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Instituto Federal de Telecomunicaciones


El Pleno del IFT emite los Lineamientos Generales para el Otorgamiento de Concesiones de Telecomunicaciones y Radiodifusión (Comunicado 54/2015)

EL PLENO DEL IFT EMITE LOS LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL OTORGAMIENTO DE CONCESIONES DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN 

·         Se establecen también los términos en que deberán acreditarse los requisitos para el otorgamiento de concesiones de uso social comunitarias e indígenas

·         Acuerda someter a consulta pública tres anteproyectos, uno respecto de los lineamientos sobre los Derechos de las Audiencias, otro sobre las propuestas de Ofertas de Referencia del AEP y una más sobre lineamientos para la autorización del arrendamiento del espectro radioeléctrico

·         Resuelve siete desacuerdos de interconexión entre concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones

·         Acuerda expedir cinco títulos de permiso para usar con fines oficiales, igual número de frecuencias de estaciones de radio y dos títulos de permiso, para fines culturales a estaciones de radiodifusión para instituciones educativas de nivel superior

 

 

 

 

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó y emitió los Lineamientos Generales para el otorgamiento de las concesiones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, dentro del cual se prevén la concesión única y la concesión sobre espectro radioeléctrico y recursos orbitales, para uso comercial, público, privado y social (comunitario e indígena), conforme a lo previsto en el Título Cuarto de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Estos lineamientos permiten a los interesados conocer de manera clara y precisa los requisitos aplicables en la obtención de los diversos tipos y usos de concesiones previstos en el marco legal, además de señalar los términos en que éstos pueden acreditarse.

El documento aprobado por el Pleno contiene un capítulo en el que se establecen los requisitos que deben cumplir los actuales concesionarios de telecomunicaciones y radiodifusión que obtuvieron sus respectivos títulos al amparo de la Ley Federal de Telecomunicaciones y la Ley Federal de Radio y Televisión -hoy abrogadas-, para transitar al nuevo régimen de concesionamiento que establece la Ley.

También se definen los criterios aplicables a los actuales concesionarios de servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión para la transición a la concesión única y la consolidación de sus concesiones.

De igual forma, se establecen los términos en que deberán acreditarse los requisitos previstos para el otorgamiento de concesiones de uso social comunitarias e indígenas.

Como se informó oportunamente, el IFT realizó la respectiva consulta pública sobre el anteproyecto de los Lineamientos; así, los comentarios recibidos contribuyeron a robustecer el documento que aprobó el Pleno.

Asimismo, en colaboración con la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) y el Instituto Nacional para las Lenguas Indígenas (INALI), el IFT realizó una consulta indígena en la cual se recibieron los comentarios, opiniones y propuestas de los representantes de los pueblos indígenas del país, a través de sus representantes, de conformidad con el Protocolo de Implementación elaborado por el Instituto, con el apoyo de la CDI.

Para este ejercicio, el Instituto, en colaboración con el INALI, llevó a cabo la traducción de un extracto del Anteproyecto de Lineamientos a 10 lenguas indígenas señaladas por el propio INALI en razón de la mecánica de la consulta indígena.

La consulta indígena constó de dos primeras fases, la Informativa y la Consultiva, en un total de seis Talleres Regionales que a propuesta de la CDI, por ser geográficamente accesibles para los diversos pueblos indígenas, se realizaron en el Distrito Federal, Guadalajara, Jal. y San Cristóbal de las Casas, Chis.

Adicionalmente, se abrió una cuenta de correo electrónico y se colocó una sección dentro del portal del IFT en la que se incluyó tanto el Anteproyecto de Lineamientos como los textos de las 10 traducciones de los extractos y sus respectivos archivos de audio, así como las conclusiones generales de cada uno de los Talleres de Consulta y los documentos por escrito que entregaron los participantes de la consulta a funcionarios del Instituto.

Los comentarios y propuestas recibidas se consolidaron en un Documento de Devolución de Resultados, en el cual se describen de manera detallada las razones por las cuales se adoptaron o no los comentarios vertidos en los Foros Informativos y Talleres de Consulta en los Lineamientos; este documento se publicará en el portal de Internet del Instituto, de la CDI y del INALI; y será dado a conocer a los pueblos y comunidades indígenas del país por medio de un “Foro Nacional de Devolución y Difusión de Resultados“ con esto se concluirá la tercera fase de la Consulta, denominada Fase de Devolución.

En apego a lo previsto en el Protocolo de Implementación, el IFT elaborará un manual en el que se describa de manera sencilla el procedimiento para la obtención de concesiones de uso social indígena previsto por los Lineamientos que sea accesible y culturalmente adecuado para las comunidades y pueblos indígenas.

En los próximos días los Lineamientos será publicado en el Diario Oficial de la Federación, para su entrada en vigor y debida aplicación y estará disponible en la página de Internet del Instituto.

