “Anteproyecto de Lineamientos Para la Acreditación de Peritos en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión”, en el que se establecen los requisitos y procedimiento para la acreditación de los mismos a efectos de que apoyen en los procedimientos de homologación y demás actividades establecidas en las diversas disposiciones aplicables en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.

Por otro lado, el Pleno formalizó el “Manual del Sistema Electrónico de Gestión correspondiente al Convenio para la Comercialización o Reventa de Servicios para los Operadores Móviles Virtuales”, aprobado por unanimidad en el Comité Técnico del Sistema Electrónico de Gestión para la Red Móvil del Agente Económico Preponderante en telecomunicaciones en atención a los principios de equidad, neutralidad tecnológica, transparencia, no discriminación y sana competencia.

El módulo del Sistema Electrónico de Gestión de Servicios de Telecomunicaciones Móviles (SEG Móvil) aprobado, permitirá que los Concesionarios Solicitantes y los Operadores Móviles Virtuales realicen la contratación de los servicios mayoristas de telecomunicaciones objeto de las Medidas Móviles, dar seguimiento a solicitudes, atención a incidencias y todas aquellas actividades que sean parte del procedimiento de contratación y prestación de los servicios mayoristas.

 

De la misma manera, el Pleno del IFT resolvió otorgar trece concesiones únicas para uso comercial; prorrogar la vigencia de concesiones a cuatro personas físicas y ocho empresas en diferentes ciudades del país y la transición de un título de concesión al régimen de concesión única para uso comercial.

SE INSTALA SEGUNDO CONSEJO CONSULTIVO DEL IFT

 

  • El Consejo Consultivo es un órgano asesor del Instituto formado por 15 especialistas de reconocido prestigio y con amplia experiencia
  • El Pleno del IFT aprobó el pasado 29 de febrero el nombramiento de los integrantes, de acuerdo con lo previsto en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, por lo que se llevó a cabo su sesión de instalación
  • Es un grupo plural e interdisciplinario de mujeres y hombres que se han desempeñado en el ámbito público y privado, así como en la academia y en organizaciones de la sociedad civil

 

 

El día de ayer se instaló el Segundo Consejo Consultivo del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), conformado por 15 especialistas de reconocido prestigio en materia de telecomunicaciones, radiodifusión y  competencia económica,  

 

Los integrantes de este órgano asesor fueron nombrados por el Pleno el pasado 29 de febrero considerando su amplia experiencia y acreditada capacidad en los temas que son competencia del Instituto, de conformidad con lo previsto en el artículo 34 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR).

 

Los miembros del Consejo Consultivo forman un grupo plural e interdisciplinario de mujeres y hombres que se han desempeñado en el ámbito público y privado, así como en la academia y en organizaciones de la sociedad civil, por lo que sus aportaciones contribuirán a que el IFT cumpla con su función de promover un desarrollo eficiente de las telecomunicaciones y la radiodifusión en el país.

 

Durante la sesión de instalación, el Presidente del IFT, Gabriel Contreras, destacó la importancia de contar con este órgano, pues mediante sus recomendaciones y sugerencias se robustecerán las decisiones que tome el Instituto en beneficio de todos los usuarios y audiencias del país.

 

“Todos estamos trabajando para desarrollar políticas públicas que mejoren la competencia y nos permitan mejoras en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión. Vivimos un momento apasionante que, a la vez, nos da el privilegio de poder impactar la vida de los mexicanos”, señaló el Presidente del IFT.

 

En este Segundo Consejo Consultivo, en el que continuarán aportando integrantes que también formaron parte del primer Consejo lo que permitirá dar continuidad y enriquecer el trabajo de este órgano colegiado. De esta forma, el Consejo está integrado por los siguientes expertos, cuyos perfiles se pueden consultar en el portal http://consejoconsultivo.ift.org.mx/:

 

 

  • Dra. Clara Luz Álvarez González de Castilla
  • Dra. Patricia Arriaga Jordán
  • Mtro. Carlos Arturo Bello Hernández
  • Lic. Enriqueta Cabrera Cuarón
  • Dr. Ernesto M. Flores-Roux
  • Ing. Gerardo Francisco González Abarca
  • Mtro. Santiago Gutiérrez Fernández
  • Mtro. Erick Huerta Velázquez
  • Dr. Erik Huesca Morales
  • Mtra. Salma Leticia Jalife Villalón
  • Mtra. Irene Levy Mustri
  • Dra. Elisa V. Mariscal Medina
  • Dr. Luis Miguel Martínez Cervantes
  • Ing. Carlos Alejandro Merchán Escalante
  • Mtro. Rodrigo Morales Elcoro

 

 

Conforme a la Ley, los nombramientos tendrán vigencia de un año, el cual podrá prorrogarse por periodos similares, indefinidamente. Corresponde a los miembros del Consejo Consultivo elegir a su presidente por mayoría de votos, quien durará en su encargo un año y podrá ser reelecto, según lo establecido en la LFTR.

FUNCIONARIOS DEL IFT PARTICIPARON EN LA CXL REUNIÓN ORDINARIA DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA COMISIÓN TÉCNICA REGIONAL DE TELECOMUNICACIONES 

 

Una delegación del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) participó en la CXL Reunión Ordinaria de la Junta Directiva de la Comisión Técnica Regional de Telecomunicaciones (COMTELCA), organismo que coordina el desarrollo de las telecomunicaciones en la región centroamericana, la cual tuvo lugar la semana pasada en la ciudad de Panamá.

Los coordinadores generales de Planeación Estratégica y Asuntos Internacionales del IFT, Luis Aldo Sánchez Ortega y Juan Carlos Hernández Wocker, respectivamente, expusieron en ese importante foro los principales elementos de la reforma en telecomunicaciones y radiodifusión en México, así como los avances que se han implementado durante los dos primeros años de vida del Instituto.

