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Instituto Federal de Telecomunicaciones


Consulta pública sobre el “Anteproyecto de guía del procedimiento de dispensa o reducción del importe de multas en investigaciones de prácticas monopólicas relativas o concentraciones ilícitas, para los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión”

Objetivo

La Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones (en lo sucesivo, el “Instituto”) convencida de la importancia y relevancia de transparentar el proceso de elaboración de diversas disposiciones en materia de competencia económica en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, recibirá comentarios, opiniones y aportaciones de cualquier interesado a propósito del “Anteproyecto de guía del procedimiento de dispensa o reducción del importe de multas en investigaciones de prácticas monopólicas relativas o concentraciones ilícitas, para los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión” (en lo sucesivo, el “Anteproyecto”), el cual se propone con fundamento en los artículos 12, fracción XXII, párrafo tercero, inciso c), 28, fracción X, y 138 de la Ley Federal de Competencia Económica (en lo sucesivo, la “LFCE”); 187 de las Disposiciones Regulatorias de la Ley Federal de Competencia Económica para los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión; así como 4, fracción VI, y 62, fracción IV, del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones.

La guía tiene como objetivo orientar al público en general sobre el procedimiento de dispensa o reducción del importe de multas en investigaciones de prácticas monopólicas relativas o concentraciones ilícitas, para los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, particularmente sobre la información y documentos adecuados para satisfacer los requisitos establecidos en el artículo 100 de la LFCE. Se identifican las conductas anticompetitivas que pueden ser objeto del beneficio de dispensa o reducción del importe de multas; los requisitos que debe cumplir el escrito de solicitud; las actuaciones que pueden realizar tanto la Autoridad Investigadora como el solicitante durante el procedimiento; el sentido de la resolución que puede emitir el Pleno del Instituto y los elementos que puede tomar en consideración para ello; la conclusión o reanudación de la investigación, según corresponda; la verificación del cumplimiento de los compromisos, así como lo relativo a la clasificación de la información presentada.

En virtud de lo anterior, la presente consulta pública tiene por objeto transparentar y dar a conocer el Anteproyecto y su Análisis de Nulo Impacto Regulatorio, a efecto de que los interesados puedan tener un mayor entendimiento sobre sus medidas y términos propuestos por el Instituto y, a partir de ello, formular a este órgano regulador sus comentarios, opiniones o aportaciones que permitan fortalecer dicha disposición en materia de competencia económica, así como para afinar con mayor precisión los posibles impactos que se desprendan a razón de su posible entrada en vigor.

Publicación

01 de Octubre de 2018

Duración

Del 02 de Octubre de 2018 al 12 de Noviembre de 2018(30 días hábiles)

Descripción de la mecánica

El Instituto, a través de la Autoridad Investigadora, recibirá los comentarios, opiniones y aportaciones que se tengan con relación al contenido del Anteproyecto a través de la siguiente dirección de correo electrónico: consultadispensa@ift.org.mx, o bien, mediante escrito presentado en la Oficialía de Partes Común del Instituto ubicada en Insurgentes Sur 1143, colonia Nochebuena, Delegación Benito Juárez, C.P. 03720, de lunes a jueves de las 9:00 a las 18:30 horas y los viernes de las 9:00 a las 15:00 horas.

El Instituto pone a disposición de todos los interesados en participar en el presente proceso consultivo el “Formato para participar en la Consulta Pública”, disponible para su descarga al inicio de la columna derecha del presente apartado, a efecto de que el mismo sea contestado y remitido al Instituto conforme a lo señalado en el párrafo que precede.

La información que los interesados le hagan llegar al Instituto —de acuerdo a los plazos y términos descritos en esta mecánica— con relación al presente proceso consultivo, no tendrá carácter vinculante, sin perjuicio de que el Instituto pueda ponderarla en un documento que refleje los resultados de dicha consulta, el cual se hará público en el presente apartado, de manera previa a que el Pleno del Instituto tome una determinación sobre el presente asunto.

Para cualquier duda, comentario o inquietud sobre el presente proceso consultivo, el Instituto pone a disposición de todos los interesados, el siguiente punto de contacto: Jonathan López Torres, Director de Investigación de Prácticas Monopólicas y Concentraciones Ilícitas “C”, correo electrónico: jonathan.lopez@ift.org.mx y número telefónico (55) 5015 4000, extensión 4075, quién estará disponible en los mismos horarios de atención de la Oficialía de Partes Común del Instituto.

Con el propósito de asegurar una mayor accesibilidad e inclusión en sus procesos de consulta pública, el Instituto pone a disposición de todos los interesados los documentos e información materia del presente proceso consultivo, en distintos formatos (v.gr. archivos .docx y .pdf) a efecto de facilitar su manejo, lectura y decodificación a voz. En el caso, de cualquier discrepancia sobre la accesibilidad del presente apartado, favor de contactarnos a través del siguiente número telefónico 01 (800) 2000120, o bien en las siguientes direcciones de correo electrónico: atencion@ift.org.mx o jose.hernandez@ift.org.mx, para que, en un plazo no mayor a las 72 horas de recibida su petición, se le haga llegar el documento e información correspondiente en formato accesible.

Disposiciones aplicables

Una vez concluido el presente proceso consultivo, el Instituto no recibirá más comentarios, opiniones y aportaciones a razón de que este proceso se considerará culminado y cerrado.

No se atenderá ni publicará aquella información que no se encuentre relacionada con el objeto del presente proceso consultivo.

2018

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Comentarios, opiniones y respuestas recibidas

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Aviso

Para participar en la Consulta Pública no se requiere presentar información de identificación de los participantes, relativos a nombre completo o razón social, o algún otro dato personal. Por tanto, en el formato de participación no se establecen apartados en donde se requiera tal información.

Asimismo, se solicita a los participantes que se abstengan de proporcionar cualquier tipo de dato personal.

No obstante, en caso de que se presente información relativa a datos personales en los apartados del formato de participación correspondientes a comentarios, opiniones y aportaciones, esta autoridad realizará la versión pública del formato de participación correspondiente, a efecto de omitirlos.

Los comentarios, opiniones y aportaciones que reciba el Instituto con relación a la presente Consulta Pública, se identificarán únicamente como “Participante 1”, “Participante 2”, “Participante 3”, y así sucesivamente, conforme al orden cronológico en que se reciban.

Aunado a lo anterior, los comentarios, opiniones, y aportaciones que reciba el Instituto con relación a la presente Consulta Pública, serán publicados íntegramente en su portal de Internet de conformidad con lo previsto en el Octavo de los Lineamientos de Consulta Pública y Análisis de Impacto Regulatorio del Instituto Federal de Telecomunicaciones y, en ese sentido, serán considerados invariablemente públicos salvo por lo dispuesto en los párrafos anteriores, en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y los Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales del Sector Público.

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