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Instituto Federal de Telecomunicaciones


El IFT aprueba su Anteproyecto de Presupuesto para el ejercicio fiscal 2017 (Comunicado 90/2016)

EL IFT APRUEBA SU ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTO PARA

EL EJERCICIO FISCAL 2017

 

  • Propone un monto total de 1,980 millones de pesos, lo que representa una disminución de 4.1% y 9.5% en términos reales, en comparación al presupuesto autorizado el año pasado y contra su primer presupuesto como ente autónomo en 2014, respectivamente.
  • Realizó modificaciones al Programa de trabajo para garantizar el uso óptimo de las bandas 700 MHz y 2.5 GHz bajo principios de acceso universal, no discriminatorio, compartido y continúo, y al programa de trabajo para reorganizar el espectro radioeléctrico a estaciones de radio y televisión, contenidos dentro de los elementos a incluirse en el Programa Nacional de Espectro Radioeléctrico
  • Aprobó los Lineamientos para el acceso efectivo y compartido a la infraestructura de la CFE, por parte de Telecomm, para la construcción y crecimiento de la Red Troncal

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó el Anteproyecto de Presupuesto para el ejercicio fiscal 2017, el cual incorpora un monto total de 1,980 millones de pesos (mil novecientos ochenta millones de pesos 00/100 M.N.), lo que representa una disminución real acumulada del 9.5% desde su primer presupuesto autorizado como ente autónomo en 2014, y un decremento real de 4.1% respecto al Presupuesto Autorizado 2016.

En la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto se atendió a los criterios de austeridad, racionalidad y disciplina en el gasto público que el Instituto ha venido observando desde su creación, así como a los principios determinados en la normativa presupuestaria aplicable.

El anteproyecto será enviado a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a efecto de integrarlo al proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación.

Por otra parte, el Pleno del Instituto resolvió modificar las fechas de diversas acciones del “Plan para la banda de 2.5 GHz”, contenidas en los elementos a incluirse en el Programa Nacional de Espectro Radioeléctrico (PNER), a que se refiere el artículo Décimo Séptimo Transitorio del Decreto de Reforma Constitucional en materia de telecomunicaciones; así como precisiones al proceso de reordenamiento de la banda de 470 – 512 MHz, relacionada con su eventual atribución exclusiva para servicios de radiodifusión, que forman parte del “Plan de acciones específicas para la reorganización de bandas de radio y televisión” del PNER.

Particularmente, se modificó la fecha de inicio del proceso de ejecución de la licitación pública de la banda de 2.5 GHz al tercer trimestre del 2017 y la fecha de conclusión del proceso de ejecución para el segundo trimestre del 2018. Estas modificaciones a las fechas permitirán una mayor concurrencia al proceso licitatorio, incluido, en su caso, el ganador del concurso de la Red Compartida que lleva la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), previsto ahora para finalizar en enero del 2017, conforme al calendario recientemente modificado por esa secretaría.

Aun cuando el inicio de la ejecución de la licitación será durante el tercer trimestre del 2017, en 2016 el Instituto avanzará en la planeación del proceso licitatorio a través de un estudio integral sobre la mejor forma de licitar la banda de 2.5 GHz, que incluye aspectos como: el tamaño de los bloques mínimos a licitar, el mecanismo de licitación, el tipo de los bloques (nacionales vs. regionales), la cantidad de espectro que se pondrá a disposición del mercado, los valores mínimos de referencia y el impacto cruzado que tendrá la licitación de la Red Compartida. Como en ocasiones anteriores, se tiene también previsto someter a la opinión del público en general el proyecto de pre bases de licitación, antes de emitir las bases definitivas durante el tercer trimestre del 2017.

Esta modificación atiende, además, a observaciones recibidas por la SCT, en función de favorecer una mayor concurrencia en el proceso licitatorio de la banda de 2.5 GHz, pues para entonces habrá concluido el proceso licitatorio que el gobierno federal lleva a cabo de la Red Compartida. Su integración como nuevo operador en el mercado permitirá al Instituto contar con más información para la definición adecuada de los términos específicos para la emisión de la convocatoria y las bases de la licitación de la banda de 2.5 GHz.