Los funcionarios describieron el Programa Anual de Trabajo (PAT) del IFT, correspondiente al año 2016, en el que se establecen los objetivos estratégicos para este año. Asimismo, expusieron el interés de México en hospedar la CXLI Reunión Ordinaria de la Junta Directiva de COMTELCA, en el marco del cuarto Congreso Latinoamericano de Telecomunicaciones (CLT), a realizarse en la ciudad de Cancún en junio de 2016.

COMTELCA es un organismo formado hace 50 años. Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Costa Rica y Panamá son miembros designados de esta Comisión y República Dominicana se integró como miembro asociado en el año 2001. El IFT participa, en esta misma calidad, desde diciembre de 2015.

La membresía en COMTELCA responde al propósito de alinear las actividades internacionales del IFT con los objetivos más amplios del Estado mexicano, que contemplan consolidar la posición del país como un actor regional relevante, mediante la profundización de los procesos de integración y la ampliación del diálogo y la cooperación. En este sentido, la participación de la delegación de IFT en la Reunión Ordinaria de la Junta Directiva de COMTELCA permitió estrechar vínculos con los reguladores de telecomunicaciones de la región y buscar oportunidades para llevar a cabo acciones comunes que estén relacionadas con las líneas de trabajo del Instituto sobre la regulación y la supervisión eficaz y oportuna de las telecomunicaciones.

Durante los dos días de la reunión, que concluyó el 11 de marzo, se abordaron temas relacionados con la Unión Internacional de Telecomunicaciones, entre ellos la Asamblea Mundial de Normalización de las Telecomunicaciones, la Reunión Preparatoria para la Conferencia Mundial de Desarrollo de las Telecomunicaciones y el Proyecto de Soluciones de Comunicaciones en Casos de Emergencias.

 

Otros asuntos considerados fueron la próxima Cumbre de Altas Autoridades sobre la Televisión Digital Terrestre y el Dividendo Digital, la gobernanza de Internet y algunas acciones conjuntas que realizarán los integrantes de la Comisión. Igualmente, se presentaron los informes de trabajo de los comités de Normalización, de Radiocomunicaciones y de Asuntos Jurídicos.

EL IFT REALIZÓ EL FORO DE ALFABETIZACIÓN DIGITAL Y

EMPODERAMIENTO DE LOS USUARIOS

 

  • El foro celebrado en el marco del Día Mundial de los Derechos del Consumidor, permitió compartir experiencias nacionales e internacionales respecto a las medidas de protección de los derechos de los usuarios

 

El martes pasado tuvo lugar el Foro “Alfabetización Digital y Empoderamiento de los Usuarios”, organizado por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), en el marco del Día Mundial de los Derechos del Consumidor.

Participaron en este evento representantes de distintos organismos reguladores, académicos, funcionarios del IFT e interesados en el tema.

Durante la inauguración, el presidente del IFT, Gabriel Contreras Saldívar, destacó que el Instituto trabaja para ampliar la información al alcance de los usuarios para que ellos puedan tomar mejores decisiones respecto a la oferta que existe en el mercado. La demanda de servicios de telecomunicaciones sigue creciendo, pero aún es importante el porcentaje de personas que desconoce cuánto paga cada mes por los servicios que recibe o las características que tiene el plan que contrató, entre otros, de acuerdo con información del IFT y del INEGI, respectivamente.

“Nos hemos esforzado en reducir las asimetrías de la información para los usuarios, para que sean ellos quienes tomen las mejores decisiones. ¿Cómo? Empoderándolos, informándoles para que sepan cuáles son las ventajas que les ofrecen cada uno de los servicios que se encuentran en el mercado y que sean ellos quienes tomen la mejor decisión.

“El objetivo del Foro es analizar y conocer las inquietudes de los usuarios respecto del uso y utilización de los servicios de telecomunicaciones y compartir las experiencias nacionales e internacionales respecto a medidas de protección de derechos de los usuarios y, sobre todo, proveerlos de información útil para que se empoderen y tomen las mejores decisiones. Hoy se celebra en todo el mundo el Día del Derecho del Consumidor. Se busca promover los derechos de los consumidores para exigir que éstos sean respetados y protegidos. Sea ésta la oportunidad para discutir y enriquecer estos temas en el sector telecomunicaciones”, expresó Contreras Saldívar. 

Algunas de las conclusiones del Foro son las siguientes:

 •            La información es un elemento fundamental para lograr el verdadero empoderamiento de los usuarios.

•             La calidad debe definirse desde dos puntos de vista: el técnico (rendimiento de las redes) y el del usuario (ponderando su percepción del servicio).

•             El usuario debe situarse en el centro; no debe sólo medirse la red, debe medirse lo que él recibe y percibe.

•             Es necesario considerar los requerimientos cada vez más exigentes de los usuarios y las necesidades de cada uno de ellos (personas con discapacidad, de la tercera edad, indígenas, etc.) en la generación de política pública en materia de telecomunicaciones.

•             Los usuarios requieren no sólo información, sino la información adecuada para tomar mejores decisiones.

 

Durante el foro se comentaron las diferentes encuestas que realiza el IFT para conocer mejor la experiencia y las tendencias de consumo de los usuarios de los servicios de telecomunicaciones, así como las herramientas que ha puesto a disposición de ellos para contribuir a que se empoderen y elijan las mejores opciones del mercado de acuerdo con sus necesidades. Las conclusiones podrán consultarse en el portal de Internet del IFT en los siguientes días, en el apartado Usuarios y Audiencias. 

EL PLENO DEL IFT RESOLVIÓ QUE NO EXISTEN ELEMENTOS SUFICIENTES PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA DE UN AGENTE ECONÓMICO CON PODER SUSTANCIAL EN MERCADOS DE TV DE PAGA 

 

  • La resolución se refiere a la adquisición del 100% de las acciones representativas del capital social de Cablevisión Red, S.A. de C.V. (Telecable), por parte de diversas empresas pertenecientes al Grupo de Interés Económico encabezado por Grupo Televisa, S.A.B. (GTV)

En su VI sesión ordinaria celebrada el 29 de febrero pasado, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió el procedimiento seguido para determinar la existencia de poder sustancial en el mercado de servicios de televisión y audio restringidos con número de expediente AI/DC-002-2015.

