El Pleno del IFT aprueba concluir la vigencia del Acuerdo de suspensión de plazos y términos emitido con motivo de la contingencia por Covid-19. (Comunicado 65/2021) 05 de agosto
Ciudad de México, a 5 de agosto de 2021
EL PLENO DEL IFT APRUEBA CONCLUIR LA VIGENCIA
DEL ACUERDO DE SUSPENSIÓN DE PLAZOS Y TÉRMINOS
EMITIDO CON MOTIVO DE LA CONTIGENCIA POR COVID-19
- Emitió un Acuerdo que determinó dar por concluida la vigencia del diverso emitido con motivo de las medidas de contingencia por la pandemia de coronavirus COVID-19, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 3 de julio de 2020, y sus modificaciones publicadas en el mismo medio de difusión oficial el 19 de octubre y el 28 de diciembre de 2020.
- Con este nuevo acuerdo que entrará en vigor al día hábil siguiente al de su publicación en el DOF, se determina continuar, iniciar o reanudar, según sea el caso, el curso legal y el cómputo de plazos y términos de todos los trámites, actuaciones, investigaciones y procedimientos que se llevan ante este Instituto, entre otros, los relativos a la supervisión de agentes económicos preponderantes y procedimientos seguidos en forma de juicio.
- Además, contempla que, para algunos trámites y procedimientos, los interesados o representantes legales podrán manifestar de forma expresa su aceptación para que las notificaciones de requerimientos, prevenciones, solicitudes de información o documentos, así como la notificación de la resolución correspondiente o cualquier otro acto que se realice con relación a dichos trámites y procedimientos, se lleven a cabo por medios de comunicación electrónica.
- El Pleno aprobó también someter a consultas públicas las ofertas de referencia de los integrantes del Agente Económico Preponderante (AEP) en telecomunicaciones.
Ante la contingencia sanitaria, el año pasado se emitió el Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones, por causa de fuerza mayor, determina los casos en que se suspenden los plazos y términos de ley, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28, párrafos segundo y tercero de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 115, segundo párrafo y 121 de la Ley Federal de Competencia Económica, con motivo de las medidas de contingencia por la pandemia de coronavirus COVID-19, así como sus excepciones, a fin de preservar las funciones esenciales a cargo del propio Instituto y garantizar la continuidad y calidad en la prestación de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión.
En su XIV Sesión Ordinaria celebrada ayer, el Pleno determinó concluir la vigencia de dicho Acuerdo con la finalidad de continuar, iniciar o reanudar, según sea el caso, el curso legal y el cómputo de plazos y términos de todos los trámites, actuaciones, investigaciones y procedimientos en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, así como en materia de competencia económica en dichos sectores, que se llevan ante este Instituto, entre otros, los relativos a la supervisión de agentes económicos preponderantes y procedimientos seguidos en forma de juicio.
Estas acciones se realizarán siempre salvaguardando la integridad y salud de las personas servidoras públicas y del público en general, mediante la continuación de esquemas de teletrabajo y en caso de ser indispensable, por las funciones que desempeñan, con la presencia de personas servidoras públicas bajo un esquema de trabajo flexible que evite la concentración o aglomeración de personas en las instalaciones del Instituto, pues no pasa desapercibido que la pandemia aún subsiste y sigue siendo un peligro para la salud.
El acuerdo aprobado por el Pleno contempla, entre otros aspectos, que:
a) Los trámites, actuaciones, investigaciones y procedimientos señalados en el acuerdo que concluye su vigencia, continuarán su curso legal con base en las disposiciones jurídicas que les son aplicables.
b) Los trámites, actuaciones, investigaciones y procedimientos señalados en el acuerdo que concluye su vigencia, determinados para ser sustanciados por medios de comunicación electrónica, continuarán su curso legal por esa vía hasta su conclusión y apegados a las disposiciones jurídicas que les resulten aplicables, en aquellos casos en los que el promovente o interesado manifestó su aceptación para que se prosiguieran a través de esos medios de comunicación electrónica.
c) Se reanudan o inician para el Instituto los cómputos de plazos y términos de ley establecidos en días hábiles, incluyendo aquellos fijados por periodos o días naturales para todos los trámites, actuaciones, investigaciones y procedimientos no previstos en el acuerdo que concluye su vigencia, así como los trámites que hayan sido presentados ante la Oficialía de Partes Común del Instituto, en los que no se manifestó la aceptación expresa por parte del promovente o interesado para proseguirlos a través de medios electrónicos.
d) Se contemplan esquemas de teletrabajo y trabajo flexible para hacer frente a las condiciones actuales.