De la misma forma, el Pleno aprobó realizar una precisión al texto de la acción relacionada con el diseño y ejecución del reordenamiento de la banda de 470 – 512 MHz, para su eventual atribución en exclusiva a servicios de radiodifusión, dentro del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias, y modificar la fecha de conclusión de este proceso al segundo trimestre del 2018, para que sea acorde con el proceso de reordenamiento de la banda de 600 MHz previsto en el Programa de Trabajo para Reorganizar el Espectro Radioeléctrico a Estaciones de Radio y Televisión, que forma parte del PNER.

La nueva versión actualizada de los “Elementos a incluirse en el Programa Nacional de Espectro Radioeléctrico y en el Programa de Trabajo para Garantizar el Uso Óptimo de las Bandas 700 MHz y 2.5 GHz bajo principios de Acceso Universal, No discriminatorio, Compartido y Continuo; así como a las Propuestas de Acciones Correspondientes a otras Autoridades; y el Programa de Trabajo para Reorganizar el Espectro Radioeléctrico a Estaciones de Radio y Televisión emitido por el Instituto” estará accesible en breve en el portal de Internet del Instituto, www.ift.org.mx.

En la misma sesión, el Pleno del IFT acordó emitir los lineamientos para el acceso efectivo y compartido a la infraestructura de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), por parte de Telecomunicaciones de México (Telecomm), en cumplimiento al mandato Constitucional para efectos del desarrollo de la Red Troncal.

El objetivo de los lineamientos es regular y establecer directrices para que la CFE garantice el acceso a Telecomm de México a la infraestructura instalada o en proceso de instalación, respetando las atribuciones de la Comisión Reguladora de Energía, ya que, conforme al Artículo 72 de la Ley de la Industria Eléctrica, dicha entidad es la autoridad competente para regular el acceso de todos los operadores (incluido Telecomm), cuidando la seguridad y continuidad de la prestación del servicio.

Asimismo, los lineamientos establecen que no se podrá limitar el Acceso y Uso a la infraestructura de la CFE, solamente por el número de concesionarios sino por casusas técnicamente justificadas.

Los lineamientos aprobados también buscan contribuir a la construcción y crecimiento de una robusta red troncal de telecomunicaciones de cobertura nacional que impulse el acceso efectivo de la población a la comunicación de banda ancha y a los servicios de telecomunicaciones, por lo que se establece que Telecomm deberá presentar al Instituto para su autorización, un programa de construcción y crecimiento de la Red Troncal Nacional que deberá especificar al menos el número de kilómetros de fibra óptica, así como los Puntos de Presencia a instalar, de conformidad con la Condición 8.3 del Título de Concesión.

En el caso de que Telecomm preste servicios de enlaces, se establecieron parámetros mínimos de calidad para garantizar la prestación de los servicios mayoristas de telecomunicaciones.

En la misma sesión, el Pleno del Instituto resolvió 6 desacuerdos de interconexión, determinando las condiciones no convenidas entre diversos concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones, mismas que consisten en orden de Interconexión, tarifas de terminación en redes fijas, tarifas de terminación en redes móviles, utilización del protocolo de interconexión SIP-IP e intercambio de información sobre puntos de interconexión.

Se aprobaron también cuatro enajenaciones de acciones de concesionarias del uso, aprovechamiento y explotación comercial de diferentes frecuencias de radio en los estados de Jalisco, Oaxaca, y Guerrero; y se impuso una multa y se declaró la pérdida de bienes en beneficio de la Nación, derivado del procedimiento administrativo iniciado en contra de una persona física que operaba una frecuencia sin contar con la respectiva concesión, permiso o autorización, en el Municipio de Ixtapaluca, Estado de México. 

 Fecha del Comunicado: 19 August 2016

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