Este procedimiento se derivó de la solicitud de un aviso de concentración hecho llegar al IFT el ocho de enero de 2015, relacionado con la adquisición del 100 por ciento de las acciones representativas del capital social de Cablevisión Red, S.A. de C.V. (Telecable), por parte de diversas empresas pertenecientes al Grupo de Interés Económico encabezado por Grupo Televisa, S.A.B. (GTV). El 20 de abril de 2015, el Pleno del IFT resolvió sobre el aviso de concentración y ordenó dar vista a la Autoridad Investigadora (AI), unidad dotada de autonomía técnica y de gestión.

Así, en términos del quinto párrafo del Artículo Noveno Transitorio del Decreto que expide la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), la AI inició el veintinueve de abril de 2015, una investigación para determinar la probable existencia de agentes económicos con poder sustancial en el o los mercados de redes de telecomunicaciones que presten servicios de voz, datos o video, a nivel nacional, estatal, regional y/o local. La investigación finalizó en julio del mismo año, por lo que se emitió el Dictamen Preliminar correspondiente en septiembre del dos mil quince, en el cual se concluyó que GTV, tras la concentración referida, adquirió o incrementó su Poder Sustancial en 63 mercados relevantes en la provisión de servicios de televisión y audios restringidos (STAR).

Después de la publicación del Dictamen Preliminar en el Diario Oficial de la Federación, los interesados en el procedimiento pueden presentar manifestaciones y ofrecer pruebas a consideración del Instituto. En este procedimiento se recibieron manifestaciones y pruebas por parte de GTV y diversos agentes económicos competidores y usuarios de los mercados analizados.

Una vez considerado lo anterior, el Pleno determinó el 29 de febrero de 2016 que no existen elementos suficientes para determinar la existencia de un agente económico con poder sustancial con base en la información del Expediente. En concreto, determinó que no existen elementos suficientes en éste que permitan concluir que GTV puede fijar precios de manera unilateral o restringir el abasto en los mercados analizados sin que sus competidores puedan contrarrestar dicho poder.

En su análisis, el Pleno determinó lo siguiente:

·        Los servicios de provisión de audio y video a través de televisión radiodifundida, los OTT (Over The Top) y la exhibición de películas grabadas en sala, así como en diversos formatos (Blu-Ray, DVD, entre otros) no son sustitutos del STAR.

Además, los OTT no son sustitutos de los servicios de televisión de paga, pues no cubren todas las categorías de contenido que ofrecen los proveedores de STAR, ni incluyen canales de mayor audiencia. Además, para tener acceso a ellos es necesario contar con un dispositivo de acceso a Internet, y quienes proveen el servicio de OTT no necesitan una concesión para ello como sí lo requieren los proveedores de STAR.

·        En relación al análisis de mercado relevante, es necesario conocer la dinámica competitiva existente entre plataformas multiservicio y aquellas que ofrecen únicamente STAR. También habría sido necesario contar con un análisis que considerara la sustitución entre paquetes de gama alta del STAR contra los más bajos. Finalmente, no se encontró certidumbre sobre la dimensión geográfica del mercado analizado.

·        No se tienen elementos suficientes para determinar que GTV tiene la capacidad de limitar el acceso de otros proveedores del STAR a canales de televisión y otros contenidos relevantes. Además, GTV tiene la obligación regulatoria de dar acceso a sus competidores a los canales de TV Radiodifundida de mayor valor para las audiencias (i.e. must offer), situación que le impide usar estos insumos para limitar la capacidad de competir a otros proveedores del STAR.

·        En el sentido de poder sustancial, si bien las empresas que actualmente forman parte de GTV cuentan con la mayor participación en términos de suscriptores, este elemento no basta para declararlo con poder sustancial. Es decir, una alta participación de mercado no se traduce en la capacidad unilateral de fijar precios o restringir el abasto dentro de un mercado. Asimismo, sus competidores han crecido e incrementado su participación en el periodo analizado en la Resolución.

·        El crecimiento del mercado de televisión de paga se refleja en un aumento de 21.7 por ciento de usuarios entre septiembre de 2013 y septiembre de 2015, y no existen dentro del Expediente elementos para acreditar que los competidores de GTV no puedan expandir sus operaciones. Lo anterior, toda vez que en el mismo periodo Dish aumentó su participación de 14.3 por ciento a 16.8 por ciento y Megacable pasó de una participación de 14.9 por ciento a 15.2 por ciento. Por su parte, la participación de todas las empresas que actualmente conforman GTV pasó de 64.2 por ciento a 61.1 por ciento. De los 3.1 millones de usuarios nuevos que se registraron en el STAR, 28.4 por ciento fueron para Dish y 16.6 por ciento para Megacable.

De forma desagregada, durante ese periodo en la plataforma de cable, GTV pasó de tener 54.3 por ciento a 50.5 por ciento de participación de mercado; y en la satelital de 73 por ciento a 69.7 por ciento.

Por lo anterior, el Pleno resolvió que no se acreditaron los elementos previstos en la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) para determinar la existencia de un Agente Económico con poder sustancial en el STAR toda vez que la información del Expediente y Dictamen Preliminar no tienen los elementos suficientes que permitan a esta autoridad resolver que se actualiza la fracción I del artículo 59 de la LFCE.

En términos de lo dispuesto por el artículo 96 de la LFCE, la resolución será publicada en los próximos días en el portal de Internet del Instituto y los datos relevantes en el Diario Oficial de la Federación.

Asimismo, el Pleno ha emitido resoluciones relevantes sobre el STAR en los siguientes expedientes:

  • DC-001-2014 se emitió resolución el 30 de septiembre de 2015. La investigación inició derivado del artículo Trigésimo Noveno Transitorio del Decreto que expide la LFTR.
  • DC-002-2014 en el cual se emitió resolución el 2 de noviembre de 2015. La investigación versó sobre los efectos de una concentración previa entre GTV y Grupo Cable TV, S.A. de C.V.