e) Se especifican trámites y procedimientos a cargo de la UCS, UMCA, UCE y UER en los que el interesado o su representante legal podrán manifestar de forma expresa su aceptación para que las notificaciones de requerimientos, prevenciones, solicitudes de información o documentos, así como la notificación de la resolución correspondiente o cualquier otro acto que se realice en dichos trámites y procedimientos, se lleven a cabo por medios de comunicación electrónica.
f) Este nuevo acuerdo entrará en vigor al día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y, a partir del quinto día hábil posterior a ello, comenzará a correr el plazo de 20 días hábiles para que, por escrito y de manera física, se presente ante la Oficialía de Partes Común del Instituto, toda la documentación original y completa relativa a aquella que se remitió en forma digitalizada, para sustanciar trámites y procedimientos que se realizaron en términos de lo previsto en el acuerdo que concluye su vigencia.
Con estas acciones, el IFT continúa trabajando para garantizar el cumplimiento de su mandato constitucional de vigilar la continuidad y calidad en los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión en beneficio de todos los usuarios y audiencias en México.
Por otra parte, durante la misma sesión ordinaria, el Pleno aprobó someter a consultas públicas las ofertas de referencia de los integrantes del Agente Económico Preponderante (AEP) en telecomunicaciones.
La primera consulta se refiere a las propuestas de Ofertas de Referencia de los Servicios de Usuario Visitante, Comercialización o Reventa de Servicios y de Acceso y Uso Compartido de Infraestructura Pasiva presentadas por Radiomóvil Dipsa, S.A. de C.V. y Operadora de Sites Mexicanos, S.A. de C.V., aplicables del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2022.
El segundo proceso de consulta pública se refiere a las propuestas de Ofertas de Referencia de los Servicios de Enlaces Dedicados Locales y de Interconexión, de Enlaces Dedicados entre Localidades y de Larga Distancia Internacional y de Acceso y Uso Compartido de Infraestructura Pasiva presentadas por Teléfonos de México, S.A.B. de C.V., Teléfonos del Noroeste, S.A. de C.V., Red Nacional Última Milla, S.A.P.I de C.V. y Red Última Milla del Noroeste, S.A.P.I de C.V aplicables del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2022. De acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 y en el Anexo 2 de las Medidas de Preponderancia, el AEP en telecomunicaciones y sus integrantes en el mes de julio de cada año deben presentar ante el IFT sus respectivas propuestas de Ofertas de Referencia, para revisión y aprobación del propio Instituto.
En ambos casos las propuestas de ofertas serán sometidas a consulta pública con el objetivo de conocer las opiniones de la industria, cámaras, academia e interesados en general, por un periodo de 30 días naturales, a partir del 9 de agosto de 2021.
El contar con Ofertas de referencia –las cuales deberán ser aprobadas por el Pleno del IFT una vez que sean modificadas conforme a los comentarios vertidos en las consultas y por el propio Instituto- facilita la prestación de servicios mayoristas a otros concesionarios o autorizados; permite obtener condiciones básicas en la prestación de servicios mayoristas con menores costos de transacción; hace del conocimiento de los concesionarios y autorizados solicitantes las condiciones jurídicas, económicas y técnicas generales para la prestación de los servicios mayoristas; y hace transparentes las tarifas y condiciones que podrá establecer el AEP en la prestación de servicios mayoristas a operadores.
En la misma sesión, el Pleno resolvió favorablemente el otorgamiento de una nueva concesión para prestar el servicio de radiodifusión sonora en FM para uso comunitario a favor de Grupo Radio Huejúcar, A.C., en la localidad de Huejúcar, Jalisco, en la frecuencia la 107.5 MHz y con distintivo de llamada XHSCCR-FM.
De igual forma, el Pleno autorizó al concesionario Rey Tariacuri, A.C. el cambio de modalidad de la concesión para uso social que le fue otorgada en el año 2015, al amparo de la cual opera la estación XHUET-FM con la frecuencia 103.5 MHz en Huetámo, Michoacán, para ser ahora una concesionaria de uso comunitario.
En ambos casos, los interesados acreditaron, entre otras cosas, que operarán las estaciones bajo los principios de participación ciudadana directa, convivencia social, equidad, igualdad de género y pluralidad, tal y como lo dispone la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y los Lineamientos Generales para el Otorgamiento de las Concesiones emitidos por este Instituto.
Asimismo, el Pleno resolvió otorgar a la C. María de Jesús López Rodríguez una concesión para uso social, prestar el servicio de radiodifusión sonora en AM en la localidad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, con la frecuencia 930 KHz y distintivo de llamada XECSDC-AM, al haber acreditado que los propósitos de la estación son educativos, culturales y a la comunidad, tal y como lo dispone el marco legal y regulatorio.