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Instituto Federal de Telecomunicaciones


Consulta pública sobre el “Anteproyecto de Disposición Técnica IFT-012-2016: Especificaciones para el cumplimiento de los límites máximos de emisiones radioeléctricas no ionizantes. Índice de Absorción Específica (SAR)”.

Objetivo

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (en lo sucesivo, el “Instituto”) convencido de la importancia y relevancia de transparentar su proceso de elaboración de nuevas regulaciones, recibirá comentarios, opiniones y aportaciones de cualquier interesado a propósito del “Anteproyecto de Disposición Técnica IFT-012-2016: Especificaciones técnicas para el cumplimiento de los límites máximos de radiaciones no ionizantes de los productos, equipos, dispositivos o aparatos destinados a telecomunicaciones que pueden ser conectados a una red de telecomunicaciones y/o hacer uso del espectro radioeléctrico. Índice de Absorción Específica (SAR)” (en lo sucesivo, el “Anteproyecto”), el cual se propone con base en lo establecido en los artículos 54 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (en lo sucesivo, la “LFTR”) y 21 y 23 del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones.

Los objetivos principales del Anteproyecto consisten en: i) establecer los límites máximos de emisiones radioeléctricas de los productos, equipos, dispositivos o aparatos destinados a telecomunicaciones que pueden ser conectados a una red de telecomunicaciones o hacer uso del Espectro Radioeléctrico; ii) establecer las especificaciones técnicas para el cumplimiento de los límites establecidos, medidos en la proximidad del cuerpo humano, mediante el Índice de Absorción Específica (SAR) en el intervalo de 30 MHz a 6 GHz; iii) garantizar que los productos, equipos, dispositivos o aparatos destinados a telecomunicaciones que pueden ser conectados a una red de telecomunicaciones o hacer uso del espectro radioeléctrico, que se utilicen cerca de la cabeza, particularmente cerca del oído, cumplan con los límites básicos de exposición de emisiones radioeléctricas no ionizantes en el intervalo de frecuencias de 300 MHz a 6 GHz, y iv) garantizar que los productos, equipos, dispositivos o aparatos destinados a telecomunicaciones que pueden ser conectados a una red de telecomunicaciones o hacer uso del espectro radioeléctrico, que se utilicen a una distancia menor o igual a 200 mm del cuerpo humano, cumplan con los límites básicos de exposición de emisiones radioeléctricas no ionizantes en el intervalo de frecuencias 30 MHz a 6 GHz.

En virtud de lo anterior, la presente consulta pública tiene el objetivo de transparentar y dar a conocer la presente propuesta de regulación e información adicional a efecto de que los interesados en la misma, puedan tener un mayor entendimiento sobre sus medidas y términos propuestos por el Instituto y, a partir de ello, formular a este órgano regulador sus comentarios, opiniones o aportaciones que permitan fortalecer dicha propuesta normativa, así como para afinar con mayor precisión los posibles impactos que se desprendan a razón de su posible entrada en vigor.

Publicación

12 de Diciembre de 2016

Duración

Del 13 de Diciembre de 2016 al 23 de Marzo de 2017(61 días hábiles)

Descripción de la mecánica

El Instituto recibirá los comentarios, opiniones y aportaciones que se tengan con relación al contenido del Anteproyecto a través de la siguiente dirección de correo electrónico info.upr@ift.org.mx, o bien, mediante escrito presentado en la Oficialía de Partes Común del Instituto ubicada en Insurgentes Sur 1143, colonia Nochebuena, Delegación Benito Juárez, C.P. 03720, de lunes a jueves de las 9:00 a las 18:30 horas y el viernes de las 9:00 a las 15:00 horas.

El Instituto pone a disposición de todos los interesados en participar en el presente proceso consultivo el “Formato para participar en la Consulta Pública”, disponible para su descarga al inicio de la columna derecha del presente apartado, a efecto de que el mismo sea contestado y remitido al Instituto conforme a lo señalado en el párrafo que precede.