 

Para resolver sobre condiciones de competencia en los mercados, se emplea un procedimiento especial previsto en el artículo 96 de la LFCE. Estos procedimientos tienen el objeto de dictaminar y no de sancionar, y no impiden analizar con posterioridad las condiciones de competencia que prevalecen, razón por la cual el IFT continuará con la labor de estudiar las condiciones que prevalecen en éste y otros servicios de telecomunicaciones y radiodifusión con el objeto de tener, en el ámbito de sus atribuciones, una intervención efectiva y oportuna para proteger y promover la competencia efectiva.

ENCUESTA NACIONAL SOBRE DISPONIBILIDAD Y USO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN EN LOS HOGARES, 2015

 

  • La Encuesta, que genera resultados al segundo trimestre de 2015, se realizó en colaboración del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Instituto Federal de Telecomunicaciones
  • La ENDUTIH 2015 reveló que 55.7 millones de personas son usuarios de una computadora y 62.4 millones utilizan Internet en México
  • Se incrementó en 18.9 puntos la disponibilidad de televisores digitales en los hogares, con respecto a 2014

 

Con la realización de la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares (ENDUTIH) 2015, el INEGI inicia el levantamiento de datos exclusivamente para la generación de estadísticas sobre la situación de disponibilidad y uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), con lo que México se coloca a la par de los países líderes en información sobre esta materia.

El levantamiento de dicha Encuesta aporta información captada desde el usuario directo, con una mayor profundidad y amplitud en los usos que la población de nuestro país le da a las TIC.

La ENDUTIH 2015, que sustituye al Módulo sobre Disponibilidad y Uso de las Tecnologías de la Información en Hogares, se realizó en colaboración con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Instituto Federal de Telecomunicaciones. La Encuesta genera resultados correspondientes al segundo trimestre de 2015, representativos a nivel nacional, estatal y para 32 ciudades seleccionadas, correspondientes a la población de seis años o más, a partir de un tamaño de muestra de 90,030 viviendas distribuidas en todo el país.

 

HOGARES

En cuanto al equipamiento de tecnologías, la ENDUTIH 2015 muestra que 14.7 millones de hogares (44.9 por ciento del total nacional) declararon contar con al menos una computadora en condiciones de uso. Se calcula que en el Distrito Federal, Nuevo León, Sonora y Baja California, 6 de cada 10 hogares disponen de computadora. En contraste, en Guerrero, Oaxaca y Chiapas, menos de una cuarta parte cuentan con tal dispositivo.

En tanto que se tiene disponibilidad de Internet en 12.8 millones de hogares (39.2 por ciento de los hogares a nivel nacional).

En lo que respecta a la disponibilidad de televisores digitales en los hogares, la ENDUTIH 2015 captó que al segundo trimestre de 2015 el 50.0 por ciento contaba con uno de ellos, cifra que representa un aumento de 18.9 puntos porcentuales con respecto a 2014, por lo que resulta la tecnología con el mayor crecimiento.  Además, el 46.8 por ciento de los hogares se encuentran habilitados con el servicio de televisión de paga y 33.0 con televisión análoga (es decir, que no cuentan con un televisor digital ni con servicio de televisión de paga). El número de hogares con televisión análoga se redujo 15.8 por ciento en comparación con lo reportado en 2014.

Cabe destacar que el uso de las TIC es un fenómeno predominantemente urbano. En las 32 ciudades seleccionadas, el 59.5 por ciento de los hogares dispone de computadora y el 56.2 cuenta con conexión a Internet.

 

USUARIOS

La ENDUTIH 2015 reveló que 55.7 millones de personas son usuarios de una computadora y 62.4 millones utilizan Internet en México. Al considerar el uso de las TIC por género, los resultados mostraron una participación equitativa entre mujeres y hombres: 49.2 y 50.8 por ciento en el uso de computadora, y de 49.4 y 50.6 por ciento en el de Internet, respectivamente. 

 

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Los cibernautas mexicanos declararon emplear la red, principalmente para obtener información general (88.7 por ciento), como herramienta de comunicación (84.1 por ciento), para acceder a contenidos audiovisuales (76.6 por ciento) y para acceder a redes sociales (71.5 por ciento).

El predominio del ámbito urbano en el uso de las tecnologías digitales se confirma con los resultados sobre telefonía celular e Internet. Para las ciudades en estudio, el 79.6 por ciento de los individuos de seis años o mayores se declararon como usuarios de telefonía celular, mientras que el promedio de los que declararon navegar por Internet resultó del 70.7 por ciento.

Con esta ampliación en la información estatal y por ciudad sobre la disponibilidad y uso de las TIC que ofrece la ENDUTIH 2015, nuestro país se posiciona a nivel mundial en la disponibilidad de información regional útil para el diseño, seguimiento y evaluación de políticas públicas en esta materia.

SE ANEXA NOTA TÉCNICA 

NOTA TÉCNICA

ENCUESTA NACIONAL SOBRE DISPONIBILIDAD Y USO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN EN LOS HOGARES, 2015 

Durante el segundo trimestre de 2015, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) realizó el levantamiento de la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares (ENDUTIH) 2015.

La ENDUTIH es una encuesta exclusiva para la generación de estadísticas sobre la disponibilidad y uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), en sustitución del precedente Módulo aplicado como complemento de otras encuestas en hogares (MODUTIH).

La ENDUTIH 2015 comprende una muestra de viviendas que permite caracterizar el fenómeno de la disponibilidad y uso de las TIC en las 32 entidades federativas y por primera vez en las siguientes 32 ciudades: Acapulco, Aguascalientes, Campeche, Cancún, Chihuahua, Colima, Cuernavaca, Culiacán, Durango, Guadalajara, Hermosillo, La Paz, León, Mérida, Monterrey, Morelia, Oaxaca, Pachuca, Puebla, Querétaro, Saltillo, San Luis Potosí, Tampico, Tepic, Tijuana, Tlaxcala, Toluca, Tuxtla Gutiérrez, Veracruz, Villahermosa, Zacatecas y la Zona Metropolitana del Valle de México.

