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Instituto Federal de Telecomunicaciones


El Instituto Federal de Telecomunicaciones aclara desinformación emitida por la Representación Comercial de Estados Unidos de América. (Comunicado 28/2021) 09 de abril

 

Ciudad de México a 9 de abril de 2021

 

 

EL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES ACLARA
DESINFORMACIÓN EMITIDA POR LA REPRESENTACIÓN COMERCIAL
DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

  • La separación funcional de Telmex y Telnor sí se concretó en marzo de 2020, es decir, dentro del plazo otorgado originalmente por el IFT al AEP en Telecomunicaciones, sin mediar ampliación o suspensión alguna sobre dicho plazo.
  • Una vez concluido el periodo de implementación de la separación funcional, el IFT ha dado seguimiento al cumplimiento de la regulación asimétrica por parte de todos los agentes económicos a quienes les aplica, incluidas las Empresas Mayoristas.
  • El IFT lamenta que desde una oficina de alto nivel del gobierno de Estados Unidos de América se emita desinformación como la referida, la cual afecta la visión sobre el actuar de este órgano regulador y su desempeño en el ámbito internacional

En relación al “Informe de Estimación del Comercio Nacional 2021 sobre Barreras al Comercio Exterior”, emitido recientemente por la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos de América (USTR, por sus siglas en inglés), que en su página 362 señala  que el proceso de separación funcional de Telmex y Telnor -declarados en 2014 como integrantes del Agente Económico Preponderante (AEP) en Telecomunicaciones - no se concretó en marzo de 2020 debido a que tuvo que ser suspendido a causa de la pandemia por la COVID-19 e insta a que se fije una nueva fecha, tan pronto como sea posible, para que se implemente en su totalidad, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), informa:

La afirmación de la USTR es falsa. La separación funcional de Telmex y Telnor sí se concretó en marzo de 2020, es decir, dentro del plazo otorgado originalmente por el IFT al AEP en telecomunicaciones, sin mediar ampliación o suspensión alguna sobre dicho plazo. 

En consecuencia, las nuevas Empresas Mayoristas, Red Nacional Última Milla, S.A.P.I. de C.V. y Red Última Milla del Noroeste, S.A.P.I. de C.V., han estado operando de manera independiente en la provisión de los servicios mayoristas que les fueron asignados, como lo mandató el Pleno en la Resolución Bienal de 2017, para asegurar que otros operadores tengan acceso a los insumos, en los mismos términos y condiciones, y con ello se abone al mandato constitucional de llevar servicios de telecomunicaciones a toda la población.

Como parte de la implementación de dicho proceso, destacan las siguientes actividades:

  • Aprobación de los Estatutos Sociales Constitutivos (junio 2018)

  • Constitución de las Empresas Mayoristas (junio 2018)

  • Presentación del Plan de Productividad (septiembre 2018)

  • Aprobación de los Estatutos Sociales Finales (octubre 2018)

  • Constitución del Consejo de Administración (diciembre 2018)

  • Implementación del Sistema Integrador para Operadores y publicación del manual (septiembre 2019)

  • Presentación de los Planes de migración de personal, transferencia de recursos y de elementos de red e infraestructura (septiembre 2019)

  • Aprobación del Código de Ética (octubre 2019)

  • Acuerdo de transferencia de personal (enero 2020)

  • Aprobación del Código de Actuación y Conducta (febrero 2020)

  • Aprobación de las Ofertas de Referencia (febrero 2020)

  • Otorgamiento de Títulos de Concesión (marzo 2020)

 

Una vez concluido el periodo de implementación de la separación funcional, el IFT ha dado seguimiento al cumplimiento de la regulación asimétrica por parte de todos los agentes económicos a quienes les aplica, incluidas las Empresas Mayoristas. De marzo 2020 a la fecha se han llevado a cabo las siguientes acciones:

  • Revisión y aprobación de las ofertas de referencias presentadas por las Empresas Mayoristas vigentes en 2021 (diciembre 2020).

  • Entrega por parte de las Empresas Mayoristas de:

  • Reportes trimestrales de cumplimiento de obligaciones, de conformidad con lo señalado en el Apartado 5 del Plan final de separación funcional, y desahogo de requerimientos adicionales realizados por la Unidad de Cumplimiento.

  • Reportes trimestrales de Indicadores Clave de Desempeño.

  • Notificación sobre actualización a los módulos del Sistema Integrador para Operadores (noviembre de 2020)

  • Aprobación de los manuales de creación de red y nuevos servicios presentados por las Empresas Mayoristas (marzo 2021).

  • Revisión conjunta sobre los procedimientos y términos para la entrega en agosto de 2021 de la información de separación contable de las Empresas Mayoristas correspondiente al año fiscal 2020 (2021).

Mediante la implementación de la separación funcional y la aplicación de diversas medidas asimétricas, se realizan las acciones necesarias para eliminar barreras a la competencia y libre concurrencia, en beneficio de los usuarios finales de servicios de telecomunicaciones.

Ante esto, el IFT lamenta que desde una oficina de alto nivel del gobierno de Estados Unidos de América se emita desinformación como la referida, la cual afecta la visión sobre el actuar de este órgano regulador y su desempeño en el ámbito internacional.

El IFT solicita que la USTR rectifique los señalamientos referidos e invita abiertamente a esta instancia a que, en lo sucesivo, establezca contacto con este Instituto para no incurrir nuevamente en la difusión de información errónea.

 Fecha del Comunicado: 09 April 2021

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