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El Pleno del IFT aprueba los estatutos sociales constitutivos de las empresas que surgirán de la separación funcional de Telmex y Telnor (Comunicado 49/2018) 29 de junio

EL PLENO DEL IFT APRUEBA LOS ESTATUTOS SOCIALES CONSTITUTIVOS DE LAS EMPRESAS QUE SURGIRÁN DE LA SEPARACIÓN FUNCIONAL DE TELMEX Y TELNOR

 

  • Los estatutos establecen la prestación exclusiva de servicios mayoristas de telecomunicaciones como el objeto social de las nuevas empresas y regularán su estructura y el funcionamiento de sus órganos de decisión, administración y gobierno corporativo durante el periodo de transición.
  • Con estos se podrá proseguir con la constitución de las tres sociedades: las empresas mayoristas de Telmex (UMT) y Telnor (UMNOR) y la sociedad subcontroladora (SUM).

 

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó los estatutos sociales constitutivos de las empresas mayoristas que surgirán del proceso ordenado el 27 de febrero de 2018 en el Plan Final de Separación Funcional de Telmex y Telnor.

De acuerdo con el calendario de hitos del Plan, se estableció que el Agente Económico Preponderante en el sector de Telecomunicaciones (AEPT) debía presentar, para autorización del IFT, su propuesta de estatutos sociales constitutivos de UMT y UMNOR -las empresas mayoristas resultantes del proceso de separación de Telmex y Telnor, respectivamente-, así como la propuesta de estatutos sociales de SUM, la sociedad subcontroladora de UMNOR.

Derivado del Plan Final de Separación Funcional, los estatutos sociales constitutivos aprobados por el Pleno establecen la prestación exclusiva de servicios mayoristas de telecomunicaciones como el objeto social de las nuevas empresas, es decir, que no darán servicio al usuario final, sino solamente a los operadores; y regularán su estructura y el funcionamiento de sus órganos de decisión, administración y gobierno corporativo durante el periodo de transición.

Los estatutos aprobados por el Pleno contemplan que el AEPT tenga la opción de nombrar a un administrador único o a un consejo de administración temporal que le permita cumplir con el segundo hito del calendario, correspondiente a la constitución de UMT, UMNOR y SUM, y que operará máximo hasta el 31 de diciembre de 2018, fecha límite para que quede conformado el Consejo de Administración Independiente de UMT y, en su caso, el de UMNOR.

La separación funcional fue ordenada por el IFT como resultado de la revisión bienal sobre la efectividad de la regulación asimétrica impuesta al AEPT. En dicha revisión se determinó la pertinencia de separar funcionalmente a la empresa que tiene la red local de mayor cobertura en el territorio nacional como una medida adicional para asegurar que los operadores tengan acceso efectivo a insumos esenciales en los mismos términos y condiciones, como lo ordena la Constitución.

Esta medida, que deberá concluir su implementación a más tardar al cierre del primer trimestre de 2020, es consistente con las mejores prácticas internacionales implementadas en países como Reino Unido, Nueva Zelanda y Australia, en donde se ha incrementado el acceso a la red del operador histórico por parte de los competidores y, con ello, la penetración del servicio de banda ancha fija.

 Fecha del Comunicado: 29 June 2018

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