En la ENDUTIH 2015 la información la proporciona un informante directo dentro del hogar, seleccionado aleatoriamente, quien describe su propia experiencia en el uso de TIC, a diferencia del MODUTIH en donde un solo miembro proporcionaba información del resto de los integrantes.

Con la mejora en el proceso de levantamiento de información sobre la disponibilidad y uso de las TIC, así como con la representatividad a nivel de ciudad, la ENDUTIH 2015 se posiciona como una de las encuestas más completas a nivel mundial en cuanto a la disponibilidad de información útil para el diseño, seguimiento y evaluación de políticas públicas en esta materia.

 

 

El esfuerzo para ampliar la disponibilidad de información al ámbito estatal y por ciudades fue posible gracias al apoyo y colaboración de la Coordinación de la Sociedad de la Información y el Conocimiento de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Instituto Federal de Telecomunicaciones.

I. HOGARES

La Encuesta estimó un total de 14.7 millones de hogares equipados con computadora, que corresponden al 44.9 por ciento del total de hogares del país. Esta cifra expresa un incremento de 6.6 puntos porcentuales con respecto al año anterior.

 

En cuanto a conectividad, 12.8 millones de hogares disponen de Internet, lo cual representa 39.2 por ciento del total nacional; mostrando un incremento de 4.8 puntos porcentuales con respecto a la penetración estimada con MODUTIH en 2014.

Hogares con Internet, 2001 - 2015

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Los resultados estatales reflejan diferencias en la disponibilidad de bienes TIC. Por ejemplo, en cuanto a la computadora, mientras que en el Distrito Federal, Nuevo León, Sonora, y Baja California seis de cada diez hogares disponen de una, en Guerrero, Oaxaca y Chiapas sólo uno de cada cuatro la tiene. Por otro lado, respecto de las conexiones a Internet, en el Distrito Federal, Nuevo León, y Baja California Sur el porcentaje de hogares con conexión a Internet es ligeramente inferior al 60 por ciento, mientras que en Guerrero, Tabasco, Oaxaca y Chiapas aproximadamente el 20% de los hogares cuentan con conexión.

Para las ciudades seleccionadas, en promedio el 59.5 por ciento de los hogares dispone de computadora y el 56.2 cuenta con conexión a Internet, valores que resultan superiores a los indicadores nacionales.

 

Las ciudades de Querétaro, Monterrey, Cancún y Hermosillo se destacaron por presentar una penetración de uso de Internet del 65 por ciento o más, mientras que Tuxtla Gutiérrez y Tlaxcala tuvieron una penetración por debajo del 45 por ciento de los hogares.

 

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Asimismo, la ENDUTIH 2015 capta información sobre disponibilidad de televisores según su tecnología, ya sean analógicos o digitales.


 

 

n

Es necesario tener en cuenta que los resultados corresponden al segundo trimestre de 2015, por lo que se refleja la situación prevaleciente en el total de los hogares del país durante ese periodo.

Los resultados muestran que los televisores son los bienes más recurrentes en los hogares ya que el 93.5 por ciento cuenta con uno de ellos.

Considerando solamente la proporción de hogares que cuenta con televisor, la medición realizada permite establecer que el 50.0 por ciento contaba con al menos uno de tecnología digital, cifra que representa un aumento de 18.9 puntos porcentuales más que el año pasado.

Es pertinente señalar que estos resultados no reflejan la dependencia de los hogares a la señal analógica, ya que no incluyen la disponibilidad del servicio de televisión de paga o el uso de decodificadores.

La desagregación regional muestra que las entidades con mayor proporción de hogares con televisión digital, calculadas respecto a los hogares que cuentan con televisor, son Nuevo León y Guanajuato, que registran el 69.2% y el 62.7%, respectivamente, mientras que las tres entidades con menor penetración resultaron Guerrero, Oaxaca y Chiapas con proporciones 30 por ciento.

 

2. USUARIOS

 

Junto con la disponibilidad en los hogares, el uso de estas tecnologías son indicadores de gran importancia. La encuesta estima un total de 62.4 millones de usuarios de Internet y estos ya representan más de la mitad de la población (57.4%). Cabe señalar que la población objetivo de la ENDUTIH son los individuos de seis años o más. 

 

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Nota: Incluye usuarios de internet fijo y móvil.

 

Entre la población joven el uso de Internet es más frecuente: el 70.2 por ciento de la población de entre 6 a 17 años utiliza Internet, mientras que el 76.5 por ciento de los de 18 a 34 años lo hace.

 

 

 

 

 

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Incluso entre la población adulta es cada vez más frecuente el uso de internet: casi la mitad de los adultos de entre 35 a 59 años lo utiliza (46.7 por ciento), mientras que el 13.7 por ciento de los adultos mayores (de 60 años o más) lo usa.

 

Los resultados a nivel de ciudades confirman que el uso de TIC es predominantemente urbano, ya que para las ciudades de La Paz, Hermosillo, Culiacán, entre el 88.0 y el 90.0 por ciento de los habitantes de seis años y más afirmaron ser usuarios de un teléfono celular, y en estas ciudades al menos tres de cada cuatro igualmente declaró ser usuario de Internet.

 

 

 

 

b

 

Solamente en Toluca y Tlaxcala, poco menos del 70.0 por ciento utiliza telefonía celular, y alrededor del 60.0 por ciento navega en la red.

 

Por otra parte, la encuesta también reporta 55.7 millones de personas usuarias de computadora. La ENDUTIH 2015 permite captar los principales lugares de acceso; así, entre el conjunto de usuarios de computadora, los más frecuentemente reportados en el 2015 fueron: el hogar (61.5 por ciento), sitio público (40.9 por ciento) y en el trabajo (29.3 por ciento).