La información que los interesados le hagan llegar al Instituto –de acuerdo a los plazos y términos descritos en esta mecánica- con relación al presente proceso consultivo no tendrán carácter vinculante, sin perjuicio de que el Instituto pueda ponderarlos en un documento que refleje los resultados de dicha consulta, el cual será hará público en el presente apartado, de manera previa a la determinación que el Pleno del Instituto estime pertinente.

Para cualquier duda, comentario o inquietud sobre el presente proceso consultivo, el Instituto pone a disposición de todos los interesados, el siguiente punto de contacto: Mtra. María Isabel Reza Meneses, correo electrónico: maria.reza@ift.org.mx y número telefónico (55) 5015 4000 ext. 2495, quién estará disponible en los mismos horarios de atención de la Oficialía de Partes Común del Instituto.

Con el propósito de asegurar una mayor accesibilidad e inclusión en sus procesos de consulta pública, el Instituto pone a disposición de todos los interesados los documentos e información materia del presente proceso consultivo, en distintos formatos (v.gr. archivos .docx y .pdf) a efecto de facilitar su manejo, lectura y decodificación a voz. En el caso, de cualquier discrepancia sobre la accesibilidad del presente apartado, favor de contactarnos a través del siguiente número telefónico 01 (800) 2000120, o bien, en las siguientes direcciones de correo electrónico atencion@ift.org.mx  o jose.hernandez@ift.org.mx, para que, en un plazo no mayor a las 72 horas de recibida su petición, se le haga llegar el documento e información correspondiente en formato accesible.

Disposiciones aplicables

Una vez concluido el presente proceso consultivo, el Instituto no recibirá más comentarios, opiniones y aportaciones a razón de que este proceso se considerará culminado y cerrado.

En caso que la información que se le haga llegar al Instituto sobre el presente proceso consultivo sea realizada en representación de otra persona, sea moral o física, deberá adjuntarse de forma electrónica, copia simple del documento con el que se acredite dicha representación, por lo que, en caso contrario, la petición será entendida y registrada en el presente apartado a título personal del remitente.

No se atenderá ni publicará aquella información que no se encuentren relacionada con el objeto del presente proceso consultivo.

2016

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Aviso

Los comentarios, opiniones y aportaciones que reciba el Instituto con relación a la presente Consulta Pública, serán publicados íntegramente en su portal de internet y, en ese sentido, serán considerados invariablemente públicos salvo por lo dispuesto en la normatividad vigente en materia de transparencia y acceso a la información pública, protección de datos personales o cualquier otra.

De acuerdo a lo señalado en el “Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprueba su calendario anual de sesiones ordinarias y el calendario anual de labores para el año 2016 y principios de 2017”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 24 de diciembre de 2015, el periodo comprendido entre el 22 de diciembre de 2016 al 4 de enero de 2017, se suspenderán labores en el Instituto, además de los sábados y domingos, al ser considerados días inhábiles. Los comentarios, opiniones y aportaciones que el Instituto reciba durante dicho período, a través de la cuenta de correo electrónico habilitada para tales efectos, los mismos serán reflejados en el portal de internet del Instituto a partir del día 5 de enero de 2017.

Por su parte, sin detrimento de lo anterior, a razón de la entrada en vigor del “Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprueba su calendario anual de sesiones ordinarias y el calendario anual de labores para el año 2017 y principios de 2018”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de diciembre de 2016, la vigencia de la presente consulta pública fue adecuado y extendido al 21 de febrero de 2017.

El 15 de febrero de 2017, en su VI Sesión Ordinaria del presente año, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprobó extender la vigencia de la presente consulta pública por 30 (treinta) días naturales adicionales al plazo originalmente previsto. De esta forma, los interesados en el presente proceso consultivo podrán enviar al Instituto sus comentarios, opiniones y aportaciones que estimen conforme a la mecánica y disposiciones previstas en el presente apartado, hasta el día 23 de marzo de 2017.

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