Por otro lado, el Pleno acordó someter a consulta pública el Anteproyecto de Lineamientos Generales sobre los Derechos de las Audiencias, en el cual se proponen las condiciones regulatorias que brinden certeza y claridad al ejercicio de esta defensa, así como también que se respete la libertad de expresión de los concesionarios.

La ley establece la obligación al Instituto de emitir lineamientos a los que se deberán ajustar los códigos de ética que expidan los concesionarios de radiodifusión o de televisión y/o audio restringidos, así como establecer las obligaciones mínimas que tendrán los defensores de las audiencias para la adecuada protección de estos derechos.

 

Este documento que estará a disposición de la sociedad en general para su consulta y comentarios, a partir de su publicación durante 20 días hábiles, se plantean los procedimientos, principios, criterios y mecanismos que permitan dotar de eficacia a los derechos de las audiencias,  para el debido ejercicio de las funciones del Instituto, particularmente para la vigilancia y sanción en materia de defensa de las audiencias en general;  así como, en particular, de las audiencias infantiles y con discapacidad, además de cumplir con el mandato expreso de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

 

Asimismo, acordó someter a consulta pública las propuestas de Ofertas de Referencia presentadas por el Agente Económico Preponderante en el sector de las telecomunicaciones, con el fin de recibir los comentarios y opiniones de la industria, académicos, analistas y sociedad en general sobre las principales condiciones técnicas y operativas para la prestación de los servicios mayoristas a los operadores móviles virtuales; la prestación del servicio mayorista de usuario visitante a otros concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones; la prestación del servicio mayorista de arrendamiento de enlaces dedicados locales, de larga distancia nacional, de larga distancia internacional, la compartición de infraestructura pasiva de telecomunicaciones, así como los el convenio marco de interconexión con la red fija y con la red móvil del agente económico preponderante.

Dichas condiciones técnicas y operativas serían aplicables al AEP, por lo que los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones y comercializadores que soliciten los diferentes servicios tendrán a su disposición un marco de referencia para este proceso en condiciones equitativas para todos los participantes del sector.

Por otra parte, el Pleno acordó someter a consulta pública el Anteproyecto de Lineamientos generales sobre la autorización de arrendamiento de espectro radioeléctrico, con el fin de recibir las opiniones y comentarios sobre este documento en el que se plantean disposiciones para regular este mecanismo.

El arrendamiento de espectro es una figura prevista en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, por lo que se considera conveniente su regulación con el fin de contribuir a la flexibilidad, agilidad y dinamismo del mercado secundario de espectro radioeléctrico.

 

En otros asuntos, el Pleno del IFT resolvió  siete desacuerdos de interconexión entre concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones, en las cuales estableció las condiciones y tarifas que deberán aplicar para el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2015.

 

También se resolvió expedir cinco títulos de permiso para usar con fines oficiales, igual número de frecuencias de estaciones de radio; de éstos, tres corresponden al Gobierno del Estado de México, uno al Gobierno de Quintana Roo y otro más al Gobierno de Puebla.

De igual forma, se acordó expedir dos títulos de permiso para operar estaciones de radiodifusión con fines culturales en favor de dos instituciones educativas de nivel superior en las ciudades de Monterrey, N.L. y Querétaro, Qro., de los cuales, uno es para televisión y otro para radio, respectivamente.

Asimismo, el Pleno aprobó expedir un título de concesión para, usar, aprovechar y explotar una frecuencia para una estación de radio comercial en Guadalajara, Jalisco.

Respecto de concesiones para uso público, se acordó determinar la procedencia de la solicitud de prórroga y otorgar concesión única en seis solicitudes para la prestación del servicio púbico de televisión a favor del Gobierno de Hidalgo.

Por último, en un esfuerzo por atender diversos asuntos que en su oportunidad fueron ingresados ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes o la extinta Comisión Federal de Telecomunicaciones, así como otros tantos presentados ya ante este Instituto, el Pleno resolvió 41 solicitudes de cesiones de derechos de concesiones -27 del servicio de radiodifusión y 14 del servicio de telecomunicaciones-; 15 solicitudes de autorización para llevar a cabo diversos movimientos accionarios de actuales concesionarios -3 de radiodifusión y 12 de telecomunicaciones-; 29 solicitudes de ampliación de cobertura de concesiones de servicios de telecomunicaciones, así como 17 solicitudes diversas de modificaciones de concesiones de telecomunicaciones. 

 

 

 

 

 

 

 

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El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) es el órgano autónomo encargado de regular, promover y supervisar el desarrollo eficiente  en los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones en México, además de ejercer de forma exclusiva las facultades en materia de competencia económica en dichos sectores, de conformidad con el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6, 7, 27, 28, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2013.

 

Coordinación General de Comunicación Social

Insurgentes Sur 1143 1er. Piso, Col. Nochebuena,

Benito Juárez.  C.P. 03720

Tels. 50 15 40 21 y 50 15 42 00

 

www.ift.org.mx 

 Fecha del Comunicado: 13 July 2015

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