Sin duda que la telefonía celular es el servicio que mayor aceptación ha encontrado entre la población en general. La ENDUTIH 2015 encontró que a nivel nacional, el 71.5 por ciento es usuaria del mismo. En cinco entidades, la proporción es superior al 80.0 por ciento: Quintana Roo, Sinaloa, Baja California, Sonora y Baja California Sur. Y solo en cuatro entidades este valor es inferior a 60.0 por ciento: Puebla, Oaxaca, Chiapas y Guerrero.

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3. USOS

 

Considerando los principales usos de Internet que capta la encuesta se obtuvo que el 88.7 por ciento de los usuarios de internet lo emplearon para obtener información de carácter general, el 84.1 por ciento para comunicarse, ya sea a través de mensajería o correo electrónico, el 76.6 por ciento para acceder a contenidos audiovisuales y el 71.5 por ciento para acceder a redes sociales.

Usuarios de Internet por tipos de uso, 2015

 

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Los otros usos de menor recurrencia fueron interactuar con el gobierno con el 20.8 por ciento, ordenar o comprar productos con el 9.7 por ciento, realizar operaciones bancarias en línea con el 9.3 por ciento y otros usos diversos con el 0.3 por ciento.

 

El 12.8 por ciento de los usuarios de Internet declaró haber realizado al menos una transacción electrónica (compra o pago por Internet) dentro de los doce meses previos a la entrevista. 

 

4. NOTA AL USUARIO

Para la encuesta, la unidad de selección es la vivienda y las unidades de análisis son los hogares y los individuos. Recaba información de personas de seis años cumplidos o más, que residen permanentemente en viviendas particulares ubicadas en el territorio nacional en la fecha del levantamiento.

El diseño de la muestra para la ENDUTIH 2015 se caracteriza por ser probabilístico, por lo cual los resultados obtenidos de la encuesta se generalizan a toda la población. Una de las principales innovaciones que introduce la encuesta es la selección aleatoria de un informante de entre los integrantes de cada hogar, a fin de recoger su experiencia personal relacionada con el uso de estas tecnologías.

La encuesta está diseñada para dar resultados a nivel nacional, entidad federativa y para 32 ciudades seleccionadas. La muestra total fue de 90,030 viviendas, que permite estimar proporciones de 1.0% con un nivel de confianza del 90%, y un error relativo máximo esperado de 10.48%.

 

Para mayor información consulte el sitio del INEGI en Internet, en el tema Sociedad de la Información, secciones de hogares y usuarios, en la siguiente dirección:

 

http://www3.inegi.org.mx/sistemas/temas/default.aspx?s=est&c=19007

 


 

N U M E R A L I A

 

RESULTADOS DE LA ENCUESTA NACIONAL SOBRE DISPONIBILIDAD Y USO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN EN LOS HOGARES, 2015

 

Proporción de hogares con computadora

Proporción de hogares con Internet

Proporción de hogares con televisor digital

44.9%

39.2%

50.0%

 

Proporción de usuarios de computadora

Proporción de usuarios de Internet

Proporción de usuarios de telefonía celular

51.3%

57.4%

71.5%

 

Proporción de usuarios de TIC por género

Mujeres

Hombres

Computadora

49.2%

50.8%

Internet

49.4%

50.6%

Celular

50.9%

49.1%

 

Usuarios de Internet por género y edad

Mujeres

Hombres

Adultos mayores: de 60 años o más

45.3%

54.7%

Adultos: de 35 a 59 años

50.6%

49.4%

Jóvenes: de 18 a 34 años

50.2%

49.8%

Menores: de 6 a 17 años

47.8%

52.2%

 

Usuarios de Internet por tipo de uso

Actividad

Proporción

Para obtener información

88.7%

Para comunicarse

84.1%

Para acceder a contenidos audiovisuales

76.6%

Para acceder a redes sociales

71.5%

Para entretenimiento

71.4%

Para apoyar la educación/capacitación

56.6%

Leer periódicos, revistas o libros

42.9%

Para descargar software

31.1%

Para interactuar con el gobierno

20.8%

Para ordenar o comprar productos

9.7%

Para operaciones bancarias en línea

9.3%

 

 

 

 

Hogares con televisión por clase de televisor y tipo de servicio

Tecnología

Con TV      de paga

Sin TV       de paga

Porcentaje sobre hogares con televisión

Con televisor digital

29.8%

20.2%

50.0%

Solo televisor analógico

17.0%

33.0%

50.0%

Total

46.8%

53.2%

100.0%

 

Nota: El porcentaje del total de hogares con solo televisor analógico y decodificador es 3.1% y del 3.3% sobre el conjunto de hogares con televisor.

 

 

EL IFT EMITE EL PROGRAMA DE CONTINUIDAD PARA LAS

ESTACIONES Y EQUIPOS COMPLEMENTARIOS DE BAJA POTENCIA 

 

  • Con ello se cumple  lo establecido en la reforma al artículo Décimo Noveno Transitorio de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR)
  • El programa da certeza a los concesionarios sobre las estaciones y equipos complementarios que continúan realizando transmisiones analógicas de televisión radiodifundida, según lo establecido en el acuerdo publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2015
  • También se aprobó el acceso a la multiprogramación a TV Azteca en canales de Televisión Digital Terrestre que opera en diversas localidades del país

 

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió el día de ayer, en sesión ordinaria, emitir el Programa de Continuidad para las estaciones y equipos complementarios de baja potencia, cuyo objetivo es establecer los términos para que las estaciones y equipos complementarios que continúan excepcionalmente realizando transmisiones analógicas, dejen de hacerlo.

De acuerdo con el Programa aprobado por el Pleno, todas las estaciones de baja potencia y equipos complementarios de zona de sombra deberán realizar transmisiones digitales a más tardar el 30 de septiembre de este año.

La Unidad de Medios y Contenidos Audiovisuales (UMCA) del Instituto será la encargada de determinar los apagones de las estaciones de baja potencia señaladas, una vez que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) informe que se alcanzó un nivel de penetración con receptores o decodificadores aptos para recibir transmisiones digitales en al menos el 90 por ciento de los hogares de escasos recursos definidos por la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), y se cuente con la validación de que ya se realizan transmisiones digitales.

Los concesionarios y permisionarios están obligados a informar a la población, la fecha y hora exacta en que ello ocurrirá, al menos cinco veces al día, a través de su programación y dentro de su horario de mayor audiencia.

Las estaciones de baja potencia y/o equipos complementarios de zona de sombra contemplados en el acuerdo aprobado por el Pleno no podrán continuar realizando transmisiones analógicas de televisión con posterioridad al 31 de diciembre de 2016.

Cabe recordar que el 31 de diciembre de 2015 concluyó en tiempo y forma la Transición a la Televisión Digital Terrestre para todas las estaciones obligadas conforme al mandato constitucional establecido en el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6o., 7o., 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones, publicada el 11 de junio de 2013. Con ello, México se convirtió en el primer país de Latinoamérica en concluir el cese de las transiciones analógicas de televisión radiodifundida.

Por otra parte, el Pleno aprobó someter a consulta pública durante 30 días hábiles, el “Anteproyecto de Lineamientos de consulta pública y análisis de impacto regulatorio del Instituto Federal de Telecomunicaciones”, a través de su portal de Internet, a fin de recabar comentarios y aportaciones de cualquier interesado que permitan al Pleno tomar una determinación definitiva sobre las medidas ahí propuestas.

Con este anteproyecto de Lineamientos los ciudadanos tendrán certeza sobre los mecanismos de transparencia, participación ciudadana y rendición de cuentas que el Instituto realiza y que fortalecerá para recibir los comentarios y aportaciones de cualquier interesado sobre sus proyectos de nueva regulación, así como de cualquier otro tema de interés, a efecto de que sus decisiones aseguren el mayor beneficio para los mexicanos.

Dicho anteproyecto de Lineamientos establece los aspectos y rubros ex ante de evaluación de impacto que el Instituto empleará a efecto de que sus regulaciones sean más coherentes y efectivas, a través del empleo de los análisis de impacto regulatorio, los cuales permitirán detallar los objetivos, la problemática, las alternativas valoradas, los mecanismos de implementación y los posibles impactos potenciales que se podrán desprender a razón de la entrada en vigor de sus instrumentos normativos. Dichos análisis son empleados en la mayor parte de los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos y su uso ha redundado en una mayor calidad de sus instrumentos normativos.

Por otra parte, el Pleno acordó aprobar la Disposición Técnica IFT-006-2016: Telecomunicaciones-Interfaz-Parte de transferencia de mensaje del sistema de señalización por canal común a fin de dar certidumbre jurídica para un adecuado funcionamiento del sector en su conjunto, que garantice que el servicio público de telecomunicaciones sea prestado en las condiciones ordenadas por la Constitución.

La DT IFT-006-2016 establece el sistema de señalización de control de las llamadas para servicios de telecomunicaciones tales como telefonía y transmisión de datos con conmutación de circuitos. Igualmente se emplea como un sistema fiable para la transferencia de otros tipos de información entre centrales y centros especializados en redes de telecomunicaciones (por ejemplo, para fines de gestión y mantenimiento).

El alcance de esta Disposición Técnica es aplicable a las interfaces de interconexión entre redes públicas nacionales; sin embargo, también es posible emplearla para el interfaz de interconexión entre una red pública nacional y una internacional.

En otros temas, el Pleno resolvió las condiciones de interconexión no convenidas entre Teléfonos de México, S.A.B. de C.V. y la empresa Televisión Internacional, S.A. de C.V., determinando las tarifas de interconexión aplicables del 1 de enero del 2015 al 31 de diciembre de 2016.

Por otra parte, formalizó las condiciones del documento “Sistema Electrónico de Gestión Apéndice A Interconexión (Diseño Funcional y Técnico)” que fueron aprobadas por unanimidad en el Comité Técnico del Sistema Electrónico de Gestión (SEG) para la Red Fija del Agente Económico Preponderante, asimismo resolvió un desacuerdo suscitado al interior del Comité mismo que versó sobre las modalidades del servicio de Enlaces de Transmisión entre Coubicaciones, que los concesionarios podrán contratar al AEP y al que le podrán dar seguimiento en el SEG.

Los Enlaces de Transmisión de Interconexión entre coubicaciones consisten en la provisión del medio de transmisión para la realización de la interconexión directa entre concesionarios con presencia en un mismo punto de interconexión del AEP.

Durante la misma sesión, el Pleno resolvió lo siguiente:

•             Dos cambios de frecuencia (canales) otorgados a favor del gobierno del Estado de México, con lo que el Instituto avanza en la liberación de la banda de 600 MHz destinada a servicios de banda ancha móvil.

•             El acceso a la multiprogramación a TV Azteca en canales de Televisión Digital Terrestre que opera en diversas localidades del país al amparo de sus títulos de refrendo de concesión otorgados en 2004, con lo cual se fomenta una mayor oferta y diversidad de los contenidos en beneficio de las audiencias de las localidades involucradas a través del mejor aprovechamiento de los mismos canales concesionados y con el carácter gratuito a la población.

•             Otorgar tres concesiones únicas para uso comercial.

 

•             Autorizar la prórroga de la vigencia de cinco concesiones y, en consecuencia, el otorgamiento de igual número de títulos de concesión única para uso comercial 

LA PRAI RECONOCE EL LIDERAZGO DEL IFT EN LA TRANSICIÓN A LA

TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE

 

  • La Plataforma de Reguladores del Sector Audiovisual de Iberoamérica consideró que gracias a la labor del regulador se liberó la banda de 700 MHz y se garantizó la cobertura del 100% de la población con señales digitales
  • La transición a la TDT es el paso fundamental para mejorar la calidad, competencia y diversidad en el servicio de televisión abierta que se recibe en los hogares

 

El Pleno de la Plataforma de Reguladores del Sector Audiovisual de Iberoamérica (PRAI) otorgó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) un reconocimiento público por “haber liderado exitosamente la transición de la Televisión Digital Terrestre en México, convirtiendo a este país en la primera Nación de América Latina en finalizar la transición analógica a digital de la televisión radiodifundida”.

Los miembros del Pleno de la PRAI, presidido por Beatriz Quiñones, consideraron que gracias a la labor del IFT se logró liberar completamente la banda de 700 MHz y garantizar la “cobertura del 100 por ciento de la población de su territorio nacional, atendiendo con las señales de televisión radiodifundida en formato digital a través de la Norma ATSC en 537 estaciones de televisión”.

El organismo reconoció que México alcanzó un nivel de penetración de receptores digitales en cuando menos el 90 por ciento de los hogares de escasos recursos definidos por la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL).

La PRAI es un espacio de reflexión conjunta sobre la regulación de la televisión y otras formas de audiovisual y una plataforma de intercambio de información sobre aspectos legales y normativos de interés común a todos los reguladores. Se institucionalizó en septiembre de 2014 con representantes de Chile, Portugal, España, Colombia, Brasil, y Uruguay ante la necesidad de contar con reguladores fuertes para hacer frente a los desafíos que la convergencia, digital e internet suponen. México se integró a esta plataforma hace poco más de un año.

Cabe recordar que el 31 de diciembre de 2015 concluyó la transición de 537 estaciones de televisión en el país, con lo cual se alcanzó el 100% de estaciones susceptibles de cese de transmisiones analógicas. Con ello, se cumplió en tiempo y forma con lo establecido en el mandato constitucional establecido en el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6o., 7o., 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones, publicada el 11 de junio de 2013. Más información de las acciones realizadas por el IFT para concluir las transmisiones de señales analógicas de televisión puede consultarse en el Cuarto Informe Trimestral de Actividades del IFT correspondiente al cuarto trimestre de 2015. https://www.ift.org.mx/sites/default/files/ita4_2015.pdf

Cabe señalar, asimismo, que el Pleno del IFT resolvió el día de ayer el Programa de Continuidad para las estaciones y equipos complementarios de baja potencia, cuyo objetivo es establecer los términos para que las estaciones y equipos complementarios que continúan excepcionalmente realizando transmisiones analógicas, dejen de hacerlo.

De acuerdo con el Programa aprobado por el Pleno, todas las estaciones de baja potencia y equipos complementarios de zona de sombra deberán realizar transmisiones digitales a más tardar el 30 de septiembre de este año.

 

La transición a la TDT es el paso fundamental para mejorar la calidad, competencia y diversidad en el servicio de televisión abierta que se recibe en los hogares. Sus principales beneficios son: mayor oferta de canales, algunos en HD y mayor oferta de programas (multiprogramación); mejor calidad de audio e imagen y servicios interactivos como guía de programación, opciones de audio, subtítulos, entre otros. Otro de los beneficios de la transición es fomentar el sano desarrollo de los Concesionarios y Permisionarios de Televisión en un entorno de mayor competencia, cobertura y convergencia de servicios en beneficio del público, así como impulsar el uso racional y planificado del Espectro Radioeléctrico.

EL PLENO DEL IFT MULTA A TELEVISIÓN AZTECA POR INCUMPLIR CON LA POTENCIA RADIADA A LA QUE ESTABA OBLIGADA

 

  • La sanción económica asciende a 4.7 millones de pesos, equivalente al 1% de sus ingresos en 2014
  • Se acreditó que transgredió las condiciones que le impuso la extinta Cofetel para instalar, operar y usar temporalmente un canal adicional para realizar transmisiones digitales de su canal analógico

 

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió imponer a Televisión Azteca, S.A. de C.V. una multa mínima de $4,759,682.85 (cuatro millones setecientos cincuenta y nueve mil seiscientos ochenta y dos pesos 85/100 M.N.). en virtud de que se acreditó, mediante procedimiento administrativo, que emitía señales con una potencia radiada aparente menor a la autorizada en 2012 por la extinta Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), en la condición Primera de la Resolución por la que se le autorizó la instalación, operación y uso temporal de un canal adicional para realizar transmisiones digitales de su canal analógico.

La multa equivale al 1 por ciento de sus ingresos acumulables para el 2014, la cual se impuso por trasgredir lo establecido en el artículo 155 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) en relación con la condición Primera de la Resolución contenida en el oficio CFT/D01/STP/2172/12 del 10 de septiembre de 2012, lo anterior con fundamento en el artículo 298, inciso B), fracción IV de la misma ley.

El 10 de septiembre de 2012, Televisión Azteca recibió de la extinta Cofetel una autorización para la instalación, operación y uso temporal de un canal adicional para realizar transmisiones digitales simultáneas de su canal analógico con distintivo XHLLO-TV CANAL 44, bajo el distintivo XHLLO-TDT CANAL 33, tomando en consideración las características propuestas por la televisora, misma que fueron aceptadas conforme a los requerimientos técnicos del estándar de la TDT. Televisión Azteca tenía plazos específicos para concluir la instalación, realizar las pruebas técnicas, avisar al IFT y solicitar la visita de verificación correspondiente.

 

Una vez notificado de la conclusión de los trabajos de instalación, el IFT realizó una visita de verificación el 18 de mayo de 2015 en la planta transmisora de la estación de televisión con distintivo de llamada XHLLO-TDT CANAL 33, en la cual encontró que Televisión Azteca estaba transmitiendo con un transmisor de menor potencia, lo cual afecta la potencia radiada aparente. En este caso se detectó que operaba con una potencia radiada aparente de 3314.84 W, la cual es considerablemente menor a la autorizada ya que estaba obligada a transmitir con una potencia radiada aparente de 8740 W.

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